BOLETÍN OFICIAL Nº 28 – 08/03/17

GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE JUJUY

MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA, SERVICIOS PUBLICOS, TIERRA Y VIVIENDA -SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS PUBLICOS

Y OTRAS CONCESIONES (SUSEPU)

RESOLUCION Nº 015-SUSEPU.-

Expte Nº 0630-0076/2017, Agdo. Expte. Nº 0630-0077/2017.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, -1 MAR. 2017.-

VISTO:

Las Notas GC N° 85/2017 y GC N° 86/2017 presentadas por EJE S.A. en fecha 16 de febrero de 2017; y

CONSIDERANDO:

Que, por las notas mencionadas en el visto, EJE S.A. presenta la Memoria de Cálculo de los parámetros que componen los Cuadros Tarifarios que tendrán vigencia durante el período comprendido entre el 1° de Febrero y el 30 de Abril de 2017, en el marco de la Resolución N° 256-SUSEPU-2016, Resolución SEE N° 20/2017, Resolución ENRE N° 066/2017, Resolución ENRE N° 077/2017, Resolución MEyM N° 06/2016, Resolución ENARGAS N° I-4051/2016, Resolución MEyM N° 07/2016, Resolución N° 30-SUSEPU-2016 y Resolución Nº 11-SUSEPU-2017, solicitando su aprobación.

Que, la Gerencia de Servicios Energéticos elaboró el informe correspondiente, cuyos aspectos más relevantes se detallan en los considerandos siguientes.

Que, la de Resolución N° 256-SUSEPU-2016 en su ARTICULO 1° aprueba el Subanexo 1 del Anexo II del Título I (Régimen Tarifario-Normas de Aplicación del Cuadro Tarifario); el ARTICULO 2° aprueba el Anexo II del Título I Procedimiento para la Determinación del Cuadro Tarifario del Contrato de Concesión de EJE S.A. a regir en el próximo Quinquenio Diciembre/2016-Noviembre/2021, el cual como Punto 6 contiene el Apéndice 6.1-Factores de la  Demanda; Apéndice 6.2-Plan de Inversiones 2017-2021; Apéndice 6.3-Sistema Aislado Provincial; Apéndice 6.4-Localidades del Sap con Generación Propia; Apéndice 6.5-Ponderación Del Psap0 Y El Psap0 Disperso; Apéndice 6.6- Contribución de las Localidades con Generación Propia Al Pesap.

Que, la Resolución N° 20/2017 de la Secretaria de Energía Eléctrica de la Nación aprueba la Reprogramación Estacional de Verano para el Mercado Eléctrico Mayorista (MEM) elevada por la Compañía Administradora del Mercado Mayorista Eléctrico Sociedad Anónima (CAMMESA), correspondiente al periodo comprendido entre el 1° de Febrero y el 30 de Abril de 2017; Asimismo establece para el mismo periodo los Precios de Referencia de la Potencia y la Energía en el MEM; los Precios Estabilizados de Referencia en el Mercado para los usuarios cuya demanda de potencia no supere los 300 KW; los Precios Estabilizados de Referencia de la Energía en el Mercado para los usuarios residenciales que ahorren un consumo de energía con respecto a sus consumos de igual mes del año 2015; los Precios Estabilizados de Referencia de la Energía en el Mercado para los usuarios residenciales encuadrados como Tarifa Social; los Precios Estabilizados de Referencia de la Energía en el Mercado para los usuarios residenciales encuadrados como Electrodependientes.

Que, cabe resaltar que los Artículos 9°, 10°, 11°, 12°, 13° de la Resolución antes citada, resuelven aplicar exclusivamente para el mes de febrero del 2017, una bonificación en los Precios Estabilizados de Referencia de la Potencia y de la Energía en el Mercado.

Que, para los Costos de Operación y Mantenimiento del Sistema de transporte publicados en la Reprogramación Estacional 1° de Febrero al 30 de Abril/2016, se consideran los precios sancionados por las Resoluciones ENRE N° 66 y 77 del 1º de febrero de 2017.

Que, asimismo, mediante Nota NO-2017-01338437-APN-SECEE#MEM se instruye a CAMMESA a aplicar, en las transacciones económicas que se efectúen en el MEM durante el mes de febrero de 2017, para facturar a los usuarios dicho servicio de transporte de energía eléctrica, los cargos correspondientes según los cuadros tarifarios aprobados por las Resoluciones ENRE Nros. 326, 327, 328, 329, 331, 334, y 335, todas ellas de fecha 31 de julio de 2008. Indicando además que la diferencia resultante entre la aplicación de las Resoluciones ENRE referidas y el que surja de la aplicación de los cuadros tarifarios que sancione dicho ente como resultado de la REVISION TARIFARIA INTEGRAL del servicio de trasporte de energía eléctrica, será solventada con aportes no reintegrables del Tesoro Nacional provenientes del Fondo Unificado, creado por el Articulo 37 de la Ley N° 24.065.

Que, la Resolución Nº 256-SUSEPU-2016 aprueba el Procedimiento para la Determinación del Cuadro Tarifario y establece los valores correspondientes a los Costos de Distribución (CD), Gastos de Comercialización (GC), Otros Cargos (OC) y Costos de Generación (CG) a regir en el quinquenio Diciembre 2016–Noviembre 2021.

Que, mediante la Resolución N° 11-SUSEPU-2017 se aprobaron los valores del Costo de Distribución, Gastos de Comercialización y Costos de Generación a regir hasta el 30 de abril de 2017, resultando:

TS < 150 Kwh.    R           G             T1AP      T2                   T3BT      T3MT

GC ($/mes)      53,45           53,45     132,81        0,00    337,06       668,31   3.318,02

CD ($/KW.)     0,00         291,74    291,74     291,74    157,15       165,42        88,38

Que, en relación a la previsión de la demanda, la Gerencia Técnica de Servicios Energéticos ha determinado la estructura de mercado óptima, que se utilizó para la determinación del cuadro tarifario en el presente trimestre.

Que, a los fines del cálculo se ha considerado el valor de 0,01550 $/kWh para el Fondo Nacional de la Energía Eléctrica reajustado por el  Coeficiente  de  Actualización Trimestral (Ley Nacional Nº 25.957), de acuerdo a lo que establece el Artículo 16 de la Resolución SEE Nº 20/2017.

Que, en los términos del punto 2.2.9.1 – Subanexo 2 del Contrato de Concesión de EJE S.A., en relación al precio del Gas para la determinación del Pesap, el pasado 28 de abril de 2016 se realizó el concurso de precio anual presentado ofertas las empresas Energy Consulting, Gasmarra Energy, Metroenergia SA, ES energía y soluciones, Gas Meridional, resultando que la empresa “METROENERGIA S.A.” presento la propuesta más económica con un precio de 174,6 U$D/dam3 para el periodo Noviembre/16-Abril/17, valor utilizado en el cálculo del presente Cuadro Tarifario. También se consideran los cargos del cuadro tarifario de GASNOR aprobado por Resolución ENARGAS N° I/4051 del 07 de octubre de 2016.

Que, en el ANEXO II-Subanexo 2-punto 2.2.9 “SOBREPRECIOS POR DEMANDA DEL SISTEMA AISLADO PROVINCIAL” se define como Sistema Aislado Provincial (SAP) a la demanda de energía y potencia constituida por: i) La Quiaca, Abra Pampa y Susques, ii) localidades intermedias conectadas al sistema de redes de Media Tensión que vinculan a las localidades mencionadas anteriormente y iii) resto de localidades de menor demanda situadas en el interior de la Provincia de Jujuy, que estén vinculadas o con generación propia, cuya identificación e inclusión en la demanda del SAP, en las oportunidades que se estime pertinente, estará a cargo de la SUSEPU.

Que, el punto 2.2.9.1 “PRECIOS DE REFERENCIA DEL SISTEMA AISLADO PROVINCIAL” del  ANEXO II Subanexo2 del Contrato de Concesión de EJE S.A. se establece el procedimiento para la determinación del precio de referencia del Sistema Aislado Provincial, alcanzando para el presente trimestre el valor de $/MWh 4.970,57.

Que, para la determinación de los Cargos Fijos del transporte, se consideran los costos fijos del transporte asignados a EJE S.A. en el archivo Programación Estacional del MEM correspondiente al periodo comprendido entre el 1° de Febrero y el 30 de Abril de 2017, ajustado conforme al ratio que relaciona los costos del servicio de Transporte de la Resolución ENRE N° 328, que determina adecuar la remuneración de TRANSENER y la Resolución ENRE N° 66 /2017. De igual manera el ratio que relaciona los costos del servicio de Transporte la Resolución ENRE N° 326, que determina adecuar la remuneración de TRANSNOA, conforme a los valores establecidos en el Anexo I de esa resolución y la Resolución ENRE N° 77 /2017. Resultando un valor de $CFT =$/trim. 19.784.982. Asimismo, por lo dispuesto en la Nota Numero: NO-2017-01338437-APN-SECEE#MEM, el valor a aplicarse exclusivamente  para el mes de febrero resulta de: $CFT =$/trim. 1.708.602.-

Que, en virtud de las bonificaciones establecidas por la Resolución SEE N° 20/2017, como así también de lo dispuesto por la Nota Numero: NO-2017-01338437-APN-SECEE#MEM, resulta necesaria la elaboración de un Cuadro Tarifario con precios diferenciados para el mes de Febrero de 2017.

Que, de acuerdo a lo establecido en el Punto 2, Apartados 2.1 y 2.2.9 del Subanexo 2  Anexo II del Contrato de Concesión se procedió a la determinación del balance ex-post correspondiente al trimestre Agosto/16-Octubre/16, recalculándose los parámetros PP, Pep, Per y Pev. El importe resultante del balance, que se debe incorporar al cálculo tarifario, resulta en un valor $/trim 550.261,00 (Pesos Quinientos Cincuenta Mil Doscientos Sesenta y Uno) como crédito para la Distribuidora.

Que, de acuerdo al punto 8 “DETERMINACIÓN DEL COEFICIENTE DE VARIACIÓN DEL COSTO DE DISTRIBUCIÓN DE REFERENCIA”-Anexo II-Subanexo 2 del Contrato de Concesión se debe determinar el Coeficiente de Variación del Costo de Distribución de Referencia (λ) que se corresponde con el Costo de Distribución de Referencia vigente. El cual a partir del 1° de diciembre/2016 hasta el 30 de abril del 2017 ha resultado en un valor de  λ = 16,3645.

Que, de acuerdo a lo determinado por la Resolución SE Nº 1866/2005, reglamentada por la Resolución Nº 072-SUSEPU-2006, se incluye en el Cuadro Tarifario los valores correspondientes a los Cargos Variables Transitorio para la conformación del FONINVEMEM (Fondo para Inversiones Necesarias que permitan Incrementar la Oferta de Energía Eléctrica en el Mercado Eléctrico Mayorista).

Que, a los fines de la aplicación del punto 2 apartado 2.2.2 del Subanexo 9 del Contrato de Concesión de EJE S.A., y en los términos de la  Resolución Nº 035-SUSEPU-2012, la el costo de una SET de 100 KVA presentado por la distribuidora para el trimestre de referencia resulta de un valor de $145.984,66 el cual es inferior al vigente, por lo que se considera mantener el valor de $154.732,92 aprobado por Resolución N° 234-SUSEPU-2016 para el trimestre Noviembre/16 – Enero/17.-

Que, el Directorio comparte el informe de la Gerencia Técnica de Servicios.

Por ello, en el ejercicio de sus funciones;

El DIRECTORIO DE LA SUSEPU

RESUELVE

ARTICULO 1º.- Aprobar el Cuadro Tarifario de EJE S.A., que tendrá vigencia desde el 1º al 28 de Febrero de 2017, y que como Anexo I forma parte de la presente disposición.-

ARTICULO 2º.- Aprobar el Cuadro Tarifario de EJE S.A., que tendrá vigencia desde el 1º marzo al 30 de abril de 2017, y que como Anexo II forma parte de la presente disposición.-

ARTÍCULO 3º.- Publicar en Boletín Oficial. Remitir copia al Ministerio de Infraestructura, Servicios Públicos, Tierra y Vivienda. Notificar a EJE S.A. Pasar a conocimiento de las Gerencias de Servicios Energéticos, del Usuario y al Departamento Legal. Cumplido archivar.

 

ANEXO I

 

CUADRO TARIFARIO

Vigencia: 1° al 28 de Febrero de 2017

 

     
TARIFA T1    
Pequeñas Demandas    
     
T1-S Tarifa Social    
Cargo Fijo Tarifa Social $/mes 53,45
Cargo Variable Tarifa Social (Primeros 150 kWh/mes) $/kWh 0,0000
Cargo Variable Tarifa Social (excedente a 150 kWh/mes, si el consumo es menor o igual con respecto a mismo mes de año anterior) $/kWh 0,7621
Cargo Variable Tarifa Social (Excedentes a 150 kWh/mes, hasta 600 kWh/mes, si el consumo es mayor con respecto a mismo mes de año anterior) $/kWh 1,5246
Cargo Variable Tarifa Social (Excedentes a 600 kWh/mes, si el consumo es mayor con respecto a mismo mes de año anterior) $/kWh 1,6170
     
Electrodependientes    
Cargo Fijo  $/mes 53,4500
Cargo Variable (Primeros 600 kWh/mes)  $/kWh 0,6064
Cargo Variable (Excedentes a 600 kWh/mes, si el consumo es menor o igual con respecto al mismo mes de año anterior)  $/kWh 1,1173
Cargo Variable (Excedentes a 600 kWh/mes, hasta 1050 kWh/mes, si el consumo es mayor con respecto al mismo mes de año anterior)  $/kWh 1,2491
Cargo Variable (Excedentes a 1050 kWh/mes, si el consumo es mayor con respecto al mismo mes de año anterior)  $/kWh 1,4347
     
T1R – Uso Residencial    
Cargo Fijo Residencial $/mes 53,45
Cargo Variable por consumo de energía primeros 150 kWh mes $/kWh 1,1616
Cargo Variable por consumo de energía excedentes a 150 kWh mes $/kWh 1,6170
     
Plan Estímulo    
Uso Residencial; con ahorro mayor al 10% en igual mes año anterior    
     
Cargo Fijo Residencial $/mes 53,45
Cargo Variable por consumo de energía primeros 150 kWh mes $/kWh 1,1151
Cargo Variable por consumo de energía excedentes a 150 kWh mes $/kWh 1,5718
     
Plan Estímulo    
Uso Residencial; con ahorro mayor al 20% en igual mes año anterior    
Cargo Fijo Residencial $/mes 53,45
Cargo Variable por consumo de energía primeros 150 kWh mes $/kWh 1,0692
Cargo Variable por consumo de energía excedentes a 150 kWh mes $/kWh 1,5259
     
T1-G Uso General    
     
Cargo Fijo General $/mes 132,81
Cargo Variable por consumo de energía primeros 350 kWh mes $/kWh 1,0651
Cargo Variable por consumo de energía excedentes a 350 kWh mes $/kWh 1,6400
     
T1-AP Alumbrado Público    
Cargo Variable por consumo de energía $/kWh 1,5420
     
Tarifa T2MD    
Medianas Demandas BT    
Potencia máxima contratada igual o mayor a 10 kW, e inferior a 50 kW    
Cargo Fijo $/mes 337,06
Cargo Potencia en horas de punta $/kW 5,78
Cargo Potencia Máxima Contratada $/kW 157,15
Cargo Variable por consumo de energía $/kWh 0,6312
     
Medianas Demandas BT Estacionales    
Potencia máxima contratada igual o mayor a 10 kW, e inferior a 50 kW    
Cargo Fijo $/mes 337,04
Cargo Variable por consumo de energía $/kW 1,4304
     
Tarifa T3    
Grandes Demandas BT    
Potencia máxima contratada igual o mayor a 50 kW, e inferior a 300 kW    
Cargo Fijo $/mes 668,31
Cargo Potencia horas Punta contratada $/kW 6,21
Cargo Potencia Máxima contratada $/kW 165,42
Cargo Variable por consumo de energía en horas de punta $/kWh 0,6473
Cargo Variable por consumo de energía en horas de resto $/kWh 0,6295
Cargo Variable por consumo de energía en horas de valle $/kWh 0,6185
     
Grandes Demandas BT    
Potencia máxima contratada igual o mayor a 300 kW    
Cargo Fijo $/mes 668,31
Cargo Potencia horas Punta contratada $/kW 6,21
Cargo Potencia Máxima contratada $/kW 165,42
Cargo Variable por consumo de energía en horas de punta $/kWh 1,4358
Cargo Variable por consumo de energía en horas de resto $/kWh 1,4175
Cargo Variable por consumo de energía en horas de valle $/kWh 1,4127
     
Grandes Demandas BT Estacionales    
Potencia máxima contratada igual o mayor a 50 kW, e inferior a 300 kW    
Cargo Fijo $/mes 668,31
Cargo Variable por consumo de energía en horas de punta $/kWh 1,4728
Cargo Variable por consumo de energía en horas de resto $/kWh 1,4551
Cargo Variable por consumo de energía en horas de valle $/kWh 1,4440
     
Grandes Demandas MT    
Potencia máxima contratada igual o mayor a 50 kW, e inferior a 300 kW    
Cargo Fijo $/mes 3318,02
Cargo Potencia horas Punta contratada $/kW 5,87
Cargo Potencia Máxima contratada $/kW 88,38
Cargo Variable por consumo de energía en horas de punta $/kWh 0,5904
Cargo Variable por consumo de energía en horas de resto $/kWh 0,5742
Cargo Variable por consumo de energía en horas de valle $/kWh 0,5641
     
Grandes Demandas MT    
Potencia máxima contratada igual o mayor a 300 kW    
Cargo Fijo $/mes 3318,02
Cargo Potencia horas Punta contratada $/kW 5,87
Cargo Potencia Máxima contratada $/kW 88,38
Cargo Variable por consumo de energía en horas de punta $/kWh 1,3097
Cargo Variable por consumo de energía en horas de resto $/kWh 1,2929
Cargo Variable por consumo de energía en horas de valle $/kWh 1,2886
     
Tarifa T4 PFTT    
Medianas Demandas BT PFTT    
Potencia máxima contratada igual o mayor a 30 kW, e inferior a 50 kW    
Cargo Fijo $/mes 337,06
Cargo Potencia en horas de punta $/kW 4,53
Cargo Potencia Máxima Contratada $/kW 165,42
Cargo Variable por consumo de energía $/kWh 0,2087
     
Tarifa T5 PFTT    
Grandes Demandas BT PFTT    
Potencia máxima contratada igual o mayor a 50 kW, e inferior a 300 kW    
Cargo Fijo $/mes 668,31
Cargo Potencia horas Punta contratada $/kW 4,53
Cargo Potencia Máxima contratada $/kW 165,42
Cargo Variable por transporte de energía en horas de punta $/kWh 0,2195
Cargo Variable por transporte de energía en horas de resto $/kWh 0,2058
Cargo Variable por transporte de energía en horas de valle $/kWh 0,2051
     
Grandes Demandas BT PFTT    
Potencia máxima contratada igual o mayor a 300 kW    
Cargo Fijo $/mes 668,31
Cargo Potencia horas Punta contratada $/kW 4,53
Cargo Potencia Máxima contratada $/kW 165,42
Cargo Variable por energía transportada en horas de punta $/kWh 0,1662
Cargo Variable por energía transportada en horas de resto $/kWh 0,1541
Cargo Variable por energía transportada en horas de valle $/kWh 0,1542
     
Grandes Demandas MT PFTT    
Potencia máxima contratada igual o mayor a 50 kW, e inferior a 300 kW    
Cargo Fijo $/mes 3318,02
Cargo Potencia horas Punta contratada $/kW 4,49
Cargo Potencia Máxima contratada $/kW 88,38
Cargo Variable por energía transportada en horas de punta $/kWh 0,1622
Cargo Variable por energía transportada en horas de resto $/kWh 0,1502
Cargo Variable por energía transportada en horas de valle $/kWh 0,1504
     
Grandes Demandas MT PFTT    
Potencia máxima contratada igual o mayor a 300 kW    
Cargo Fijo $/mes 3318,02
Cargo Potencia horas Punta contratada $/kW 4,49
Cargo Potencia Máxima contratada $/kW 88,38
Cargo Variable por energía transportada en horas de punta $/kWh 0,1906
Cargo Variable por energía transportada en horas de resto $/kWh 0,1786
Cargo Variable por energía transportada en horas de valle $/kWh 0,1790
     
Cargos por Derechos de Conexión    
Conexiones Comunes    
1- Aéreas Monofásicas Tarifa Social $ 466,00
2-Aéreas Monofásicas $ 559,00
3-Aéreas Trifásicas $ 1059,00
4-Subterráneas Monofásicas $ 1729,00
5-Subterráneas Trifásicas $ 2658,00
     
Conexiones Especiales    
1-Aéreas Monofásicas $ 1469,00
2- Aéreas Trifásicas $ 2588,00
3-Subterráneas Monofásicas $ 4726,00
4-Subterráneas Trifásicas $ 4886,00
     
Cargos por Suspensión y Rehabilitación de Servicio    
T1-Servicio Monofásico Tarifa Social $ 186,00
T1-Servicio Monofásico $ 186,00
T1-Servicio Trifásico $ 882,00
T2-T3-T4-T5 $ 882,00
     
Cargos FONIVEMEM    
T1 Generales $/kWh 0,0045
T1 Alumbrado Público $/kWh 0,0045
T2 Medianas Demandas $/kWh 0,0045
T3 Grandes Demandas en BT $/kWh 0,0045
T3 Grandes Demandas en MT $/kWh 0,0041
T4 Medianas Demandas Estacionales $/kWh 0,0045
T4 Grandes Demandas Estacionales $/kWh 0,0045

 

ANEXO II

 

CUADRO TARIFARIO

Vigencia: 1° Marzo al 30 de Abril de 2017

 

    Res. SEE N° 20 E-2017
TARIFA T1    
Pequeñas Demandas    
     
T1-S Tarifa Social    
Cargo Fijo Tarifa Social $/mes 53,45
Cargo Variable Tarifa Social (Primeros 150 kWh/mes) $/kWh 0,0925
Cargo Variable Tarifa Social (excedente a 150 kWh/mes, si el consumo es menor o igual con respecto a mismo mes de año anterior) $/kWh 0,8987
Cargo Variable Tarifa Social (Excedentes a 150 kWh/mes, hasta 600 kWh/mes, si el consumo es mayor con respecto a mismo mes de año anterior) $/kWh 1,6107
Cargo Variable Tarifa Social (Excedentes a 600 kWh/mes, si el consumo es mayor con respecto a mismo mes de año anterior) $/kWh 1,9819
     
Electrodependientes    
Cargo Fijo   53,4500
Cargo Variable (Primeros 600 kWh/mes)   0,6529
Cargo Variable (Excedentes a 600 kWh/mes, si el consumo es menor o igual con respecto al mismo mes de año anterior)   1,1639
Cargo Variable (Excedentes a 600 kWh/mes, hasta 1050 kWh/mes, si el consumo es mayor con respecto al mismo mes de año anterior)   1,2957
Cargo Variable (Excedentes a 1050 kWh/mes, si el consumo es mayor con respecto al mismo mes de año anterior)   1,4813
     
T1R – Uso Residencial    
Cargo Fijo Residencial $/mes 53,45
Cargo Variable por consumo de energía primeros 150 kWh mes $/kWh 1,5335
Cargo Variable por consumo de energía excedentes a 150 kWh mes $/kWh 1,9819
     
Plan Estímulo    
Uso Residencial; con ahorro mayor al 10% en igual mes año anterior    
     
Cargo Fijo Residencial $/mes 53,45
Cargo Variable por consumo de energía primeros 150 kWh mes $/kWh 1,3474
Cargo Variable por consumo de energía excedentes a 150 kWh mes $/kWh 1,8041
     
Plan Estímulo    
Uso Residencial; con ahorro mayor al 20% en igual mes año anterior    
Cargo Fijo Residencial $/mes 53,45
Cargo Variable por consumo de energía primeros 150 kWh mes $/kWh 1,1623
Cargo Variable por consumo de energía excedentes a 150 kWh mes $/kWh 1,6190
     
T1-G Uso General    
Cargo Fijo General $/mes 132,81
Cargo Variable por consumo de energía primeros 350 kWh mes $/kWh 1,4121
Cargo Variable por consumo de energía excedentes a 350 kWh mes $/kWh 1,9939
     
T1-AP Alumbrado Público    
Cargo Variable por consumo de energía $/kWh 1,9432
     
Tarifa T2MD    
Medianas Demandas BT    
Potencia máxima contratada igual o mayor a 10 kW, e inferior a 50 kW    
Cargo Fijo $/mes 337,06
Cargo Potencia en horas de punta $/kW 44,03
Cargo Potencia Máxima Contratada $/kW 157,15
Cargo Variable por consumo de energía $/kWh 0,9102
     
Medianas Demandas BT Estacionales    
Potencia máxima contratada igual o mayor a 10 kW, e inferior a 50 kW    
Cargo Fijo $/mes 337,04
Cargo Variable por consumo de energía $/kW 1,9692
     
Tarifa T3    
Grandes Demandas BT    
Potencia máxima contratada igual o mayor a 50 kW, e inferior a 300 kW    
Cargo Fijo $/mes 668,31
Cargo Potencia horas Punta contratada $/kW 47,29
Cargo Potencia Máxima contratada $/kW 165,42
Cargo Variable por consumo de energía en horas de punta $/kWh 0,9297
Cargo Variable por consumo de energía en horas de resto $/kWh 0,9096
Cargo Variable por consumo de energía en horas de valle $/kWh 0,8903
     
Grandes Demandas BT    
Potencia máxima contratada igual o mayor a 300 kW    
Cargo Fijo $/mes 668,31
Cargo Potencia horas Punta contratada $/kW 47,29
Cargo Potencia Máxima contratada $/kW 165,42
Cargo Variable por consumo de energía en horas de punta $/kWh 1,4358
Cargo Variable por consumo de energía en horas de resto $/kWh 1,4175
Cargo Variable por consumo de energía en horas de valle $/kWh 1,4127
     
Grandes Demandas BT Estacionales    
Potencia máxima contratada igual o mayor a 50 kW, e inferior a 300 kW    
Cargo Fijo $/mes 668,31
Cargo Variable por consumo de energía en horas de punta $/kWh 2,0005
Cargo Variable por consumo de energía en horas de resto $/kWh 1,9804
Cargo Variable por consumo de energía en horas de valle $/kWh 1,9611
     
Grandes Demandas MT    
Potencia máxima contratada igual o mayor a 50 kW, e inferior a 300 kW    
Cargo Fijo $/mes 3318,02
Cargo Potencia horas Punta contratada $/kW 44,74
Cargo Potencia Máxima contratada $/kW 88,38
Cargo Variable por consumo de energía en horas de punta $/kWh 0,8480
Cargo Variable por consumo de energía en horas de resto $/kWh 0,8297
Cargo Variable por consumo de energía en horas de valle $/kWh 0,8121
     
Grandes Demandas MT    
Potencia máxima contratada igual o mayor a 300 kW    
Cargo Fijo $/mes 3318,02
Cargo Potencia horas Punta contratada $/kW 44,74
Cargo Potencia Máxima contratada $/kW 88,38
Cargo Variable por consumo de energía en horas de punta $/kWh 1,3097
Cargo Variable por consumo de energía en horas de resto $/kWh 1,2929
Cargo Variable por consumo de energía en horas de valle $/kWh 1,2886
     
Tarifa T4 PFTT    
Medianas Demandas BT PFTT    
Potencia máxima contratada igual o mayor a 30 kW, e inferior a 50 kW    
Cargo Fijo $/mes 337,06
Cargo Potencia en horas de punta $/kW 41,27
Cargo Potencia Máxima Contratada $/kW 165,42
Cargo Variable por consumo de energía $/kWh 0,2433
     
Tarifa T5 PFTT    
Grandes Demandas BT PFTT    
Potencia máxima contratada igual o mayor a 50 kW, e inferior a 300 kW    
Cargo Fijo $/mes 668,31
Cargo Potencia horas Punta contratada $/kW 41,27
Cargo Potencia Máxima contratada $/kW 165,42
Cargo Variable por transporte de energía en horas de punta $/kWh 0,2545
Cargo Variable por transporte de energía en horas de resto $/kWh 0,2405
Cargo Variable por transporte de energía en horas de valle $/kWh 0,2388
     
Grandes Demandas BT PFTT    
Potencia máxima contratada igual o mayor a 300 kW    
Cargo Fijo $/mes 668,31
Cargo Potencia horas Punta contratada $/kW 41,27
Cargo Potencia Máxima contratada $/kW 165,42
Cargo Variable por energía transportada en horas de punta $/kWh 0,1781
Cargo Variable por energía transportada en horas de resto $/kWh 0,1659
Cargo Variable por energía transportada en horas de valle $/kWh 0,1657
     
Grandes Demandas MT PFTT    
Potencia máxima contratada igual o mayor a 50 kW, e inferior a 300 kW    
Cargo Fijo $/mes 3318,02
Cargo Potencia horas Punta contratada $/kW 41,68
Cargo Potencia Máxima contratada $/kW 88,38
Cargo Variable por energía transportada en horas de punta $/kWh 0,1724
Cargo Variable por energía transportada en horas de resto $/kWh 0,1602
Cargo Variable por energía transportada en horas de valle $/kWh 0,1602
     
Grandes Demandas MT PFTT    
Potencia máxima contratada igual o mayor a 300 kW    
Cargo Fijo $/mes 3318,02
Cargo Potencia horas Punta contratada $/kW 41,68
Cargo Potencia Máxima contratada $/kW 88,38
Cargo Variable por energía transportada en horas de punta $/kWh 0,1906
Cargo Variable por energía transportada en horas de resto $/kWh 0,1786
Cargo Variable por energía transportada en horas de valle $/kWh 0,1790
     
Cargos por Derechos de Conexión    
Conexiones Comunes    
1- Aéreas Monofásicas Tarifa Social $ 466,00
2-Aéreas Monofásicas $ 559,00
3-Aéreas Trifásicas $ 1059,00
4-Subterráneas Monofásicas $ 1729,00
5-Subterráneas Trifásicas $ 2658,00
     
Conexiones Especiales    
1-Aéreas Monofásicas $ 1469,00
2- Aéreas Trifásicas $ 2588,00
3-Subterráneas Monofásicas $ 4726,00
4-Subterráneas Trifásicas $ 4886,00
     
Cargos por Suspensión y Rehabilitación de Servicio    
T1-Servicio Monofásico Tarifa Social $ 186,00
T1-Servicio Monofásico $ 186,00
T1-Servicio Trifásico $ 882,00
T2-T3-T4-T5 $ 882,00
     
Cargos FONIVEMEM    
T1 Generales $/kWh 0,0045
T1 Alumbrado Público $/kWh 0,0045
T2 Medianas Demandas $/kWh 0,0045
T3 Grandes Demandas en BT $/kWh 0,0045
T3 Grandes Demandas en MT $/kWh 0,0041
T4 Medianas Demandas Estacionales $/kWh 0,0045
T4 Grandes Demandas Estacionales $/kWh 0,0045

 

Ing. Esp. Héctor Rafael Simone

Presidente

08 MAR. /17 LIQ. Nº 124979 $ 300,00.-