BOLETÍN OFICIAL Nº 27 ANEXO – 06/03/17

CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE PERICO

ORDENANZA Nº 1.160 /2016.-

REF: “Inspeccionar en carácter obligatorio el estado Edilicio de todas las Escuelas Primarias,  Secundarias y  Terciarias de  Ciudad Perico”  Iniciado por los Concejales Sara Tarifa, Yolanda Carattoni y Miguel Chein. Expte. N° 8364/2016.-

VISTO:

El Artículo 69º Numeral 2 de la Carta Orgánica Municipal. Y la necesidad de contar con informesacerca del estado de mantenimiento de los edificios escolares de la Ciudad,Y;

CONSIDERANDO:

Que, en la precitada norma legal dispone que son deberes y obligaciones del Departamento Ejecutivo Municipal, “Inspeccionar los edificios escolares con asientos en el Ejido Municipal, denunciando a las autoridades educativas las deficiencias que notare”.

Que,  el objetivo  de esta norma  es  DENUNCIAR Y  COMPELER a la Dirección General de  Planificación e  Infraestructura  dependiente del Ministerio de Educación  de la  Provincia de Jujuy para que,  en conjunto  con los   Concejales   y Funcionarios  Municipales, Gremios, Docentes y Autoridades de Educación, procedan a realizar una evaluación acerca de las necesidades prioritarias en obras escolares y puedan destrabarse algunos frenos en la ejecución de las obras y coordinar esfuerzos para lograr las metas propuestas

Que, ante el evidente deterioro que presentan algunos edificios escolares del ambito público de todos los niveles, provocando inconvenientes a los alumnos y docentes o interrumpiendo las clases, e incluso muchas veces las aulas representan un peligro para la Seguridad física de las personas que trabajan o concurren a ellos.

Que,es necesario que el Departamento Ejecutivo, cuente con un buen relevamiento y  realice las inspecciones necesarias a todos los establecimientos escolares de la Ciudad, para estar al tanto de las necesidades y eventuales problemas que pudieran presentarse, v exigir a las Autoridades provinciales que se efectúen los mantenimientos que correspondan  a  fin  de velar por la seguridad física de los educandos y todo el equipo docente, directivo, personal de servicio administrativo, etc.

Por todo ello:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE CIUDAD PERICO

SANCIONA LA SIGUIENTE ORDENANZA:

ARTICULO 1º: ORDENESE al  Departamento  Ejecutivo,  a través  del  Área que corresponda realizar la Inspección del estado edilicio de todos los edificios escolares primarios,  secundarios y  terciarios  con  asiento  en  el  Ejido  Municipal  de  Perico. Así mismo realizara informes sobre Seguridad e Higiene con Personal Técnico en la Materia.

ARTÍCULO 2°: El Departamento Ejecutivo, excepcionalmente deberá articular con los establecimientos educativos durante el receso escolar de invierno, para realizar las inspecciones dispuestas en el Artículo 1º,  otorgándosele por esta única vez un plazo de treinta (30) días para la presentación del informe requerido. Obtenidos los resultados de las inspecciones  deberá  remitir  las mismas al  Ministerio de Educación  de la Provincia con copia certificada al Concejo Deliberante.

ARTICULO 3º  Por  la  presente  Ordenanza  queda  establecido que El Departamento Ejecutivo a través del Área que corresponda y una vez  finalizada  el periodo lectivo y todos los años,  deberá  realizar la Inspección y emitir un informe acerca del estado edilicio, aspectos relativos a seguridad e higiene y de disposición de aulas de todos los Establecimientos  educativos comprendidos dentro del Ejido Municipal. Dichos informes serán  presentados  en carácter  de  URGENTE  al  MINISTERIO  DE  EDUCACION     DE    LA PROVINCIA DE JUJUY,    para que el mismo arbitre los medios necesarios y disponga de los recursos para realizar los trabajos de mantenimiento y reparación de las diferencias que notare.

ARTICULO 4° Los Gastos que demanden la aplicación de la presente Ordenanza, serán de los Recursos Ordinarios y/o Extraordinarios del Tesoro Municipal.

ARTICULO 5°:Comuníquese al Departamento Ejecutivo para su cumplimiento. A todos los Establecimientos Escolares. Publíquese en el Boletín Oficial. Dese amplia difusión. Cumplido. Archívese.

SALA DE SESIONES, 14 DE JULIO DE 2.016.-

 

Walter R. Cardozo

Presidente

06 MAR. S/C.-