BOLETÍN OFICIAL Nº 134 – 03/12/07

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TRIBUNAL DE CUENTAS DE LA PROVINCIA DE JUJUY

RESOLUCIÓN Nº 3597 – TP – 2007

San Salvador de Jujuy, 28 de Noviembre de 2007

VISTO:

La Resolución Nº  1299-R/G-1995;  y ,

CONSIDERANDO: 

Que, el Artículo 2º Inciso g) de la citada resolución establece la obligatoriedad de presentar la Declaración Jurada Patrimonial Personal por parte de los Funcionarios, en el plazo previsto por Resolución Nº 1111-R/G-1989.

Que, habiendo sido derogada dicha norma  por  Resolución Nº  1545-R/G-1999, corresponde modificar el citado inciso haciendo expresa mención de las normas legales vigentes.

Por ello  en uso de sus facultades:

EL TRIBUNAL DE CUENTAS DE LA PROVINCIA

 EN ACUERDO PLENARIO

R E S U E L V E: 

ARTÍCULO 1º:  Modificar el Inciso g) del Articulo 2º de la Resolución Nº  1299-R/G-1995, el que  quedará  redactado de la siguiente manera:

  1. g) Manifestación expresa tanto del funcionario entrante como del saliente, que tienen conocimiento de la obligatoriedad de presentar su Declaración Jurada Patrimonial Personal, conforme a lo dispuesto por el Artículo 9 de la Constitución Provincial y Ley Nº 5153.

ARTÍCULO 2º: Regístrese. Publíquese.

 

DRA. ESTRELLA ELIAZARIAN

VOCAL

A/C de Presidencia

TRIBUNAL DE CUENTAS

 

DIC. LIQ. Nº 67522  $ 17,70