BOLETÍN OFICIAL Nº 134 – 03/12/07
TRIBUNAL DE CUENTAS DE LA PROVINCIA DE JUJUY
RESOLUCIÓN Nº 3597 – TP – 2007
San Salvador de Jujuy, 28 de Noviembre de 2007
VISTO:
La Resolución Nº 1299-R/G-1995; y ,
CONSIDERANDO:
Que, el Artículo 2º Inciso g) de la citada resolución establece la obligatoriedad de presentar la Declaración Jurada Patrimonial Personal por parte de los Funcionarios, en el plazo previsto por Resolución Nº 1111-R/G-1989.
Que, habiendo sido derogada dicha norma por Resolución Nº 1545-R/G-1999, corresponde modificar el citado inciso haciendo expresa mención de las normas legales vigentes.
Por ello en uso de sus facultades:
EL TRIBUNAL DE CUENTAS DE LA PROVINCIA
EN ACUERDO PLENARIO
R E S U E L V E:
ARTÍCULO 1º: Modificar el Inciso g) del Articulo 2º de la Resolución Nº 1299-R/G-1995, el que quedará redactado de la siguiente manera:
- g) Manifestación expresa tanto del funcionario entrante como del saliente, que tienen conocimiento de la obligatoriedad de presentar su Declaración Jurada Patrimonial Personal, conforme a lo dispuesto por el Artículo 9 de la Constitución Provincial y Ley Nº 5153.
ARTÍCULO 2º: Regístrese. Publíquese.
DRA. ESTRELLA ELIAZARIAN
VOCAL
A/C de Presidencia
TRIBUNAL DE CUENTAS
DIC. LIQ. Nº 67522 $ 17,70