BOLETÍN OFICIAL Nº 62 – 31/05/19

RESOLUCIÓN Nº 132-SOTyV/2019.-

EXPTE Nº 617-186/2019.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 24 MAY. 2019.-

VISTO:

Las presentes actuaciones por las que se tramita la aprobación de las Bases y Condiciones y la autorización del sorteo de lotes fiscales con viviendas sociales ubicados en la Localidad de San Salvador de Jujuy, Padrón A-­98566, Parcela 1170, Padrón A-97472, Parcela 1192; Padrón A-97475, Pamela 1195 y Padrón A-92598, Parcela 1172, Departamento Dr. Manuel Belgrano, Provincia de Jujuy, y

CONSIDERANDO:

Que, en cumplimiento de las metas fijadas por el Gobierno dela Provincia de Jujuy, de dar soluciones habitacionales a las familias jujeñas, se procede a implementar el sorteo de lotes fiscales urbanos con viviendas sociales, en el marco de la Ley N° 3169/74;

Que, a fs. 4/5 obran las Bases y Condiciones para la participación del sorteo de lotes fiscales urbanos con viviendas sociales, a realizarse por parte de la Secretaria de Ordenamiento Territorial y Vivienda, donde además se establecen las condiciones de la pre-adjudicación del lote fiscal con vivienda social, los requisitos que el beneficiario deberá cumplir para la posterior adjudicación, como así también las formas y condiciones de pago del mismo;

Que, a fs. 8/12 obran las cédulas parcelaria y a fs.18/25 copias de ante proyectos de Plano donde consta la ubicación de los lotes fiscales urbanos con viviendas sociales a sortearse;

Que, actualmente se encuentran en trámite las aprobaciones de los Planos, de los inmuebles Mencionados Departamento Dr. Manuel Belgrano;

Que, de los relevamientos realizados surge la disponibilidad de 402 lotes con viviendas sociales los que se habilitan en su totalidad para el presente sorteo;

Que, provisoriamente los lotes fiscales con viviendas sociales van a. ser identificados mediante números de lotes y manzanas, hasta tanto se realicen las aprobaciones de los respectivos Planos de donde surgirán los padrones individuales y definitivos de cada uno de ellos;

Que, asimismo se llevará a cabo, en forma posterior al sorteo antes mencionado, el sorteo de treinta (30) beneficiarios entre los inscriptos, a los fines de quedar como beneficiarios suplentes ante el supuesto de vacancia por renuncia o incumplimiento de las Bases y Condiciones de los beneficiarios titulares;

Que, a los fines de garantizar la transparencia en las adjudicaciones, el sorteo se realizará con intervención y fiscalización del Banco de Desarrollo Social, Económico y Financiero de la Provincia de Jujuy y con la asistencia de Escribanía de Gobierno;

Por ello,

EL SECRETARIO DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y VIVIENDA

RESUELVE:

ARTICULO 1°.- Aprobar, el sorteo de CUATROCIENTOS DOS (402) lotes urbanos con viviendas sociales, todos ubicados en la Localidad de San Salvador de Jujuy, Padrón A-98566, Parcela 1170, Padrón A-97472, Parcela 1192; Padrón A-97475, Parcela 1195 y Padrón A-92598, Parcela 1172, Departamento Dr. Manuel Belgrano, Provincia de Jujuy. El sorteo se llevara a cabo en el Estadio de la Federación de Basquetbol de la Provincia de Jujuy el día treinta (30) de mayo del corriente año con intervención y fiscalización del Banco de Desarrollo Social, Económico y Financiero de la Provincia de Jujuy y con la asistencia de Escribanía de Gobierno.-

ARTICULO 2°.- Aprobar, el sorteo de TREINTA (30) beneficiarios entre los inscriptos, a los fines de quedar como BENEFICIARIOS SUPLENTES ante el supuesto de vacancia por renuncia o incumplimiento de las Bases y Condiciones de los beneficiarios titulares. El mencionado sorteo se realizara en forma posterior al sorteo referido en el Artículo 1°.-

ARTÍCULO 3°.- Aprobar el Reglamento dé Bases y Condiciones para la participación del sorteo de lotes fiscales urbanos con viviendas sociales, todos ubicados en la Localidad de San Salvador de Jujuy, Departamento Dr. Manuel Belgrano, Provincia de Jujuy.-

ARTICULO 4°.- Oportunamente, solicitar la intervención del Banco de Desarrollo Social, Económico y Financiero de la Provincia y Escribanía de Gobierno por los motivos expuestos en el exordio.-

ARTICULO 5°.- Regístrese, pase a Coordinación General de Despacho, a los fines de dar cumplimiento al Artículo 4° remitiendo copias certificadas de la presente a conocimiento del Banco de Desarrollo Social, Económico y Financiero de la Provincia y Escribanía de Gobierno. Pase al Boletín Oficial para su publicación en forma íntegra. Cumplido, ARCHÍVESE.-

 

Ing. Carlos Humberto García

Secretario de Ordenamiento Territorial y Vivienda