BOLETÍN OFICIAL Nº 92 ANEXO – 20/08/08
EXP. Nº 0300-649-2007.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 02 JUL. 2008.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.- Otórgase Personería Jurídica a favor de la “ASOCIACIÓN CIVIL DE PROFESIONALES EN LETRAS”, con asiento en esta Ciudad y, consecuentemente, apruébase su Estatuto Social que consta de Treinta y Seis (36) Artículos, y corre agregado de Fs. 25 a 32 de autos.-
WALTER B. BARRIONUEVO
GOBERNADOR