BOLETÍN OFICIAL Nº 24 – 24/02/17

DIRECCION PROVINCIAL DE RENTAS

RESOLUCIÓN GENERAL Nº 1466/2017

SAN SALVADOR DE JUJUY, 23 FEB. 2017.-

VISTO:

Las disposiciones contenidas en la Ley Nº 5.948 y la Resolución General Nº 1.444/2016, y;

CONSIDERANDO:

Que, la Ley N° 5.948 establece con carácter transitorio, un Régimen Especial de Regularización de Deudas Provinciales vencidas o devengadas, según el tributo de que se trate, al 30 de Junio de 2.016, cuya recaudación se encuentra a cargo de la Dirección Provincial de Rentas de Jujuy.

Que, el Artículo 1º de dicha Ley indica la vigencia del régimen, estableciendo la misma por un período de seis meses, contados a partir del 01 de Setiembre de 2.016 y que finalizaran el 28 de Febrero de 2.017.

Que, el artículo 12º de la Ley 5.948 autoriza a la Dirección Provincial de Rentas a prorrogar la vigencia del Régimen Especial de Regularización de Deudas Provinciales por hasta un plazo de seis meses, con los beneficios previstos para la última etapa del mismo.-

Que, mediante Resolución General N° 1.444/2016  la  Dirección Provincial de Rentas de Jujuy reglamentó los requisitos, condiciones, modalidades operativas e importes del presente régimen.-

Que, debido a la buena recepción que ha tenido el régimen en los contribuyentes, resulta  oportuno ampliar la fecha límite para el acogimiento al mismo, a fin de que los contribuyentes puedan gozar de los beneficios previstos para el último tramo de acogimiento al mismo.-

Por ello, en uso de las facultades acordadas por el artículo 10º del Código Fiscal vigente y por el Artículo 12º de la Ley Nº 5.948;

EL DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS

RESUELVE

ARTÍCULO 1°: Prorrogar hasta el día 30 de Abril de 2017, la fecha para la adhesión al Régimen Especial de Regularización de Deudas Provinciales dispuesto por Ley 5.948, con los beneficios correspondientes al tercer tramo.-

ARTÍCULO 2°:Comuníquese al Ministerio de Hacienda. Secretaría de Ingresos Públicos. Tribunal de Cuentas. Contaduría General de la Provincia. Publíquese en el Boletín Oficial por el término de Ley. Tomen razón Subdirección, Departamentos, Delegaciones, Divisiones, Secciones y Receptorías. Cumplido, archívese.-

 

CPN. Daniel Alfredo Alemán

Director

24 FEB. S/C.-