BOLETÍN OFICIAL Nº 110 ANEXO – 01/10/08
EXPTE. Nº 0300-345-2008.
SAN SALVADOR DE JUJUY, 03 SET. 2008.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.- Otórgase Personería Jurídica a la FUNDACIÓN JUJUY – CORAZÓN DEL NORTE ARGENTINO con asiento en la esta Ciudad y, consecuentemente, apruébase su Estatuto Social, que consta de Veintiún (21) Artículos, y corre agregado de Fs. 03 a 10 de autos.
Dr. WALTER B. BARRIONUEVO
GOBERNADOR