BOLETÍN OFICIAL Nº 111 ANEXO – 03/10/08
EXPT. N° 300-005/2008.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 03 SET. 2008.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Otorgase Personería Jurídica a la ASOCIACIÓN JUJEÑA DE PROFESORES DE PORTUGUÉS, Asociación Civil con asiento en esta Ciudad, y, consecuentemente, apruébase su Estatuto Social que consta de Treinta (30) Artículos, y corre agregado de Fs. 30 a 39 de autos.-
Dr. WALTER B. BARRIONUEVO
GOBERNADOR