BOLETÍN OFICIAL Nº 114 ANEXO – 10/10/08

Icon_PDF_6DECRETO N° 1346-G.-

EXP. N° 400-8591/08.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 11 JUL. 2008.-

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1°.-  Dispónese que en los supuestos de ausencia a cualquier otro impedimento transitorio del Sr. Secretario General de la Gobernación, queda a cargo de la atención del despacho del citado organismo el Señor Ministro de Gobierno y Justicia, Dr. JULIO HECTOR COSTAS, D.N.I. N° 10.805.812.-

 

Dr. WALTER B. BARRIONUEVO

GOBERNADOR