BOLETÍN OFICIAL Nº 114 ANEXO – 10/10/08
EXP. N° 400-8591/08.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 11 JUL. 2008.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Dispónese que en los supuestos de ausencia a cualquier otro impedimento transitorio del Sr. Secretario General de la Gobernación, queda a cargo de la atención del despacho del citado organismo el Señor Ministro de Gobierno y Justicia, Dr. JULIO HECTOR COSTAS, D.N.I. N° 10.805.812.-
Dr. WALTER B. BARRIONUEVO
GOBERNADOR