BOLETÍN OFICIAL Nº 124 ANEXO – 05/11/08
EXP. N° 745-0068/04
Agreg. Nº 0700-0484/05.
SAN SALVADOR DE JUJUY, 01 JUL. 2008.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1°.– Téngase por aprobados y por cumplidos los Contratos de Locación de Obras suscriptos entre el Ex Ministro de Bienestar Social de la Provincia y el personal de detallado en el Anexo I que forma parte integrante del presente Decreto, en los términos, funciones, periodos y montos que se consignan en los referidos Contratos, de conformidad a lo expresados en el exordio.
Dr. WALTER B. BARRIONUEVO
GOBERNADOR