BOLETÍN OFICIAL Nº 34 ANEXO – 22/03/19

MUNICIPALIDAD DE SAN SALVADOR DE JUJUY

EXPEDIENTE N° 16–14890-2016-1.-

DECRETO N° 2125.16.043.-

SAN SALVADOR DE JUJUY,  16 Septiembre 2016.-

VISTO:

El Proyecto de Ordenanza N° 6884/2016, sancionado por el Concejo Deliberante de la Ciudad de San Salvador de Jujuy en Sesión Ordinaria N° 12/2016, celebrada el día 14 de Setiembre del año 2016, mediante la cual se reglamentan las actividades de comercialización en la Vía Pública realizadas, dentro del Ejido de la Municipalidad de San Salvador de Jujuy, por vendedores ambulantes, vendedores con parada fija transitorios y vendedores con parada fija permanente, conforme a los artículos subsiguientes de la antes citada Ordenanza; y

CONSIDERANDO:

Que, tomado conocimiento el Señor Secretario de Coordinación de Gabinete de la citada Ordenanza, el mismo expresa que no existe objeción a dicha normativa, por lo cual estima conveniente el dictado del pertinente dispositivo legal de promulgación;

Por ello y conforme  lo reglamentado en el Artículo 55° Punto 4) de la Carta Orgánica Municipal;

EL INTENDENTE MUNICIPAL

DE SAN SALVADOR DE JUJUY

DECRETA:

ARTICULO 1°.- Promúlgase la Ordenanza N° 6884/2016, proyecto sancionado por el Concejo Deliberante de la Ciudad de San Salvador de Jujuy en Sesión Ordinaria N° 12/2016, celebrada el día 14 de Setiembre del año 2016, mediante la cual se reglamentan las actividades de comercialización en la Vía Pública realizadas, dentro del Ejido de la Municipalidad de San Salvador de Jujuy, por vendedores ambulantes, vendedores con parada fija transitorios y vendedores con parada fija permanente, conforme a los artículos subsiguientes de la antes citada Ordenanza.-

ARTICULO 2°.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Coordinación de Gabinete Lic. GUSTAVO RICARDO MURO, conforme lo establece el Artículo 1° del Decreto Acuerdo N° 176-I-94.-

ARTICULO 3°.- Comuníquese, publíquese y pase a conocimiento y demás fines a la Dirección General de Prensa y Comunicación, Dirección General de Control Comercial y Secretarías que conforman el Departamento Ejecutivo; remitiéndose copia del presente dispositivo legal al Concejo Deliberante.-

 

Arq. Raúl E. Jorge.-

Intendente.-

18/20/22 MAR. S/C.