BOLETÍN OFICIAL Nº 31 – 15/03/19

UNIÓN CÍVICA RADICAL

COMITÉ PROVINCIA-DISTRITO JUJUY.-

RESOLUCION Nº 002/2019.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 09 MAR. 2019.-

VISTO:

Tal como lo establece la Carta Orgánica Provincial Partidaria vigente y la ley orgánica de partidos políticos N° 3919

CONSIDERANDO:

Que el Poder Ejecutivo Provincial mediante Decreto Nro.  8840-G de fecha  8 de marzo del corriente año convocó al electorado de la Provincia de Jujuy para el día 9 de junio a los efectos de elegir, de conformidad con el sistema establecido por la ley 4164/85 y sus modificatorias Gobernador y Vice Gobernador, Diputados Provinciales, Intendentes, Concejales Municipales y Miembros de Comisiones Municipales por el período 2019-2023 de conformidad con los arts. 1, 2 y 3 del citado Decreto.

Que se hace necesario convocar a elecciones internas para los cargos electivos mencionados, de conformidad a los plazos establecidos en la Ley 4164/85 y sus modificatorias, los cuales difieren de los establecidos con la Carta Orgánica Partidaria, por tal motivo la presente resolución resuelve fijar los plazos de conformidad al cronograma electoral provincial. La  presente Resolución será elevada a la Honorable Convención Provincial Partida, quien posee las facultades para la elaboración de las estrategias electorales para el año 2019.

Ante todo ello y con la facultad  que le confiere,

EL COMITÉ DE LA PROVINCIA DE LA UNIÓN CÍVICA RADICAL

RESUELVE

Art. 1º: Convocar a elecciones internas en el Distrito Jujuy de la UNION CIVICA RADICAL, para que el día 14 de abril de 2019, se proceda a elegir por el voto directo de sus afiliados a los candidatos  titulares y suplentes en el número dispuesto en  la Constitución Provincial de los siguientes cargos: GOBERNADOR y VICEGOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE JUJUY, DIPUTADOS PROVINCIALES, INTENDENTES MUNICIPALES, CONCEJALES MUNICIPALESY MIEMBROS DE COMISIONES MUNICIPALES.

Art. 2º: Facúltese a la Honorable Junta Electoral Partidaria, a adecuar los plazos de conformidad a la fecha de la interna partidaria.

Art. 3º: Elévese la presente a los efectos de su tratamiento por la Honorable Convención Partidaria.

Art. 4º: Los candidatos a cargos electivos, aceptarán las candidaturas, con sujeción a los corrimientos que correspondan de las listas definitivas que surjan de los acuerdos o coaliciones que se conformen para la elección convocada por el decreto N° 8840-G. Asimismo se deja expresamente reconocido que el cargo que se acepta por éste acto pertenece al partido y no a la persona.

Art. 5º: Publíquese, archívese.

 

Mario Raymundo Fiad

Presidente

15 MAR. LIQ. Nº 16954 $205,00.-