BOLETÍN OFICIAL Nº 140 ANEXO – 15/12/08
EXP. N° 0300-287/2008.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 11 NOV. 2008.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Otorgase Personería Jurídica a favor de la ASOCIACIÓN CIVIL “GLORIA” con asiento en esta ciudad y, consecuentemente, apruébase su Estatuto Social que consta de Treinta y Seis (36) Artículos, y corre agregados de fs. 05 a 21 de autos.-
Dr. WALTER B. BARRIONUEVO
GOBERNADOR