BOLETÍN OFICIAL Nº 29 – 11/03/19
EXPTE Nº ÑK-1083-34-19.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 22 FEB. 2019.-
LA MINISTRA DE EDUCACION
RESULEVE:
ARTICULO 1°.- CONVOCASE a Concurso de Antecedentes para la cobertura de un cargo de Supervisor Técnico de Zona de Formación Profesional de la modalidad de Educación Técnico Profesional con carácter provisional, por los motivos expuestos en el exordio.-
ARTICULO 2°.- APRUEBASE, a los efectos de lo dispuesto por el Artículo 1°, el Reglamento para la cobertura del cargo con carácter provisional, que como Anexo I forma parte del presente acto resolutivo.-
ARTICULO 3°.- APRUEBASE la grilla de clasificación de antecedentes dispuesta en el Anexo II por ésta única vez para el presente concurso.-
ARTÍCULO 4°.- ESTABLECESE para la sustanciación del presente concurso el siguiente cronograma, que se ejecutará por intermedio de la Dirección de Educación Técnico Profesional:
- Inscripción y actualización del legajo del aspirante: 25/02/19 al 27/02/19 en el horario de 8 a 13 hs.
- Conformación de la Comisión Ad-Hoc, la cual se integrará y regirá de acuerdo a lo establecido en el Anexo II de la presente resolución.
- Publicación y notificación del listado de orden de mérito (LOM) el 06/03/19
- Período de recepción de reclamos y/o impugnaciones por dos (2) días a partir de la notificación del LOM.
- Resolución de Impugnaciones por dos (2) días hábiles a partir del vencimiento del plazo establecido en el punto anterior.
- Notificación y Exposición de orden (LOM) definitivo 11/03/19.
ARTICULO 5°.- PROCEDASE por Dirección de Educación Técnico Profesional a notificar a las instituciones de formación Profesional de gestión estatal de la presente resolución.-
ARTICULO 6°.- DEJASE establecido que el Supervisor Técnico de Zona de Formación Profesional de carácter Provisional tomará posesión en sus funciones en fecha a establecerse por la Dirección de Educación Técnico Profesional, el mismo contará con un acompañamiento situado en su trayectoria como supervisor por el Equipo Técnico Pedagógico de la Dirección de Educación Técnico Profesional.-
ARTICULO 7°.- DISPÓNESE que para el agente que cubra el cargo de Supervisor Técnico de Zona de Formación Profesional de la modalidad Educación Técnico Profesional creado por Artículo 1° de la Resolución N° 8825-E-18, será de aplicación la normativa específica de Formación Profesional.-
Isolda Calsina
Ministra de Educación