BOLETÍN OFICIAL Nº 29 – 11/03/19

RESOLUCIÓN Nº 10303-E/2018.-

EXPTE Nº 1050-325-18.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 21 SET. 2018.-

LA MINISTRA DE EDUCACION

RESULEVE:

ARTÍCULO 1°.- Recházase el pedido de SUBVENCION prevista en los Artículos 14°, 15°, 16 y 17° del Decreto N° 6000-E-18, realizado por la “Escuela Profesional de Oficios San Pedro” de propiedad de la Asociación Civil de Maestros y Profesores de Jujuy (AMP JUJUY) con Personería Jurídica N° 1034-G-16 por no cumplir con el periodo lectivo mínimo de tres años completos continuos conforme surge del Artículo 16° del Decreto N° 6000-E-18.-

ARTICULO 2°.- Procédase por Jefatura de Despacho a notificar al Escuela Profesional de Oficios San Pedro” Instituto de Capacitación Aduanera Jujuy “con copia certificada de la presente                        el domicilio legal del Instituto.-

 

Isolda Calsina

Ministra de Educación