BOLETÍN OFICIAL Nº 77 – 13/07/16

RESOLUCION Nº 0105-DPGDFH.-      

EXPTES. Nº 0700-1455/2012.-

AGREGADO742-211/15.-    

SAN SALVADOR DE JUJUY, 04 JUL. 2016.-

V I S T O:

Las presentes actuaciones por las que se solicita la cobertura de UN (1) cargo Categoría 10 (c-4) de TECNICO EN FARMACIA HOSPITALARIA  para el HOSPITAL  “NSTRA. SRA. DE BELEN” y de UN (1) cargo Categoría 7 (c-4) de AUXILIAR DE FARMACIA para el HOSPITAL “NSTRA. SRA. DEL ROSARIO”, mediante llamado a CONCURSO DE ANTECEDENTES Y OPOSICIÓN;  y

CONSIDERANDO:                                 

Que, a fojas 1 obra solicitud formal  del  director del nosocomio y de la Directora General de Asuntos Jurídicos;

Que, la Coordinación de Gestión del Factor Humano acredita la disponibilidad de los cargos a cubrir;

Que, a los fines de la cobertura de cargos de Técnicos, rigen las disposiciones establecidas por  Resolución Nº 000618-S-2016;

Por ello;

LA DIRECTORA PROVINCIAL DE GESTION y DESARROLLO DEL FACTOR HUMANO

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º Llamar a CONCURSO ORDINARIO DE ANTECEDENTES y OPOSICION –CLASE CERRADO de acuerdo a las disposiciones establecidas en la Resolución Nº 000618-S-2016, para la cobertura de los siguientes cargos:

 AREA PROGRAMATICA Nº XVII

HOSPITAL “NSTRA.SRA.DE BELEN”

SUSQUES

 

UN (1) CARGO DE TECNICO EN FARMACIA HOSPITALARIA o TECNICO SUPERIOR EN FARMACIA

CATEGORIA 10 (c-4)

AREA PROGRAMATICA Nº XX

HOSPITAL “NSTRA. SRA. DEL ROSARIO”

ABRA PAMPA

 

UN (1) CARGO DE AUXILIAR EN  FARMACIA

CATEGORIA 7 (c-4)

 

 

ARTICULO 2º  Los postulantes deberán reunir los siguientes requisitos:

  1. Fotocopia del Título de Técnico en Farmacia Hospitalaria o Técnico Superior en Farmacia expedido por ente competente debidamente autorizado por Institución Formadora o Certificado del Curso en Farmacia expedido  por el Ministerio de Salud o autorizado por Resolución Ministerial de Salud. (Autenticado por Escribano Publico).
  2. Fotocopia del Título Analítico, si correspondiera. (Autenticado por Escribano Publico).
  3. Fotocopia de la Constancia de Matricula o Registro Habilitante emitida por el Ministerio de Salud.
  4. Fotocopia del Documento Nacional de Identidad (Anverso y reverso)
  5. Planilla Prontuarial, original o fotocopia (Validez seis (6) meses desde la fecha de emisión)
  6. Certificado de Residencia-original, expedido por la Policía de la Provincia de Jujuy (Validez seis  (6) meses desde la fecha de emisión)
  7. Constancia de CUIL.
  8. Constancia de no poseer Sumario Administrativo-original, expedida por la Dirección Provincial de Personal. (Validez hasta seis (6) meses desde la fecha de expedición).
  9. Curriculum Vitae Nominal, firmado en todas sus fojas y actualizado, con los antecedentes laborales y de formación en fotocopias debidamente certificadas por autoridad competente.
  10. Certificado de Trabajo (Anexo V) del Hospital que corresponda-original.
  11. Evaluación Conceptual de Desempeño Individual (Cada Certificado de Servicio deberá ir acompañado por la Evaluación conceptual).

ARTÍCULO 3º   Aprobar a los efectos de este concurso, el siguiente cronograma:

-APERTURA DE INSCRIPCION:             18 de Julio de 2016

-CIERRE DE INSCRIPCION:   01 de Agosto de 2016

-02 de Agosto al 03 de Agosto: Exhibición de la lista de postulantes inscriptos, a partir de horas 14,00. Igual periodo para la impugnación de la nómina.

-A partir del 04 de Agosto de 2016: A horas 8,30 en dependencias de la Dirección Provincial de Gestión y Desarrollo del Factor Humano: reunión del Tribunal; análisis y puntuación de antecedentes; evaluación técnica,  entrevista, confección de listado del orden de mérito por antecedentes y de postulantes excluidos.

-05 de Agosto de 2016: Publicación del Acta con Orden de Mérito por Antecedentes. El Jurado Evaluador determinará la fecha de la Evaluación Técnica

ARTÍCULO 4º  Los antecedentes deberán ser presentados en los HOSPITALES “NSTRA. SRA. DE BELEN” y “NSTRA. SRA. DEL ROSARIO”, en el HORARIO DE 8.30 a 13.00.

ARTICULO 5°   La inscripción de los postulantes será de carácter personal  o por tercero autorizado con documento de identidad y poder otorgado ante escribano público o autoridad competente. Todos los datos registrados en el trámite de inscripción tendrán carácter de declaración jurada y cualquier inexactitud que se compruebe dará lugar a la exclusión del postulante en cualquier etapa del procedimiento.-

ARTICULO 6°    Para la inscripción el postulante deberá presentar en una carpeta toda la documentación requerida respetando el orden  de los requisitos establecido en el artículo 6 del Anexo I de la Resolución Nº 618-S/16.

Los interesados deberán concurrir a la inscripción con la documentación original cuyas copias no estuvieren autenticadas para proceder con su correspondiente constatación y certificación. La ausencia de lo requerido o la falta de presentación de la documentación original llevarán a no considerar el antecedente declarado.-

Una vez entregada la Ficha de Inscripción, el interesado no podrá añadir información o documentación adicional, ni modificar los datos consignados.

ARTICULO 7° El postulante solo deberá declarar y certificar los antecedentes de formación y laborales que guarden directa relación con el perfil de requisitos  para el puesto de trabajo o función para el que se postule.-

ARTICULO 8°   La inscripción comporta que el aspirante conoce y acepta las condiciones generales establecidas por la normativa que regula el sistema de selección, así como las condiciones y requisitos específicos que pautan el proceso en el que se inscribe.-

ARTICULO 9°  La inscripción importa la  obligación para los interesados de una vez iniciado el trámite concurrir en forma periódica y personalmente para informarse sobre las alternativas del procedimiento.-

Cada inscripto deberá constituir domicilio a efectos del proceso de selección y someterse a la modalidad de comunicación por parte de la Administración, incluyendo fax o correo electrónico, a la que reconocerá expresamente como válida a todo efecto, sin perjuicio de la publicación que se efectúe mediante las carteleras habilitadas especialmente al efecto y la Página WEB respectiva. –

ARTÍCULO 10º   No podrán participar del presente  concurso:

  1. Los Postulantes que tengan una designación en trámite en un cargo de PLANTA PERMANENTE en algunas de las Unidades de Organización dependiente de este Ministerio.

ARTÍCULO 11º  El Tribunal está constituido  de la siguiente forma:

1.-EN REPRESENTACIÓN POR LA DIRECCION PROVINCIAL DE GESTION Y DESARROLLO DEL FACTOR HUMANO:

TITULAR: FARM. MARTA MUÑOZ

SUPLENTE: FARM. BEATRIZ ALBERTO

2.- EN REPRESENTACIÓN DEL HOSPITAL “NSTRA.SRA.DE BELEN”:

TITULAR: DRA. EVA BRITOS

SUPLENTE: LIC. ELSA RAQUEL URZAGASTI

 

3.- EN REPRESENTACIÓN DEL HOSPITAL “NSTRA.SRA.DEL ROSARIO”:

TITULAR: DR. MARCELO NICOLAS MIÑAU

SUPLENTE: DR. CLEMENTE HUERTAS

5.- EN REPRESENTACIÓN DEL DEPARTAMENTO DE FARMACIA:

TITULAR: FARM. MARIA DEL CARMEN HERRERO

SUPLENTE: FARM. FANNY MARTIARENA

ARTÍCULO 12°   La representación de los veedores de ATSA,  UPCN y ATE se consignarán en el oportuno al tomar conocimiento de los mismos.

ARTÍCULO 13º  Establézcase que el proceso de selección para el presente concurso estará conformado por las siguientes instancias:

1.-Cumplimiento de Requisitos dispuestos en el Art. 6 de la         presente Resolución.

2.-Evaluación de Antecedentes Curriculares y Laborales pertinentes específicamente al cargo y función a concursar.-

3.- Evaluación Técnica.-

4.- Entrevista Personal.-

5.-El ingreso definitivo al cargo quedara supeditado a la aprobación del Examen de Aptitud Psicofísico.-

Todo ello,  de conformidad a las previsiones de los Art. 22 a 50 del Reglamento de “Bases de Concurso de Antecedentes y Oposición” (Resolución Nº 000618-S-2016) que establece la forma y condiciones para las diferentes instancias de selección.-

ARTÍCULO 14º   El ganador del concurso, deberá desempeñar funciones:

  • En el AREA PROGRAMATICA que corresponda o en los lugares a designar por las autoridades del mismo.
  • Inherentes a su capacitación profesional y al cargo por el cual concursa.
  • Asignadas por el jefe superior inmediato y según horarios reglamentarios para el adecuado funcionamiento de los mismos.

ARTÍCULO 15º   Los postulantes se darán por notificados de todo el proceso de la convocatoria, con la simple publicación de las Actas en el lugar designado por la Dirección Provincial de Gestión y Desarrollo del Factor Humano y en los Hospitales  “Ntra. Sra. de Belén” y “Nstra. Sra. del Rosario”.

ARTÍCULO 16º Comuníquese, regístrese en el Libro de Resoluciones, remítase copia para su publicación integral en el BOLETIN OFICIAL y  copia de la Resolución  a las Secretarias de Coordinación de Atención de la Salud, Planificación y Políticas Sanitarias, Soporte del Sistema de Salud, a las Direcciones Provinciales de Hospitales y APS, Departamento de Provincial de Farmacia,  a los   Hospitales “Nstra. Sra. de Belén” y “Nstra. Sra. del Rosario”, a los Gremios de ATSA, ATE, UPCN y  a las Farmacéuticas Marta Muñoz del Centro Sanitario y  Beatriz Alberto del Hospital Materno Infantil “Dr. Héctor Quintana”.   Cumplido, archívese.

 

Dra. Elena Meyer

Directora Provincial de Gestión

Y Desarrollo de Factor Humano

Ministerio de Salud- Jujuy