BOLETÍN OFICIAL Nº 16 – 06/02/19

RESOLUCION Nº 3-ISPTyV/2019.-

EXPTE. Nº 0600-449/2017.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 02 ENE. 2019.-

VISTO:

Las actuaciones del expediente caratulado: “LLAMADO A LICITACIÓN NACIONAL PARA LA CONCESIÓN DEL SERVICIO DE GENERACIÓN, TRANSFORMACIÓN Y COMERCIALIZACIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA DE LA CENTRAL HIDROELÉCTRICA LAS MADERAS”, y

CONSIDERANDO:

Que, por Decreto Nº 6197-IPySP se declaró la caducidad de la concesión para la operación, mantenimiento, generación de energía eléctrica y explotación comercial del complejo hidroeléctrico individualizado como “Las Maderas- La Ciénaga” oportunamente otorgada a la empresa Hidrocuyo S.A. y se autorizó al entonces Ministerio de Infraestructura, Planificación y Servicios Públicos a llevar adelante las gestiones tendientes a garantizar la explotación del Complejo Hidroeléctrico Las Maderas.

Que, actualmente se encuentra operando dicha central la Empresa Jujeña de Sistemas Energéticos Dispersos Sociedad Anónima (EJSED S.A.), según Resolución Nº 308-IPySP de fecha 12 de marzo de 2015, conforme la cual se autorizó al entonces Secretario de Servicios Públicos a efectuar la contratación directa de la mencionada empresa de la concesión para la operación, mantenimiento, generación de energía eléctrica y explotación comercial del citado Complejo Hidroeléctrico, siendo aprobada posteriormente dicha contratación por Decreto Nº 7685-IPySP.

Que, en razón de ello y teniendo en cuenta la proximidad del vencimiento de la concesión de la actual operadora, por Decreto Nº 8253-ISPTyV de fecha 5 de diciembre de 2018, el Poder Ejecutivo autorizó a éste Ministerio a efectuar el llamado a Licitación Pública para la concesión del servicio de generación, transformación y comercialización de energía eléctrica de la Central Hidroeléctrica Las Maderas; quedando expresamente facultado este organismo para continuar, adjudicar, aprobar y culminar el presente procedimiento licitatorio.

Que respecto de la documentación técnica preparada por la Dirección de Asuntos Legales de la Secretaría de Energía para el Llamado a Licitación Pública, a fs. 307/312 obra Memoria de Funcionamiento; a fs. 313/376 Pliego de Bases y Condiciones; a fs. 377/399 Anexo I “Síntesis general”; a fs. 400/403 Subanexo I “Perímetro”; a fs. 404/409 Subanexo II “Inventario”; a fs. 410/421 Subanexo III “Seguridad de presas, embalses y obras auxiliares”; a fs. 422/429 Subanexo IV “Normas de manejo de agua”; a fs. 430/432 Subanexo V “Guardias permanentes”; a fs. 433/437 Subanexo VI “Protección del Ambiente”; a fs. 438/442 Subanexo VII “Seguros”; a fs. 443/446 Subanexo VIII “Plan de obras propuesta por el concesionario”.

Que, han tomado intervención la Superintendencia de Servicios Públicos y otras Concesiones mediante dictamen técnico y legal obrante a fs. 137 a 138 vlta.; la Dirección Provincial de Recursos Hídricos según dictamen técnico y legal (fs. 141/144); y Fiscalía de Estado (fs. 297/301).

Que, han tomado intervención de su competencia Fiscalía de Estado (fs.297/301 y fs. 451) y Tribunal de Cuentas de la Provincia (fs. 453),

Por ello,

EL MINISTRO DE INFRAESTRUCTURA, SERVICIOS PÚBLICOS, TIERRA Y VIVIENDA

RESUELVE:

ARTICULO 1º.- APRUEBASE la documentación técnica obrante a fs. 307/312 “Memoria de Funcionamiento”; a fs. 313/376 Pliego de Bases y Condiciones; a fs. 377/399 Anexo I “Síntesis general”; a fs. 400/403 Subanexo I “Perímetro”; a fs. 404/409 Subanexo II “Inventario”; a fs. 410/421 Subanexo III “Seguridad de presas, embalses y obras auxiliares”; a fs. 422/429 Subanexo IV “Normas de manejo de agua”; a fs. 430/432 Subanexo V “Guardias permanentes”; a fs. 433/437 Subanexo VI “Protección del Ambiente”; a fs. 438/442 Subanexo VII “Seguros”; a fs. 443/446 Subanexo VIII “Plan de obras propuesta por el concesionario”, para la Licitación Pública destinada a la Concesión del servicio de generación, transformación y comercialización de energía eléctrica de la Central Hidroeléctrica Las Maderas.-

ARTICULO 2º. DELEGAR en la Secretaría de Energía las facultades acordadas por Decreto Nº 8253-ISPTyV/18, a los efectos de la continuación del trámite administrativo de Licitación Pública para la “Concesión del Servicio de Generación, Transformación y Comercialización de Energía Eléctrica de la Central Hidroeléctrica Las Maderas”.-

ARTICULO 3º.- Regístrese, publíquese –en forma íntegra– en el Boletín Oficial. Por Jefatura de Despacho, remítase copia a conocimiento del Tribunal de Cuentas. Pase a Secretaría de Energía a los fines dispuestos en el Articulo 2º.- Cumplido, archívese.-

 

C.P.N. Jorge Raúl Rizzotti

Ministro de Infraestructura,

Serv. Públicos, Tierra y Vivienda