BOLETÍN OFICIAL Nº 11 ANEXO – 25/01/19

2018 – AÑO DEL CENTENARIO DE LA REFORMA UNIVERSITARIA

CONCEJO DELIBERANTE

MUNICIPALIDAD DE SAN PEDRO DE JUJUY

SAN PEDRO DE JUJUY, 13 DIC. 2018.-

EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN PEDRO DE JUJUY, EN USO DE LAS POTESTADES CONFERIDAS POR LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL VIGENTE, EN SU ARTÍCULO 97º “DE LAS ORDENANZAS”, SANCIONA LA SIGUIENTE:

ORDENANZA Nº 1216/2.018.-

PRESUPUESTO GENERAL DE GASTOS Y CÁLCULO DE RECURSOS EJERCICIO 2019.-

Artículo 1º: Fíjase en la suma de pesos un mil sesenta y ocho millones ochocientos mil cuatrocientos cincuenta y nueve con 39/100 ($1.068.800.459,39), el total de las Erogaciones del Presupuesto General de Gastos de la Administración Municipal para el Ejercicio 2019 con destino a las siguientes finalidades que se indican a continuación y que se detallas analíticamente en planillas anexas que forman parte integrante de la presente ordenanza-.

 

Objeto del Gasto Totales Totales
Erogaciones Erogaciones de
Corrientes Capital
Finalidad y Función Totales Finalidad
y Función
Administración Gral. 885.059.377,62 884.339.470,76 719.906,86
Seguridad 331.364,74 0,00 331.364,74
Salud
2.481.785,20 2.481.785,20 0,00
Bienestar Social 28.165.348,36 7.355.002,22 20.810.346,14
Cultura y Educación 3.161.265,68 2.490.375,06 670.890,62
Desarrollo de la Economía 149.562.332,89 0,00 149.562.332,89
Deuda Pública 38.984,90 38.984,90 0,00
TOTALES 1.068.800.459,39 896.705.618,14 172.094.841,25

Artículo 2º: Estimase en la suma de pesos Un mil catorce millones ochocientos veinticinco mil ciento cuarenta y uno con 82/100 ($1.014.825.141,82) el Cálculo de los Recursos destinados a atender las Erogaciones que se refiere el Art.1, de acuerdo con la distribución que se indica a continuación y el detalle que figura en planillas anexas que forman parte integrante de la presente ordenanza.

 

CONCEPTO MONTO
Recursos Tributarios 931.496.928,68
Recursos No Tributarios 10.487.000,98
Transferencias Corrientes 8.659.812,00
Recursos de Capital 64.181.400,16
TOTAL 1.014.825.141,82

 

Artículo 3º: Como consecuencia de los establecido el los Artículos anteriores, estimase el siguiente Balance Financiero Preventivo.

CONCEPTO                                                    MONTO

EROGACIONES                                         1.068.800.459,39

RECURSOS                                                 1.014.825.141,82

NECESIDAD DE   FINANCIAMIENTO    53.975.317,57

Artículo 4º: Fíjase en la suma de pesos ciento seis millones ciento sesenta y un mil seiscientos setenta y ocho con

27/100 ($ 106.161.678,27) el importe correspondiente a las Erogaciones para atender la Amortización de la Deuda, de acuerdo con el detalle que figura en la Planilla Anexa que forman parte integrante de la presente ordenanza.

Artículo 5º: Estímase en la suma de pesos ciento sesenta millones ciento treinta y seis mil novecientos noventa y cinco con 84/100 ($160.136.995,84) el Financiamiento de la Administración Pública Municipal.

FUENTES FINANCIERAS                                               160.136.995,84

EROG.P/ATENDER LA  AMORTIZ. DE LA DEUDA   106.161.678,27

FINANCIAMIENTO NETO                                               53.975.317,57

Artículo 6º: Como consecuencia de lo establecido en los Artículos 4º y 5º de la presente Ordenanza estímase en la suma de pesos cincuenta tres millones novecientos setenta y cinco mil trescientos diecisiete con 57/100 ($53.975.317,57), el Financiamiento Neto de la Administración Pública Municipal.

Artículo 7º: Fíjase en Novecientos Once (911), el número de cargos de la Planta de Personal Permanente que se detalla en Planilla Nº 9, en cinco (5) el número de Cargos de Coordinadores, en ciento cuatro (104) el número de Cargos de la Planta de Personal Contratado y en mil doscientos cuarenta y uno (1.241) el número de cargos de la planta de Personal Jornalizado, todos del Departamento Ejecutivo y Concejo Deliberante.

Artículo 8º: Fíjase en setenta y siete (77) el número de cargos del Personal Superior Fuera de Escala del Departamento Ejecutivo Municipal y del Juzgado Municipal de Faltas que se detallan en Planilla Nº 9 y en Veinticuatro (24) el número de Cargos de la Planta de Personal Superior Fuera de Escala del Concejo Deliberante (Planilla Nº 9). Las remuneraciones de todos ellos se establecen en la escala que se consigna en la planilla Nº8 anexa a esta ordenanza.

La mencionada Escala Salarial no contempla las asignaciones familiares que correspondieren, ni bonificación por antigüedad.

La bonificación por antigüedad se liquidará a razón del 2% del importe que resultare de multiplicar la Asignación de la Categoría 1 del Escalafón Municipal vigente, por el coeficiente 2,625 por cada año de antigüedad.

La Escala Salarial se incrementará en forma automática en iguales porcentajes a los que establezca el Gobierno Provincial para el Personal de Escalafón General de Planta Permanente Provincial.

Artículo 9º: El Poder Ejecutivo podrá disponer las reestructuraciones y modificaciones que considere necesarias, con la única limitación de no alterar el total de las erogaciones fijadas en los artículos 1º y 4º. Respecto de la Planta de Personal se podrán transferir cargos con la sola limitación de no modificar los totales fijados en el artículo 7º.

Artículo 10º: Establécese un adicional no remunerativo y no bonificable de hasta un 60 % sobre el sueldo neto a cobrar del empleado de planta permanente y/o jornalizado que se le asigne la función de mayor carga horaria en cada una de sus jornadas de trabajo. El presente adicional podrá ser suspendido o revocado a criterio de las autoridades superiores.

Artículo 11º: Establécese un adicional no remunerativo y no bonificable de hasta un 60 % sobre el sueldo neto a cobrar del empleado que desempeñe tareas de supervisión y/o encargado de trabajos de mayor responsabilidad.

Articulo 12º: El poder ejecutivo municipal queda facultado en el presente ejercicio para:

a)Introducir ampliaciones, debidamente fundadas, en los créditos presupuestarios aprobados por la presente Ordenanza y establecer su distribución, en la medida que los incrementos sean financiados con fondos provenientes de recursos extraordinarios o no previstos en la presente.

  1. b) Cubrir los cargos y asignar adicionales previstos en la presente ordenanza.

Artículo 13º: Créase el Plan Municipal “Un Trabajo por mi Ciudad 2019” de promoción laboral, por el cual se promoverá la incorporación de hasta 200 ciudadanos, que acrediten no tener recursos económicos suficientes.

Los beneficiarios realizarán tareas que se le asignen dentro del municipio, tendientes a mejorar el funcionamiento de los servicios públicos de que se prestan a través del municipio.

El emolumento del personal del Plan Municipal “Un trabajo por mi Ciudad 2019” será de hasta pesos siete mil con 00/100 ($7.000,00) sin ninguna retención ni descuento y sin derecho a percibir asignaciones familiares.

El tiempo de duración del plan municipal será de doce meses, es decir que finaliza el 31/12/2019.

Por decreto municipal se reglamentará lo atinente a las tareas a realizar y régimen disciplinario.

Artículo 14º: Créase el “Plan Municipal de Empleo para la Implementación del Sistema de Estacionamiento Tarifado” dependiente del Departamento Ejecutivo Municipal, por el cual se promoverá la incorporación de hasta cincuenta (50) ciudadanos, que acrediten no tener recursos económicos suficientes.

Los beneficiarios realizarán las tareas en forma exclusiva de venta de tarjetas horarias para el estacionamiento tarifado establecido por el Decreto Nº114-IM-2016 con acuerdo del Concejo Deliberante.

El emolumento del personal del “Plan Municipal de Empleo para la Implementación del Sistema de Estacionamiento Tarifado” será de hasta pesos tres mil con 00/100 ($3.000,00) sin ninguna retención ni descuento y sin derecho a percibir asignaciones familiares.

El tiempo de duración del plan municipal será de doce meses, es decir que finaliza el 31/12/2019.

Por decreto municipal se reglamentará lo atinente al régimen disciplinario y la mecánica de implementación del sistema.

Artículo 15º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos, dese al Registro y Digesto Municipal, publíquese en el Boletín Oficial, dese a publicidad y cumplido archívese.-

 

Cristian Aguirre Revoux.-

Presidente – Concejo Deliberante.-

 

Corresponde al Expte. Nº 0325-SH-18 y 0568-CD-2018.-

Despacho de Intendencia, 17 de Diciembre de 2018.-

Téngase por ORDENANZA MUNICIPAL Nº 1.216/18, PRESUPUESTO GENERAL DE GASTOS Y CALCULOS DE RECURSOS-Ejercicio 2019, Regístrese, comuníquese al Concejo Deliberante, Remítase  copia autenticada al Boletín Municipal y Boletín Oficial de la Provincia. Pase a conocimiento de las Secretarias Municipales de Gobierno, de Hacienda, de Desarrollo Humano, de Obras y Servicios Públicos y Medio Ambiente. Por la Dirección de Prensa dese amplia difusión. Pase a conocimiento de Procuración Municipal, Dirección de Rentas. Dese al Registro Municipal y al Digesto Cumplido, archívese.-

 

Dr. Julio Cesar Bravo.-

Intendente.-