BOLETÍN OFICIAL Nº 7 ANEXO – 16/01/19

CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD

EXPTE. Nº  1118-X-2018 c/Agdo. 17094/2018.-

EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE

SAN SALVADOR DE JUJUY SANCIONA LA SIGUIENTE

ORDENANZA Nº 7291/2018.-

TITULO I

 

ARTICULO 1º.- Fíjase en la suma de pesos CUATRO MIL DOSCIENTOS VEINTITRES MILLONES OCHOCIENTOS TREINTA Y TRES MIL TRESCIENTOS VEINTIDOS ($4.223.833.322.-) el total de Erogaciones del Presupuesto General de la Administración Municipal para el Ejercicio 2.019, el que se integra del siguiente modo: Total de Erogaciones Concejo Deliberante: pesos TRESCIENTOS SETENTA Y CINCO MILLONES DOSCIENTOS TREINTA MIL SETECIENTOS CUARENTA Y CINCO  ($375.230.745.-); Total de Erogaciones Departamento Ejecutivo: pesos TRES MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y OCHO MILLONES SEISCIENTOS DOS MIL QUINIENTOS SETENTA Y SIETE  ($3.848.602.577.-), con destino a las finalidades que se detallan analíticamente en las planillas anexas:

 

TOTAL EROGACIONES CORRIENTES EROGACIONES DE CAPITAL
FINALIDAD
01  Administración General 2.291.476.584 2.281.200.584      10.276.000
02  Desarrollo y Mantenimiento 724.190.399 354.142.922       370.047.477
03  Cultura Turismo y Educación 203.064.068 203.064.068
04  Bienestar Social 297.289.222 297.289.222
05  Policía y Control    273.489.479 270.289.479 3.200.000
06  Servicios Generales 402.226.678 398.911.678 3.315.000
07  Deuda Pública 2.096.892 2.096.892
08  A Clasificar 30.000.000 30.000.000
 TOTAL 4.223.833.322 3.836.994.845 386.838.477

 

ARTICULO 2°.- Estimase  en  la suma de Pesos CUATRO MIL DOSCIENTOS TREINTA MILLONES OCHOCIENTOS OCHENTA Y NUEVE MIL CUARENTA Y SEIS ($ 4.230.889.046.-) el cálculo de Recursos de la Administración Municipal, destinados a atender las Erogaciones a que se refiere el Artículo N° 1, de acuerdo a la distribución que se indica a continuación y al detalle que figura en las planillas anexas.

RECURSOS   4.230.889.046
Recursos Corrientes 3.903.641.569
Recursos de Capital 327.247.477

 

ARTICULO 3°.- Fíjase en la suma de pesos CUARENTA Y UN MILLONES DOSCIENTOS CINCUENTA MIL ($41.250.000.-) el importe correspondiente a atender la Amortización de la Deuda.

ARTICULO 4°.- Estímase en la suma de pesos SIETE MILLONES CINCUENTA Y CINCO MIL SETECIENTOS VEINTICUATRO ($7.055.724.-) el Financiamiento de la Gestión Municipal.

ARTICULO 5º.- Como consecuencia de lo establecido en los artículos precedentes fíjase el Balance Financiero Preventivo de la Administración Municipal conforme se indica seguidamente:

Recursos 4.230.889.046
Fuentes Financieras 34.194.276
Total Recursos más Fuentes Financieras 4.265.083.322
Erogaciones 4.223.833.322
Aplicaciones Financieras 41.250.000
Total erogaciones más aplicaciones financieras 4.265.083.322

ARTICULO 6°.- Fijase la Planta Total del Departamento Ejecutivo en CINCO MIL TREINTA Y CINCO (5.035) cargos, discriminados en Personal Superior y Jerárquico, Planta Permanente, en Escuela Municipal Marina Vilte y Administradores, que se detallan en los Cuadros Anexos.-

ARTICULO 7°.- Apruébese la Planta de Personal y Escala de Retribuciones del Personal Docente de la Escuela Municipal N° 1 Marina Vilte, que se adjunta en planillas anexas.-

ARTICULO 8°.- Las remuneraciones del Personal del Escalafón General y el Personal Superior y Jerárquico del Departamento Ejecutivo, se liquidarán de conformidad a las planillas anexas.-

ARTICULO 9°.- La remuneración básica del Sr. Intendente Municipal se fija en la suma de pesos SETENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS TREINTA ($ 79.930.-), más la asignación familiar y antigüedad que pudiere corresponder.-

ARTICULO 10°.- La remuneración básica correspondiente a los  Sres. Secretarios del Departamento Ejecutivo, se fija en la suma de pesos SESENTA Y SEIS MIL TRECIENTOS OCHO ($ 66.308.-), más la asignación familiar y antigüedad que pudiere corresponder. La retribución básica correspondiente a los Sres. Sub-secretarios se fija en la suma de pesos CINCUENTA MIL CIENTO SESENTA Y TRES ($ 50.163.-), más la asignación familiar y antigüedad que pudiere corresponder.-

ARTICULO 11°.- La remuneración básica correspondiente al cargo de Procurador Municipal se fija en la suma de pesos SESENTA Y CUATRO MIL NOVECIENTOS QUINCE ($ 64.915.-) y para el cargo de Procurador Municipal Adjunto se fija en la suma de pesos CINCUENTA MIL CIENTO SESENTA Y TRES ($ 50.163.-), más la asignación familiar y antigüedad que pudiere corresponder.-

ARTICULO 12°.- La  remuneración  de los Sres. Jueces de Faltas, se fija en la suma de pesos CINCUENTA Y DOS MIL QUINIENTOS TREINTA Y UNO ($ 52.531-), más la asignación familiar y antigüedad que pudiere corresponder.-

ARTICULO 13°.- La  remuneración  básica correspondiente  a  los cargos de Contador General, Tesorero General, Director General de Rentas, Director General de Auditoría Interna, Director General de Recursos Humanos y Director General de Informática, se fija en la suma de pesos TREINTA Y DOS MIL TRESCIENTOS DIECISIETE ($ 32.317.-), más la asignación familiar y antigüedad que pudiere corresponder.-

ARTICULO 14°.- La  remuneración  básica  correspondiente  a  los cargos de  Sub-Contador General, Sub-Tesorero General, Sub-Director General de Rentas y Sub-Director General de Recursos Humanos, se fija en la suma de pesos TREINTA Y UN MIL CIENTO NOVENTA Y CINCO ($ 31.195.-), más la asignación familiar y antigüedad que pudiere corresponder.-

ARTICULO 15°.- La remuneración básica correspondiente al Coordinador General, se fija  en la suma de pesos CUARENTA Y DOS MIL CIENTO CINCUENTA Y OCHO  ($42.158.-), más la asignación familiar y antigüedad que pudiere corresponder.-

ARTÍCULO 16°.- La  Remuneración básica correspondiente a los Administradores se fija en un  noventa y cinco por ciento (95%) del cargo de Sub-Director, más la asignación familiar y antigüedad que le pudiere corresponder.-

La Remuneración básica correspondiente a los Coordinadores de Tareas se fija en un ochenta por ciento (80%) del cargo de Sub-Director, más la asignación familiar y antigüedad que pudiere corresponder.-

ARTICULO 17°.- El Juzgado Administrativo de Faltas, dependerá orgánicamente de la Secretaria de Gobierno perteneciente al Departamento Ejecutivo Municipal.-

ARTICULO 18°: SECRETARIAS DEL JUZGADO ADMINISTRATIVO DE FALTAS: actuarán, además, Secretarios de Juzgado en el número que a juicio del Departamento Ejecutivo fuese menester para el desarrollo de tales actividades. Los Secretarios serán designados por el Intendente Municipal, previo acuerdo del Concejo Deliberante en cumplimiento de lo que establece la Carta Orgánica Municipal para cargos del Juzgado Administrativo de Faltas, requiriéndose para ello ser: argentino, tener veinticinco (25) años de edad como mínimo y poseer título de Abogado o Egresado en Ciencias Económicas, debiendo tener tres años de antigüedad en la matrícula como mínimo.-

ARTICULO 19°.- La remuneración de  los  Secretarios del Juzgado Administrativo de  Faltas se  fija en la suma de pesos CUARENTA Y TRES MIL CUARENTA Y SEIS ($43.046.-), más el Adicional por Reestructuración, antigüedad y salario familiar que le pudiere corresponder.-

ARTICULO 20°.- La   Remuneración   básica  correspondiente   al  cargo   de   Asesor  legal  de Intendencia se fija en la suma de pesos TREINTA MIL NOVECIENTOS SETENTA Y NUEVE ($ 30.979.-), más la asignación familiar y antigüedad que pudiere corresponder.-

La Remuneración básica correspondiente al cargo de Asesor Técnico de Intendencia se fija en la suma de pesos VEINTISIETE MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y TRES ($ 27.443.-), más la asignación familiar y antigüedad que pudiere corresponder.-

ARTICULO 21°.- La remuneración básica correspondiente al Director General se fija en la suma de pesos VEINTIOCHO MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y DOS ($ 28.352.-), más la asignación familiar y antigüedad que pudiere corresponder.-

ARTICULO 22°.- La remuneración básica  correspondiente al Sub-Director General se fija en la suma de pesos VEINTISIETE MIL CUATRO CIENTOS SETENTA Y OCHO            ($ 27.478.-), más la asignación familiar y antigüedad que pudiere corresponder.-

ARTICULO 23°.- La remuneración básica  correspondiente  al  Director  se  fija  en  la  suma de pesos VEINTISIETE MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y SEIS ($ 27.466.-), más la asignación familiar y antigüedad que pudiere corresponder.-

ARTICULO 24°.- La remuneración básica correspondiente al Sub-director se fija en la suma de esos VEINTICINCO MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y NUEVE ($ 25.759.-), más la asignación familiar y antigüedad que pudiere corresponder.-

ARTICULO 25°.- Tendrán  la  denominación  de  Dirección  General  las siguientes Unidades de Organización: 1) Relaciones Públicas y Ceremonial, 2) Despacho, 3) Recursos Humanos, 4) Rentas, 5) Compras y Suministros, 6) Presupuesto, 7) Informática, 8) Auditoria Interna, 9) Descentralización y Calidad de Gestión, 10) Delegación Alto Comedero, 11) Políticas Públicas, 12) Delegación Villa Jardín de Reyes, 13) Control Comercial, 14) Desarrollo Familiar, 15) Desarrollo Comunitario, 16) Planificación, 17) Desarrollo, 18) Programas y Empleo, 19) Obras Públicas e Infraestructura, 20) Planeamiento Urbano y Ordenamiento Territorial, 21) Hábitat y Vivienda Social, 22) Tránsito y Transporte, 23) Higiene Urbana, 24) Cultura, –

ARTICULO 26°.- Tendrán la denominación de Dirección las siguientes Unidades de Organización:, 1) Notarial, 2) Prensa, 3) Comunicación Digital, 4) Radio Municipal, 5) Obras y Servicios Públicos de Alto Comedero, 6) Fiscalización y Control, 7) Políticas Sociales de Alto Comedero, 8) Seguridad Alimentaría, 9) Mercados y Ferias, 10) Emergencia de Asuntos Vecinales, 11) Control de Espacios Públicos y Nocturnidad, 12) Habilitaciones Comerciales y Permisos, 13) Zoonosis, 14) Políticas Públicas de Adolescencia y Juventud, 15) Niñez y Adolescencia, 16) Adultos Mayores, 17) Educación, 18) Deportes y Recreación, 19) Paridad de Género, 20) Asistencia Directa, 21) Salud Mental, 22) Salud, 23) Participación Ciudadana, 24) Gestión Ambiental, 25) Modernización, 26) Promoción Empresarial, 27) Emprendedores,   28)   Proyectos   de   Autoempleo,   29)   Obras   Viales,    30)   Obras   Civiles, 31) Infraestructura, 32) Mantenimiento Urbano, 33) Planeamiento Urbano, 34) Estudios y Proyectos, 35) Obras Particulares, 36) Patrimonio Arquitectónico, Histórico y Urbanístico, 37) Tránsito y Transporte, 38) Planificación y Seguridad Vial, 39) Talleres, 40) Servicios Eléctricos, 41) Espacios Verdes, 42) Cementerios, 43) Fiscalización de Transporte, 44) Turismo, 45) Políticas Socioculturales, 46) Desarrollo de Promoción Artística.-

ARTICULO 27°.- Tendrán  la  denominación de Sub-Dirección General las siguientes Unidades de Organización: 1) Relaciones Públicas y Ceremonial, 2) Despacho, 3) Archivo y Digesto, 4) Recursos Humanos, 5) Legal y Técnica de Rentas, 6) Fiscalización de Rentas, 7) Compras y Suministros, 8) Informática, 9) Descentralización y Calidad de Gestión, 10) Delegación de Alto Comedero, 11) Políticas Públicas, 12) Delegación Villa Jardín de Reyes, 13) Control Comercial, 14) Higiene Urbana.-

ARTICULO 28°.- Tendrán la denominación de Sub-Dirección las siguientes Unidades de Organización: 1) Seguridad Alimentaria, 2) Mercados y Ferias, 3) Educación, 4) Deportes Social, 5) Deportes Federado, 6) Participación Ciudadana, 7) Gestión Ambiental, 8) Modernización, 9) Obras particulares, 10) Tránsito y Transporte, 11) Servicios Eléctricos, 12) Ornamentación, 13) Espacios Verdes, 14) Cementerios, 15) Fiscalización y Transporte.-

ARTÍCULO 29°.- Las remuneraciones  de los cargos de Director, Vice-Director y Personal de la Escuela Municipal Nº 1 “Marina Vilte” que establezca el Departamento Ejecutivo Municipal; se liquidarán conforme a las pautas establecidas por el Poder Ejecutivo Provincial.-

ARTICULO 30°.- El valor nominal de la Hora Cátedra correspondiente a los docentes de la Escuela Municipal N° 1 “Marina Vilte” se establecerá conforme a las pautas establecidas por el Poder Ejecutivo Provincial.-

ARTICULO 31°.- El personal profesional  que  se  desempeñe  como  Jefe  en  el Área Contable, Administrativa y/o de Capacitación, dependientes de la Dirección de Educación y aquellos agentes específicamente designados por el Departamento Ejecutivo, percibirán un Adicional de hasta el cuarenta por ciento (40%) de la remuneración básica vigente para los Directores, sin perjuicio de los Adicionales que corresponden a la liquidación normal y mientras desempeñen dicha tarea. Los mismos deberán estar a disposición de la superioridad.-

ARTICULO 32°.- Los Coordinadores  de  la  Dirección  General  de  Despacho serán en número igual a la cantidad de Secretarías del Departamento Ejecutivo y tendrán a su cargo la coordinación administrativa del área que corresponda. El adicional por función asignado como única retribución a los Coordinadores de la Dirección  General  de  Despacho será equivalente al sesenta y cinco por ciento (65%) de la suma total de haberes sujetos a aportes de Ley percibidos en la categoría de revista. El mismo obligará a la prestación de cuarenta (40) horas extras mensuales y estar a disposición de la Superioridad.-

ARTICULO 33°.- Establécese  un  adicional de PESOS QUINIENTOS SETENTA Y OCHO CON 81/100 ($ 578,81) para el personal que se desempeña como Secretaria Privada de Intendencia y cuyo número de agentes no podrá ser superior a dos (2). Dicho adicional será asignado además al personal que se desempeña como Secretaria Privada de cada Secretaría, Contaduría General, Tesorería General, Presupuesto y Procuración Municipal; correspondiendo para estos últimos sectores mencionados a un (1) sólo agente por área.-

ARTICULO 34°: Establécese  un  Adicional  por Mayor Recaudación, para el personal de la Dirección General de Rentas Municipal, de PESOS CINCUENTA Y SEIS CON 10/100 ($56,10) No Remunerativo no Bonificable, por cada día efectivamente trabajado. El mismo será asignado por el Director General de Rentas, remitiendo nómina mensual a la Dirección General de Recursos Humanos, pudiendo ser suspendido o revocado a criterio de la Superioridad. –

ARTICULO 35°.- Establécese un Adicional por Mayor Dedicación de hasta un treinta y tres por ciento (33%) de la asignación de la Categoría más los adicionales remunerativos bonificables, para los cargos del Escalafón General de Planta Permanente o Contratados específicamente determinados por el Departamento Ejecutivo, siempre y cuando exista Crédito presupuestario y posibilidades financieras; obligando a una prestación mínima efectiva de cuarenta (40) horas extras mensuales y estar a disposición de la Superioridad. –

Este Adicional podrá ser revocado o suspendido a criterio del Departamento Ejecutivo. Las horas adicionales no serán  consideradas para pago o descanso compensatorio en ninguno de los casos.-

ARTICULO 36°.- Establécese un Adicional por Función de hasta un cincuenta por ciento (50%) de la asignación de la categoría más los adicionales remunerativos bonificables, para los cargos del Escalafón General de Planta Permanente o Contratados, específicamente determinados por el Departamento Ejecutivo, siempre y cuando exista crédito presupuestario y posibilidades financieras; obligando a la prestación de cuarenta (40) horas extras mensuales y estar a disposición de la Superioridad.

Este Adicional podrá ser revocado o suspendido a criterio del Departamento Ejecutivo. Las horas adicionales no serán consideradas para pago o descanso compensatorio en ninguno de los casos.-

ARTICULO 37°.- El Escalafón para Profesionales Universitarios se liquidará conforme a lo establecido en la Ley Nº 4413 y sus modificatorias; salvo el Adicional por Dedicación Exclusiva, donde el Departamento Ejecutivo no afectará personal que demande el pago del mismo.-

ARTICULO 38°.- Facúltase al Departamento Ejecutivo  a  otorgar un Adicional por Mayor dedicación  en la función  para el personal Jerárquico del Departamento Ejecutivo, de hasta un cincuenta por ciento (50%) de la remuneración básica percibida. Dicho adicional será no remunerativo no bonificable.-

ARTICULO 39°.- Facúltase al Departamento Ejecutivo a otorgar un Adicional por Responsabilidad en la Función para el personal que se desempeñe como Coordinador o Administrador de Instituciones Socio-Educativas, Centros de Participación Vecinal (CPV), Centro de Integración Comunitario (CIC), Núcleo de Inclusión de Desarrollo de Oportunidades (NIDO); Centro de Acción Familiar (CAF), Cementerios y demás; de hasta un cincuenta por ciento (50%) de la remuneración básica vigente para el cargo y de hasta el setenta por ciento (70%) para el Director General y Sub-Director General de la Dirección General Delegación Alto Comedero. El mismo tendrá el carácter de no remunerativo no bonificable.-

ARTICULO 40°.- Facúltase al Departamento Ejecutivo a otorgar un Adicional por Responsabilidad en la Función, de hasta un cincuenta por ciento (50%) de la remuneración básica vigente, al Personal Jerárquico de la Secretaria de Hacienda y Dirección General de Recursos Humanos. Dicho adicional será no remunerativo no bonificable.-

ARTÍCULO 41º: Establécese un adicional de hasta un cincuenta por ciento (50%) de la asignación de la categoría más los adicionales remunerativos bonificables para aquellos agentes de Planta Permanente y Contratados que se destaquen anualmente en el desempeño de sus funciones, bajo las siguientes condiciones:

  • Existencia de posibilidades presupuestarias y financieras.
  • Otorgado por Decreto en acuerdo de Secretarios.
  • El número de agentes beneficiados por el presente no podrá superar el uno por ciento (1%) de la Planta Permanente y Contratados del Municipio.
  • Los Servicios Extraordinarios generados no serán considerados para pago o descanso compensatorio.

Para la aplicación del presente adicional el Departamento Ejecutivo deberá reglamentar las condiciones que los agentes deben cumplir para ser considerados: “empleados destacados en el desempeño de la función”.-

ARTICULO 42º.- La liquidación de la antigüedad de los Coordinadores y Administradores, incluidos en el artículo 16°, del personal Superior y Jerárquico del Departamento   Ejecutivo  deberá realizarse de la siguiente manera: dos por ciento (2%) sobre la remuneración básica del cargo que desempeña por los años de servicios acreditados en la Administración Pública Nacional, Provincial o Municipal.-

ARTICULO 43º.- Determínase un adicional para Cajeros, en concepto de Responsabilidad en el Manejo de Fondos Públicos, equivalente al diez por ciento (10%) de la asignación de su categoría más los adicionales remunerativos bonificables; y pesos DOS MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y NUEVE CON 45/100 ($ 2.399,45) no remunerativos no bonificables, para los casos que específicamente determine el Departamento Ejecutivo, de acuerdo a los requerimientos del servicio y a las posibilidades presupuestarias y financieras.-

ARTICULO 44º.- Establécese un adicional de  hasta  un cincuenta  por ciento (50%) de la asignación de la categoría más los adicionales remunerativos bonificables para los agentes pertenecientes a Tesorería General cuya función sea: emisión de cheques, confección de parte diario, pago a proveedores y de haberes; según determine el Departamento Ejecutivo.  El mismo obliga a la prestación de cuarenta (40) horas extras mensuales y estar a disposición de la Superioridad. Los servicios extraordinarios generados, no serán considerados para pago o descanso compensatorio. El mismo podrá ser suspendido o revocado a criterio de las autoridades superiores.-

ARTICULO 45°.- Establécese  un  adicional   para  el  personal  que se desempeñe realizando tareas de supervisión, control y coordinación de hasta un cuarenta por ciento (40%) de la remuneración vigente para los Sub-Directores, sin perjuicio de los adicionales que corresponden a la liquidación normal y mientras desempeñen dicha tarea.-

ARTICULO 46°.- Establécese un  adicional, de carácter  no remunerativo   no   bonificable, consistente en la suma de PESOS TRES MIL CIENTO VEINTIUNO CON 50/100 ($ 3.121,50) para el personal de la Dirección General de Higiene Urbana y la Dirección General Delegación Alto Comedero; afectado a los servicios de supervisión, choferes y operarios de recolección de residuos. Un Adicional de PESOS NOVENTA CON 30/100 ($ 90,30) No Remunerativo no Bonificable, por cada día efectivamente trabajado, para los operarios de barrido de calzada, el mismo será asignado por el Director General de Higiene Urbana, remitiendo nómina mensual a la Dirección General de Recursos Humanos, pudiendo ser suspendido o revocado a criterio de la Superioridad.-

ARTICULO 47°.- Establécese un adicional, con carácter no remunerativo-no bonificable, de Incentivo por Participación en el Desarrollo de la Obra Pública, de PESOS TRESCIENTOS CON 00/100 ($ 300,00) mensuales o el prorrateo del equivalente al 3% del valor del  hormigón  utilizado  en  Obra,  para  el  personal  (obreros y empleados)  afectado a la  misma, perteneciente a las Direcciones de Obras Civiles, Viales y Mantenimiento Urbano. Este Adicional podrá ser revocado o suspendido a criterio del Departamento Ejecutivo.-

ARTICULO 48°.- Establécese un adicional, con character  no  remunerativo-no bonificable, al personal administrativo y afectado a las funciones de expurgo de la Dirección de Cementerios, de PESOS QUINIENTOS CUARENTA Y SEIS CON 40/100 ($ 546,40) y PESOS QUINIENTOS CATORCE CON 00/100 ($ 514,00) mensuales, respectivamente. Este Adicional podrá ser revocado o suspendido a criterio del Departamento Ejecutivo.-

ARTICULO 49º.- Establécese un adicional, con carácter no remunerativo-no bonificable, para el personal que se desempeñe en la coordinación de ciertos programas determinados a criterio del Departamento Ejecutivo, de hasta el 30% del básico de un Coordinador de Tareas y para un máximo de siete (7) agentes. Este Adicional podrá ser revocado o suspendido a criterio del Departamento Ejecutivo. Las horas adicionales generadas no serán consideradas para pago o descanso compensatorio en ninguno de los casos.-

ARTICULO 50º.- Establécese un adicional, con carácter no remunerativo-no bonificable, para el personal que se desempeñe en la administración de los Centros de Participación Vecinal (CPV), de hasta el 20% del básico del Administrador y para un máximo de un agente por CPV. Este Adicional podrá ser revocado o suspendido a criterio del Departamento Ejecutivo. Las horas adicionales generadas no serán consideradas para pago o descanso compensatorio en ninguno de los casos.-

ARTICULO 51º.- El  personal  que  desempeñe  tareas  inherentes  a su cargo, no podrá percibir remuneraciones complementarias o especiales, salvo el caso previsto en el párrafo siguiente: “Cuando por requerirlo elementales razones de servicio, se haga necesario trabajar más horas que las fijadas normalmente para la Administración Pública Municipal”; el Departamento Ejecutivo, con carácter de excepción, podrá autorizar el reconocimiento y pago de dichas horas extras, siempre y cuando exista crédito presupuestario y posibilidades financieras.-

ARTICULO 52°.- Las licencias anuales  postergadas  por razones de servicios debidamente fundadas y con autorización del Director o Autoridad Superior del Organismo, deberán hacerse efectivas, indefectiblemente, hasta el 31 de agosto del año siguiente. Caso contrario el agente perderá el derecho al usufructo de dicha licencia.

Asimismo se dispone que para el gozo del beneficio que acuerda el artículo 56° de la Ley N° 3161 – Acrecentamiento de Licencia – se aplicará idéntico tratamiento.-

ARTICULO 53°.- Dispónese  la  incorporación de  un familiar directo, únicamente en el caso de fallecimiento de un agente municipal de Planta Permanente, de acuerdo a lo previsto en la Ordenanza N° 4.584/05; una vez cumplimentados los requisitos allí establecidos; autorizando al Departamento Ejecutivo a la modificación de la Planta y Partida de Personal correspondiente.-

ARTICULO 54°.- Las asignaciones fijadas por los artículos 3°, 32°, 35°, 36°, 39°, 40°, 41°, 44°, 46°, 47°, 48°, 49°, 50°, 51° de la presente Ordenanza y los Gastos de Representación otorgados por Ordenanza Nº 4792/2006,  artículo 2°, son incompatibles entre si.-

ARTÍCULO 55º.- Para  la  determinación del importe a reconocer por Servicios Extraordinarios, se estará en orden a lo establecido por la Ordenanza N° 731/88 de reconocimiento y pago de horas extras, incorporando para el cálculo los adicionales remunerativos bonificables. Asimismo se  faculta al Departamento Ejecutivo a reglamentar el reconocimiento y pago de los mismos siempre y cuando exista crédito presupuestario y posibilidades financieras, para las áreas de Obras, Servicios y otras específicamente autorizadas.-

ARTÍCULO 56º.- Para  la determinación  del  importe  a  reconocer  por pago de adicionales por título, responsabilidad profesional, plus por riesgo e insalubre; se estará en orden a lo establecido por los Decretos N° 1497-SH-1993, 19-SH-1993, 486-I-1993 y sus modificatorias, incorporando para el cálculo los adicionales remunerativos bonificables.-

ARTICULO 57º.- El Departamento Ejecutivo fijará la escala de viáticos.-

ARTÍCULO 58º.- Para  desempeñar  los  cargos   de  Funcionarios  Superiores  y/o  Jerárquicos, previstos en la Carta Orgánica Municipal, deberán ajustarse exclusivamente a los requisitos exigidos por la misma. Derogase cualquier disposición que se oponga o introduzca limitaciones a lo establecido por el presente Artículo.-

ARTÍCULO 59º.- Además  de   las  potestades   que  otorga   la  Carta   Orgánica   Municipal, el Departamento Ejecutivo queda autorizado para:

  1. a) Distribuir los Créditos Presupuestarios “Crédito Adicional para Financiar Erogaciones Corrientes y de Capital” y otros de tipo global entre las distintas Unidades de Organización, conforme a las necesidades de reestructuración de la ejecución presupuestaria.
  2. b) Efectuar las modificaciones necesarias en la Planta del Personal, otorgándose las rejerarquizaciones pertinentes, en los casos en que la Junta Médica determinare que debe iniciarse trámite jubilatorio por invalidez.-
  3. c) Crear, modificar y suprimir (total o parcialmente) partidas, efectuar transferencias o compensaciones entre diferentes partidas y distintos organismos; en la medida que dichas reestructuraciones no importen un incremento en las fuentes financieras establecidas en la presente Ordenanza.
  4. d) Actualizar, los Adicionales previsto en los Artículos N° 33,43, 46, 47 y 48 de acuerdo a la pauta salarial aplicada por la Provincia para el escalafón general.

Introducir los ajustes necesarios que surjan de las diferencias existentes entre las pautas establecidas para la determinación de los Créditos Presupuestarios y las variaciones operadas con posterioridad de acuerdo a las siguientes pautas:

1) Los Gastos en Personal se adecuarán, según las reestructuraciones  salariales que disponga el Poder Ejecutivo Provincial, a su correspondiente financiamiento.

2) Los aumentos de haberes al plantel de Personal Superior y Jerárquico se otorgaran de manera similar y equitativa a los aumentos que el Poder Ejecutivo Provincial determine en el futuro para el Escalafón General y personal de la Administración Pública Central.

Celebrar convenios de asistencia financiera destinados a la ejecución de Obras de Infraestructura. Realizar todos los actos administrativos y suscribir todos los documentos necesarios.

Disponer, transitoriamente y durante el ejercicio fiscal, por razones de oportunidad o insuficiencia, de los recursos que disponga el Municipio, para cubrir deficiencias transitorias de fondos, sin perjuicio de las normas legales y/o convencionales que los rijan. Reglamentar el reconocimiento por pago de readecuaciones, título, adicional por responsabilidad profesional y plus por riesgo e insalubre, siempre y cuando exista crédito presupuestario y posibilidades financieras.-

ARTICULO 60º.- Facúltase al Departamento Ejecutivo a asignar los créditos que resulten necesarios para atender las erogaciones que se originen en cargos de maestros y profesores reemplazantes; como  así  también a implementar las transformaciones de categorías a cargos docentes para la Escuela Municipal N° 1 “Marina Vilte”, siempre en función de las necesidades y posibilidades.-

ARTICULO 61°.- Las remuneraciones correspondientes al personal Superior y Jerárquico del Departamento Ejecutivo Municipal, con exclusión del cargo de Intendente Municipal, estarán dadas por el valor que correspondiera al cargo, más los adicionales otorgados por el Decreto N° 412-SH-94, bonificación por antigüedad y asignaciones familiares.-

ARTICULO 62°.- Los  recursos que  ingresen  al Municipio,  en el marco de Programas Nacionales y Provinciales, serán destinados exclusivamente al desarrollo de los mismos.

La verificación de las imputaciones presupuestarias estará a cargo de la Contaduría General y la Dirección de Presupuesto. En tanto, los movimientos de Ingresos y Egresos de los respectivos fondos serán fiscalizados por la Tesorería General de la Municipalidad, con intervención de la Dirección General de Auditoría Interna en ambos casos.-

ARTICULO 63°.- El Departamento Ejecutivo, por intermedio de la Dirección General de Rentas deberá enviar hasta el 31 de Mayo al Concejo Deliberante un listado de todas las solicitudes de exenciones tributarias, con las siguientes especificaciones: sujeto y objeto de la eximición tributaria, tributo eximido, monto total y período de vigencia de la exención.-

ARTICULO 64°.- La Dirección General de Presupuesto será el órgano rector del Sistema Presupuestario de la Municipalidad. Para ocupar el cargo de Director General de Presupuesto será requisito indispensable poseer título universitario de graduado en Ciencias Económicas.-

ARTICULO 65°.- El Departamento Ejecutivo deberá dar estricto cumplimiento a la Ordenanza 2761/99, correspondiente al Fondo Especial de Policía Municipal y sus modificatorias.-

ARTICULO 66°.- El  Departamento Ejecutivo  deberá  dar estricto cumplimiento a la Ordenanza 6432/13, correspondiente al Boleto Estudiantil Gratuito Universal, su reglamentación y modificatorias.-

ARTICULO 67°: Los adicionales previstos en la presente Ordenanza serán asignados por el Departamento Ejecutivo, pudiendo ser suspendidos o revocados a criterio de las Autoridades Superiores.    Para el pago de cualquier tipo de adicional establecido en la presente Ordenanza, excepto el pago de título, el agente deberá hacer efectiva prestación de servicios en el Departamento Ejecutivo. Los porcentajes establecidos deberán ser considerados como límite máximo.-

 

TITULO II

DEL CONCEJO DELIBERANTE

 

ARTICULO 68º.- Fíjase en la  suma de  pesos TRESCIENTOS SETENTA Y CINCO MILLONES DOSCIENTOS TREINTA MIL SETECIENTOS CUARENTA Y CINCO ($ 375.230.745.-) el total de Erogaciones del Presupuesto del Concejo Deliberante de la ciudad de San Salvador de Jujuy para el ejercicio 2019.-

ARTICULO 69°.- Fíjase en la suma de pesos TRESCIENTOS SETENTA Y SEIS MILLONES DOSCIENTOS TREINTA MIL SETECIENTOS CUARENTA Y CINCO  ($ 376.230.745.- )  el total de Recursos transferidos al Concejo Deliberante de la ciudad de San Salvador de Jujuy, para atender las Erogaciones del Ejercicio 2019 y Amortización de la Deuda.

ARTICULO 70°.- Los recursos a que  se  refiere el  Artículo 69° serán  destinados a atender las Erogaciones establecidas en el Artículo 68º y Amortización de la Deuda según artículo 71º, de acuerdo con la distribución que se indica a continuación:

 

RECURSOS 376.230.745
Recursos transferidos 376.230.745
EROGACIONES 375.230.745
Erogaciones Corrientes 373.054.745
Erogaciones de Capital

Amortización de la Deuda

    2.176.000

1.000.000.-

 

ARTICULO 71°.- Fíjase   en   la   suma   de   pesos  UN  MILLON  ($ 1.000.000.-)  el   importe  correspondiente a atender la Amortización de la Deuda.

ARTICULO 72°.- Los montos mensuales correspondientes a las erogaciones del Personal del Concejo Deliberante serán afrontados en forma mensual por el Departamento Ejecutivo.-

ARTICULO 73°.- El Concejo Deliberante  deberá  hacer  frente a los  compromisos asumidos en las partidas Bienes y Servicios no Personales, Transferencias, Erogaciones de Capital y Amortización  de la Deuda  con los montos que mensualmente deberá transferir el Departamento Ejecutivo.-

ARTICULO 74°.- El  Departamento Ejecutivo  deberá  transferir  y  acreditar  en forma diaria en una Cuenta Oficial habilitada a nombre del Concejo Deliberante, los fondos que surjan de la aplicación del coeficiente del 5,929%  sobre la recaudación diaria. Para la determinación de los valores a transferir deberá tomarse la recaudación por todo concepto que ingrese al municipio, con la excepción  de los fondos transferidos por la provincia para el pago de haberes y todos aquellos recursos o programas con afectación específica. En función del artículo anterior, los créditos que se pudieran determinar a favor del Departamento Ejecutivo como resultante de gastos no comprometidos  por ejecución de las Ordenanzas de Presupuesto de ejercicios vencidos, serán deducibles de las cuotas diarias asignadas, no pudiendo en ningún caso esta deducción superar el 5% de lo que corresponda como cuota diaria que se transfiera, según lo determinado en el primer párrafo del presente.-

ARTICULO 75°.- Fijase  en  SEISCIENTOS TREINTA Y DOS  (632) el número de agentes de Planta Permanente, Superior y Jerárquico del Concejo Deliberante, según se detalla en cuadros anexos.-

ARTICULO 76°.- La remuneración básica  correspondiente  al  cargo de Presidente del Concejo Deliberante, se fija en la suma de pesos SETENTA Y UN MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y CINCO ($ 71.865.-), más la antigüedad y salario familiar que pudiere corresponder.-

ARTICULO 77°.- La  remuneración básica  de los Sres.  Concejales se fija  en la suma de  pesos SESENTA Y NUEVE MIL SETECIENTOS DIECIOCHO ($ 69.718.-), más la antigüedad y salario familiar que pudiere corresponder.-

ARTICULO 78°.- La   remuneración  básica  correspondiente  a los cargos de Secretario Parlamentario y Secretario Administrativo se fija en la suma de pesos CINCUENTA Y UN MIL CUARENTA Y TRES ($ 51.043.-). La remuneración básica de los cargos de Pro-Secretario Parlamentario, Pro-Secretario Administrativo, Director de Digesto Jurídico y Director de Despacho se fija en la suma de pesos TREINTA Y CUATRO MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y OCHO ($ 34.298.-) y la remuneración del Sub-Director de Digesto Jurídico se fija en la suma de pesos TREINTA Y TRES MIL TRESCIENTOS UNO ($ 33.301.-), más la antigüedad y salario familiar que pudiere corresponder.-

ARTICULO 79°.- La remuneración básica correspondiente al cargo de Asesor de Presidencia, se fija en la suma de pesos CUARENTA Y DOS MIL QUINIENTOS OCHENTA Y SEIS ($ 42.586.-), más la asignación familiar y la antigüedad que pudiere corresponder.-

ARTICULO 80°.- La  remuneración básica correspondiente a los cargos de Asesor General, Asesor Legal y Asesor Legal Adjunto se fija en la suma de pesos TREINTA Y CUATRO MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y OCHO ($ 34.298.-) más la asignación familiar y antigüedad que pudiere corresponder. La remuneración básica correspondiente al cargo de Asesor Contable se fija en la suma de pesos TREINTA Y TRES MIL CIENTO CINCO ($ 33.105.-) más la asignación familiar y antigüedad que pudiere corresponder.  –

ARTICULO 81°.- La   remuneración   básica   correspondiente   a   los   cargos   de   Asesor   de Vicepresidencia y Coordinador General, se fija en la suma de pesos TREINTA Y OCHO MIL TRESCIENTOS ONCE ($ 38.311.-) más la asignación familiar y antigüedad que pudiere corresponder.-

ARTICULO 82°.- La remuneración correspondiente  a  los  cargos de Secretario de Bloque, Pro-Secretario de Bloque y Asesor de Bloque, se fija en la suma de TREINTA MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y SEIS ($ 30.956.-) más la asignación familiar y antigüedad que pudiera corresponder.-

ARTICULO 83°.- La remuneración básica correspondiente a los cargos de Asesor de Comisión, Coordinador y Supervisor de Tareas, se fija en la suma de pesos TREINTA MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y SEIS ($ 30.956.-) más la asignación familiar y antigüedad que pudiere corresponder.-

ARTICULO 84º.- La remuneración básica correspondiente a los cargos de Sub-Coordinador y Supervisor de Tareas; se fija en la suma de pesos VEINTICUATRO MIL TRESCIENTOS NUEVE ($ 24.309.-) más la asignación familiar y antigüedad que pudiere corresponder.-

ARTICULO 85°.- Establécese un Adicional por Mayor Dedicación de hasta un treinta y tres por ciento (33%) de la asignación de la categoría más los adicionales remunerativos bonificables para los cargos específicamente determinados por el Concejo Deliberante, siempre y cuando exista crédito presupuestario y posibilidades financieras. El mismo obliga a la prestación de una jornada mínima efectiva de cuarenta (40) horas semanales y estar a disposición de la superioridad. Este adicional podrá ser revocado o suspendido a criterio del Concejo Deliberante. Las horas adicionales no serán consideradas para pago o descanso compensatorio en ninguno de los casos.-

ARTICULO 86°.- Establécese un Adicional por Función de hasta un cincuenta por ciento (50%) de la asignación de la categoría más los adicionales remunerativos bonificables, para los cargos específicamente determinados por el Concejo Deliberante, siempre y cuando exista crédito presupuestario y posibilidades financieras. El mismo obliga a la prestación de una jornada mínima efectiva de cuarenta (40) horas semanales y estar a disposición de la superioridad. Este adicional podrá ser revocado o suspendido a criterio del Concejo Deliberante. Las horas adicionales no serán consideradas para pago o descanso compensatorio en ninguno de los casos.-

ARTÍCULO 87°.- El  escalafón  para  profesionales universitarios   se   liquidará   conforme a lo establecido en la Ley Nº 4413 y sus modificatorias, salvo el adicional por Dedicación Exclusiva, donde el Concejo Deliberante no afectará personal que demande el pago del mismo.-

ARTICULO 88°.- La  liquidación  de  la  antigüedad  para  el  Personal  Superior y Jerárquico el Concejo Deliberante, deberá realizarse de la siguiente manera: dos por ciento (2%) sobre la remuneración básica del cargo que desempeña por los años de servicios acreditados en la Administración Pública Nacional, Provincial o Municipal.-

ARTICULO 89°.- La asignación por Mayor Dedicación,  por  Función y Desempeño de Funciones, que establece la presente Ordenanza son incompatibles entre sí, no pudiéndose bajo ningún concepto ser percibidos simultáneamente.-

ARTICULO 90°.- Facúltase al Presidente del Concejo Deliberante a establecer un adicional para el personal que se desempeña como Jefe de Departamento; el mismo podrá ser de hasta un treinta por ciento (30%) de la remuneración básica vigente para el cargo de Coordinador y Supervisor de Tareas, sin perjuicio de los demás adicionales que correspondan a la liquidación final de sus haberes.-

ARTICULO 91°.- El  personal  que  desempeñe  tareas  inherentes a su cargo no  podrá  percibir remuneraciones complementarias o especiales, salvo el caso previsto en el párrafo siguiente: “Cuando por requerimiento de elementales razones de servicio, se haga necesario trabajar más horas que las fijadas normalmente para la Administración Pública Municipal”: el Concejo Deliberante con carácter de excepción, podrá autorizar el reconocimiento y pago de dichas horas de servicio extraordinario.-

ARTÍCULO 92°.- Para la  determinación del  importe  a reconocer por servicios extraordinarios, se estará en orden a lo establecido por la Ordenanza N° 731/88 de reconocimiento y pago de horas extras, incorporando para el cálculo los adicionales remunerativos bonificables.-

ARTICULO 93°.- Para  la  determinación  del importe  a  reconocer por  pago de adicionales por titulo, responsabilidad profesional, plus por riesgo e insalubre, se estará en orden a lo establecido por los Decretos N° 1497-SH-1987, 19-SH-1993, 486-I-1993 y sus modificatorias, incorporando para el cálculo los adicionales remunerativos bonificables.-

ARTICULO 94°.- Asígnase un Adicional por Responsabilidad  de  hasta un treinta  por  ciento (30%) de la remuneración básica al Secretario Administrativo del Concejo Deliberante, en virtud de la responsabilidad de emitir y firmar órdenes de pago y cheques; y al Secretario Parlamentario, en virtud de las funciones que le competen. Los mismos se otorgarán por Resolución de Presidencia.-

ARTICULO 95°.- El Concejo Deliberante elevará con la debida antelación el Estado de Ejecución Presupuestaria al Departamento Ejecutivo a los efectos de dar cumplimiento a las disposiciones establecidas en la Carta Orgánica Municipal, artículo 113°. Remitido el mismo, el Departamento Ejecutivo procederá a su incorporación a los efectos de la confección de un Estado de Ejecución de Recursos y Gastos Consolidado.-

ARTICULO 96°.- El Concejo Deliberante asume en forma directa y absoluta la responsabilidad emergente de la asignación, distribución, contratación y cancelación de los compromisos asumidos en virtud de las autorizaciones presupuestarias que surgen de la presente Ordenanza.-

ARTICULO 97°.- El Concejo  Deliberante  podrá  efectuar transferencias de Cargos y Créditos presupuestarios entre las distintas partidas autorizadas por la presente Ordenanza y de conformidad a lo establecido en las normas contables vigentes; dichas transferencias se realizarán por Resoluciones de Presidencia con la intervención del Secretario Administrativo.-

ARTICULO 98°.- Facúltase al Presidente del Concejo Deliberante a establecer un adicional por función y/o responsabilidad al personal profesional de hasta un sesenta y cinco por ciento (65%) de la asignación de la categoría más los conceptos remunerativos bonificables, sin perjuicio de los adicionales que correspondan a la liquidación normal de los haberes. En el mismo estarán incluidos los profesionales del Departamento de Evaluación Técnico-Profesional, el cual estará integrado por un representante de Presidencia y uno por cada bloque del Concejo.  Ratifíquese la Resolución Nº 17/2006 de Presidencia del Concejo Deliberante con las modificaciones establecidas en el presente artículo.-

ARTICULO 99°.- Facúltase al Presidente del Concejo Deliberante a establecer un adicional por Mayor Dedicación en la función para el personal Jerárquico del Concejo Deliberante de hasta un cincuenta por ciento (50%) de la remuneración básica percibida. Dicha adicional será no remunerativo, no bonificable y cuya designación será hasta un máximo de tres (3) designaciones. Este adicional podrá ser revocado o suspendido a criterio del Presidente del Concejo Deliberante.-

ARTICULO 100°.- Para el pago de cualquier tipo de adicional establecido en la  presente Ordenanza, excepto el pago de título, el agente deberá hacer efectiva prestación de servicios en el Departamento Ejecutivo y/o en el Concejo Deliberante.-

ARTÍCULO 101°.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Cumplido, archívese.-

 

SALA DE SESIONES, Viernes 14 de Diciembre de 2018.-

 

Dr. Jorge Lisandro Aguiar

Presidente

Concejo Deliberante de la Ciudad de S.S. de Jujuy

 

ESQUEMA AHORRO-INVERSION -FINANCIAMIENTO

 

CONCEPTO Dpto. Ejecutivo Concejo Total
I. INGRESOS CORRIENTES
3.903.641.569,00
0,00 3.903.641.569,00
De Jurisdicción Municipal 610.600.985,00 0,00 610.600.985,00
Tributarios 0,00
No Tributarios
610.600.985,00
610.600.985,00
De Jurisdicción Provincial
3.293.040.584,00
0,00 3.293.040.584,00
Tributarios 91.084.113,00 91.084.113,00
Coparticipable 3.201.956.471,00 3.201.956.471,00
Transferencias Corrientes 0,00
De Jurisdicción Nacional
0,00
0,00 0,00
Transferencias Corrientes 0,00
II. GASTOS CORRIENTES
3.463.940.100,00
373.054.745,00 3.836.994.845,00
Gastos de Operación
3.427.093.208,00
370.054.745,00 3.797.147.953,00
Personal
2.910.566.708,00
335.671.745,00 3.246.238.453,00
Bienes de consumo
95.945.500,00
13.548.000,00 109.493.500,00
     Con rentas Generales y Recusos propios 95.945.500,00 13.548.000,00 109.493.500,00
     Con Recursos Afectados 0,00
Servicios No Personales
420.581.000,00
20.835.000,00 441.416.000,00
0,00
Intereses de la Deuda
2.096.892,00
  2.096.892,00
Tranferencias Corrientes
4.750.000,00
3.000.000,00 7.750.000,00
A Clasificar
30.000.000,00
  30.000.000,00
III. RESULTADO ECONOMICO (I-II) 439.701.469,00 -373.054.745,00 66.646.724,00
   
IV. INGRESOS DE CAPITAL
327.247.477,00
0,00 327.247.477,00
Jurisdicción Municipal 0,00 0,00 0,00
Inversión Real Directa 0,00 0,00
Jurisdicción Provincial
93.354.314,00
0,00 93.354.314,00
Programas 93.354.314,00 0,00 93.354.314,00
Jurisdicción Nacional 233.893.163,00 0,00 233.893.163,00
Programas nacionales 233.893.163,00   233.893.163,00
0,00
V. GASTOS DE CAPITAL
384.662.477,00
2.176.000,00 386.838.477,00
Inversión Real Directa
384.662.477,00
2.176.000,00 386.838.477,00
Bienes de Capital
14.615.000,00
2.176.000,00 16.791.000,00
   Con Rentas generales y recursos propios 14.615.000,00 2.176.000,00 16.791.000,00
0,00
Construcciones
370.047.477,00
0,00 370.047.477,00
   Con Rentas Generales
42.800.000,00
42.800.000,00
   Con Recursos Afectados 327.247.477,00 327.247.477,00
A Clasificar
0,00
  0,00
VI. INGRESOS TOTALES (I + IV ) 4.230.889.046,00 0,00 4.230.889.046,00
   
VII. GASTOS TOTALES (II + V ) 3.848.602.577,00 375.230.745,00 4.223.833.322,00
   
 
VIII- RESULTADO FINANCIERO (VI-VII) 382.286.469,00 -375.230.745,00 7.055.724,00
       
IX-CONTRIBUCION FIGURATIVA   375.230.745,00 375.230.745,00
       
X-GASTOS FIGURATIVOS 375.230.745,00 0,00 375.230.745,00
   
IX. FUENTES FINANCIERAS
34.194.276,00
0,00 34.194.276,00
 Endeudamiento Público e Incremen. de Otros Pasivos
34.194.276,00
0,00 34.194.276,00
Uso del Crédito
34.194.276,00
0,00 34.194.276,00
   Credito Instituciones Financieras 0,00 0,00
   Subprograma Saneamiento Municipal
34.194.276,00
0,00 34.194.276,00
   
X. APLICACIONES FINANCIERAS
41.250.000,00
0,00 41.250.000,00
Amortización de la  Deuda
41.250.000,00
0,00 41.250.000,00
  0,00
Deudas Proveedores y Otros
41.250.000,00
41.250.000,00
XI.RESULTADO FINAL
0,00
0,00 0,00

 

BALANCE FINANCIERO PREVENTIVO  
CONCEPTO IMPORTE
I- TOTAL RECURSOS 4.230.889.046
   
   
RECURSOS CORRIENTES 3.903.641.569
   
 JURISDICCIÒN MUNICIPAL 610.600.985
TRIBUTARIOS
 NO TRIBUTARIOS 610.600.985
Tasas 321.470.088
Canones 109.197.929
Contribuciones  Especiales 0
Otros Derechos Municipales 179.932.968
 JURISDICCION PROVINCIAL 3.293.040.584
   
TRIBUTARIOS 91.084.113
Impuestos 91.084.113
COPARTICIPABLES 3.201.956.471
 Coparticipación Impuestos Provinciales y Nacionales 3.201.956.471
0
 
RECURSOS DE CAPITAL 327.247.477
 
INVERSION REAL DIRECTA 0
Venta Activo Fijo
Otros recursos de Capital 0
TRANSFERENCIA DE CAPITAL 327.247.477
JURISDICCION PROVINCIAL 93.354.314
Programa de Obras Publicas y Reestructuracion Urbana 93.354.314
JURISDICCION NACIONAL 233.893.163
Programa de Obras Publicas y Reestructuracion Urbana 233.893.163
II-TOTAL EROGACIONES 4.223.833.322
   
   
 EROGACIONES CORRIENTES 3.836.994.845
   
PERSONAL 3.246.238.453
BIENES Y SERVICIOS NO PERSONALES 550.909.500
Bienes de Consumo 109.493.500
   Con Rentas Generales  y Recursos  Propios 109.493.500
Servicios no Personales 441.416.000
INTERESES DE LA DEUDA 2.096.892
TRANSFERENCIA PARA FINANCIAR EROGACIONES CORRIENTES 7.750.000
Con Rentas Generales
A CLASIFICAR 30.000.000
EROGACIONES DE CAPITAL 386.838.477
BIENES DE CAPITAL 16.791.000
   Con Rentas generales y Recursos propios 16.791.000
TRABAJOS PUBLICOS 370.047.477
   Con Rentas Generales 42.800.000
   Con Recursos Afectados 327.247.477
A CLASIFICAR 0
   Con Rentas Generales 0
   Con Recursos Afectados
III – NECESIDAD DE FINANCIAMIENTO  (II-I ) 7.055.724
IV- FINANCIAMIENTO NETO   (1-2) -7.055.724
I- FUENTES FINANCIERAS 34.194.276
USO DE CREDITO 34.194.276
CREDITO INSTITUCIONES FINANCIERAS
Ley 5435-2005-PROFOSAM- SUBPROGRAMA DE
SANEAMIENTO MUNICIPAL 34.194.276
Servicios Públicos 3.840.000
Sueldos 30.354.276
Otros
2- APLICACIONES FINANCIERAS 41.250.000
AMORTIZACION DE LA DEUDA 41.250.000
 
Deuda Proveedores y otros 41.000.000
Deuda salarial 250.000
 
RESULTADO PRESUPUESTARIO 0

 

CALCULO DE RECURSOS 2019

 

ECO INST RUBROS DESCRIPCION Rentas Rentas Grales. Recursos Recursos Total
            Generales Afectadas. Propios Afectados  
1 0 0 0 0 RECURSOS CORRIENTES 684.070.098 1.950.000 15.665.000 0 3.903.641.569
                     
1 1 0 0 0 JURISDICCION MUNICIPAL 592.985.985 1.950.000 15.665.000 0 610.600.985
                     
1 1 1 0 0 TRIBUTARIOS          
1 1 1 1 0 IMPUESTOS
1 1 1 1 1 IMPUESTO A LOS JUEGOS DE AZAR
1 1 1 1 2 IMPUESTO AL CONSUMO DE GAS
1 1 1 1 3 IMPUESTO AL CONSUMO DE ENERGIA ELECTRICA
1 1 2 0 0 TASAS,CANONES. CONTRIBUCIONES Y OTROS 592.985.985 1.950.000 15.665.000 0 610.600.985
                     
1 1 2 1 0 TASAS 318.155.088 0 3.315.000 0 321.470.088
1 1 2 1 1 TASA QUE INCIDE S/INSTAC. Y SUMINISTRO DE GAS 14.385.982 14.385.982
1 1 2 1 2 TASA QUE INCIDE S/CONSTRUCC. DE OBRAS PRIVADAS 22.570.001 22.570.001
1 1 2 1 3 TASAS POR CONSTRUCCION, REPARACIONES Y DESMALEZAMIENTO 0
1 1 2 1 4 TASA POR VACUNACION ANTIRRABICA
1 1 2 1 5 TASA POR ACTUACION ADMINISTRATIVA 6.900.553 6.900.553
1 1 2 1 6 TASA POR SERV. URBANO DE LIMPIEZA, MANT. Y CONSERV. DE LA VI 29.991.537 29.991.537
1 1 2 1 7 TASA POR SERV.DE INSP, CONTROL Y SERVICIOS DIVERSOS TRANSPOR 4.259.638 4.259.638
1 1 2 1 8 TASA QUE INCIDE S/LA PRESTAC. DEL SERV. DE ALUMBRADO PUBLICO 90.330.975 90.330.975
1 1 2 1 9 TASA POR CTROL SANITARIO E INSPEC. DE SELLOS S/CARNES Y SUS 63.426.368 63.426.368
1 1 2 1 10 TASAS QUE INCIDEN SOBRE ESPECTÁCULOS PUBLICOS Y DIVERSIONES 5.348.602 5.348.602
1 1 2 1 11 TASA POR COBRANZAS Y RETENCIONES
1 1 2 1 12 TASA POR SERV. DE MAQUINAS, EQUIPOS Y OTROS 0
1 1 2 1 13 TASA POR DESAGOTE DE POZO CIEGO Y CAMARAS SEPTICAS
1 1 2 1 14 TASA POR DESINFECCION Y DESRATIZACION 5.743.067 5.743.067
1 1 2 1 15 TASA POR CONTROL DE ANIMALES EN LA VIA PUBLICA
1 1 2 1 16 TASA POR INSPECCION DE INSTALACIONES ELECTRICAS EN GENERAL 1.838.160 1.838.160
1 1 2 1 17 TASA DE SERVICIOS DIVERSOS 1.916.604 1.916.604
1 1 2 1 18 TASA DE SALUBRIDAD E HIGIENE (Fdo. Equip. Direc.Higiene $3.315.000.-) 57.771.374 3.315.000 61.086.374
1 1 2 1 19 TASA POR HABILIACIONES E INSPECCIONES COMERCIALES 12.548.967 12.548.967
1 1 2 1 20 TASA POR APROBACIONES DE PLANOS 1.123.260 1.123.260
1 1 2 2 0 CANONES 109.197.929 0 0 0 109.197.929
1 1 2 2 1 CANON POR CONCESIONES DE SERVICIOS PUBLICOS 18.381.279 18.381.279
1 1 2 2 2 CANON POR UTILIZACION DE CEMENTERIOS 6.713.868 6.713.868
1 1 2 2 3 CANON POR PUBLICIDAD Y PROPAGANDA 10.664.598 10.664.598
1 1 2 2 4 CANON POR OCUPACION DE ESPACIOS DE DOMINIO PUBLICO 56.108.566 56.108.566
1 1 2 2 5 CANON POR UTILIZACION DE BS. INMUEBLES DE PROPIEDAD DE LA MU 17.329.618 17.329.618
1 1 2 3 0 CONTRIBUCIONES ESPECIALES          
1 1 2 3 1 CONTRIBUCION POR MEJORAS
1 1 2 3 2 CONTRIBUCIONES S/LAS ACTIV. DES. EN FERIAS, MERC. Y SIMILARE
1 1 2 4 0 OTROS DERECHOS MUNICIPALES 165.632.968 1.950.000 12.350.000 0 179.932.968
1 1 2 4 1 MULTAS VARIAS 342.781 342.781
1 1 2 4 2 COBRANZAS DE CREDITOS TRIBUT. NO PRESCRIPTOS 80.000.000 80.000.000
1 1 2 4 3 INGRESOS EVENTUALES 1.020.801 1.020.801
1 1 2 4 4 MULTAS DEL TRIBUNAL DE FALTAS 39.103.615 39.103.615
1 1 2 4 5 INTERESES Y ACTUALIZACIONES Y OTROS 45.165.771 45.165.771
1 1 2 4 6 VENTA DE PUBLICACIONES MUNICIPALES
1 1 2 4 7 LICENCIA DE CONDUCIR-Fdo Dir.Trans.( Cert.Nac.Ant.e Infrac. $1.950.000.- ) 1.950.000 12.350.000 14.300.000
1 1 2 4 8 COBRANZAS CREDITO- TITULO EJECUTIVO 0
1 2 0 0 0 DE JURISDICCION PROVINCIAL 91.084.113 0 0 0 3.293.040.584
1 2 1 0 0 TRIBUTARIOS 91.084.113 0 0 0 91.084.113
1 2 1 1 0 IMPUESTOS 91.084.113 0 0 0 91.084.113
1 2 1 1 4 IMPUESTO A LOS AUTOMOTORES 89.116.769 89.116.769
1 2 1 1 5 IMPUESTO A LAS MOTOS, MOTONETAS, MOTOCICLETAS Y SIMILARES 1.967.344 1.967.344
1 2 3 0 0 COPARTICIPABLE 0 0 0 0 3.201.956.471
1 2 3 1 0 COPARTICIPACION IMPUESTOS NACIONALES Y PROVINCIALES 0 0 0 3.201.956.471
1 2 3 1 1 COPARTICIPACION IMPUESTOS NACIONALES Y PROVINCIALES 3.201.956.471 0 3.201.956.471
1 2 4 0 0 TRANSFERENCIAS       0 0
1 2 4 1 0 PROGRAMAS       0 0
0
1 3 0 0 0 DE JURISDICCION NACIONAL 0 0 0 0 0
1 3 4 0 0 TRANSFERENCIAS 0 0 0 0 0
1 3 4 1 0 PROGRAMAS 0 0 0 0 0
1 3 4 2 0 APORTES NO REINTEGRABLES 0 0 0 0 0
1 3 4 2 1 APORTES DEL TESORO
1 3 4 3 0 APORTES REINTEGRABLES 0 0 0 0 0
1 3 4 3 1 APORTES REINTEGRABLES
1 3 8 0 0 REMANENTE DE EJERCICIOS ANTERIORES 0 0 0 0 0
1 3 8 1 0 REMANENTE DE EJERCICIOS ANTERIORES 0 0 0 0 0
2 0 0 0 0 RECURSOS DE CAPITAL 0 0 0 327.247.477 327.247.477
                     
2 1 0 0 0 JURISDICCION MUNICIPAL 0 0 0 0 0
                     
2 1 5 0 0 INVERSION REAL DIRECTA 0 0 0 0 0
2 1 5 1 0 VENTA DE ACTIVOS FIJOS 0 0 0 0 0
2 1 5 1 1 VENTA DE ACTIVOS FIJOS 0
2 1 5 2 0 OTROS RECURSOS DE CAPITAL 0 0 0 0 0
2 1 5 2 1 OTROS RECURSOS DE CAPITAL
2 2 0 0 0 JURISDICCION PROVINCIAL 0 0 0 93.354.314 93.354.314
2 2 4 0 0 TRANSFERENCIAS 0 0 0 93.354.314 93.354.314
2 3 4 1 0 PROGRAMAS       93.354.314 93.354.314
2 3 4 1 23 PROGRAMA DE OBRAS PUBLICAS Y REESTRUCTURACION URBANA       93.354.314 93.354.314
1-Pavimentacion Pcial.- Convenio Ministerio de Infraestructura$93.354.314.-          
         
2 2 4 2 0 APORTES NO REINTEGRABLES 0 0 0 0 0
2 3 0 0 0 JURISDICCION NACIONAL 0 0 0 233.893.163 233.893.163
2 3 4 0 0 TRANSFERENCIAS 0 0 0 233.893.163 233.893.163
2 3 4 1 0 PROGRAMAS 0 0 0 233.893.163 233.893.163
2 3 4 1 22 PROGRAMA DE TRABAJO Y EMPLEO 0
2 3 4 1 23 PROGRAMA DE OBRAS PUBLICAS Y REESTRUCTURACION URBANA 233.893.163 233.893.163
1-Convenio Ministerio del Interior: 0
a. Pavimentacion distintos puntos de la ciudad $90.000.000
b-Pavimentación Barrio Alto Comedero $24.236.922.- 0
c-Parque Belgrano: $7.617.229.-
d-Infraestructura Punta Diamante y El Chingo $3.860.206.-
e- Parque Fluvial Lineal Xibi Xibi $4.878.806.-
2-Convenio Secretaria de infraestructura Urbana:
a. Construccion Playones Polideportivos $102.000.000.-
3-Convenio Ministerio de Turismo de la Nación
a- Puntos de Información Turistica $ 1.300.000.-
2 3 8 0 0 REMANENTE DE EJERCICIOS ANTERIORES 0 0 0 0 0
2 3 8 1 0 REMANENTE DE EJERCICIOS ANTERIORES- OBRAS NACIONALES 0
          TOTAL  RECURSOS 684.070.098 1.950.000 15.665.000 327.247.477 4.230.889.046

 

EROGACIONES  ADMINISTRACION MUNICIPAL

 

Concepto Dpto.Ejecutivo C.Deliberante Total
1 0 0 0 0 0 EROGACIONES CORRIENTES 3.463.940.100 373.054.745 3.836.994.845
1 1 0 0 0 0 OPERACION 3.427.093.208 370.054.745 3.797.147.953
1 1 1 0 0 0 PERSONAL 2.910.566.708 335.671.745 3.246.238.453
1 1 1 1 0 0 PLANTA PERMANENTE 2.349.828.937 0 2.349.828.937
1 1 1 1 1 0 REMUNERACIONES 1.417.507.463 0 1.417.507.463
1 1 1 1 2 0 ADICIONALES 521.547.711 0 521.547.711
1 1 1 1 3 0 CONTRIBUCIONES 322.027.597 0 322.027.597
1 1 1 1 4 0 ASIGNACIONES FAMILIARES 42.491.831 0 42.491.831
1 1 1 1 5 0 SERV. EXTRAORDINARIOS 46.254.335 0 46.254.335
1 1 1 2 0 0 CONTRATADOS 142.054.054 32.451.527 174.505.581
1 1 1 2 1 0 REMUNERACIONES 76.027.025 20.192.741 96.219.766
1 1 1 2 2 0 ADICIONALES 37.951.946 5.826.362 43.778.308
1 1 1 2 3 0 CONTRIBUCIONES 17.297.480 4.442.403 21.739.883
1 1 1 2 4 0 ASIGNACIONES FAMILIARES 8.179.725 1.990.021 10.169.746
1 1 1 2 5 0 SERVICIOS EXTRAORDINARIOS 2.597.878 0 2.597.878
1 1 1 3 0 0 PERSONAL CONCEJO DELIBERANTE 0 295.420.218 295.420.218
1 1 1 3 1 0 REMUNERACIONES 0 188.473.572 188.473.572
1 1 1 3 2 0 ADICIONALES 0 59.058.030 59.058.030
1 1 1 3 3 0 CONTRIBUCIONES 0 41.647.406 41.647.406
1 1 1 3 4 0 ASIGNACIONES FAMILIARES 0 5.408.390 5.408.390
1 1 1 3 5 0 SERVICIOS EXTRAORDINARIOS 0 832.820 832.820
1 1 1 4 0 0 PERSONAL JORNALIZADO 212.311.674 0 212.311.674
1 1 1 4 1 0 REMUNERACIONES 109.750.406 0 109.750.406
1 1 1 4 2 0 ADICIONALES 48.662.340 0 48.662.340
1 1 1 4 3 0 CONTRIBUCIONES 25.082.420 0 25.082.420
1 1 1 4 4 0 ASIGNACIONES FAMILIARES 24.555.905 0 24.555.905
1 1 1 4 5 0 SERVICIOS EXTRAORDINARIOS 4.260.603 0 4.260.603
1 1 1 5 0 0 PERSONAL ESCUELA MUNICIPAL 127.405.881 0 127.405.881
1 1 1 5 1 0 REMUNERACIONES 53.157.911 0 53.157.911
1 1 1 5 2 0 ADICIONALES 61.393.329 0 61.393.329
1 1 1 5 3 0 CONTRIBUCIONES 11.694.740 0 11.694.740
1 1 1 5 4 0 ASIGNACIONES FAMILIARES 1.159.901 0 1.159.901
1 1 1 6 0 0 AYUDA EXTRAORDINARIA MENSUAL 0 0 0
1 1 1 6 1 0 AYUDA EXTRAORD. MENSUAL PLANTA PTE. 0 0 0
1 1 1 6 2 0 AYUDA EXTRAORD. MENSUAL CONTRATADOS 0 0 0
1 1 1 6 3 0 AYUDA EXTRAORD. MENSUAL CONC. DELIBERANTE 0 0 0
1 1 1 6 4 0 AYUDA EXTRAORD. MENSUAL ESC. MARINA VILTE 0 0 0
1 1 1 6 5 0 AYUDA EXTRAORD.MENSUAL PERS. JORNALIZADO 0 0 0
1 1 1 7 0 0 PERSONAL SIN DISCRIMINAR 78.966.162 7.800.000 86.766.162
1 1 1 7 1 0 PERSONAL SIN DISCRIMINAR 78.966.162 7.800.000 86.766.162
1 1 1 8 0 0 PERSONAL PLANTA TRANSITORIA 0 0 0
1 1 1 8 1 0 PERSONAL PLANTA TRANSITORIA 0 0 0
1 1 2 0 0 0 BIENES Y SERVICIOS NO PERSONALES 516.526.500 34.383.000 550.909.500
1 1 2 1 0 0 BIENES DE CONSUMO 95.945.500 13.548.000 109.493.500
1 1 2 1 1 0 PRODUCTOS ALIMENTICIOS, AGROPECUARIOS Y FORESTALES 11.042.500 719.000 11.761.500
1 1 2 1 2 0 TEXTILES INDUM. DE VESTIR Y CALZADOS 21.770.000 400.000 22.170.000
1 1 2 1 3 0 PRODUCTOS DE PAPEL, CARTON E IMPRESOS 6.000.000 1.238.000 7.238.000
1 1 2 1 4 0 PRODUCTOS DE CUERO Y CAUCHO 2.000.000 160.000 2.160.000
1 1 2 1 5 0 PRODUCTOS QUIMICOS, COMBUSTIBLES Y LUBRICANTES 32.970.000 1.500.000 34.470.000
1 1 2 1 6 0 PRODUCTOS DE MINERALES NO METÁLICOS 100.000 9.000 109.000
1 1 2 1 7 0 PRODUCTOS METALICOS 1.000.000 22.000 1.022.000
1 1 2 1 8 0 MINERALES 5.000 0 5.000
1 1 2 1 9 0 OTROS BIENES DE CONSUMO 21.058.000 9.500.000 30.558.000
1 1 2 2 0 0 SERVICIOS NO PERSONALES 420.581.000 20.835.000 441.416.000
1 1 2 2 1 0 SERVICIOS BÁSICOS 75.576.000 465.000 76.041.000
1 1 2 2 2 0 ALQUILERES Y DERECHOS 124.040.000 5.390.000 129.430.000
1 1 2 2 3 0 MANTENIMIENTO, REPARACIÓN Y LIMPIEZA 23.290.000 80.000 23.370.000
1 1 2 2 4 0 SERVICIOS TECNICOS Y PROFESIONALES 16.800.000 600.000 17.400.000
1 1 2 2 5 0 SERVICIOS COMERCIALES Y FINANCIEROS 16.555.000 150.000 16.705.000
1 1 2 2 6 0 PUBLICIDAD Y PROPAGANDA 23.500.000 3.500.000 27.000.000
1 1 2 2 7 0 PASAJES Y VIATICOS 3.600.000 1.050.000 4.650.000
1 1 2 2 8 0 IMPUESTOS, DERECHOS, TASAS 2.050.000 800.000 2.850.000
1 1 2 2 9 0 OTROS SERVICIOS 95.170.000 8.800.000 103.970.000
1 1 2 2 10 0 GASTOS JUDICIALES E INDEMNIZACIONES 40.000.000 0 40.000.000
1 1 13 0 0 0 PRODUCTOS ALIMENTICIOS COMEDORES 0 0 0
1 1 13 1 0 0 BIENES DE CONSUMO COMEDORES 0 0 0
1 1 14 0 0 0 PROGRAMA DE DESARROLLO HUMANO 0 0 0
1 1 14 1 0 0 PROGRAMA DE DESARROLLO HUMANO 0 0 0
1 1 14 1 2 0 BIENES Y SERVICIOS NO PERSONALES P.D.H. 0 0 0
1 2 0 0 0 0 INTERESES DE LA DEUDA 2.096.892 0 2.096.892
1 2 3 0 0 0 INTERESES DE LA DEUDA 2.096.892 0 2.096.892
1 2 3 1 0 0 INTERES DE LA DEUDA PUBLICA 2.096.892 0 2.096.892
1 2 3 1 1 0 INTERESES DE LA DEUDA PUBLICA 2.096.892 0 2.096.892
1 2 3 2 0 0 INTERES DE OTRAS DEUDAS 0 0 0
1 2 3 2 1 0 INTERES DE OTRAS DEUDAS-INSTITUCIONES FINANCIERAS 0 0 0
1 2 3 2 2 0 INTERES DE OTRAS DEUDAS-PROVEEDORES Y CONTRATISTAS 0 0 0
1 3 0 0 0 0 TRANSFERENCIAS 4.750.000 3.000.000 7.750.000
1 3 4 0 0 0 TRANSFERENCIAS 4.750.000 3.000.000 7.750.000
1 3 4 1 0 0 TRANSFERENCIAS P/FINAN.EROG.CTES. 4.750.000 3.000.000 7.750.000
1 3 4 1 1 0 APORTES A ACT. NO LUCRATIVAS 4.750.000 3.000.000 7.750.000
1 3 4 1 2 0 APORTES A ACT. LUCRATIVAS 0 0 0
1 3 4 2 0 0 TRANSFERENCIAS P/FINAN.EROG.CAPITAL 0 0 0
1 3 4 2 1 0 APORTES A ACT. NO LUCRATIVAS 0 0 0
1 3 4 3 0 0 COMISIONES ESPECIALES 0 0 0
1 3 4 3 1 0 COMISIONES ESPECIALES 0 0 0
1 4 0 0 0 0 A CLASIFICAR 30.000.000 0 30.000.000
1 4 5 0 0 0 CREDITO ADICIONAL P/FINANCIAR EROGACIONES 30.000.000 0 30.000.000
1 4 5 1 0 0 CREDITO ADICIONAL P/FINANCIAR EROGACIONES 30.000.000 0 30.000.000
1 4 5 1 1 0 CREDITO ADICIONAL P/FINANCIAR EROGACIONES 30.000.000 0 30.000.000
1 5 0 0 0 0 EROG.CTES. EJERCICIOS VENCIDOS 0 0 0
1 5 11 0 0 0 EROGACIONES EJERCICIOS VENCIDOS 0 0 0
1 5 11 1 0 0 EROGACIONES EJERCICIOS VENCIDOS 0 0 0
1 6 0 0 0 0 REINTEGROS 0 0 0
1 6 10 0 0 0 REINTEGROS 0 0 0
1 6 10 1 0 0 REINTEGROS 0 0 0
1 6 10 1 1 0 REINTEGROS A ACTIV.NO LUCRATIVAS 0 0 0
1 6 10 1 3 0 REINTEGROS VARIOS 0 0 0
2 0 0 0 0 0 EROGACIONES DE CAPITAL 384.662.477 2.176.000 386.838.477
2 1 0 0 0 0 INVERSION REAL 384.662.477 2.176.000 386.838.477
2 1 6 0 0 0 BIENES DE CAPITAL 14.615.000 2.176.000 16.791.000
2 1 6 1 0 0 EQUIPAMIENTO 10.415.000 1.675.000 12.090.000
2 1 6 1 1 0 MAQUINARIAS Y HERRAMIENTAS 4.815.000 66.000 4.881.000
2 1 6 1 2 0 EQUIPO DE TRANSPORTE, TRACCIÓN Y ELEVACIÓN 3.500.000 1.200.000 4.700.000
2 1 6 1 3 0 APARATOS E INSTRUMENTOS 2.000.000 360.000 2.360.000
2 1 6 1 4 0 EQUIPAMIENTO DE SEGURIDAD 0 5.000 5.000
2 1 6 1 5 0 COLECCION DE BIBLIOTECAS Y MUSEOS 0 22.000 22.000
2 1 6 1 9 0 OTROS EQUIPAMIENTOS 100.000 22.000 122.000
2 1 6 2 0 0 INVERSIONES ADMINISTRATIVAS 4.200.000 501.000 4.701.000
2 1 6 2 1 0 MOBLAJE 700.000 96.000 796.000
2 1 6 2 2 0 MAQUINAS Y EQUIPOS DE OFICINA 2.300.000 325.000 2.625.000
2 1 6 2 3 0 INSTALACIONES INTERNAS 0 47.000 47.000
2 1 6 2 4 0 OTRAS INVERSIONES 1.200.000 33.000 1.233.000
2 1 7 0 0 0 CONSTRUCCIONES 370.047.477 0 370.047.477
2 1 7 1 0 0 CONSTRUCCIONES DE USO PRIVADO 6.100.000 0 6.100.000
2 1 7 1 1 0 PERSONAL 0 0 0
2 1 7 1 2 0 BIENES Y SERVICIOS NO PERSONALES 6.100.000 0 6.100.000
2 1 7 1 6 0 BIENES DE CAPITAL 0 0 0
2 1 7 2 0 0 CONSTRUCCIONES DE USO PUBLICO 363.947.477 0 363.947.477
2 1 7 2 2 0 BIENES Y SERVICIOS NO PERSONALES 363.947.477 0 363.947.477
2 1 7 2 6 0 BIENES DE CAPITAL 0 0 0
2 1 14 0 0 0 PROGRAMA DE DESARROLLO HUMANO 0 0 0
2 1 14 1 0 0 PROGRAMA DE DESARROLLO HUMANO 0 0 0
2 1 14 1 6 0 BIENES DE CAPITAL P.D.H. 0 0 0
2 5 0 0 0 0 A CLASIFICAR 0 0 0
2 5 5 0 0 0 CREDITO ADICIONAL P/FINANCIAR EROGACIONES 0 0 0
2 5 5 1 0 0 CREDITO ADICIONAL P/FINANCIAR EROGACIONES 0 0 0
2 5 5 1 1 0 CREDITO ADICIONAL P/FINANCIAR EROGACIONES 0 0 0
2 6 0 0 0 0 TRANSFERENCIAS 0 0 0
2 6 4 0 0 0 TRANSFERENCIAS 0 0 0
2 6 4 3 0 0 COMISIONES ESPECIALES 0 0 0
            TOTAL EROGACIONES 3.848.602.577 375.230.745 4.223.833.322

 

EROGACIONES  ADMINISTRACION MUNICIPAL

 

            Concepto Rentas Grales. Rec.Propios Rec.Afectados Total
1 0 0 0 0 0 EROGACIONES CORRIENTES 3.827.844.845 9.150.000 0 3.836.994.845
1 1 0 0 0 0 OPERACION 3.787.997.953 9.150.000 0 3.797.147.953
1 1 1 0 0 0 PERSONAL 3.246.238.453 0 0 3.246.238.453
1 1 1 1 0 0 PLANTA PERMANENTE 2.349.828.937 0 0 2.349.828.937
1 1 1 1 1 0 REMUNERACIONES 1.417.507.463 0 0 1.417.507.463
1 1 1 1 2 0 ADICIONALES 521.547.711 0 0 521.547.711
1 1 1 1 3 0 CONTRIBUCIONES 322.027.597 0 0 322.027.597
1 1 1 1 4 0 ASIGNACIONES FAMILIARES 42.491.831 0 0 42.491.831
1 1 1 1 5 0 SERV. EXTRAORDINARIOS 46.254.335 0 0 46.254.335
1 1 1 2 0 0 CONTRATADOS 174.505.581 0 0 174.505.581
1 1 1 2 1 0 REMUNERACIONES 96.219.766 0 0 96.219.766
1 1 1 2 2 0 ADICIONALES 43.778.308 0 0 43.778.308
1 1 1 2 3 0 CONTRIBUCIONES 21.739.883 0 0 21.739.883
1 1 1 2 4 0 ASIGNACIONES FAMILIARES 10.169.746 0 0 10.169.746
1 1 1 2 5 0 SERVICIOS EXTRAORDINARIOS 2.597.878 0 0 2.597.878
1 1 1 3 0 0 PERSONAL CONCEJO DELIBERANTE 295.420.218 0 0 295.420.218
1 1 1 3 1 0 REMUNERACIONES 188.473.572 0 0 188.473.572
1 1 1 3 2 0 ADICIONALES 59.058.030 0 0 59.058.030
1 1 1 3 3 0 CONTRIBUCIONES 41.647.406 0 0 41.647.406
1 1 1 3 4 0 ASIGNACIONES FAMILIARES 5.408.390 0 0 5.408.390
1 1 1 3 5 0 SERVICIOS EXTRAORDINARIOS 832.820 0 0 832.820
1 1 1 4 0 0 PERSONAL JORNALIZADO 212.311.674 0 0 212.311.674
1 1 1 4 1 0 REMUNERACIONES 109.750.406 0 0 109.750.406
1 1 1 4 2 0 ADICIONALES 48.662.340 0 0 48.662.340
1 1 1 4 3 0 CONTRIBUCIONES 25.082.420 0 0 25.082.420
1 1 1 4 4 0 ASIGNACIONES FAMILIARES 24.555.905 0 0 24.555.905
1 1 1 4 5 0 SERVICIOS EXTRAORDINARIOS 4.260.603 0 0 4.260.603
1 1 1 5 0 0 PERSONAL ESCUELA MUNICIPAL 127.405.881 0 0 127.405.881
1 1 1 5 1 0 REMUNERACIONES 53.157.911 0 0 53.157.911
1 1 1 5 2 0 ADICIONALES 61.393.329 0 0 61.393.329
1 1 1 5 3 0 CONTRIBUCIONES 11.694.740 0 0 11.694.740
1 1 1 5 4 0 ASIGNACIONES FAMILIARES 1.159.901 0 0 1.159.901
1 1 1 6 0 0 AYUDA EXTRAORDINARIA MENSUAL 0 0 0 0
1 1 1 6 1 0 AYUDA EXTRAORD. MENSUAL PLANTA PTE. 0 0 0 0
1 1 1 6 2 0 AYUDA EXTRAORD. MENSUAL CONTRATADOS 0 0 0 0
1 1 1 6 3 0 AYUDA EXTRAORD. MENSUAL CONC. DELIBERANTE 0 0 0 0
1 1 1 6 4 0 AYUDA EXTRAORD. MENSUAL ESC. MARINA VILTE 0 0 0 0
1 1 1 6 5 0 AYUDA EXTRAORD.MENSUAL PERS. JORNALIZADO 0 0 0 0
1 1 1 7 0 0 PERSONAL SIN DISCRIMINAR 86.766.162 0 0 86.766.162
1 1 1 7 1 0 PERSONAL SIN DISCRIMINAR 86.766.162 0 0 86.766.162
1 1 1 8 0 0 PERSONAL PLANTA TRANSITORIA 0 0 0 0
1 1 1 8 1 0 PERSONAL PLANTA TRANSITORIA 0 0 0 0
1 1 2 0 0 0 BIENES Y SERVICIOS NO PERSONALES 541.759.500 9.150.000 0 550.909.500
1 1 2 1 0 0 BIENES DE CONSUMO 100.343.500 9.150.000 0 109.493.500
1 1 2 1 1 0 PRODUCTOS ALIMENTICIOS, AGROPECUARIOS Y FORESTALES 11.261.500 500.000 0 11.761.500
1 1 2 1 2 0 TEXTILES INDUM. DE VESTIR Y CALZADOS 18.170.000 4.000.000 0 22.170.000
1 1 2 1 3 0 PRODUCTOS DE PAPEL, CARTON E IMPRESOS 6.338.000 900.000 0 7.238.000
1 1 2 1 4 0 PRODUCTOS DE CUERO Y CAUCHO 2.160.000 0 0 2.160.000
1 1 2 1 5 0 PRODUCTOS QUIMICOS, COMBUSTIBLES Y LUBRICANTES 33.470.000 1.000.000 0 34.470.000
1 1 2 1 6 0 PRODUCTOS DE MINERALES NO METÁLICOS 109.000 0 0 109.000
1 1 2 1 7 0 PRODUCTOS METALICOS 822.000 200.000 0 1.022.000
1 1 2 1 8 0 MINERALES 5.000 0 0 5.000
1 1 2 1 9 0 OTROS BIENES DE CONSUMO 28.008.000 2.550.000 0 30.558.000
1 1 2 2 0 0 SERVICIOS NO PERSONALES 441.416.000 0 0 441.416.000
1 1 2 2 1 0 SERVICIOS BÁSICOS 76.041.000 0 0 76.041.000
1 1 2 2 2 0 ALQUILERES Y DERECHOS 129.430.000 0 0 129.430.000
1 1 2 2 3 0 MANTENIMIENTO, REPARACIÓN Y LIMPIEZA 23.370.000 0 0 23.370.000
1 1 2 2 4 0 SERVICIOS TECNICOS Y PROFESIONALES 17.400.000 0 0 17.400.000
1 1 2 2 5 0 SERVICIOS COMERCIALES Y FINANCIEROS 16.705.000 0 0 16.705.000
1 1 2 2 6 0 PUBLICIDAD Y PROPAGANDA 27.000.000 0 0 27.000.000
1 1 2 2 7 0 PASAJES Y VIATICOS 4.650.000 0 0 4.650.000
1 1 2 2 8 0 IMPUESTOS, DERECHOS, TASAS 2.850.000 0 0 2.850.000
1 1 2 2 9 0 OTROS SERVICIOS 103.970.000 0 0 103.970.000
1 1 2 2 10 0 GASTOS JUDICIALES E INDEMNIZACIONES 40.000.000 0 0 40.000.000
1 1 13 0 0 0 PRODUCTOS ALIMENTICIOS COMEDORES 0 0 0 0
1 1 13 1 0 0 BIENES DE CONSUMO COMEDORES 0 0 0 0
1 1 14 0 0 0 PROGRAMA DE DESARROLLO HUMANO 0 0 0 0
1 1 14 1 0 0 PROGRAMA DE DESARROLLO HUMANO 0 0 0 0
1 1 14 1 2 0 BIENES Y SERVICIOS NO PERSONALES P.D.H. 0 0 0 0
1 2 0 0 0 0 INTERESES DE LA DEUDA 2.096.892 0 0 2.096.892
1 2 3 0 0 0 INTERESES DE LA DEUDA 2.096.892 0 0 2.096.892
1 2 3 1 0 0 INTERES DE LA DEUDA PUBLICA 2.096.892 0 0 2.096.892
1 2 3 1 1 0 INTERESES DE LA DEUDA PUBLICA 2.096.892 0 0 2.096.892
1 2 3 2 0 0 INTERES DE OTRAS DEUDAS 0 0 0 0
1 2 3 2 1 0 INTERES DE OTRAS DEUDAS-INSTITUCIONES FINANCIERAS 0 0 0 0
1 2 3 2 2 0 INTERES DE OTRAS DEUDAS-PROVEEDORES Y CONTRATISTAS 0 0 0 0
1 3 0 0 0 0 TRANSFERENCIAS 7.750.000 0 0 7.750.000
1 3 4 0 0 0 TRANSFERENCIAS 7.750.000 0 0 7.750.000
1 3 4 1 0 0 TRANSFERENCIAS P/FINAN.EROG.CTES. 7.750.000 0 0 7.750.000
1 3 4 1 1 0 APORTES A ACT. NO LUCRATIVAS 7.750.000 0 0 7.750.000
1 3 4 1 2 0 APORTES A ACT. LUCRATIVAS 0 0 0 0
1 3 4 2 0 0 TRANSFERENCIAS P/FINAN.EROG.CAPITAL 0 0 0 0
1 3 4 2 1 0 APORTES A ACT. NO LUCRATIVAS 0 0 0 0
1 3 4 3 0 0 COMISIONES ESPECIALES 0 0 0 0
1 3 4 3 1 0 COMISIONES ESPECIALES 0 0 0 0
1 4 0 0 0 0 A CLASIFICAR 30.000.000 0 0 30.000.000
1 4 5 0 0 0 CREDITO ADICIONAL P/FINANCIAR EROGACIONES 30.000.000 0 0 30.000.000
1 4 5 1 0 0 CREDITO ADICIONAL P/FINANCIAR EROGACIONES 30.000.000 0 0 30.000.000
1 4 5 1 1 0 CREDITO ADICIONAL P/FINANCIAR EROGACIONES 30.000.000 0 0 30.000.000
1 5 0 0 0 0 EROG.CTES. EJERCICIOS VENCIDOS 0 0 0 0
1 5 11 0 0 0 EROGACIONES EJERCICIOS VENCIDOS 0 0 0 0
1 5 11 1 0 0 EROGACIONES EJERCICIOS VENCIDOS 0 0 0 0
1 6 0 0 0 0 REINTEGROS 0 0 0 0
1 6 10 0 0 0 REINTEGROS 0 0 0 0
1 6 10 1 0 0 REINTEGROS 0 0 0 0
1 6 10 1 1 0 REINTEGROS A ACTIV.NO LUCRATIVAS 0 0 0 0
1 6 10 1 3 0 REINTEGROS VARIOS 0 0 0 0
2 0 0 0 0 0 EROGACIONES DE CAPITAL 53.076.000 6.515.000 327.247.477 386.838.477
2 1 0 0 0 0 INVERSION REAL 53.076.000 6.515.000 327.247.477 386.838.477
2 1 6 0 0 0 BIENES DE CAPITAL 10.276.000 6.515.000 0 16.791.000
2 1 6 1 0 0 EQUIPAMIENTO 5.875.000 6.215.000 0 12.090.000
2 1 6 1 1 0 MAQUINARIAS Y HERRAMIENTAS 666.000 4.215.000 0 4.881.000
2 1 6 1 2 0 EQUIPO DE TRANSPORTE, TRACCIÓN Y ELEVACIÓN 3.700.000 1.000.000 0 4.700.000
2 1 6 1 3 0 APARATOS E INSTRUMENTOS 1.360.000 1.000.000 0 2.360.000
2 1 6 1 4 0 EQUIPAMIENTO DE SEGURIDAD 5.000 0 0 5.000
2 1 6 1 5 0 COLECCION DE BIBLIOTECAS Y MUSEOS 22.000 0 0 22.000
2 1 6 1 9 0 OTROS EQUIPAMIENTOS 122.000 0 0 122.000
2 1 6 2 0 0 INVERSIONES ADMINISTRATIVAS 4.401.000 300.000 0 4.701.000
2 1 6 2 1 0 MOBLAJE 796.000 0 0 796.000
2 1 6 2 2 0 MAQUINAS Y EQUIPOS DE OFICINA 2.325.000 300.000 0 2.625.000
2 1 6 2 3 0 INSTALACIONES INTERNAS 47.000 0 0 47.000
2 1 6 2 4 0 OTRAS INVERSIONES 1.233.000 0 0 1.233.000
2 1 7 0 0 0 CONSTRUCCIONES 42.800.000 0 327.247.477 370.047.477
2 1 7 1 0 0 CONSTRUCCIONES DE USO PRIVADO 4.800.000 0 1.300.000 6.100.000
2 1 7 1 1 0 PERSONAL 0 0 0 0
2 1 7 1 2 0 BIENES Y SERVICIOS NO PERSONALES 4.800.000 0 1.300.000 6.100.000
2 1 7 1 6 0 BIENES DE CAPITAL 0 0 0 0
2 1 7 2 0 0 CONSTRUCCIONES DE USO PUBLICO 38.000.000 0 325.947.477 363.947.477
2 1 7 2 2 0 BIENES Y SERVICIOS NO PERSONALES 38.000.000 0 325.947.477 363.947.477
2 1 7 2 6 0 BIENES DE CAPITAL 0 0 0 0
2 1 14 0 0 0 PROGRAMA DE DESARROLLO HUMANO 0 0 0 0
2 1 14 1 0 0 PROGRAMA DE DESARROLLO HUMANO 0 0 0 0
2 1 14 1 6 0 BIENES DE CAPITAL P.D.H. 0 0 0 0
2 5 0 0 0 0 A CLASIFICAR 0 0 0 0
2 5 5 0 0 0 CREDITO ADICIONAL P/FINANCIAR EROGACIONES 0 0 0 0
2 5 5 1 0 0 CREDITO ADICIONAL P/FINANCIAR EROGACIONES 0 0 0 0
2 5 5 1 1 0 CREDITO ADICIONAL P/FINANCIAR EROGACIONES 0 0 0 0
2 6 0 0 0 0 TRANSFERENCIAS 0 0 0 0
2 6 4 0 0 0 TRANSFERENCIAS 0 0 0 0
2 6 4 3 0 0 COMISIONES ESPECIALES 0 0 0 0
            TOTAL EROGACIONES 3.880.920.845 15.665.000 327.247.477 4.223.833.322

 

EROGACIONES  DEPARTAMENTO EJECUTIVO

 

CONCEPTO TOTAL
1 0 0 0 0 0 EROGACIONES CORRIENTES 3.463.940.100
1 1 0 0 0 0 OPERACION 3.427.093.208
1 1 1 0 0 0 PERSONAL 2.910.566.708
1 1 1 1 0 0 PLANTA PERMANENTE 2.349.828.937
1 1 1 1 1 0 REMUNERACIONES 1.417.507.463
1 1 1 1 2 0 ADICIONALES 521.547.711
1 1 1 1 3 0 CONTRIBUCIONES 322.027.597
1 1 1 1 4 0 ASIGNACIONES FAMILIARES 42.491.831
1 1 1 1 5 0 SERV. EXTRAORDINARIOS 46.254.335
1 1 1 2 0 0 CONTRATADOS 142.054.054
1 1 1 2 1 0 REMUNERACIONES 76.027.025
1 1 1 2 2 0 ADICIONALES 37.951.946
1 1 1 2 3 0 CONTRIBUCIONES 17.297.480
1 1 1 2 4 0 ASIGNACIONES FAMILIARES 8.179.725
1 1 1 2 5 0 SERVICIOS EXTRAORDINARIOS 2.597.878
1 1 1 3 0 0 PERSONAL CONCEJO DELIBERANTE 0
1 1 1 3 4 0 ASIGNACIONES FAMILIARES 0
1 1 1 4 0 0 PERSONAL JORNALIZADO 212.311.674
1 1 1 4 1 0 REMUNERACIONES 109.750.406
1 1 1 4 2 0 ADICIONALES 48.662.340
1 1 1 4 3 0 CONTRIBUCIONES 25.082.420
1 1 1 4 4 0 ASIGNACIONES FAMILIARES 24.555.905
1 1 1 4 5 0 SERVICIOS EXTRAORDINARIOS 4.260.603
1 1 1 5 0 0 PERSONAL ESCUELA MUNICIPAL 127.405.881
1 1 1 5 1 0 REMUNERACIONES 53.157.911
1 1 1 5 2 0 ADICIONALES 61.393.329
1 1 1 5 3 0 CONTRIBUCIONES 11.694.740
1 1 1 5 4 0 ASIGNACIONES FAMILIARES 1.159.901
1 1 1 6 0 0 AYUDA EXTRAORDINARIA MENSUAL 0
1 1 1 6 1 0 AYUDA EXTRAORD. MENSUAL PLANTA PTE. 0
1 1 1 6 2 0 AYUDA EXTRAORD. MENSUAL CONTRATADOS 0
1 1 1 6 4 0 AYUDA EXTRAORD. MENSUAL ESC. MARINA VILTE 0
1 1 1 6 5 0 AYUDA EXTRAORD.MENSUAL PERS. JORNALIZADO 0
1 1 1 7 0 0 PERSONAL SIN DISCRIMINAR 78.966.162
1 1 1 7 1 0 PERSONAL SIN DISCRIMINAR 78.966.162
1 1 1 8 0 0 PERSONAL PLANTA TRANSITORIA 0
1 1 1 8 1 0 PERSONAL PLANTA TRANSITORIA 0
1 1 2 0 0 0 BIENES Y SERVICIOS NO PERSONALES 516.526.500
1 1 2 1 0 0 BIENES DE CONSUMO 95.945.500
1 1 2 1 1 0 PRODUCTOS ALIMENTICIOS, AGROPECUARIOS Y FORESTALES 11.042.500
1 1 2 1 2 0 TEXTILES INDUM. DE VESTIR Y CALZADOS 21.770.000
1 1 2 1 3 0 PRODUCTOS DE PAPEL, CARTON E IMPRESOS 6.000.000
1 1 2 1 4 0 PRODUCTOS DE CUERO Y CAUCHO 2.000.000
1 1 2 1 5 0 PRODUCTOS QUIMICOS, COMBUSTIBLES Y LUBRICANTES 32.970.000
1 1 2 1 6 0 PRODUCTOS DE MINERALES NO METÁLICOS 100.000
1 1 2 1 7 0 PRODUCTOS METALICOS 1.000.000
1 1 2 1 8 0 MINERALES 5.000
1 1 2 1 9 0 OTROS BIENES DE CONSUMO 21.058.000
1 1 2 2 0 0 SERVICIOS NO PERSONALES 420.581.000
1 1 2 2 1 0 SERVICIOS BÁSICOS 75.576.000
1 1 2 2 2 0 ALQUILERES Y DERECHOS 124.040.000
1 1 2 2 3 0 MANTENIMIENTO, REPARACIÓN Y LIMPIEZA 23.290.000
1 1 2 2 4 0 SERVICIOS TECNICOS Y PROFESIONALES 16.800.000
1 1 2 2 5 0 SERVICIOS COMERCIALES Y FINANCIEROS 16.555.000
1 1 2 2 6 0 PUBLICIDAD Y PROPAGANDA 23.500.000
1 1 2 2 7 0 PASAJES Y VIATICOS 3.600.000
1 1 2 2 8 0 IMPUESTOS, DERECHOS, TASAS 2.050.000
1 1 2 2 9 0 OTROS SERVICIOS 95.170.000
1 1 2 2 10 0 GASTOS JUDICIALES E INDEMNIZACIONES 40.000.000
1 1 13 0 0 0 PRODUCTOS ALIMENTICIOS COMEDORES 0
1 1 13 1 0 0 BIENES DE CONSUMO COMEDORES 0
1 1 14 0 0 0 PROGRAMA DE DESARROLLO HUMANO 0
1 1 14 1 0 0 PROGRAMA DE DESARROLLO HUMANO 0
1 1 14 1 2 0 BIENES Y SERVICIOS NO PERSONALES P.D.H. 0
1 2 0 0 0 0 INTERESES DE LA DEUDA 2.096.892
1 2 3 0 0 0 INTERESES DE LA DEUDA 2.096.892
1 2 3 1 0 0 INTERES DE LA DEUDA PUBLICA 2.096.892
1 2 3 1 1 0 INTERESES DE LA DEUDA PUBLICA 2.096.892
1 2 3 2 0 0 INTERES DE OTRAS DEUDAS 0
1 2 3 2 1 0 INTERES DE OTRAS DEUDAS-INSTITUCIONES FINANCIERAS 0
1 2 3 2 2 0 INTERES DE OTRAS DEUDAS-PROVEEDORES Y CONTRATISTAS 0
1 3 0 0 0 0 TRANSFERENCIAS 4.750.000
1 3 4 0 0 0 TRANSFERENCIAS 4.750.000
1 3 4 1 0 0 TRANSFERENCIAS P/FINAN.EROG.CTES. 4.750.000
1 3 4 1 1 0 APORTES A ACT. NO LUCRATIVAS 4.750.000
1 3 4 1 2 0 APORTES A ACT. LUCRATIVAS 0
1 3 4 2 0 0 TRANSFERENCIAS P/FINAN.EROG.CAPITAL 0
1 3 4 2 1 0 APORTES A ACT. NO LUCRATIVAS 0
1 3 4 3 0 0 COMISIONES ESPECIALES 0
1 3 4 3 1 0 COMISIONES ESPECIALES 0
1 4 0 0 0 0 A CLASIFICAR 30.000.000
1 4 5 0 0 0 CREDITO ADICIONAL P/FINANCIAR EROGACIONES 30.000.000
1 4 5 1 0 0 CREDITO ADICIONAL P/FINANCIAR EROGACIONES 30.000.000
1 4 5 1 1 0 CREDITO ADICIONAL P/FINANCIAR EROGACIONES 30.000.000
1 5 0 0 0 0 EROG.CTES. EJERCICIOS VENCIDOS 0
1 5 11 0 0 0 EROGACIONES EJERCICIOS VENCIDOS 0
1 5 11 1 0 0 EROGACIONES EJERCICIOS VENCIDOS 0
1 6 0 0 0 0 REINTEGROS 0
1 6 10 0 0 0 REINTEGROS 0
1 6 10 1 0 0 REINTEGROS 0
1 6 10 1 1 0 REINTEGROS A ACTIV.NO LUCRATIVAS 0
1 6 10 1 3 0 REINTEGROS VARIOS 0
2 0 0 0 0 0 EROGACIONES DE CAPITAL 384.662.477
2 1 0 0 0 0 INVERSION REAL 384.662.477
2 1 6 0 0 0 BIENES DE CAPITAL 14.615.000
2 1 6 1 0 0 EQUIPAMIENTO 10.415.000
2 1 6 1 1 0 MAQUINARIAS Y HERRAMIENTAS 4.815.000
2 1 6 1 2 0 EQUIPO DE TRANSPORTE, TRACCIÓN Y ELEVACIÓN 3.500.000
2 1 6 1 3 0 APARATOS E INSTRUMENTOS 2.000.000
2 1 6 1 4 0 EQUIPAMIENTO DE SEGURIDAD 0
2 1 6 1 5 0 COLECCION DE BIBLIOTECAS Y MUSEOS 0
2 1 6 1 9 0 OTROS EQUIPAMIENTOS 100.000
2 1 6 2 0 0 INVERSIONES ADMINISTRATIVAS 4.200.000
2 1 6 2 1 0 MOBLAJE 700.000
2 1 6 2 2 0 MAQUINAS Y EQUIPOS DE OFICINA 2.300.000
2 1 6 2 3 0 INSTALACIONES INTERNAS 0
2 1 6 2 4 0 OTRAS INVERSIONES 1.200.000
2 1 7 0 0 0 CONSTRUCCIONES 370.047.477
2 1 7 1 0 0 CONSTRUCCIONES DE USO PRIVADO 6.100.000
2 1 7 1 1 0 PERSONAL 0
2 1 7 1 2 0 BIENES Y SERVICIOS NO PERSONALES 6.100.000
2 1 7 1 6 0 BIENES DE CAPITAL 0
2 1 7 2 0 0 CONSTRUCCIONES DE USO PUBLICO 363.947.477
2 1 7 2 2 0 BIENES Y SERVICIOS NO PERSONALES 363.947.477
2 1 7 2 6 0 BIENES DE CAPITAL 0
2 1 14 0 0 0 PROGRAMA DE DESARROLLO HUMANO 0
2 1 14 1 0 0 PROGRAMA DE DESARROLLO HUMANO 0
2 1 14 1 6 0 BIENES DE CAPITAL P.D.H. 0
2 5 0 0 0 0 A CLASIFICAR 0
2 5 5 0 0 0 CREDITO ADICIONAL P/FINANCIAR EROGACIONES 0
2 5 5 1 0 0 CREDITO ADICIONAL P/FINANCIAR EROGACIONES 0
2 5 5 1 1 0 CREDITO ADICIONAL P/FINANCIAR EROGACIONES 0
2 6 0 0 0 0 TRANSFERENCIAS 0
2 6 4 0 0 0 TRANSFERENCIAS 0
2 6 4 3 0 0 COMISIONES ESPECIALES 0
            TOTAL EROGACIONES 3.848.602.577

 

EROGACIONES  CONCEJO DELIBERANTE

 

            Concepto Total
1 0 0 0 0 0 EROGACIONES CORRIENTES 373.054.745
1 1 0 0 0 0 OPERACION 370.054.745
1 1 1 0 0 0 PERSONAL 335.671.745
1 1 1 2 0 0 CONTRATADOS 32.451.527
1 1 1 2 1 0 REMUNERACIONES 20.192.741
1 1 1 2 2 0 ADICIONALES 5.826.362
1 1 1 2 3 0 CONTRIBUCIONES 4.442.403
1 1 1 2 4 0 ASIGNACIONES FAMILIARES 1.990.021
1 1 1 2 5 0 SERVICIOS EXTRAORDINARIOS 0
1 1 1 3 0 0 PERSONAL CONCEJO DELIBERANTE 295.420.218
1 1 1 3 1 0 REMUNERACIONES 188.473.572
1 1 1 3 2 0 ADICIONALES 59.058.030
1 1 1 3 3 0 CONTRIBUCIONES 41.647.406
1 1 1 3 4 0 ASIGNACIONES FAMILIARES 5.408.390
1 1 1 3 5 0 SERVICIOS EXTRAORDINARIOS 832.820
1 1 1 6 0 0 AYUDA EXTRAORDINARIA MENSUAL 0
1 1 1 6 1 0 AYUDA EXTRAORD. MENSUAL PLANTA PTE. 0
1 1 1 6 2 0 AYUDA EXTRAORD. MENSUAL CONTRATADOS 0
1 1 1 6 3 0 AYUDA EXTRAORD. MENSUAL CONC. DELIBERANTE 0
1 1 1 7 0 0 PERSONAL SIN DISCRIMINAR 7.800.000
1 1 1 7 1 0 PERSONAL SIN DISCRIMINAR 7.800.000
1 1 2 0 0 0 BIENES Y SERVICIOS NO PERSONALES 34.383.000
1 1 2 1 0 0 BIENES DE CONSUMO 13.548.000
1 1 2 1 1 0 PRODUCTOS ALIMENTICIOS, AGROPECUARIOS Y FORESTALES 719.000
1 1 2 1 2 0 TEXTILES INDUM. DE VESTIR Y CALZADOS 400.000
1 1 2 1 3 0 PRODUCTOS DE PAPEL, CARTON E IMPRESOS 1.238.000
1 1 2 1 4 0 PRODUCTOS DE CUERO Y CAUCHO 160.000
1 1 2 1 5 0 PRODUCTOS QUIMICOS, COMBUSTIBLES Y LUBRICANTES 1.500.000
1 1 2 1 6 0 PRODUCTOS DE MINERALES NO METÁLICOS 9.000
1 1 2 1 7 0 PRODUCTOS METALICOS 22.000
1 1 2 1 9 0 OTROS BIENES DE CONSUMO 9.500.000
1 1 2 2 0 0 SERVICIOS NO PERSONALES 20.835.000
1 1 2 2 1 0 SERVICIOS BÁSICOS 465.000
1 1 2 2 2 0 ALQUILERES Y DERECHOS 5.390.000
1 1 2 2 3 0 MANTENIMIENTO, REPARACIÓN Y LIMPIEZA 80.000
1 1 2 2 4 0 SERVICIOS TECNICOS Y PROFESIONALES 600.000
1 1 2 2 5 0 SERVICIOS COMERCIALES Y FINANCIEROS 150.000
1 1 2 2 6 0 PUBLICIDAD Y PROPAGANDA 3.500.000
1 1 2 2 7 0 PASAJES Y VIATICOS 1.050.000
1 1 2 2 8 0 IMPUESTOS, DERECHOS, TASAS 800.000
1 1 2 2 9 0 OTROS SERVICIOS 8.800.000
1 3 0 0 0 0 TRANSFERENCIAS 3.000.000
1 3 4 0 0 0 TRANSFERENCIAS 3.000.000
1 3 4 1 0 0 TRANSFERENCIAS P/FINAN.EROG.CTES. 3.000.000
1 3 4 1 1 0 APORTES A ACT. NO LUCRATIVAS 3.000.000
1 4 0 0 0 0 A CLASIFICAR 0
1 4 5 0 0 0 CREDITO ADICIONAL P/FINANCIAR EROGACIONES 0
1 4 5 1 0 0 CREDITO ADICIONAL P/FINANCIAR EROGACIONES 0
1 4 5 1 1 0 CREDITO ADICIONAL P/FINANCIAR EROGACIONES 0
1 6 0 0 0 0 REINTEGROS 0
1 6 10 0 0 0 REINTEGROS 0
1 6 10 1 0 0 REINTEGROS 0
1 6 10 1 3 0 REINTEGROS VARIOS 0
2 0 0 0 0 0 EROGACIONES DE CAPITAL 2.176.000
2 1 0 0 0 0 INVERSION REAL 2.176.000
2 1 6 0 0 0 BIENES DE CAPITAL 2.176.000
2 1 6 1 0 0 EQUIPAMIENTO 1.675.000
2 1 6 1 1 0 MAQUINARIAS Y HERRAMIENTAS 66.000
2 1 6 1 2 0 EQUIPO DE TRANSPORTE, TRACCIÓN Y ELEVACIÓN 1.200.000
2 1 6 1 3 0 APARATOS E INSTRUMENTOS 360.000
2 1 6 1 4 0 EQUIPAMIENTO DE SEGURIDAD 5.000
2 1 6 1 5 0 COLECCION DE BIBLIOTECAS Y MUSEOS 22.000
2 1 6 1 9 0 OTROS EQUIPAMIENTOS 22.000
2 1 6 2 0 0 INVERSIONES ADMINISTRATIVAS 501.000
2 1 6 2 1 0 MOBLAJE 96.000
2 1 6 2 2 0 MAQUINAS Y EQUIPOS DE OFICINA 325.000
2 1 6 2 3 0 INSTALACIONES INTERNAS 47.000
2 1 6 2 4 0 OTRAS INVERSIONES 33.000
2 1 7 0 0 0 CONSTRUCCIONES 0
2 1 7 1 0 0 CONSTRUCCIONES DE USO PRIVADO 0
2 1 7 1 2 0 BIENES Y SERVICIOS NO PERSONALES 0
            TOTAL EROGACIONES 375.230.745

 

CLASIFICADA POR FINALIDAD Y FUNCION E INSTITUCIONAL

 

    INSTITUCIONAL Concejo

Deliberante

Intendencia

 

Secretaria de

Hacienda

Secrtaria de

Gobierno

Secretaria de Des. Humano Secretaria de Plan. yDes. Secretaria de obras Públicas Secretaria de Serv. Públicos Secretaria de Cultura y Tur. TOTAL

 

     
1 ADMINISTRACION GENERAL                    
1 1 Administracion Fiscal 0 0 57.713.705 0 0 0 0 0 0 57.713.705
1 2 Legislación 375.230.745 0 0 0 0 0 0 0 0 375.230.745
1 3 Relaciones Jurídicas 0 69.703.574 0 56.026.981 0 0 0 0 0 125.730.555
1 4 Administración General sin discriminar 0 389.935.874 270.279.272 490.468.604 157.825.818 30.015.567 59.319.990 274.351.092 56.460.333 1.728.656.550
1 5 Control de Gestión Pública 0 0 4.145.029 0 0 0 0 0 0 4.145.029
      375.230.745 459.639.448 332.138.006 546.495.585 157.825.818 30.015.567 59.319.990 274.351.092 56.460.333 2.291.476.584
2 DESARROLLO Y MANTENIMIENTO                    
2 1 Obras Públicas 0 0 0 10.581.073 0 0 503.832.190 133.574.437 0 647.987.700
2 2 Desarrollo Urbano sin discriminar 0 0 0 0 0 28.627.545 47.575.154 0 0 76.202.699
      0 0 0 10.581.073 0 28.627.545 551.407.344 133.574.437 0 724.190.399
3 CULTURA, TURISMO Y EDUCACION                    
3 1 Cultura y Turismo 0 0 0 0 0 0 0 0 66.431.551 66.431.551
3 2 Educación 0 0 0 0 136.632.517 0 0 0 0 136.632.517
      0 0 0 0 136.632.517 0 0 0 66.431.551 203.064.068
4 BIENESTAR SOCIAL                    
4 1 Asistencia Medica y Social 0 0 0 19.386.318 172.640.339 16.576.101 0 0 0 208.602.758
4 2 Deportes y Recreación 0 0 0 0 88.686.464 0 0 0 0 88.686.464
      0 0 0 19.386.318 261.326.803 16.576.101 0 0 0 297.289.222
5 POLICIA Y CONTROL                    
5 1 Policia Municipal 0 0 0 0 0 0 0 130.831.422 0 130.831.422
5 2 Control sin discriminar 0 0 0 78.146.644 0 0 0 64.511.413 0 142.658.057
      0 0 0 78.146.644 0 0 0 195.342.835 0 273.489.479
6 SERVICIOS GENERALES                    
6 1 Limpieza y Mantenimiento 0 0 0 0 0 18.605.525 0 246.037.548 0 264.643.073
6 2 Servicios Generales sin discriminar 0 0 0 90.825.882 0 0 0 46.757.723 0 137.583.605
      0 0 0 90.825.882 0 18.605.525 0 292.795.271 0 402.226.678
7 DEUDA PUBLICA                    
7 2 INTERES DE LA DEUDA 0 0 2.096.892 0 0 0 0 0 0 2.096.892
      0 0 2.096.892 0 0 0 0 0 0 2.096.892
8 A CLASIFICAR                    
8 1 Gastos a clasificar 0 0 30.000.000 0 0 0 0 0 0 30.000.000
      0 0 30.000.000 0 0 0 0 0 0 30.000.000
    TOTAL PRESUPUESTO 375.230.745 459.639.448 364.234.898 745.435.502 555.785.138 93.824.738 610.727.334 896.063.635 122.891.884 4.223.833.322

 

CLASIFICADA POR FINALIDAD Y FUNCION Y ECONOMICO

 

FINALIDAD FUNCION ECONOMICA TOTAL EROGACIONES  EROGACIONES CORRIENTES  EROGACIONES DE CAPITAL
1 ADMINISTRACION GENERAL      
1 1 Administracion Fiscal 57.713.705 57.713.705 0
1 2 Legislación 375.230.745 373.054.745 2.176.000
1 3 Relaciones Jurídicas 125.730.555 125.730.555 0
1 4 Administración General sin discriminar 1.728.656.550 1.720.556.550 8.100.000
1 5 Control Gestión Pública 4.145.029 4.145.029 0
      2.291.476.584 2.281.200.584 10.276.000
2 DESARROLLO Y MANTENIMIENTO      
2 1 Obras Públicas 647.987.700 280.440.223 367.547.477
2 2 Desarrollo Urbano sin discriminar 76.202.699 73.702.699 2.500.000
      724.190.399 354.142.922 370.047.477
3 CULTURA, TURISMO Y EDUCACION      
3 1 Cultura y Turismo 66.431.551 66.431.551 0
3 2 Educación 136.632.517 136.632.517 0
      203.064.068 203.064.068 0
4 BIENESTAR SOCIAL      
4 1 Asistencia Medica y Social 208.602.758 208.602.758 0
4 2 Deportes y Recreación 88.686.464 88.686.464 0
      297.289.222 297.289.222 0
5 POLICIA Y CONTROL
5 1 Policia Municipal 130.831.422 127.631.422 3.200.000
5 2 Control sin discriminar 142.658.057 142.658.057 0
      273.489.479 270.289.479 3.200.000
6 SERVICIOS GENERALES      
6 1 Limpieza y Mantenimiento 264.643.073 261.328.073 3.315.000
6 2 Servicios Generales sin discriminar 137.583.605 137.583.605 0
      402.226.678 398.911.678 3.315.000
7 DEUDA PUBLICA      
7 2 INTERES DE LA DEUDA 2.096.892 2.096.892 0
2.096.892 2.096.892 0
8 A CLASIFICAR      
8 1 Gastos a clasificar 30.000.000 30.000.000 0
      30.000.000 30.000.000 0
    TOTAL GENERAL 4.223.833.322 3.836.994.845 386.838.477

 

CLASIFICADA POR PROGRAMA   Y POR OBJETO DEL GASTO

 

  OBJETO DEL GASTO TOTAL GENERAL EROGACIONES CORRIENTES           EROGACIONES DE CAPITAL
      TOTAL EROG. OPERACION   INT.DEUDA TRANSFER. A CLASIFICAR TOTAL EROG. INVERSION REAL
        CORRIENTES Personal Bs.y Ser.no Pers. Int.Deuda Transferencias Credito Adic. DE CAPITAL Bs. de Capital Construcciones
PROGRAMA                    
1 ADMINISTRACION GENERAL                    
1 1 CONDUCCIÓN Y ADMINISTRACION 982.956.530 974.856.530 909.524.030 62.532.500 0 2.800.000 0 8.100.000 8.100.000 0
1 2 SUBPROGRAMA DE ADMINISTRACIÓN GENERAL 672.087.752 672.087.752 531.487.752 138.650.000 0 1.950.000 0 0 0 0
1 3 SUBPROGRAMA DE RELACIONES JURÍDICAS 128.843.467 128.843.467 86.633.467 42.210.000 0 0 0 0 0 0
1 4 SUBPROGRAMA DE CONTROL DE GESTION PUBLICA 4.145.029 4.145.029 4.145.029 0 0 0 0 0 0 0
      1.788.032.778 1.779.932.778 1.531.790.278 243.392.500 0 4.750.000 0 8.100.000 8.100.000 0
2 PROGRAMA DE OBRAS Y DESARROLLO URBANO                    
2 1 SUBPROGRAMA DE OBRAS PÚBLICAS 276.164.565 276.164.565 175.089.565 101.075.000 0 0 0 0 0 0
2 2 SUBPROGRAMA DE DESARROLLO URBANO 28.962.131 28.962.131 28.892.131 70.000 0 0 0 0 0 0
2 3 SUBPROGRAMA DE CONTROL DE OBRAS PARTICUL 20.064.693 20.064.693 20.014.693 50.000 0 0 0 0 0 0
      325.191.389 325.191.389 223.996.389 101.195.000 0 0 0 0 0 0
3 PROGRAMA DE CULTURA, TURISMO Y EDUCACION                    
3 1 SUBPROGRAMA DE CULTURA Y TURISMO 66.431.551 66.431.551 59.091.551 7.340.000 0 0 0 0 0 0
3 2 SUBPROGRAMA DE EDUCACIÓN 136.632.517 136.632.517 136.347.517 285.000 0 0 0 0 0 0
      203.064.068 203.064.068 195.439.068 7.625.000 0 0 0 0 0 0
4 PROGRAMA DE ACCION SOCIAL Y DEPORTE                    
4 1 SUBPROGRAMA DE ASISTENCIA MEDICA Y SOCIA 241.447.747 241.447.747 238.837.747 2.610.000 0 0 0 0 0 0
4 2 SUBPROGRAMA DE DEPORTE Y RECREACIÓN 88.686.464 88.686.464 86.086.464 2.600.000 0 0 0 0 0 0
4 3 SUBPROGRAMA DE PARTICIPACIÓN VECINAL 16.576.101 16.576.101 16.556.101 20.000 0 0 0 0 0 0
      346.710.312 346.710.312 341.480.312 5.230.000 0 0 0 0 0 0
5 PROGRAMA DE POLICIA Y CONTROL                    
5 1 SUBPROGRAMA DE POLICIA MUNICIPAL 131.112.354 127.912.354 112.762.354 15.150.000 0 0 0 3.200.000 3.200.000 0
5 2 SUBPROGRAMA DE CONTROL COMERCIAL Y ESPACIOS PUBLICOS 78.146.644 78.146.644 77.118.644 1.028.000 0 0 0 0 0 0
5 3 SUBPROGRAMA DE ADMINISTRACIÓN DE MERCADO 46.093.849 46.093.849 46.043.849 50.000 0 0 0 0 0 0
5 4 SUBPROGRAMA DE CONTROL DE MEDIO AMB. Y ESPACIOS VERDES 83.159.994 83.159.994 70.849.994 12.310.000 0 0 0 0 0 0
5 5 SUBPROGRAMA DE CONTROL BROMATOLOGICO 44.732.033 44.732.033 44.476.033 256.000 0 0 0 0 0 0
      383.244.874 380.044.874 351.250.874 28.794.000 0 0 0 3.200.000 3.200.000 0
6 PROGRAMA DE SERVICIOS GENERALES                    
6 1 SUBPROGRAMA DE LIMPIEZA Y MANTENIMIENTO 246.037.548 242.722.548 188.412.548 54.310.000 0 0 0 3.315.000 3.315.000 0
6 2 SUBPROGRAMA DE SERVICIOS DE CEMENTERIOS 23.096.949 23.096.949 23.066.949 30.000 0 0 0 0 0 0
6 3 SUBPROGRAMA DE SERVICIOS DE TALLERES 23.660.774 23.660.774 17.960.774 5.700.000 0 0 0 0 0 0
      292.795.271 289.480.271 229.440.271 60.040.000 0 0 0 3.315.000 3.315.000 0
7 PROGRAMA DE DESARROLLO LOCAL                    
7 1 SUBPROGRAMA DE PROMOCIÓN ECONÓMICA 33.214.715 33.214.715 33.054.715 160.000 0 0 0 0 0 0
7 2 SUBPROGRAMA DE PLANIFICACIÓN 4.204.801 4.204.801 4.114.801 90.000 0 0 0 0 0 0
      37.419.516 37.419.516 37.169.516 250.000 0 0 0 0 0 0
                         
8 PROGRAMA DE LEGISLACION COMUNAL                    
8 1 SUBPROGRAMA DE LEGISLACIÓN COMUNAL 375.230.745 373.054.745 335.671.745 34.383.000 0 3.000.000 0 2.176.000 2.176.000 0
      375.230.745 373.054.745 335.671.745 34.383.000 0 3.000.000 0 2.176.000 2.176.000 0
9 A CLASIFICAR                    
9 1 INTERESES DE LA DEUDA 2.096.892 2.096.892 0 0 2.096.892 0 0 0 0 0
9 2 CREDITO ADICIONAL 25.000.000 25.000.000 0 0 0 0 25.000.000 0 0 0
      27.096.892 27.096.892 0 0 2.096.892 0 25.000.000 0 0 0
11 PROGRAMAS DE OBRAS CIVILES                    
11 301 CONSTRUCCION Y MANTENIMIENTO DE EDIFICIOS MUNICIPALES 3.300.000 0 0 0 0 0 0 3.300.000 0 3.300.000
11 801 OBRAS VARIAS 31.000.000 0 0 0 0 0 0 31.000.000 0 31.000.000
      34.300.000 0 0 0 0 0 0 34.300.000 0 34.300.000
13 PROGRAMAS DE OBRAS DE PARQUIZACION                    
13 201 COSNT. Y MANT. DE PLAZAS, PARQUES Y PASEOS PÚBLICOS 3.000.000 0 0 0 0 0 0 3.000.000 0 3.000.000
      3.000.000 0 0 0 0 0 0 3.000.000 0 3.000.000
14 PROGRAMA DE ILUMINACION Y SEMAFORIZACION                    
14 201 MANT. DE ALUMBRADO PUBLICO EN DISTINTOS SECTORES 4.000.000 0 0 0 0 0 0 4.000.000 0 4.000.000
14 501 ILUMINACION DE EDIFICIOS MUNICIPALES 1.500.000 0 0 0 0 0 0 1.500.000 0 1.500.000
      5.500.000 0 0 0 0 0 0 5.500.000 0 5.500.000
21 PROGRAMA DE OBRAS E  INFRAESTRUCTURA COMUNITARIA                  
21 204 CONST.DE COMPLEJOS DEPORTIVOS EN DIFERENTES BARRIOS 102.000.000 0 0 0 0 0 0 102.000.000 0 102.000.000
21 502 PUNTOS DE INFORMACION TURISTICA 1.300.000 0 0 0 0 0 0 1.300.000 0 1.300.000
      103.300.000 0 0 0 0 0 0 103.300.000 0 103.300.000
26 PROG. DE POLITICAS SANIT.,EDUCAT., CULT ,DEPOR. Y AMBIENT.                  
26 401 BOLETO EST.L GRATUITO Y UNIVERSAL(BEGU) 70.000.000 70.000.000 0 70.000.000 0 0 0 0 0 0
      70.000.000 70.000.000 0 70.000.000 0 0 0 0 0 0
27 PRESUPUESTO PARTICIPATIVO                    
27 704 CONSEJOS CIUDADANOS. CREDITO A DISTRIBUIR 5.000.000 5.000.000 0 0 0 0 5.000.000 0 0 0
      5.000.000 5.000.000 0 0 0 0 5.000.000 0 0 0
28 FINANCIAMIENTO DE OBRAS VIALES Y DE SEGURIDAD VIAL                  
28 110 PAVIMENTACION URBANA 16 CUADRAS  BARRIO ALTO COMEDERO 24.236.922 0 0 0 0 0 0 24.236.922 0 24.236.922
28 111 OBRAS PROVINCIALES DE PAVIMENTACION URBANA 93.354.314 0 0 0 0 0 0 93.354.314 0 93.354.314
28 112 OBRAS DE PAVIMENTACION EN DISTINTOS PUNTOS DE LA CIUDAD 90.000.000 0 0 0 0 0 0 90.000.000 0 90.000.000
      207.591.236 0 0 0 0 0 0 207.591.236 0 207.591.236
                         
31 PROGRAMA OBRAS CON FONDOS DEL MINISTERIO DEL INTERIOR                  
31 104 PARQUE FLUVIAL LINEAL PASEO XIBI XIBI 4.878.806 0 0 0 0 0 0 4.878.806 0 4.878.806
31 105 PARQUE BELGRANO 7.617.229 0 0 0 0 0 0 7.617.229 0 7.617.229
31 106 INFRAESTRUCTURA PUNTA DIAMANTE Y EL CHINGO 3.860.206 0 0 0 0 0 0 3.860.206 0 3.860.206
      16.356.241 0 0 0 0 0 0 16.356.241 0 16.356.241
    TOTAL GENERAL 4.223.833.322 3.836.994.845 3.246.238.453 550.909.500 2.096.892 7.750.000 30.000.000 386.838.477 16.791.000 370.047.477

 

CLASIFICADOR ECONOMICO-OBJETO DEL GASTO E INSTITUCIONAL

 

    INSTITUCIONAL Concejo Intendencia Secretaria de Secrtaria de Secretaria de Secretaria de Secretaria de Secretaria de Secretaria de TOTAL
      Deliberante   Hacienda Gobierno Des.Humano Plan.yDes. obras Públicas Serv. Públicos Cultura y Tur.
1 0 0 EROGACIONES CORRIENTES 373.054.745 459.639.448 356.134.898 739.935.502 555.785.138 93.824.738 263.679.857 872.048.635 122.891.884 3.836.994.845
1 1 0 OPERACION 370.054.745 456.839.448 322.088.006 739.935.502 555.785.138 93.824.738 263.679.857 872.048.635 122.891.884 3.797.147.953
1 1 1 PERSONAL 335.671.745 380.741.948 161.598.006 679.656.502 543.810.138 91.254.738 243.864.857 700.508.635 109.131.884 3.246.238.453
1 1 2 BIENES Y SERVICIOS NO PERSONALES 34.383.000 76.097.500 160.490.000 60.279.000 11.975.000 2.570.000 19.815.000 171.540.000 13.760.000 550.909.500
1 1 13 PRODUCTOS ALIMENTICIOS COMEDORES 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0
1 1 14 PROGRAMA DE DESARROLLO HUMANO 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0
1 2 0 INTERESES DE LA DEUDA 0 0 2.096.892 0 0 0 0 0 0 2.096.892
1 2 3 INTERESES DE LA DEUDA 0 0 2.096.892 0 0 0 0 0 0 2.096.892
1 3 0 TRANSFERENCIAS 3.000.000 2.800.000 1.950.000 0 0 0 0 0 0 7.750.000
1 3 4 TRANSFERENCIAS 3.000.000 2.800.000 1.950.000 0 0 0 0 0 0 7.750.000
1 4 0 A CLASIFICAR 0 0 30.000.000 0 0 0 0 0 0 30.000.000
1 4 5 CREDITO ADICIONAL P/FINANCIAR EROGACIONES 0 0 30.000.000 0 0 0 0 0 0 30.000.000
1 5 0 EROG.CTES. EJERCICIOS VENCIDOS 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0
1 5 11 EROGACIONES EJERCICIOS VENCIDOS 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0
1 6 0 REINTEGROS 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0
1 6 10 REINTEGROS 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0
2 0 0 EROGACIONES DE CAPITAL 2.176.000 0 8.100.000 5.500.000 0 0 347.047.477 24.015.000 0 386.838.477
2 1 0 INVERSION REAL 2.176.000 0 8.100.000 5.500.000 0 0 347.047.477 24.015.000 0 386.838.477
2 1 6 BIENES DE CAPITAL 2.176.000 0 8.100.000 0 0 0 0 6.515.000 0 16.791.000
2 1 7 CONSTRUCCIONES 0 0 0 5.500.000 0 0 347.047.477 17.500.000 0 370.047.477
2 1 14 PROGRAMA DE DESARROLLO HUMANO 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0
2 5 0 A CLASIFICAR 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0
2 5 5 CREDITO ADICIONAL P/FINANCIAR EROGACIONES 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0
2 6 0 TRANSFERENCIAS 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0
2 6 4 TRANSFERENCIAS 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0
      TOTAL PRESUPUESTO 375.230.745 459.639.448 364.234.898 745.435.502 555.785.138 93.824.738 610.727.334 896.063.635 122.891.884 4.223.833.322

 

CLASIFICADA POR FINALIDAD- FUNCION   Y POR OBJETO DEL GASTO

 

    OBJETO DEL GASTO TOTAL GENERAL EROGACIONES CORRIENTES           EROGACIONES DE CAPITAL
        TOTAL EROG. OPERACION   INT.DEUDA TRANSFER. A CLASIFICAR TOTAL EROG. INVERSION REAL
        CORRIENTES Personal Bs.y Ser.no Pers. Int.Deuda Transferencias Credito Adic. DE CAPITAL Bs. de Capital Construcciones
FINALIDAD FUNCION                    
1 ADMINISTRACION GENERAL                    
1 1 Administracion Fiscal 57.713.705 57.713.705 46.873.705 10.840.000 0 0 0 0 0 0
1 2 Legislación 375.230.745 373.054.745 335.671.745 34.383.000 0 3.000.000 0 2.176.000 2.176.000 0
1 3 Relaciones Jurídicas 125.730.555 125.730.555 83.630.555 42.100.000 0 0 0 0 0 0
1 4 Administración General sin discriminar 1.728.656.550 1.720.556.550 1.455.314.050 260.492.500 0 4.750.000 0 8.100.000 8.100.000 0
1 5 CONTROL DE GESTION PUBLICA 4.145.029 4.145.029 4.145.029 0 0 0 0 0 0 0
      2.291.476.584 2.281.200.584 1.925.635.084 347.815.500 0 7.750.000 0 10.276.000 10.276.000 0
2 DESARROLLO Y MANTENIMIENTO                    
2 1 Obras Públicas 647.987.700 280.440.223 179.295.223 101.145.000 0 0 0 367.547.477 0 367.547.477
2 2 Desarrollo Urbano sin discriminar 76.202.699 73.702.699 73.442.699 260.000 0 0 0 2.500.000 0 2.500.000
      724.190.399 354.142.922 252.737.922 101.405.000 0 0 0 370.047.477 0 370.047.477
3 CULTURA, TURISMO Y EDUCACION                    
3 1 Cultura y Turismo 66.431.551 66.431.551 59.091.551 7.340.000 0 0 0 0 0 0
3 2 Educación 136.632.517 136.632.517 136.347.517 285.000 0 0 0 0 0 0
      203.064.068 203.064.068 195.439.068 7.625.000 0 0 0 0 0 0
4 BIENESTAR SOCIAL                    
4 1 Asistencia Medica y Social 208.602.758 208.602.758 205.972.758 2.630.000 0 0 0 0 0 0
4 2 Deportes y Recreación 88.686.464 88.686.464 86.086.464 2.600.000 0 0 0 0 0 0
      297.289.222 297.289.222 292.059.222 5.230.000 0 0 0 0 0 0
5 POLICIA Y CONTROL                    
5 1 Policia Municipal 130.831.422 127.631.422 112.481.422 15.150.000 0 0 0 3.200.000 3.200.000 0
5 2 Control sin discriminar 142.658.057 142.658.057 129.380.057 13.278.000 0 0 0 0 0 0
      273.489.479 270.289.479 241.861.479 28.428.000 0 0 0 3.200.000 3.200.000 0
6 SERVICIOS GENERALES                    
6 1 Limpieza y Mantenimiento 264.643.073 261.328.073 206.958.073 54.370.000 0 0 0 3.315.000 3.315.000 0
6 2 Servicios Generales sin discriminar 137.583.605 137.583.605 131.547.605 6.036.000 0 0 0 0 0 0
      402.226.678 398.911.678 338.505.678 60.406.000 0 0 0 3.315.000 3.315.000 0
7 DEUDA PUBLICA                    
7 2 INTERES DE LA DEUDA 2.096.892 2.096.892 0 0 2.096.892 0 0 0 0 0
      2.096.892 2.096.892 0 0 2.096.892 0 0 0 0 0
8 A CLASIFICAR                    
8 1 Gastos a clasificar 30.000.000 30.000.000 0 0 0 0 30.000.000 0 0 0
30.000.000 30.000.000 0 0 0 0 30.000.000 0 0 0
    TOTAL GENERAL 4.223.833.322 3.836.994.845 3.246.238.453 550.909.500 2.096.892 7.750.000 30.000.000 386.838.477 16.791.000 370.047.477

 

CLASIFICADA POR PROGRAMA  E INSTITUCIONAL

 

INSTITUCIONAL Concejo Intendencia Secretaria de Secrtaria de Secretaria de Secretaria de Secretaria de Secretaria de Secretaria de Total
Deliberante   Hacienda Gobierno Des.Humano Plan.yDes. obras Públicas Serv. Públicos Cultura y Tur.
1 ADMINISTRACION GENERAL                    
1 1 CONDUCCIÓN Y ADMINISTRACION 0 148.012.345 93.761.232 221.423.214 108.404.728 21.223.596 59.319.990 274.351.092 56.460.333 982.956.530
1 2 SUBPROGRAMA DE ADMINISTRACIÓN GENERAL 0 238.810.617 164.231.745 269.045.390 0 0 0 0 0 672.087.752
1 3 SUBPROGRAMA DE RELACIONES JURÍDICAS 0 72.816.486 0 56.026.981 0 0 0 0 0 128.843.467
1 4 SUBPROGRAMA DE CONTROL DE GESTION PUBLICA 0 0 4.145.029 0 0 0 0 0 0 4.145.029
      0 459.639.448 262.138.006 546.495.585 108.404.728 21.223.596 59.319.990 274.351.092 56.460.333 1.788.032.778
2 PROGRAMA DE OBRAS Y DESARROLLO URBANO                    
2 1 SUBPROGRAMA DE OBRAS PÚBLICAS 0 0 0 5.081.073 0 0 155.333.043 115.750.449 0 276.164.565
2 2 SUBPROGRAMA DE DESARROLLO URBANO 0 0 0 0 0 0 28.962.131 0 0 28.962.131
2 3 SUBPROGRAMA DE CONTROL DE OBRAS PARTICUL 0 0 0 0 0 0 20.064.693 0 0 20.064.693
      0 0 0 5.081.073 0 0 204.359.867 115.750.449 0 325.191.389
3 PROGRAMA DE CULTURA, TURISMO Y EDUCACION                    
3 1 SUBPROGRAMA DE CULTURA Y TURISMO 0 0 0 0 0 0 0 0 66.431.551 66.431.551
3 2 SUBPROGRAMA DE EDUCACIÓN 0 0 0 0 136.632.517 0 0 0 0 136.632.517
      0 0 0 0 136.632.517 0 0 0 66.431.551 203.064.068
4 PROGRAMA DE ACCION SOCIAL Y DEPORTE                    
4 1 SUBPROGRAMA DE ASISTENCIA MEDICA Y SOCIA 0 0 0 19.386.318 222.061.429 0 0 0 0 241.447.747
4 2 SUBPROGRAMA DE DEPORTE Y RECREACIÓN 0 0 0 0 88.686.464 0 0 0 0 88.686.464
4 3 SUBPROGRAMA DE PARTICIPACIÓN VECINAL 0 0 0 0 0 16.576.101 0 0 0 16.576.101
      0 0 0 19.386.318 310.747.893 16.576.101 0 0 0 346.710.312
5 PROGRAMA DE POLICIA Y CONTROL                    
5 1 SUBPROGRAMA DE POLICIA MUNICIPAL 0 0 0 0 0 0 0 131.112.354 0 131.112.354
5 2 SUBPROGRAMA DE CONTROL COMERCIAL Y ESPACIOS PUBLICOS 0 0 0 78.146.644 0 0 0 0 0 78.146.644
5 3 SUBPROGRAMA DE ADMINISTRACIÓN DE MERCADO 0 0 0 46.093.849 0 0 0 0 0 46.093.849
5 4 SUBPROGRAMA DE CONTROL DE MEDIO AMB. Y ESPACIOS VERDES 0 0 0 0 0 18.605.525 0 64.554.469 0 83.159.994
5 5 SUBPROGRAMA DE CONTROL BROMATOLOGICO 0 0 0 44.732.033 0 0 0 0 0 44.732.033
5 6 SUBPROGRAMA DE CONTROL SIN DSICRIMINAR 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0
      0 0 0 168.972.526 0 18.605.525 0 195.666.823 0 383.244.874
6 PROGRAMA DE SERVICIOS GENERALES                    
6 1 SUBPROGRAMA DE LIMPIEZA Y MANTENIMIENTO 0 0 0 0 0 0 0 246.037.548 0 246.037.548
6 2 SUBPROGRAMA DE SERVICIOS DE CEMENTERIOS 0 0 0 0 0 0 0 23.096.949 0 23.096.949
6 4 SUBPROGRAMA DE SERVICIOS SIN DISCRIMINAR 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0
      0 0 0 0 0 0 0 292.795.271 0 292.795.271
7 PROGRAMA DE DESARROLLO LOCAL                    
7 1 SUBPROGRAMA DE PROMOCIÓN ECONÓMICA 0 0 0 0 0 33.214.715 0 0 0 33.214.715
7 2 SUBPROGRAMA DE PLANIFICACIÓN 0 0 0 0 0 4.204.801 0 0 0 4.204.801
      0 0 0 0 0 37.419.516 0 0 0 37.419.516
8 PROGRAMA DE LEGISLACION COMUNAL                    
8 1 SUBPROGRAMA DE LEGISLACIÓN COMUNAL 375.230.745 0 0 0 0 0 0 0 0 375.230.745
      375.230.745 0 0 0 0 0 0 0 0 375.230.745
9 A CLASIFICAR                    
9 1 INTERESES DE LA DEUDA 0 0 2.096.892 0 0 0 0 0 0 2.096.892
9 2 CREDITO ADICIONAL 0 0 25.000.000 0 0 0 0 0 0 25.000.000
      0 0 27.096.892 0 0 0 0 0 0 27.096.892
11 PROGRAMAS DE OBRAS CIVILES                    
11 301 CONSTRUCCION Y MANT. DE EDIFICIOS MUNICIPALES 0 0 0 0 0 0 3.300.000 0 0 3.300.000
11 801 OBRAS VARIAS 0 0 0 5.500.000 0 0 16.500.000 9.000.000 0 31.000.000
      0 0 0 5.500.000 0 0 19.800.000 9.000.000 0 34.300.000
13 PROGRAMAS DE OBRAS DE PARQUIZACION                    
13 201 COSNT. Y MANT. DE PLAZAS, PARQUES Y PASEOS PÚBLICOS 0 0 0 0 0 0 0 3.000.000 0 3.000.000
      0 0 0 0 0 0 0 3.000.000 0 3.000.000
14 PROGRAMA DE ILUMINACION Y SEMAFORIZACION                    
14 201 MANT. DE ALUMBRADO PUBLICO EN DISTINTOS SECTORES 0 0 0 0 0 0 0 4.000.000 0 4.000.000
14 501 ILUMINACION DE EDIFICIOS MUNICIPALES 0 0 0 0 0 0 0 1.500.000 0 1.500.000
      0 0 0 0 0 0 0 5.500.000 0 5.500.000
21 PROGRAMA DE OBRAS E  INFRAESTRUCTURA COMUNITARIA                  
21 204 CONSTRUCCION DE COMPLEJOS DEPORTIVOS EN DIFERENTES BARRIOS 0 0 0 0 0 0 102.000.000 0 0 102.000.000
21 502 PUNTOS DE INFORMACION TURISTICA 0 0 0 0 0 0 1.300.000 0 0 1.300.000
0 0 0 0 0 0 103.300.000 0 0 103.300.000
26 PROG. DE POLITICAS SANIT.,EDUCAT., CULT ,DEPOR. Y AMBIENT.                  
26 401 BOLETO ESTUD. GRATUITO Y UNIVERSAL(BEGU) 0 0 70.000.000 0 0 0 0 0 0 70.000.000
      0 0 70.000.000 0 0 0 0 0 0 70.000.000
27 PRESUPUESTO PARTICIPATIVO                    
27 704 CONSEJOS CIUDADANOS. CREDITO A DISTRIBUIR 0 0 5.000.000 0 0 0 0 0 0 5.000.000
0 0 5.000.000 0 0 0 0 0 0 5.000.000
28 FINANCIAMIENTO DE OBRAS VIALES Y DE SEGURIDAD VIAL                  
28 110 PAVIM. URBANA 16 CUADRAS  BARRIO ALTO COMEDERO 0 0 0 0 0 0 24.236.922 0 0 24.236.922
28 111 OBRAS PROVINCIALES DE PAVIM. URBANA 0 0 0 0 0 0 93.354.314 0 0 93.354.314
28 112 OBRAS PAV.EN DISTINTOS PUNTOS DE LA CIUDAD 0 0 0 0 0 0 90.000.000 0 0 90.000.000
      0 0 0 0 0 0 207.591.236 0 0 207.591.236
31 PROGRAMA OBRAS CON FONDOS DEL MINISTERIO DEL INTERIOR                  
31 104 PARQUE FLUVIAL LINEAL PASEO XIBI XIBI 0 0 0 0 0 0 4.878.806 0 0 4.878.806
31 105 PARQUE BELGRANO 0 0 0 0 0 0 7.617.229 0 0 7.617.229
31 106 INFRAEST. PUNTA DIAMANTE Y EL CHINGO 0 0 0 0 0 0 3.860.206 0 0 3.860.206
      0 0 0 0 0 0 16.356.241 0 0 16.356.241
    TOTAL GENERAL 375.230.745 459.639.448 364.234.898 745.435.502 555.785.138 93.824.738 610.727.334 896.063.635 122.891.884 4.223.833.322

 

 

 

CON RENTAS GENERALES
Descripciòn Parcial Total
1 SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS    
 
  DIRECCION DE OBRAS VIALES    
  Obras varias 6.000.000 6.000.000
 
  DIRECCION DE ESTUDIOS Y PROYECTOS
  Obras varias 5.000.000 5.000.000
DIRECCION DE OBRAS CIVILES
Obras varias 3.000.000
Construcciçon y Mantenimiento de Edificios Municipales 3.300.000 6.300.000
DIRECCION DE MANTENIMIENTO URBANO
  Obras varias 2.500.000 2.500.000
TOTAL PLAN DE OBRAS SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS 19.800.000
 
2 SECRETARIA DE SERVICIOS PUBLICOS
  OBRAS VARIAS 9.000.000 9.000.000
DIRECCION DE ESPACIOS VERDES
Construccion, Mantenimiento de plazas, parques y paseos públicos 3.000.000 3.000.000
 
DIRECCION DE SERVICIOS ELECTRICOS  
Mantenimiento de Alumbrado Público en distintos sectores 4.000.000
Mantenimiento iluminacion de edificios municipales 1.500.000 5.500.000
   
  TOTAL PLAN DE OBRAS SECRETARIA DE SERVICIOS PUBLICOS   17.500.000
       
3 SECRETARIA GENERAL DE GOBIERNO:    
  DIRECCION GENERAL DELEGACION DE ALTO COMEDERO    
  Obras varias 4.000.000 4.000.000
 
  DIRECCION DELEGACION DE REYES
  Obras Varias 1.500.000 1.500.000
       
  TOTAL PLAN DE OBRAS SECRETARIA GENERAL DE GOBIERNO 5.500.000
     
TOTAL OBRAS  CON RENTAS GENERALES 42.800.000

 

 

 

 

CON RECURSOS AFECTADOS
Descripciòn PARCIAL TOTAL
     
1 SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS    
  DIRECCION DE OBRAS VIALES    
1- Obras de Pavimentación-Convenio Ministerio del Interior 114.236.922 114.236.922
a- Obras de Pavimentacion distintos puntos de la Ciudad $ 90.000.000  
b- Pavimentación Barrio Alto Comedero-16 cuadras $24.236.922.-  
 
2-Programa Provincial-Convenio Ministerio de Infraestructura 93.354.314 93.354.314
   
DIRECCION DE ESTUDIOS Y PROYECTOS    
     
1-Secretaria de Infraestructura Urbana-Ministerio del Interior 118.356.241 118.356.241
a- Playones Polideportivos $102.000.000.-
b- Punta Diamante y el Chingo $ 3.860.206.-
c- Parque Belgrano $7.617.229.-.
d.Parque Fluvial Lineal Xibi-Xibi $4.878.806
2-Ministerio de Turismo de la Nación 1.300.000 1.300.000
a-Puntos de Información Turistica
   
   
   
TOTAL  PROGRAMAS   327.247.477

 

DEPARTAMENTO EJECUTIVO

Escala de Remuneracion Vigente Periodo 2019

 

Personal Superior

 

Articulo Cargo  Remuneración Básica
9 Intendente  $              79.930
10 Secretario  $              66.308
10 Subsecretario  $              50.163
Personal Jerarquico
 
Articulo Cargo  Remuneración Básica
11 Procurador Municipal  $              64.915
11 Procurador Municipal Adjunto  $              50.163
12 Juez de Faltas  $              52.531
13 Contador General  $              32.317
13 Tesorero General  $              32.317
13 Director Gral de Rentas  $              32.317
13 Director Gral Auditoria Interna  $              32.317
13 Director General de Recursos Humanos  $              32.317
13 Director General de Informática  $              32.317
14 Sub-Contador Gral  $              31.195
14 Sub- Tesorero Gral  $              31.195
14 Sub-Director Gral de Rentas  $              31.195
14 Sub-Director Gral de Recursos Humanos  $              31.195
15 Coordinador Gral.  $              46.479
16 Administrador  $              24.471
16 Coordinador  $              20.607
19 Secretario Juzgado Adm. Faltas  $              43.046
20 Asesor Legal de Intendencia  $              30.979
20 Asesor Tecnico de Intendencia  $              27.443
21 Director Gral.  $              28.352
22 Sub- Director Gral.  $              27.478
23 Director  $              27.466
24 Subdirector  $              25.759

 

ESCALA DE REMUNERACIONES PARA ELPERSONAL

DE LA ESCUELA MUNICIPAL Nº 1 MARINA VILTE

 

EJERCICIO 2019

 

PERSONAL JERARQUICO 2019
DIRECTOR DE 1º NIVEL MEDIO 15.820,10
DIRECTOR DE 1º NIVEL PRIMARIO 15.025,21
VICE DIRECTOR DE 1º NIVEL MEDIO 13.407,88
VICE DIRECTOR DE 1º NIVEL PRIMARIO 13.849,95
DIRECTOR NIVEL INICIAL 13.850,05
DIRECTOR DE 3ºCAT.CENTRO DE FORM.PROFES. 8.405,92
SUPERVISOR/INSPECTOR 18.689,00
ASESOR TECNICO 13.387,88
PRESIDENTE DE LA JUNTA CLASIFICADORA 15.063,99
SECRETARIA DE LA JUNTA CLASIFICADORA 15.053,99
MIEMBRO DE LA JUNTA CLASIFICADORA 15.053,99
PERSONAL DOCENTE NIVEL MEDIO  
SECRETARIA DOCENTE 8.924,17
SECRETARIA DOCENTE 3º CAT.ITL/2020 C.F.P. 5.980,05
PROSECRETARIO ITL/2020 7.707,23
JEFE DE PRECEPTORES 7.301,63
PRECEPTOR TITULAR 6.084,63
PRECEPTOR ITL/2020 6.084,63
PRECEPTOR ITL/2020 (CENTRO FORMACION PROF.) 5.980,05
PRECEPTOR SUPLENTE 6.094,63
BIBLIOTECARIO 4.861,71
AUXILIAR DOCENTE 5.017,38
HORAS CATEDRAS (TITULARES, SUPLENTES, ITL) 405,62
HORAS CATEDRA ITL/2020-(C.F.P.) 405,62
PERSONAL DOCENTE NIVEL INICIAL BASICO
ASESOR PEDAGOGICO (PROVISIONAL) 9421,41
MAESTRAS DE NIVEL INICIAL 9.421,41
MAESTRAS REEMPLAZANTES NIVEL INICIAL 9,421,41
MAESTRAS DE NIVEL INICIAL PROVISIONAL 9.421,41
SECRETARIA DOCENTE NIVEL INICIAL-TITULAR 9,421,41
MAESTRO DE EDUC.FISICA -TITULAR 9.421,41
MAESTRO ESPECIAL (MUSICA) 6.987,50
MAESTRO ESPECIAL DE TECNICAS AGROPECUARIAS (PROV.) 6.987,50
MAESTRO ESPECIAL ESTIMULACION TEMPRANA (PROVISIONAL) 6.987,50
PERSONAL DOCENTE NIVEL PRIMARIO BASICO
MAESTRA GABINETISTA – PSICOPEDAGOGA 9.421,41
MAESTRA GABINETISTA – PSICOLOGA 9.421,41
MAESTRA GABINETISTA – ASISTENTE SOCIAL 9.421,41
MAESTRA GABINETISTA – FONOAUDIOLOGA 9.421,41
MAESTRA GABINETISTA – NUTRICIONISTA 9.421,41
MAESTRA GABINETISTA – REEMPLAZANTES 9.421,41
ASESOR PEDAGOGICO 9.421,41
SECRETARIA DOCENTE NIVEL PRIMARIO 9.421,41
AUXILIAR DOCENTE 9.421,41
MAESTRA DE GRADO TITULAR 9.421,41
MAESTRO DE GRADO PROVISIONAL 9.421,41
MAESTRO ESPECIAL DE PLASTICA TITULAR 6.987,50
MAESTRO ESPECIAL  DE MUSICA TITULAR 6.987,50
MAESTRO ESPECIAL  DE TEATRO O EXP CORP PROV 6.987,50
MAESTRO ESPECIAL  DE TECNICA AGROPEC. TITULAR 6.987,50
MAESTRO ESPECIAL LENGUAS EXTRANJERAS TITULAR 6.987,50
MAESTRO ESPECIAL  DE INFORMATICA TITULAR 6.987,50
MAESTRO ESPECIAL RECUPERADORA TITULAR 6.987,50
MAESTRO ESPECIAL REEMPLAZANTE 6.987,50
BIBLIOTECARIO PROVISIONAL 4.861,71

 

CONCEJO DELIBERANTE

 

Escala de Remuneracion Vigente Periodo 2019

 

Personal Superior

 

Articulo Cargo  Remuneración Básica  Remuneración Básica
8 Presidente  $                      68.443  $                  71.865
9 Concejales  $                      66.398  $                  69.718

 

Personal Jerarquico

 

Articulo Cargo  Remuneración Básica  Remuneración Básica
10 Secretario Parlamentario  $                      48.612  $                  51.043
10 Secretario Administrativo  $                      48.612  $                  51.043
10 Prosecretario Parlamentario  $                      32.664  $                  34.298
10 Prosecretario Administrativo  $                      32.664  $                  34.298
10 Director de Digesto Juridico  $                      32.664  $                  34.298
10 Director de Despacho  $                      32.664  $                  34.298
10 Sub Director de Digesto Jurídico  $                      31.715  $                  33.301
11 Asesor de Presidencia  $                      40.558  $                  42.586
12 Asesor General  $                      32.664  $                  34.298
12 Asesor Legal  $                      32.664  $                  34.298
12 Asesor Legal Adjunto  $                      32.664  $                  34.298
12 Asesor Contable  $                      31.528  $                  33.105
13 Asesor de Vicepresidencia  $                      36.486  $                  38.311
13 Coordinador General  $                      36.486  $                  38.311
14 Secretario de Bloque  $                      29.482  $                  30.956
14 Prosecretario de Bloque  $                      29.482  $                  30.956
14 Asesor de Bloque  $                      29.482  $                  30.956
15 Asesor de Comision  $                      29.482  $                  30.956
15 Coordinador y Supervisor de Tareas  $                      29.482  $                  30.956
16 Sub Coordinador y Supervisor de Tareas  $                      23.151  $                  24.309

 

RESUMEN GENERAL 2019

 

Categoria Departamento Ejecutivo Concejo Deliberante Total
Superior y Jerarquico 147 74 221
Planta Permanente 4.736 558 5.294
Esc.Munipal M. Vilte Cargos 144 0 144
SUBTOTAL 5.027 632 5.659
Administradores 56 0 56
SUBTOTAL 56 0 56
TOTAL 5.083 632 5.715
Esc.Munipal M. Vilte hs. Departamento Ejecutivo Concejo Deliberante Total
Carga horaria 1.506 0 1506

 

Personal Superior y Jerarquico Departamento Ejecutivo

 

Cargos Intend. Secr. de Hacienda Secr. Gral. de Gobierno Secr. de Desarrollo Humano Secr. de Planif. Secr. de Obras Públicas Secr. de Serv. Públicos Secr. de Cultura Total
Personal Superior 1 2 3 2 1 2 2 1 14
Intendente 1 0 0 0 0 0 0 0 1
Secretario 0 1 1 1 1 1 1 1 7
Subsecretario 0 1 2 1 0 1 1 0 6
Personal Jerarquico 14 13 36 13 12 11 16 4 119
Juz. Adm. Faltas 0 0 4 0 0 0 0 0 4
Secr. Juz. Adm. Faltas 0 0 8 0 0 0 0 0 8
Procurador General Munic. 1 0 0 0 0 0 0 0 1
Procurador Legal Adjunt. 1 0 0 0 0 0 0 0 1
Contador General 0 1 0 0 0 0 0 0 1
Sub Contador General 0 1 0 0 0 0 0 0 1
Tesorero General 0 1 0 0 0 0 0 0 1
Sub Tesorero General 0 1 0 0 0 0 0 0 1
Asesor Legal Intendencia 1 0 0 0 0 0 0 0 1
Asesor Técnico Intendencia 0 0 1 0 0 0 0 0 1
Dir. Gral de Rentas 0 1 0 0 0 0 0 0 1
Sub-director de Rentas 0 2 0 0 0 0 0 0 2
Director Gral Rec. Humanos 1 0 0 0 0 0 0 0 1
Sub Director Gral. Rec. Humanos 1 0 0 0 0 0 0 0 1
Director Gral de Informatica 0 1 0 0 0 0 0 0 1
Director General 2 3 6 2 3 2 2 1 21
Sub Director General 3 2 5 0 0 0 1 0 11
Director 4 0 10 8 6 8 7 3 46
Sub Director 0 0 2 3 3 1 6 0 15
Personal Coordinador Gral 8 0 1 1 2 0 2 0 14
Coordinador Gral. 8 0 1 1 2 0 2 0 14
Totales 23 15 40 16 15 13 20 5 147

 

Coordinadores Administradores

 

Cargos Intendencia Secretaria de Hacienda Secretaria de Gobierno Secretaria de Desarrollo Humano Sec. de Planif. Sec. de Obras Púb. Secret. Serv. Publicas Sec. de Cultura Totales
Coordinador 8 1 8 2 2 1 1 10 33
Administrador 4 0 10 8 0 0 0 1 23
Totales 12 1 18 10 2 1 1 11 56

 

Personal Planta Permanente

 

Categorías Intend. Secr. de Hacienda Secr. Gral. de Gobierno Secr. de Desarrollo Humano Secr. de Planif. Secr. de Obras Públicas Secr. de Serv. Públicos Secr. de Cultura Total Dpto. Ejecutivo Conc. Delib. TOTAL
Ag. Profesional 37 25 132 81 14 33 8 4 334 60 394
A5 6 7 35 13 2 14 3 2 82 14 96
A4 2 1 15 9 1 4 1 0 33 5 38
A3 3 0 8 6 2 1 0 0 20 5 25
A2 7 4 17 8 1 3 0 0 40 3 43
A1 19 12 52 40 6 10 2 1 142 26 168
B5 0 0 1 0 0 0 0 0 1 1 2
B4 0 0 1 3 0 0 1 0 5 0 5
B3 0 0 0 0 0 0 0 0 0 1 1
B2 0 0 0 1 1 0 0 0 2 1 3
B1 0 0 1 0 1 0 0 0 2 1 3
C5 0 0 0 0 0 0 1 0 1 2 3
C4 0 0 0 1 0 1 0 0 2 1 3
C3 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0
C2 0 0 1 0 0 0 0 1 2 0 2
C1 0 1 1 0 0 0 0 0 2 0 2
Escalafón General 409 214 1.744 593 94 291 879 178 4.402 498 4.900
24 91 66 784 190 19 99 186 49 1.484 115 1.599
23 21 13 105 44 5 25 67 11 291 39 330
22 50 21 137 46 11 46 67 23 401 77 478
21 31 9 96 33 15 23 54 14 275 26 301
20 14 2 60 7 2 1 9 6 101 26 127
19 7 3 18 1 2 0 3 2 36 9 45
18 2 0 7 1 0 0 0 1 11 8 19
17 1 0 4 0 0 0 0 0 5 2 7
16 0 0 1 1 0 0 0 0 2 3 5
15 2 0 2 1 0 1 0 0 6 5 11
14 2 2 3 1 0 0 0 0 8 27 35
13 55 27 222 121 14 35 168 21 663 60 723
12 3 1 12 3 1 1 8 1 30 10 40
11 0 0 2 0 0 0 0 0 2 16 18
10 50 18 124 36 8 7 97 17 357 47 404
9 0 0 1 1 0 0 2 0 4 1 5
8 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0
7 2 0 1 0 0 0 0 0 3 7 10
6 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0
5 0 0 0 0 0 0 0 0 0 4 4
4 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0
3 0 0 0 0 0 0 0 0 0 1 1
2 0 0 1 1 0 0 2 0 4 0 4
1 78 52 164 106 17 53 216 33 719 15 734
Totales 446 239 1.876 674 108 324 887 182 4.736 558 5.294

 

Consolidado Intendencia

 

8.00 08.20 8.30 08.50 8.70 08.90 8.140 8.141 8.142 8.143
Cargos  Intendencia Dir. Gral. de Rel. Publicas. y  Cerem. Procuración  Municipal Dir. Gral. de Despacho Dir. Gral de Rec Humanos Dir. Notarial Coord. Gral. de Comun. Dir. de Prensa Dir. de Comun. Digital Dir. Radio Munic. Totales
Personal Superior 1 0 0 0 0 0 0 0 0 0 1
Intendente 1 0 0 0 0 0 0 0 0 0 1
Personal Jerarquico 1 2 2 3 2 1 0 1 1 1 14
Director General 0 1 0 1 0 0 0 0 0 0 2
Sub Director General 0 1 0 2 0 0 0 0 0 0 3
Director Gral de Rec Humanos 0 0 0 0 1 0 0 0 0 0 1
Sub Director Gral Rec Human 0 0 0 0 1 0 0 0 0 0 1
Director Gral de Auditoria 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0
Director 0 0 0 0 0 1 0 1 1 1 4
Sub Director 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0
Procurador Municip. 0 0 1 0 0 0 0 0 0 0 1
Procurador Municip. Adjunt. 0 0 1 0 0 0 0 0 0 0 1
Asesor Legal 1 0 0 0 0 0 0 0 0 0 1
Asesor Técnico p/gob 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0
Personal Coord. Gral 8 0 0 0 0 0 1 0 0 0 9
Coordinador Gral. 8 0 0 0 0 0 1 0 0 0 9
Personal Coord./Adm. 8 0 0 0 0 0 0 0 0 0 8
Coordinador 8 0 0 0 0 0 0 0 0 0 8
Administrador 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0
Personal Planta Pte. 156 42 53 75 88 3 7 13 1 8 446
Ag. Profesional 9 0 24 0 2 1 1 0 0 0 37
A5 2 0 3 0 1 0 0 0 0 0 6
A4 2 0 0 0 0 0 0 0 0 0 2
A3 0 0 3 0 0 0 0 0 0 0 3
A2 2 0 3 0 1 0 1 0 0 0 7
A1 3 0 15 0 0 1 0 0 0 0 19
B5 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0
B4 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0
B3 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0
B2 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0
B1 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0
C5 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0
C4 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0
C3 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0
C2 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0
C1 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0
Escalafón General 147 42 29 75 86 2 6 13 1 8 409
24 31 1 6 23 25 0 1 3 0 1 91
23 10 2 1 3 4 0 1 0 0 0 21
22 11 12 3 8 14 1 1 0 0 0 50
21 11 5 3 2 8 0 0 2 0 0 31
20 7 2 2 1 0 0 0 2 0 0 14
19 6 0 0 0 0 0 0 0 0 1 7
18 2 0 0 0 0 0 0 0 0 0 2
17 1 0 0 0 0 0 0 0 0 0 1
16 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0
15 1 0 0 0 1 0 0 0 0 0 2
14 0 0 0 0 2 0 0 0 0 0 2
13 14 1 7 19 9 0 2 2 0 1 55
12 1 0 1 1 0 0 0 0 0 0 3
11 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0
10 16 13 5 5 6 1 0 1 0 3 50
9 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0
8 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0
7 0 0 0 1 1 0 0 0 0 0 2
6 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0
5 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0
4 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0
3 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0
2 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0
1 36 6 1 12 16 0 1 3 1 2 78
Totales 174 44 55 78 90 4 8 14 2 9 478

 

Consolidado Secretaria de Hacienda

 

  9.00 9.10 9.20 9.30 9.40 9.50 9.60 9.80  
Cargos Secretaria Hacienda Contaduría Gral. Tesoreria Gral. Dir. Gral. Rentas Dir. Gral. Compras y Sum. Dir. Gral. Presupuesto Dir. Gral. Informática Dir. Gral. de Audit. Interna Total
Personal Superior 2 0 0 0 0 0 0 0 2
Secretario 1 0 0 0 0 0 0 0 1
Subsecretario 1 0 0 0 0 0 0 0 1
Personal Jerarquico 0 2 2 3 2 1 2 1 13
Director Gral de Rentas 0 0 0 1 0 0 0 0 1
Sub Director Gral. de Rentas 0 0 0 2 0 0 0 0 2
Director Gral de Informatica 0 0 0 0 0 0 1 0 1
Director General 0 0 0 0 1 1 0 1 3
Sub Director General 0 0 0 0 1 0 1 0 2
Contador General 0 1 0 0 0 0 0 0 1
Sub Contador General 0 1 0 0 0 0 0 0 1
Tesorero General 0 0 1 0 0 0 0 0 1
Sub Tesorero General 0 0 1 0 0 0 0 0 1
Director 0 0 0 0 0 0 0 0 0
Personal Coord. Gral 0 0 0 0 0 0 0 0 0
Coodinador General 0 0 0 0 0 0 0 0 0
Personal Coord./Adm. 1 0 0 0 0 0 0 0 1
Coordinador 1 0 0 0 0 0 0 0 1
Administrador 0 0 0 0 0 0 0 0 0
Personal Planta Pte. 57 18 30 81 19 2 26 6 239
Ag. Profesional 2 3 3 8 1 1 5 2 25
A5 2 0 2 2 0 0 0 1 7
A4 0 1 0 0 0 0 0 0 1
A3 0 0 0 0 0 0 0 0 0
A2 0 2 0 1 0 0 1 0 4
A1 0 0 1 5 1 1 3 1 12
B5 0 0 0 0 0 0 0 0 0
B4 0 0 0 0 0 0 0 0 0
B3 0 0 0 0 0 0 0 0 0
B2 0 0 0 0 0 0 0 0 0
B1 0 0 0 0 0 0 0 0 0
C5 0 0 0 0 0 0 0 0 0
C4 0 0 0 0 0 0 0 0 0
C3 0 0 0 0 0 0 0 0 0
C2 0 0 0 0 0 0 0 0 0
C1 0 0 0 0 0 0 1 0 1
Escalafón General 55 15 27 73 18 1 21 4 214
24 9 7 14 20 10 0 3 3 66
23 7 2 0 3 1 0 0 0 13
22 2 0 3 10 0 0 6 0 21
21 3 1 0 3 1 0 1 0 9
20 2 0 0 0 0 0 0 0 2
19 1 0 0 1 0 0 1 0 3
18 0 0 0 0 0 0 0 0 0
17 0 0 0 0 0 0 0 0 0
16 0 0 0 0 0 0 0 0 0
15 0 0 0 0 0 0 0 0 0
14 2 0 0 0 0 0 0 0 2
13 4 2 2 15 2 0 2 0 27
12 0 0 0 0 0 0 1 0 1
11 0 0 0 0 0 0 0 0 0
10 7 1 3 3 2 0 2 0 18
9 0 0 0 0 0 0 0 0 0
8 0 0 0 0 0 0 0 0 0
7 0 0 0 0 0 0 0 0 0
6 0 0 0 0 0 0 0 0 0
5 0 0 0 0 0 0 0 0 0
4 0 0 0 0 0 0 0 0 0
3 0 0 0 0 0 0 0 0 0
2 0 0 0 0 0 0 0 0 0
1 18 2 5 18 2 1 5 1 52
Totales 60 20 32 84 21 3 28 7 255

 

Consolidado Secretaria Gral. de Gobierno

 

  10.00 10.10 10.50 10.60 10.62 10.63 10.64 10.80 10.91 10.92 10.110 10.130 10.140 10.150 10.160 10.170 10-180 10-190  
Cargos Secret. de Gob. Juzgado de Faltas Dir.Gral.de Desc. y Calidad de Gest. Dir. Gral. Delegacion Alto Comed. Dir. de Obras y Ss. Publicos de A. C. Dir. de Fiscalizac y Control Dir. de Politicas Social Dir. Gral. Polit. Publ. Dir. de Segur. Aliment Dir. Merc. y Ferias Dir. Gral. de Habitat y Viv. Social Dir. Gral. Deleg. Villa Jardín de Reyes Dir. de Emerg. de Asuntos Vecin. Dir. Gral. de Control Comerc. Dir. de Control de Esp. Pub. y Noct. Dir. de Habilitaciones Cial. y Permisos Dir. Zoonosis Dir.Políticas Púb.Adol.yJuventud Total
Personal Superior 3 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 3
Secretario 1 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 1
Subsecretario 2 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 2
Personal Jerarquico 1 12 2 2 1 1 1 2 2 2 1 2 1 2 1 1 1 1 36
Director General 0 0 1 1 0 0 0 1 0 0 1 1 0 1 0 0 0 0 6
Sub Director General 0 0 1 1 0 0 0 1 0 0 0 1 0 1 0 0 0 0 5
Director 0 0 0 0 1 1 1 0 1 1 0 0 1 0 1 1 1 1 10
Sub Director 0 0 0 0 0 0 0 0 1 1 0 0 0 0 0 0 0 0 2
Juz. Adm. Faltas 0 4 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 4
Secr. Juz. Adm. Faltas 0 8 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 8
Asesor Técnico 1 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 1
Personal Coord. Gral 1 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 1
Coordinador General 1 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 1
Personal Coord./Adm. 0 0 18 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 18
Coordinador 0 0 8 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 8
Administrador 0 0 10 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 10
Personal Planta Pte. 1174 63 161 138 0 0 0 0 65 85 6 29 2 73 45 4 27 4 1876
Ag. Profesional 100 0 2 5 0 0 0 0 5 2 2 3 0 2 1 0 10 0 132
A5 25 0 2 4 0 0 0 0 2 0 1 0 0 0 0 0 1 0 35
A4 14 0 0 0 0 0 0 0 0 1 0 0 0 0 0 0 0 0 15
A3 7 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 1 0 0 0 0 0 0 8
A2 11 0 0 0 0 0 0 0 0 1 0 1 0 0 0 0 4 0 17
A1 41 0 0 0 0 0 0 0 1 0 1 1 0 2 1 0 5 0 52
B5 1 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 1
B4 0 0 0 1 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 1
B3 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0
B2 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0
B1 1 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 1
C5 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0
C4 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0
C3 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0
C2 0 0 0 0 0 0 0 0 1 0 0 0 0 0 0 0 0 0 1
C1 0 0 0 0 0 0 0 0 1 0 0 0 0 0 0 0 0 0 1
Escalafón General 1074 63 159 133 0 0 0 0 60 83 4 26 2 71 44 4 17 4 1744
24 593 14 38 41 0 0 0 0 25 28 1 3 1 33 6 0 1 0 784
23 60 4 9 3 0 0 0 0 2 7 0 4 0 7 8 0 1 0 105
22 67 6 8 15 0 0 0 0 8 15 0 1 0 8 8 0 1 0 137
21 34 6 12 24 0 0 0 0 1 7 0 2 0 7 3 0 0 0 96
20 51 0 4 0 0 0 0 0 3 0 0 1 0 0 0 1 0 0 60
19 18 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 18
18 7 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 7
17 4 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 4
16 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 1 0 0 0 0 1
15 0 0 1 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 1 0 0 0 2
14 2 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 1 0 0 0 0 3
13 69 22 45 37 0 0 0 0 8 15 1 7 0 4 6 0 7 1 222
12 5 0 1 1 0 0 0 0 0 2 0 1 0 1 0 0 1 0 12
11 2 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 2
10 95 1 7 2 0 0 0 0 4 2 0 3 0 1 4 1 3 1 124
9 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 1 0 0 0 1
8 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0
7 1 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 1
6 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0
5 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0
4 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0
3 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0
2 1 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 1
1 65 10 34 10 0 0 0 0 9 7 2 4 1 8 7 2 3 2 164
Totales 1179 75 181 140 1 1 1 2 67 87 7 31 3 75 46 5 28 5 1.934

 

Consolidado Secretaria de Desarrollo Humano

 

  11.00 11.10 11.11 11.12 11.15 11.16 11.18 11.20 11.30 11.31 11.32  
Cargos Sec. de Des Hum. Dir. Gral. de Desarrollo Familiar Dir. de Niñez y Adolescencia Dir.de Adultos Mayores Dir. de Educ. Dir.de Deportes y Recr. Dir de Paridad de Genero Dir. De Asist. Directa Dir. Gral de Desarrollo  Comunitario Dir. Salud Mental Dir. Salud Total
Personal Superior 2 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 2
Secretario 1 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 1
Subsecretario 1 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 1
Personal Jerarquico 0 1 1 1 2 3 1 1 1 1 1 13
Director General 0 1 0 0 0 0 0 0 1 0 0 2
Sub Director General 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0
Director 0 0 1 1 1 1 1 1 0 1 1 8
Sub Director 0 0 0 0 1 2 0 0 0 0 0 3
Personal Coord. Gral 1 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 1
Coordinador General 1 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 1
Personal Coord./Adm. 5 5 0 0 0 0 0 0 0 0 0 10
Coordinador 2 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 2
Administrador 3 5 0 0 0 0 0 0 0 0 0 8
Personal Planta Pte. 89 33 169 18 62 153 17 25 5 15 88 674
Ag. Profesional 4 5 6 1 0 6 6 1 2 6 44 81
A5 0 1 3 0 0 0 0 0 0 0 9 13
A4 0 0 0 1 0 2 0 0 0 0 6 9
A3 1 0 1 0 0 1 0 0 0 0 3 6
A2 0 0 0 0 0 0 1 1 0 0 6 8
A1 2 4 2 0 0 1 5 0 2 6 18 40
B5 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0
B4 0 0 0 0 0 2 0 0 0 0 1 3
B3 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0
B2 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 1 1
B1 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0
C5 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0
C4 1 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 1
C3 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0
C2 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0
C1 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0
Escalafón General 85 28 163 17 62 147 11 24 3 9 44 593
24 15 15 43 5 17 56 6 7 1 3 22 190
23 8 0 7 1 2 21 1 2 0 0 2 44
22 8 3 13 0 3 17 0 2 0 0 0 46
21 7 1 10 1 2 8 0 3 0 0 1 33
20 0 1 1 0 1 3 0 0 0 1 0 7
19 0 0 1 0 0 0 0 0 0 0 0 1
18 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 1 1
17 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0
16 1 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 1
15 0 0 0 0 0 0 0 0 0 1 0 1
14 0 0 1 0 0 0 0 0 0 0 0 1
13 20 1 41 4 28 12 0 6 1 1 7 121
12 0 0 1 0 0 1 0 1 0 0 0 3
11 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0
10 7 3 10 2 1 7 3 1 0 0 2 36
9 1 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 1
8 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0
7 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0
6 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0
5 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0
4 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0
3 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0
2 0 0 0 0 1 0 0 0 0 0 0 1
1 18 4 35 4 7 22 1 2 1 3 9 106
Totales 97 39 170 19 64 156 18 26 6 16 89 700

 

ESCUELA MUNICIPAL Nº 1 MARINA VILTE

PRESUPUESTO 2019

 

DETALLE Presupuesto
2019
PERSONAL JERARQUICO 12
DIRECTOR DE 1ra NIVEL MEDIO (Titular) 1
VICE DIRECTOR DE 1º NIVEL MEDIO (ITL/2018) 1
DIRECTOR DE 1ra NIVEL PRIMARIO (Titular) 1
VICE DIRECTOR DE 1º NIVEL PRIMARIO 1
DIRECTOR DE 1ra NIVEL INICIAL (Titular) 1
DIRECTOR DE 3ra CENTRO DE FORMACION PROFESIONAL 1
SUPERVISOR / INSPECTOR 1
ASESOR TECNICO (Titulares) 2
PRESIDENTE DE LA JUNTA CLASIFICADORA (Titular) 1
SECRETARIA DE LA JUNTA CLASIFICADORA (Titular) 1
MIEMBRO DE LA JUNTA CLASIFICADORA (Titular) 1
PERSONAL DOCENTE NIVEL INICIAL 15
ASESOR PEDAGOGICO Provisional 1
MAESTRAS DE NIVEL INICIAL (Titulares) 6
MAESTRAS DE NIVEL INICIAL (Reemplazantes) 1
SECRETARIA DOCENTE NIVEL INICIAL (Titular) 2
SECRETARIA DOCENTE NIVEL INICIAL (Reemplazante) 0
MAESTRO ESPECIAL DE EDUCAC. FISICA (Titular) 1
MAESTRO ESPECIAL DE MUSICA (Titular) 1
MAESTRO ESP.DE TECNICAS AGROPECUARIAS 1
MAESTRO ESPECIAL DE ESTIMULACION TEMPRANA (Povisional) 1
PERSONAL DOCENTE NIVEL PRIMARIO 50
MAESTRA GABINETISTA – PSICOPEDAGOGA (Titular) 1
MAESTRA GABINETISTA – PSICOLOGA (Titular) 1
MAESTRA GABINETISTA – ASISTENTE SOCIAL (Titular) 1
MAESTRA GABINETISTA – FONOAUDIOLOGA (Titular) 1
MAESTRA GABINESTISTA-NUTRIC.(Titular) 1
MAESTRA GABINESTISTA (Reemplazante) 4
ASESOR PEDAGOGICO Provisional 1
SEC.DOCENTE NIVEL PRIMARIO TITULAR 3
SEC.DOCENTE NIVEL PRIMARIO REEMPLAZANTE 1
AUXILIAR DOCENTE PRIMARIA TITULAR 2
MAESTRA DE GRADO TITULAR 16
MAESTRA DE GRADO REEMPLAZANTE 5
MAESTRA DE GRADO PROVISIONAL 1
MAESTRO ESPECIAL DE PLASTICA TITULAR 1
MAESTRO ESPECIAL DE MUSICA TITULAR 1
MAESTRO ESP.DE TEATRO O EXP CORPORAL Provisional 1
MAESTRO ESP.DE TÉCNICAS AGROPEC. TITULAR 1
MAESTRO ESP.DE INGLES TITULAR 1
MAESTRO ESP.DE PORTUGUES TITULAR 1
MAESTRO ESP.DE INFORMATICA TITULAR 1
MAESTRO ESPECIAL RECUPERADORA TITULAR 1
MAESTRO ESPECIAL Reemplazante 3
BIBLIOTECARIO (Provisional) 1
PERSONAL DOCENTE NIVEL MEDIO 19
SECRETARIA DOCENTE – TITULAR 1
SECRETARIA DOCENTE 3ra CAT.ITL/2020(CENTRO DE FOR. PROF.) 1
PROSECRETARIO ITL/2020 1
JEFE DE PRECEPTORES – TITULAR 1
PRECEPTOR TITULAR 2
PRECEPTOR ITL/2020 4
PRECEPTOR (ITL/2020) CENTRO DE FORMACION PROFESIONAL 2
PRECEPTOR SUPLENTE 1
AUXILIAR DOC.N.M.c/FUNC.PRECP. Titular 2
AUXILIAR DOC.N.M.c/FUNC.PRECP. Suplente 2
BIBLIOTECARIO (ITL/2020) 2
HORAS CATEDRA (TITULAR-INTERINA-ITL-SUPLENTE) 1.362
HORAS CATEDRA ITL/2020 (CENTRO DE FOR.PROF.) 144
TOTALES GENERALES CARGOS 96
TOTAL GENERAL HORAS CATEDRAS 1.506

 

Consolidado Secretaria de Planificación, Desarrollo y Modernización

 

  12.00 12.20 12.22 12.23 12.40 12.41 12.43 12.45 12.51 12.60
Cargos Secret. Planif., Desarr. y Modernizacion Dir. Gral. de Planificación Dir.de Particip. Ciudadana Dir. de Gestion Ambiental Dir. Gral. de Desarrollo Dir. de Modernización Dir. Promocion Empresarial Dir. de Emprendedores Dir. Proy. de Autoempleo Dir. Gral. de Programa de Empleo Total
Personal Superior 1 0 0 0 0 0 0 0 0 0 1
Secretario 1 0 0 0 0 0 0 0 0 0 1
Subsecretario 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0
Personal Jerarquico 0 1 2 2 1 2 1 1 1 1 12
Director General 0 1 0 0 1 0 0 0 0 1 3
Director 0 0 1 1 0 1 1 1 1 0 6
Sub Director 0 0 1 1 0 1 0 0 0 0 3
Personal Coord. Gral 2 0 0 0 0 0 0 0 0 0 2
Coordinador Gral 2 0 0 0 0 0 0 0 0 0 2
Personal Coord./Adm. 2 0 0 0 0 0 0 0 0 0 2
Coordinador 2 0 0 0 0 0 0 0 0 0 2
Administrador 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0
Personal Planta Pte. 4 5 16 26 29 1 1 0 12 14 108
Ag. Profesional 1 1 4 5 3 0 0 0 0 0 14
A5 1 0 0 1 0 0 0 0 0 0 2
A4 0 0 0 1 0 0 0 0 0 0 1
A3 0 0 0 1 1 0 0 0 0 0 2
A2 0 0 1 0 0 0 0 0 0 0 1
A1 0 0 2 2 2 0 0 0 0 0 6
B5 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0
B4 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0
B3 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0
B2 0 0 1 0 0 0 0 0 0 0 1
B1 0 1 0 0 0 0 0 0 0 0 1
C5 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0
C4 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0
C3 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0
C2 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0
C1 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0
Escalafón General 3 4 12 21 26 1 1 0 12 14 94
24 0 1 4 7 3 0 0 0 2 2 19
23 0 0 0 2 1 0 0 0 1 1 5
22 1 0 0 4 4 0 0 0 1 1 11
21 0 0 0 3 8 0 0 0 4 0 15
20 0 1 0 0 0 0 1 0 0 0 2
19 0 0 1 0 0 0 0 0 1 0 2
18 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0
17 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0
16 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0
15 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0
14 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0
13 1 2 1 1 5 0 0 0 0 4 14
12 0 0 0 0 0 0 0 0 0 1 1
11 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0
10 0 0 2 1 3 1 0 0 1 0 8
9 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0
8 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0
7 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0
6 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0
5 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0
4 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0
3 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0
2 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0
1 1 0 4 3 2 0 0 0 2 5 17
Totales 9 6 18 28 30 3 2 1 13 15 125

 

Consolidado Secretaria de Obras

 

13.00 13.10 13.11 13.12 13.13 13.14 13.20 13.21 13.22 13.23 13.30
Cargos Secret. de Obras Publicas Dir. Gral. Obras Públicas e Infraest. Dir. Obras Viales Dir. Obras Civiles Dir. Infraest. Dir. Mant. Urbano Dir Gral de Planeam. Urb. y Orden. Territorial Dir de Planeam. Urbano Dir. Estudios y Proyectos Dir de Obras Partic. Dir. de Patrim. Arq., Hist. y Urban. Total
Personal Superior 2 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 2
Secretario 1 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 1
Subsecretario 1 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 1
Personal Jerarquico 0 1 1 1 1 1 1 1 1 2 1 11
Director General 0 1 0 0 0 0 1 0 0 0 0 2
Director 0 0 1 1 1 1 0 1 1 1 1 8
Sub Director 0 0 0 0 0 0 0 0 0 1 0 1
Personal Coord. Gral 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0
Coordinador Gral 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0
Personal Coord./Adm. 1 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 1
Coordinador 1 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 1
Administrador 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0
Personal Planta Pte. 9 5 106 87 13 28 3 7 31 32 3 324
Ag. Profesional 6 1 1 2 2 2 1 3 8 6 1 33
A5 2 0 0 2 0 1 1 1 1 5 1 14
A4 0 0 1 0 1 1 0 0 1 0 0 4
A3 0 0 0 0 1 0 0 0 0 0 0 1
A2 2 0 0 0 0 0 0 0 1 0 0 3
A1 2 1 0 0 0 0 0 1 5 1 0 10
B5 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0
B4 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0
B3 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0
B2 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0
B1 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0
C5 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0
C4 0 0 0 0 0 0 0 1 0 0 0 1
C3 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0
C2 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0
C1 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0
Escalafón General 3 4 105 85 11 26 2 4 23 26 2 291
24 1 0 34 26 2 6 0 3 14 12 1 99
23 0 0 5 14 1 2 0 0 1 2 0 25
22 0 1 28 10 1 2 0 0 2 2 0 46
21 0 0 12 6 0 1 0 0 2 2 0 23
20 0 0 0 0 0 0 0 0 0 1 0 1
19 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0
18 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0
17 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0
16 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0
15 0 0 0 0 0 0 0 0 0 1 0 1
14 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0
13 2 2 10 11 5 3 0 0 1 1 0 35
12 0 0 1 0 0 0 0 0 0 0 0 1
11 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0
10 0 1 2 2 0 0 1 0 1 0 0 7
9 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0
8 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0
7 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0
6 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0
5 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0
4 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0
3 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0
2 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0
1 0 0 13 16 2 12 1 1 2 5 1 53
Totales 12 6 107 88 14 29 4 8 32 34 4 338

 

Consolidado Secretaria de Servicios Publicos

 

14.00 14.10 14.11 14.12 14.21 14.22 14.23 14.24 14.30 14.80
Cargos Sec. de Serv. Públ. Dir. Gral. de Tránsito y Transp. Dir. de Tránsito y Transp. Dir. de Planif. y Seg. Vial Dir. de Talleres Dir. Serv. Eléctricos Dir. Esp. Verdes Dir. de Cement. Dir. Gral. de Higiene Urbana Dir.de Fiscaliza-ción de Transp. Total
Personal Superior 2 0 0 0 0 0 0 0 0 0 2
Secretario 1 0 0 0 0 0 0 0 0 0 1
Subsecretario 1 0 0 0 0 0 0 0 0 0 1
Personal Jerarquico 0 1 2 1 1 3 2 2 2 2 16
Director General 0 1 0 0 0 0 0 0 1 0 2
SubDirector General 0 0 0 0 0 0 0 0 1 0 1
Director 0 0 1 1 1 1 1 1 0 1 7
Sub Director 0 0 1 0 0 2 1 1 0 1 6
Personal Coord. Gral. 2 0 0 0 0 0 0 0 0 0 2
Coordinador Gral 2 0 0 0 0 0 0 0 0 0 2
Personal Coord./Adm. 1 0 0 0 0 0 0 0 0 0 1
Coordinador 1 0 0 0 0 0 0 0 0 0 1
Administrador 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0
Personal Planta Pte. 2 183 0 16 29 43 104 40 470 0 887
Ag. Profesional 0 2 0 0 0 0 3 0 3 0 8
A5 0 1 0 0 0 0 0 0 2 0 3
A4 0 1 0 0 0 0 0 0 0 0 1
A3 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0
A2 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0
A1 0 0 0 0 0 0 2 0 0 0 2
B5 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0
B4 0 0 0 0 0 0 1 0 0 0 1
B3 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0
B2 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0
B1 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0
C5 0 0 0 0 0 0 0 0 1 0 1
C4 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0
C3 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0
C2 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0
C1 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0
Escalafón General 2 181 0 16 29 43 101 40 467 0 879
24 0 61 0 2 14 22 23 5 59 0 186
23 0 14 0 1 2 4 6 0 40 0 67
22 0 22 0 0 2 1 2 15 25 0 67
21 0 23 0 0 1 2 1 5 22 0 54
20 1 2 0 1 0 2 1 2 0 0 9
19 0 1 0 1 0 0 0 0 1 0 3
18 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0
17 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0
16 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0
15 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0
14 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0
13 0 22 0 2 5 7 43 6 83 0 168
12 0 3 0 0 1 0 1 1 2 0 8
11 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0
10 0 4 0 5 1 2 3 0 82 0 97
9 0 1 0 0 0 0 0 0 1 0 2
8 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0
7 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0
6 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0
5 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0
4 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0
3 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0
2 0 0 0 1 0 0 1 0 0 0 2
1 1 28 0 3 3 3 20 6 152 0 216
Totales 5 184 2 17 30 46 106 42 472 2 908

 

Consolidado Secretaria de Cultura y Turismo

 

  15.00 15.10 15.20 15.40 15.50  
Cargos Sec. de Cultura y Turismo Dirección Gral. de Cultura Dir. de Turismo Dir. Polit. Socio Cult. Dir. de Desarrollo de Promocion Artistica Total
Personal Superior 1 0 0 0 0 1
Secretario 1 0 0 0 0 1
Subsecretario 0 0 0 0 0 0
Personal Jerarquico 0 1 1 1 1 4
Director General 0 1 0 0 0 1
Sub Director General 0 0 0 0 0 0
Director 0 0 1 1 1 3
Sub Director 0 0 0 0 0 0
Personal Coord. Gral 0 0 0 0 0 0
Coordinador General 0 0 0 0 0 0
Personal Coord./Adm. 11 0 0 0 0 11
Coordinador 10 0 0 0 0 10
Administrador 1 0 0 0 0 1
Personal Planta Pte. 67 52 35 26 2 182
Ag. Profesional 2 2 0 0 0 4
A5 2 0 0 0 0 2
A4 0 0 0 0 0 0
A3 0 0 0 0 0 0
A2 0 0 0 0 0 0
A1 0 1 0 0 0 1
B5 0 0 0 0 0 0
B4 0 0 0 0 0 0
B3 0 0 0 0 0 0
B2 0 0 0 0 0 0
B1 0 0 0 0 0 0
C5 0 0 0 0 0 0
C4 0 0 0 0 0 0
C3 0 0 0 0 0 0
C2 0 1 0 0 0 1
C1 0 0 0 0 0 0
Escalafón General 65 50 35 26 2 178
24 15 18 12 4 0 49
23 2 4 2 3 0 11
22 9 5 3 6 0 23
21 5 4 3 1 1 14
20 3 1 1 1 0 6
19 1 0 0 1 0 2
18 1 0 0 0 0 1
17 0 0 0 0 0 0
16 0 0 0 0 0 0
15 0 0 0 0 0 0
14 0 0 0 0 0 0
13 10 4 5 2 0 21
12 0 1 0 0 0 1
11 0 0 0 0 0 0
10 5 4 5 3 0 17
9 0 0 0 0 0 0
8 0 0 0 0 0 0
7 0 0 0 0 0 0
6 0 0 0 0 0 0
5 0 0 0 0 0 0
4 0 0 0 0 0 0
3 0 0 0 0 0 0
2 0 0 0 0 0 0
1 14 9 4 5 1 33
Totales 79 53 36 27 3 198

 

Consolidado General Concejo Deliberante

 

Cargos Concejo Deliberante Totales Presup.
Personal Superior 12 12
Pte. Concejo Delib. 1 1
Concejal 11 11
Personal Jerarquico 62 62
Coord. Gral. Concej. Del. 1 1
Secr. Parlament. 1 1
Pro Secr. Parlament. 1 1
Asesor Contable 1 1
Asesor de Bloque CD 8 8
Secretario de Bloque 4 4
Pro Secr. de Bloque 4 4
Asesor Comisión CD 13 13
Secr. Adm. CD 1 1
Asesor Presiden. CD 1 1
Pro Secret. Adm. 1 1
Dir. Digesto 1 1
Dir. Despacho 1 1
Sub. Dir. Digesto 1 1
Coord. y Sup. de Tareas CD 6 6
Sub Coord. y Sup. de Tareas CD 13 13
Asesor Gral. CD 1 1
Asesor Vice Presid. CD 1 1
Asesor Legal CD 1 1
Asesor Legal Adjunto CD 1 1
Personal Planta Permanente 558 558
Ag. Profesional 60 60
A5 14 14
A4 5 5
A3 5 5
A2 3 3
A1 26 26
B5 1 1
B4 0 0
B3 1 1
B2 1 1
B1 1 1
C5 2 2
C4 1 1
C3 0 0
C2 0 0
C1 0 0
Escalafón General 498 498
24 115 115
23 39 39
22 77 77
21 26 26
20 26 26
19 9 9
18 8 8
17 2 2
16 3 3
15 5 5
14 27 27
13 60 60
12 10 10
11 16 16
10 47 47
9 1 1
8 0 0
7 7 7
6 0 0
5 4 4
4 0 0
3 1 1
2 0 0
1 15 15
Totales 632 632

 

 

PROGRAMAS

 

EJERCICIO ECONÓMICO 2019

 

 

  1. PROGRAMA DE ADMINISTRACIÓN GENERAL (P.A.Gf.)

 

Descripción

El Programa de Administración General tiende a cumplir con el objetivo prioritario de evaluar, planificar y determinar acciones tendientes a satisfacer  las múltiples necesidades de la comunidad.

Para ello, se determinan las políticas de gobierno y pone en funcionamiento de manera coordinada a todos los sectores  de trabajo, dotando de la máxima eficiencia, eficacia y transparencia a la gestión del gobierno municipal.

Las tareas a desarrollar, son cumplimentadas por distintas áreas, para lo cual resulta fundamental contemplar la creación de distintos Subprogramas.

  • Subprograma de Conducción  y Administración

En este subprograma se encuentran involucrados: Intendencia; Secretaría de Hacienda; Secretaría de Gobierno, Secretaría de Desarrollo Humano, Secretaría de Obras Públicas, Secretaría de Servicios Públicos, Secretaría de Planificación y Desarrollo, Secretaría de Cultura y Turismo.

Los responsables de este Subprograma son las autoridades superiores del Municipio, quienes determinan las Políticas de Gobierno anuales en los aspectos Financieros, Sociales, Culturales, Educativos, Económicos, de Obras y Servicios Públicos.

Mediante la planificación anual, tienden a promover y apoyar el desarrollo local, estableciendo canales de comunicación permanente para relacionarse y conocer las distintas necesidades de la comunidad, así de esa manera poder distribuir los recursos materiales y humanos de la manera más adecuada y equitativa.

  • Subprograma de Administración General

Este Subprograma tiene a su cargo la administración de recursos financieros y humanos, relaciones públicas, difusión de las tareas de gobierno, asesoramiento y relación permanente con las restantes Unidades de Organización para que puedan cumplir en forma óptima con la prestación de los diversos servicios.

Intervienen en forma directa Unidades de Organización dependientes de Intendencia, Secretaria de Hacienda y Secretaria General de Gobierno.

Para cumplir los lineamientos del presente Subprograma,  se planificó  la implementación de las siguientes actividades a través de distintas Unidades de Organización:

  1. a) Intendencia: Dirección General de Recursos Humanos, Coordinación General de Comunicación, Dirección de Prensa, Dirección de Comunicación Digital, Dirección Radio Municipal, Dirección General de Despacho, Dirección General de Relaciones Públicas y Ceremonial

Su misión fundamental es:

  • Administrar los recursos humanos del Municipio, organizando y coordinando con las distintas reparticiones Municipales, de manera de lograr un funcionamiento operativo eficiente, armónico y ordenado de las distintas áreas que componen el Municipio.
  • Liquidar haberes en base a lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto Municipal vigente, siguiendo las pautas salariales fijadas por las Administraciones Provincial y Nacional..
  • Dar a conocer y difundir todas las acciones realizadas tanto por el Sr. Intendente como por otros funcionarios y dependencias municipales, a través de sus propios medios como también de otros medios locales y provinciales
  • Dotar de un marco normativo a las decisiones del Intendente.
  • Elaborar y dictar instrumentos legales, emanados del departamento Ejecutivo: Decretos, Decisiones Administrativas, Resoluciones.
  • Brindar información a los que acrediten condición de parte acerca del estado de tramitación de expedientes y proyectos de Decretos, Decisiones Administrativas, Resoluciones, entre otros.
  • Recepción, registro, tramitación y comunicación de expedientes.
  • Procurar una correcta preparación a las normas de Protocolo oficial, de los
  • actos y eventos oficiales a los que deban asistir el Sr. Intendente y funcionarios del Municipio.
  • Asistir protocolarmente al Sr. Intendente y a los funcionarios de su Gabinete.
  • Organizar actividades que permitan insertar al Sr. Intendente en los diversos ámbitos de la sociedad que gobierna, de manera de vincularlo más estrechamente con actores y entidades del medio.
  • Planificar y organizar actos que permitan conmemorar fechas patrias, destacar vecinos ilustres de la Ciudad y acontecimientos históricos trascendentes, en distintos barrios de la Ciudad.
  • Coordinar con otras áreas municipales, instituciones provinciales, no gubernamentales, intermedias y demás, la realización de actos, homenajes, inauguraciones, etc.;
  1. b) Secretaría de Hacienda: Contaduría General, Tesorería General, Dirección General de Rentas, Dirección General de Compras y Suministros, Dirección General de Presupuesto, Dirección General de Informática. Tienen como meta principal generar información contable, confiable y ordenada, de las transacciones y hechos económicos que se generan diariamente en el municipio; saneamiento de las cuentas, trámites de contratación y suministros, recaudación de tributos, administración y soporte de la red informática con la que trabajan las distintas dependencias, administración de recursos, entre otros. Para ello tienen a su cargo:
  • Elaborar el Proyecto de Presupuesto, en base a la estimación de la recaudación de tributos realizada por la Dirección General de Rentas, a las pautas de gasto observadas durante los ejercicios anteriores y a la proyección de flujos futuros de fondos, de acuerdo a los requerimientos realizados por las distintas Unidades de Organización.
  • Determinar las necesidades de financiamiento y el nivel de erogaciones futuras.
  • Perfeccionar las técnicas de registración contable y el rediseño de circuitos que agilicen la operativa diaria, apuntando a mejorar y hacer más eficientes los mecanismos de fiscalización y control.

 

  • Generar información contable, de acuerdo al Plan de Cuentas, a la base de datos relativa a las transacciones y a los hechos económicos que inciden en el patrimonio municipal.
  • Implementar presupuestaria y contablemente, el esquema “Ahorro-Inversión-Financiamiento” a fines de brindar toda la información posible a los niveles superiores para posibilitar un mejor análisis de los resultados tanto del ejercicio como proyecciones e informes mensuales.
  • Estudiar los circuitos administrativos vigentes, en pos de corregir imperfecciones y promover hacia una mayor fluidez de los mismos.
  • Controlar exhaustivamente los ingresos, discriminados por fuente de origen.
  • Emitir órdenes de pago y realizar los debidos pagos, respaldados con toda la debida documentación.
  • Fortalecer la recaudación, realizando un profundo seguimiento de los ingresos tributarios y no tributarios de todas las Unidades generadoras de recursos.
  • Implementar y mejorar los sistemas informáticos apropiados, que permitan la consulta y el tráfico de información vía Internet, de manera de acercar la operatoria municipal a los vecinos.
  • Dotar de equipos, insumos y sistemas informáticos apropiados, que permitan la agilización del accionar diario del municipio.
  • Optimizar los circuitos de contratación, adjudicación y distribución de bienes.
  1. c) Secretaría de Gobierno: Dirección General de Descentralización y Calidad de Gestión, Dirección General Delegación Alto Comedero, Dirección de Fiscalización y Control, Dirección de Políticas Sociales de Alto Comedero, Dirección General Delegación Villa Jardín de Reyes, Dirección General de Políticas Públicas, Dirección de Emergencias de Asuntos Vecinales, Dirección de Políticas Públicas, de Adolescencia y Juventud
  • Las Unidades de Organización que se encuentran involucradas en este subprograma cumplen fundamentalmente las siguientes tareas:
  • Coordinar acciones de las distintas Unidades Municipales a fin de brindar asesoramiento y canalizar las necesidades de los vecinos de los distintos sectores de la Ciudad, mediante actividades culturales, recreativas y de educación popular
  • Proveer de infraestructura básica a las distintas Delegaciones Municipales y Centros de Participación Vecinal.
  • Convertir a los Centros de Participación Vecinal en núcleos fundamentales de la interacción entre el Municipio y los distintos barrios de la Ciudad.
  • Asistir a los vecinos en situaciones de contingencia y emergencias de diferente índole.
    • Subprograma de Relaciones Jurídicas

Los actores involucrados son: Procuración Municipal, Juzgado de Faltas y Dirección Notarial. Los objetivos perseguidos por este subprograma son:

  • Proveer asesoramiento jurídico en la resolución de cuestiones legales en los que se vea involucrado el Municipio, dotando del necesario respaldo a las acciones encaradas por la Gestión Municipal.
  • Asegurar el cumplimiento del procedimiento administrativo de faltas a las distintas normas que regulan la convivencia ciudadana, en pos de mantener un marco adecuado de orden y respeto a los derechos de los distintos sectores que componen la Comuna.
  • Proporcionar asesoramiento notarial y actuar como fedatario de los actos encarados por las distintas áreas del Municipio.
    • Subprograma  de Control de la Gestión Pública

Las Unidad de Organización responsable de llevar a cabo el control de la gestión es la Dirección General de Auditoría Interna, cuyos objetivos entre otros se delinean como sigue:

  • Controlar el desempeño del accionar de las diversas Unidades de Organización que generan ingresos y/o erogaciones para el Municipio, elaborando informes generales y especiales de auditoría.
  • Elaborar planes y programar tareas orientadas al control de los Recursos Humanos, cumplimiento de las reglamentaciones vigentes, liquidaciones de haberes, asistencia, entre otros.
  • Examinar procedimientos inherentes a la adquisición de bienes y servicios, evaluando el cumplimiento de las disposiciones legales municipales, provinciales y nacionales.
  • Asesorar permanentemente a Funcionarios y Agentes encargados de las registraciones contables y procedimientos administrativos.
  • Participar en la realización de conciliaciones bancarias, arqueos de caja y demás registraciones contables.
  • Realizar operativos especiales de auditoria en aspectos particulares requeridos por la Superioridad.
  • Instruir a las distintas dependencias municipales y elaborar recomendaciones en lo referido a procedimientos administrativos y registraciones contables.
  1. PROGRAMA DE OBRAS Y DESARROLLO URBANO – P.O.D

La Obra Pública constituye una necesidad permanente para la Comunidad y una prioridad para la Gestión Municipal. Sus tareas están orientadas principalmente a dotar de valor a la Ciudad, a embellecerla y sobre todo a cubrir necesidades de infraestructura largamente reclamadas por la Comuna. Así, destacan obras de: pavimentación y repavimentación de arterias, construcción de cordones cuneta, trabajos de bacheo y enripiado, acondicionamiento de edificios y oficinas pertenecientes a las dependencias municipales, semaforización, alumbrado público, mantenimiento y puesta en valor de espacios verdes, etc. Asimismo, deben destacarse los servicios encarados en el área de Higiene Urbana para dotar de mayor eficacia y eficiencia a la recolección domiciliaria de residuos; buscando ampliar la cobertura del servicio y mejorar la calidad del mismo.

  • Subprograma de Obras Públicas

Se prevé el desarrollo de un Plan de Obras enfocado a satisfacer necesidades  de la Comunidad, no sólo aquellas que requieren urgente solución sino también aquellas largamente postergadas y no por ello, de menor importancia.  Para ello se requiere la participación  de las siguientes Unidades de Organización: Dirección de Obras y Servicios de Alto Comedero, Dirección General de Hábitat y Vivienda Social, Dirección General de Obras Públicas e Infraestructura, Dirección de Obras Viales, Dirección de Obras Civiles, Dirección de Infraestructura, Dirección de Estudios y Proyectos, Dirección de Patrimonio Arquitectónico, Histórico y Urbanístico, Dirección de Servicios Eléctricos.

  • Subprograma de Desarrollo Urbano

Los responsables son: Dirección General de Planeamiento Urbano y Ordenamiento Territorial, Dirección de Planeamiento Urbano, Dirección de Mantenimiento Urbano, Dirección de patrimonio Arquitectónico, Histórico y Urbanístico Los objetivos planteados se centralizan en:

  • Interpretar y aplicar las Leyes de Ordenamiento Territorial, uso del suelo y todas aquellas normas específicas de aplicación local.
  • Elaborar y poner en práctica políticas que promuevan un orden urbanístico sustentable.
  • Intervenir en la formulación, aplicación, monitoreo y modificación de las normativas siguientes: a) Plan de Ordenamiento y Desarrollo Urbano, b) Código Urbano; c) Código de Edificación, d) Códigos de Faltas (capítulos urbanísticos), e) Código Fiscal y Tributario (capítulos urbanísticos).
  • Evaluar y coordinar propuestas de desarrollo urbanístico, definiendo criterios y/o parámetros para el tratamiento de proyectos especiales.
  • Programa de Preservación y Rehabilitación del Patrimonio.
  • Puesta en valor del Mercado Central y de los circuitos turísticos patrimoniales de la ciudad.
  • Creación, Promoción y Estrategias Funcionales del Area Patrimonio Inmaterial.
    • Subprograma de Control de Obras Particulares

Este subprograma se ejecuta a través de la Dirección de Obras Particulares, buscando promover la regularización de obras clandestinas y que, aquellas obras encaradas por particulares se ajusten estrictamente a las normas arquitectónicas y de urbanización vigentes para nuestra ciudad. Para ello, se prevé la implementación de mecanismos de control que permitan detectar y solucionar contravenciones y fallas. Las tareas fundamentales son:

  • Intervenir en el visado previo de los planos de obras particulares, que se presentan para aprobación; efectuando las observaciones correspondientes cuando no se adecúen al Código de Edificación vigente.
  • Encargarse del trámite de aprobación definitiva y liquidación de derecho de construcción.
  • Inspeccionar las obras verificando si la construcción coincide con los planos aprobados.
  • Detectar las obras en construcción sin planos aprobados o presentados al Municipio.
  • Evaluar, inspeccionar y posteriormente habilitar establecimientos comerciales e industriales.
  1. PROGRAMA DE CULTURA TURISMO Y EDUCACIÓN

Dentro de las Políticas Sociales de ésta Gestión Municipal, la Cultura, el Turismo y la Educación son considerados fundamentales para el  proceso de Crecimiento y Desarrollo Humano, siendo una de sus misiones la de promover, difundir y enriquecer nuestra cultura, y es a través de la educación que se logrará el objetivo propuesto, manteniendo así viva nuestra identidad.  El programa fue dividido en los siguientes subprogramas:

3.1. Subprograma de Cultura y Turismo y Educación

Corresponde a este Subprograma, la propuesta y ejecución de la política en materia cultural y turística del Gobierno Municipal. Las U.D.O responsables son: Dirección General de Cultura, Dirección de Turismo, Dirección de Políticas Socioculturales, Dirección de Desarrollo de Promoción Artística. Los objetivos planteados son:

  • Promoción, protección y difusión del patrimonio tangible e intangible del territorio municipal, del Museo de Bellas Artes “Jorge Mendoza” y las bibliotecas municipales.
  • Defensa y protección de la propiedad intelectual.
  • Difusión de la cultura local y regional.
  • Promoción de Industrias Culturales.
  • Fomento de las artes, el libro, la lectura y estímulo a la creación literaria.
  • Promoción, protección y difusión de actividades cinematográficas y audiovisuales.
  • Impulso a las acciones de cooperación cultural entre instituciones gubernamentales y no gubernamentales provinciales, nacionales e internacionales, en materia cultural y turística.
  • Elaboración y gestión de proyectos para obtener fondos destinados a nuevas infraestructuras que posibiliten el desarrollo de las actividades culturales y turísticas.

Objetivos Culturales

  • Programa de Fortalecimiento de las Tradiciones y los Festejos Populares: cuyo objetivo es el de revalorizar y preservar las manifestaciones populares, tradicionales y no tradicionales para fortalecer el acervo cultural urbano y regional (Muestra de adoración de pesebres, corsos, desentierro del carnaval, apoyo a los festejos patronales, Serenata a la Ciudad, homenaje a la Pachamama, Feria Anual de Artesanos, Fiesta de los Estudiantes, etc.).
  • Programa de Valoración del Patrimonio Cultural: promover el rescate, recuperación, preservación y difusión de los bienes culturales, tangibles e intangibles, para protegerlos y revalorizarlos como patrimonio cultural del pueblo (relevamiento de bienes de los museos, antología de los plásticos de la Ciudad, colección “Historia de los Barrios”, restauración y puesta en valor de frentes de casas de la ciudad, etc.).
  • Programa de Perfeccionamiento y Capacitación Permanente: pretende ofrecer un espacio para la capacitación permanente de artistas del medio, con especialistas en los distintos lenguajes artísticos. Promover el desarrollo y formación de Cuerpos estables: formando equipos de trabajo estables, sustentados en el desarrollo de la excelencia y con el fin de potenciar las posibilidades de crecimiento profesional de sus integrantes. Promoción de la Banda de Música “19 de Abril”, el Coro Municipal Ballet Juventud Prolongada.
  • Programa de Fomento de la Lectura y Promoción del Libro: coordinación de las Bibliotecas Municipales para fomentar la lectura y la investigación educativa como herramienta de expansión del conocimiento. Implementación del Club de Lectura y servicio ambulatorio de lectura para niños y jóvenes.
  • Programa “El Arte llegó a tu barrio”: propicia el encuentro de los distintos actores sociales de la comunidad barrial a través de la creación de espacios de interacción de las distintas expresiones artísticas con el fin de desarrollar nuevos talentos. Se sustenta en tres bases: talleres de arte barrial, murales comunitarios y presentación de espectáculos en distintos lenguajes artísticos.
  • Programa de Investigación, Arte y Sociedad: llevado a cabo por el Centro Cultural Tizón, que fue creado para promover espacios para indagar la relación del arte en las distintas disciplinas con sus actores directos y el vínculo con el entorno. Asimismo, busca crear equipos de trabajo interdisciplinarios para investigación artística.
  • Programa “Fortalecimiento Cultural” destinados a la creación de espacios permanentes de promoción y expresión artística para niños, adolescentes y adultos, respectivamente. Tienen como objetivos: crear espacios para estimular la creatividad mediante actividades artísticas (talleres plásticos y literarios), fomentar los valores sociales que fortalezcan los vínculos colectivos, el trabajo en equipo y la toma de decisiones

En el orden relacionado particularmente al turismo, se prevé la implementación del Plan Estratégico de Turismo para la Capital en coordinación con el Gobierno de la Provincia, que incluirá la tradicional temporada turística de invierno y verano, una fuerte campaña de difusión a nivel nacional de las bondades turísticas que ofrece nuestra ciudad. Desarrollando fundamentalmente las siguientes actividades:

  • Elaboración y desarrollo de actividades orientadas a mostrar el acervo cultural local resaltando todas y cada una de sus disciplinas..
  • Programación y realización de City Tours durante los periodos de mayor flujo turístico, recorriendo los principales centros de interés turístico y cultural.
  • Elaboración de folletería orientada a promocionar las bondades turístico-culturales locales, y posicionar a la ciudad como destino turístico a nivel nacional e internacional.
  • Capacitación y actualización del Personal para cubrir las necesidades del turismo que permanentemente ingresa a la ciudad, estando prevista su participación en cursos y/o seminarios tanto en la ciudad, como en otras ciudades, con los gastos de traslado, estadía y alimentación que ello implica.
  • Participación en congresos y/o eventos especiales de turismo tales como ferias, exposiciones, etc. con la presentación de stands adecuados para cada caso.
  • Realización de turismo escolar y para la tercera edad y personas con discapacidad.

3.2. Subprograma de Educación

La educación como práctica social posibilita el proceso de crecimiento y desarrollo humano para insertar el individuo como actor de su propia transformación y de su entorno familiar y social. En el actual Proyecto Político-Social de la Municipalidad de San Salvador de Jujuy, la educación deberá ser un eje vertebrador que viabilice la multidisciplinariedad con el resto de las áreas municipales de tal modo que la articulación y la vinculación entre los mismos favorezcan los mejores logros de objetivos generales y específicos del Municipio. Es encargada de implementarlo la Dirección de Educación, para ello se tiene previsto la ejecución de los siguientes programas:

  • Programa Integral de Fortalecimiento y Sustentabilidad Institucional.
  • Programa de Inclusión y Participación “La familia jujeña comprometida con la educación”
  • Programa de Identidad Ciudadana.
  • Programa de Fortalecimiento Interinstitucional.
  • Programa de Fortalecimiento Intra- Interinstitucional
  • Creación Centro de Formación Profesional Municipal.
  • Cursos de Formación Laboral.
  1. PROGRAMA DE ACCION SOCIAL Y DEPORTE

 

Uno de los deberes del Gobierno Municipal, es atender las necesidades sociales, deportivas y de salud para contener principalmente a los sectores mas marginados. Se considerarán prioritarias, áreas deportivas, con principal direccionamiento a la juventud, de la misma forma por intermedio de diferentes estamentos municipales  se prestará a la comunidad servicios primarios de salud. Con el fin de cumplir eficientemente estas funciones se han constituido los siguientes subprogramas:

4.1.  Subprograma de Asistencia Médica y Social

Las unidades responsables son: Dirección General de Desarrollo Familiar, Dirección de Niñez y Adolescencia, Dirección de Adultos Mayores, Dirección de Paridad de Género, Dirección de Asistencia Directa. Dirección General de Desarrollo Comunitario, Dirección de Salud Mental. Dirección de Salud, Dirección de Zoonosis. Tendrán a su cargo lo siguiente:

  • Programas de Formación e Investigación en Violencia Familiar y de Género en el Ámbito Doméstico.
  • Programa de Educación no Sexista y Antidiscriminatoria.
  • Programa Comunitario de Prevención de las Violencias de Género y Promoción de Derechos Humanos.
  • Programa de Diversidad Sexual y Derechos.
  • Programa de Formación e Investigación en Problemáticas de Género.
  • Programa Municipal de Promoción de Derechos del Parto Respetado y Prevención de Violencia Obstétrica.
  • Adecuada Ocupación de los Adultos Mayores del tiempo libre con fines Recreativos y Terapéuticos: Talleres de Artesanías Varias, Yoga, Pequeño Taller de Carpintería, Folklore, Ingles.
  • Programa de Rescate Cultural: abuelos cuenta cuentos.
  • Celebraciones, festejos, festivales y galas especiales para el adulto mayor.
  • Programa de Fortalecimiento Familiar
  • Protección de los Derechos de niñas, niños y adolescentes.
  • Programa de Prevención y Erradicación del trabajo infantil y protección del trabajo Adolescente.
  • Programa Integral de Adolescentes.
  • Atención Integral de la Salud Mental.
  • Programa de Prevención de Suicidio,
  • Programa de Prevención de Consumos Problemáticos.
  • Programa de Concientización y Sensibilización hacia las familias, sobre la importancia de adoptar hábitos saludables, higiene personal y temas sanitarios para la comunidad.
  • Atención Primaria de Salud Odontológica: atención odontológica en consultorio, prevención, promoción y protección odontológica.
  • Programa de Zoonosis: atención médica veterinaria y observación de mascotas, campaña de vacunación, esterilización de mascotas, incluido quirófano móvil, secuestro de animales en la vía pública, prevención, promoción y protección de salud veterinaria.
    • Subprograma  de Deportes y Recreación

Implementado a través de la Dirección de Deportes y Recreación, se compone de numerosas actividades en los Centros Deportivos Municipales, Centros de Actividades Especiales y Escuelas deportivas que promueven y difunden  las diversas disciplinas deportivas y actividades recreativas para toda la comunidad llegando a todas las edades, principalmente niñez y juventud. Los proyectos a ejecutarse en el año 2017 son los siguientes:

  • Programa “Movete en Familia”: busca reconocer la importancia de la actividad física en la Salud; debido al creciente avance tecnológico, las oportunidades de ejercitarse son cada vez menores, el hombre se ha vuelto más sedentario en relación a épocas anteriores.
  • Proyecto Colonias de Vacaciones: se tiene en cuenta la necesidad de actividades recreativas de contacto con la naturaleza y el aprovechamiento de la temporada veraniega en las piletas de natación, donde niños de 5 a 13 años reciben actividades recreativas, iniciación en natación, campamentos y excursiones a lugares destacados de la Ciudad con el objetivo que incorporen valores y hábitos de vida sana.
  • Proyecto Futbol Infantil: propicia espacios de encuentro deportivo y recreativo dirigido a niños de 5 a 11 años, apuntando a una mejora de la calidad de vida y la salud pero por sobre todo, permitiendo ocupar el tiempo libre, alejándolos de los vicios tan nocivos para su crecimiento.
  • Proyectos “Los Centros y el Basquetbol”: el basquetbol como deporte de conjunto permite trabajar el compañerismo, la cooperación, colaboración y participación. Los encuentros permiten visualizar la evolución y el desarrollo de los participantes. Los objetivos se centran en enseñar los fundamentos de la actividad y crear escuelas barriales en los barrios de la Ciudad.
    • Subprograma de Participación Vecinal

Se encuentra a cargo de  la Dirección de Participación Ciudadana, quien mediante  los Programas para la Promoción de redes comunitarias y de Participación  popular tiende a la integración de los vecinos, mediante su participación directa en las instituciones representativas como los Centros Vecinales y las distintas asociaciones constituidas con personería jurídica, manteniendo contacto entre instituciones y vecinos, brindado asesoramiento permanente en materia institucional, legal, contable y aspectos de índole general que hacen al funcionamiento de las instituciones.

  1. PROGRAMA DE POLICIA Y CONTROL

Con el propósito de garantizar una mejor calidad de vida, el Municipio cuenta con unidades de Organización que ejercen el Poder de Policía Municipal, tales como la Dirección General de Transito y Transporte, Dirección de Tránsito y Transporte, Dirección de Planificación y Seguridad Vial, Dirección de Fiscalización de Transporte, Dirección General de Control Comercial, Dirección de Control de Espacios Públicos y Nocturnidad, Dirección de Habilitaciones Comerciales y Permisos, Dirección de Mercados y Ferias, Dirección de Espacios Verdes, Dirección de Gestión Ambiental, Dirección de Seguridad Alimentaria ,todas las cuales cuentan con personal capacitado en cada área específica, para brindar al vecino las pautas de una correcta convivencia. Para estos fines, se cuenta con los subprogramas que se detallan:

5.1. Subprograma de Policía Municipal

Este Subprograma está a cargo de la Dirección General de Tránsito y Transporte, Dirección de Transito y Transporte, Dirección de Planificación y Seguridad Vial, Dirección de Fiscalización de Transporte. Tiene como objetivo la optimización de la circulación peatonal y vehicular, en las diversas calles de la ciudad, teniendo previsto para lograr tal meta, la implementación de programas de Educación Vial que involucren a Instituciones Intermedias, establecimientos educacionales tanto primarios como secundarios y comunidad en general. Asimismo, se prevé la realización de operativos de control del cumplimiento de las normas de tránsito y transporte en el ejido municipal, en salvaguarda de la seguridad de la población, para lo cual se ha previsto la realización de actividades, como: cursos de educación vial, campañas viales en distintos sectores de la ciudad, control de consumo de bebidas alcohólicas por parte de conductores de vehículos de todo tipo, control de cumplimiento de las normas vigentes para vehículos de transporte de pasajeros, capacitación y perfeccionamiento del personal Municipal involucrado, retiro de la vía pública de rodados fuera de circulación.

  • Subprograma de Control Comercial

Unidades de Organización responsables: Dirección General de Control Comercial , Dirección de Habilitación Comercial y Dirección de Espacios Públicos y Nocturnidad. En cuanto a control de comercios, se prevé continuar con las tareas tendientes a la  regularización e incorporaciones al comercio formal de los vendedores ambulantes, a través de incentivos, capacitación y mejoramiento de sus condiciones laborales. Se continuará con los Operativos de control de locales de diversión nocturna conjuntamente con la Dirección de Seguridad Ciudadana, Dirección de Tránsito, Policía de la Provincia y Juzgado de Menores a los efectos de controlar condiciones de seguridad de los mismos, venta de bebidas alcohólicas y permanencia de menores. Se prevé las siguientes actividades:

  • Control de habilitaciones comerciales y vendedores ambulantes.
  • Control y Fiscalización de la actividad comercial, diurna y nocturna, tanto informal como formal, en el ejido municipal.
  • Regularización y Ordenamiento de todas las actividades de promoción, publicidad y ocupación del espacio público.
  • Capacitación del personal, fundamentalmente cuerpo de inspectores.
  • Realización de operativos orientados al control de comercios establecidos; control, ubicación y cobro a vendedores ambulantes autorizados; detección y erradicación de los no autorizados.
  • Reordenamiento y Recuperación del Espacio Público.
    • Subprograma de Administración de Mercados

U.D.O. responsable: Dirección de Mercados y Ferias

  • Implica la administración de los distintos mercados municipales, previéndose las siguientes actividades:
  • Control y actualización de documentación de los titulares de Contratos de locación de locales y boxes de los cinco mercados municipales y del personal de cada uno de ellos.
  • Control del pago de locación de locales y boxes, estableciéndose mecanismos de cobro y sistemas de financiamiento.
  • Verificación del cumplimiento de la legislación vigente en la materia por parte de locatarios y su personal.
  • Mantener los establecimientos en condiciones de salubridad e higiene
    • Subprograma de Control de Medio Ambiente y Espacios Verdes

Continuando con la campaña de preservación del medio ambiente y conservación de los espacios verdes de San Salvador de Jujuy, de cuyo cumplimiento están encargadas: Dirección de Espacios Verdes y Dirección de Gestión Ambiental. Se llevarán a cabo las siguientes actividades:

  • Campañas de concientización en defensa del medio ambiente, a realizarse en establecimientos educacionales e Instituciones Intermedias;
  • Implementación de mecanismos de control del uso racional de los recursos naturales.
  • Ejercer el Poder de Policía Ambiental, mediante la implementación de los mecanismos necesarios para tal fin;
  • Constitución de un banco de datos referidos a la legislación vigente al respecto, de aplicación tanto Nacional como Provincial y/o Municipal;
  • Implementación de sistemas de control y acciones concretas orientadas a verificar el uso y aprovechamiento racional de flora y fauna silvestres y/o autóctonas en el ámbito de San Salvador de Jujuy;
  • Campañas de arborización y mantenimiento de espacios verdes con participación de diversos establecimientos educacionales e instituciones intermedias locales.
  • Implementación de sistemas de riego que permitan un más efectivo mantenimiento de espacios verdes.
  • Restauración y Mantenimiento del parque Municipal.
    • Subprograma de Control Bromatológico

U.D.O. responsable: Dirección de Seguridad alimentaria

Este Subprograma se lleva a cabo a los efectos de verificar la distribución y venta de comestibles, evitando la circulación de alimentos contaminados que no se encuentren en buen estado de conservación, o que no cumplan con las normas de elaboración y/o envasado, fijando programas de educación y campañas de concientización tanto de expendedores como de consumidores. Para el logro de los objetivos se prevé las actividades:

  • Control de calidad y aptitud de alimentos de consumo humano.
  • Inspección y verificación del cumplimiento de normas sobre la introducción de carnes y verduras
  • Verificación e inspección según el Código Alimenticio Argentino
  • Implementación de puestos de control caminero orientados a evitar la introducción y comercialización clandestina de Productos, Subproductos y Derivados de Origen Animal y vegetal.
  • Capacitación del personal de inspectores
  • Información y concientización tanto a comerciantes como a consumidores respecto de la necesidad de verificar las fechas de elaboración y vencimiento de productos perecederos, como asimismo del estado de los envases que los contienen.
  • Realización de reinspección veterinaria en cámaras y depósitos de carnes y otros productos alimenticios ubicados en el ejido municipal.
  • Control de aptitud bromatológica de alimentos mediante la realización de análisis de laboratorio.
  • Realización de operativos de rutina destinados al control de la actividad comercial que se realiza los fines de semana.
  1. PROGRAMA DE SERVICIOS GENERALES (P.S.G.)

Es un deber fundamental y una obligación del Municipio mantener un medio ambiente saludable y sustentable, cuidando la ecología en beneficio de la comunidad local, esta Administración Municipal cuenta con los siguientes subprogramas:

6.1.  Subprograma de Limpieza y  Mantenimiento

U.D.O. responsable: Dirección General de Higiene Urbana.

A través de este programa se busca minimizar el impacto de los residuos generados por la población en el medio ambiente de la ciudad de San Salvador, evitando la contaminación del aire, suelo y los cursos de agua; protegiendo la salud de los habitantes y el desarrollo de las futuras generaciones.

Las actividades específicas a considerar son:

 

  • Mantenimiento de la limpieza de calles y espacios públicos;
  • Capacitación y concientización de la problemática ambiental en los habitantes de la Ciudad.
  • Desinfección de locales comerciales en cumplimiento de normas vigentes, como también de viviendas y edificios particulares a solicitud de sus propietarios u ocupantes.
  • Podas de árboles en espacios públicos conforme las necesidades; y en viviendas particulares a solicitud del contribuyente.
  • Desarrollo de campañas educativas “Por un ciudad limpia”, en establecimientos educacionales e instituciones intermedias;
  • Desmalezamiento, desinsectación y desratización de espacios públicos y privados.

6.2. Subprograma de Servicios de Cementerios

U.D.O. responsable: Dirección de Cementerios

Implementar las medidas necesarias a fin de poder administrar todos los servicios que preste el Cementerio Municipal, atendiendo al ordenamiento de las tareas, las obras y servicios que componen la infraestructura de los predios ocupados por dichas instalaciones, así como el correcto desempeño del movimiento vehicular interior y periférico. Asimismo, se ocupará de los trabajos ordenamiento de ficheros y asesoramiento administrativo en forma permanente a la comunidad.

6.3. Subprograma de Servicios  de Talleres

U.D.O. responsable: Dirección de  Talleres

Este Subprograma incluye la reparación, mantenimiento, conservación y refuncionalización del parque automotor de la Comuna, con el objeto  prestar de manera eficiente  los diversos Servicios Públicos que son de su competencia.

PROGRAMA DE DESARROLLO LOCAL (P.D.L.)

El Programa está destinado a promover el desarrollo económico y social de la comunidad a través de asesoramiento, capacitación y apoyo a micro emprendedores.

Busca fortalecer la participación de instituciones barriales, de manera de generar una mayor y más amplia participación de la comunidad en la planificación y el funcionamiento de la ciudad; promoviendo una ampliación de la base participativa, integrando a los distintos actores ciudadanos en la Ciudad.

7.1.  Subprograma de promoción Económica

Las Unidades de Organización responsables que pertenecen a la Secretaria de Planificación y Desarrollo son las siguientes: Dirección General de Desarrollo, Dirección de Modernización,  Dirección General de Programas y Empleos, Dirección Promoción Empresarial, Dirección Proyectos de Autoempleo y Dirección de Emprendedores.

  • Gestión, elaboración y ejecución de planes, programas y proyectos encuadrados en la política pública vigente, vinculados al sector social de la economía, tales como la promoción, el desarrollo de proyectos microempresarios y de pequeñas unidades productivas.
  • Habilitación de la Oficina de Empleo Municipal: un espacio tendiente a garantizar el acceso a las políticas activas de empleo promovidas por el Gobierno nacional, articulando la orientación laboral, la capacitación, formación profesional y la inserción en puestos de trabajo registrados.
  • Acompañamiento, coordinación, asesoramiento y gestión orientada a la población de pequeños emprendedores urbanos de distintos rubros de la ciudad, sobre los recursos que dispone a nivel provincial, municipal o nacional para poder mejorar o adaptar su emprendimiento a las situaciones del contexto actual.
  • Modernizar e innovar en la gestión pública municipal y brindar servicios eficientes a partir de la idea de la mejora continua y actualizada del estado.

7.2.  Subprograma de Planificación

U.D.O. responsable: Dirección General de Planificación

El objetivo es realizar una planificación integral para promover el desarrollo económico, cultural y social de la ciudad de San Salvador de Jujuy en base a diversas actividades que promuevan el desarrollo de micro y pequeñas empresas, fomentando la interrelación entre los pequeños empresarios y el Consejo de la Microempresa, celebrando convenios con el Ministerio de Trabajo y Seguridad de la Nación, ofreciendo oportunidades de capacitación y formación, tendientes a mejorar el nivel de calificación de personas desocupadas, que estén buscando reingresar al mercado laboral, involucrando a los Centros de Participación Vecinal, mediante la realización de actividades y la prestación de servicios.

  1. PROGRAMA DE LEGISLACIÓN COMUNAL (P.L.C.)

Es implementado a través del Concejo Deliberante de la Ciudad de San Salvador de Jujuy. Su principal responsabilidad es la de crear y sancionar las normas que el Ejecutivo debe aplicar para el desarrollo de sus funciones y el cumplimiento de sus actividades.  La Carta Orgánica enumera las actividades que deben llevarse a cabo, como ser:

  • Cumplir con el debate legislativo.
  • Sancionar normas enmarcadas en todos los conceptos atinentes a la actividad del Municipio.
  • Administrar el Presupuesto asignado de forma eficaz y eficiente, para satisfacer los requerimientos de su funcionamiento económico.
  • Prestar o negar acuerdo para la designación de los funcionarios municipales.
  • Acordar las disposiciones de bienes de dominio Municipal.

8.1. Programa Integral de Puericultura Ordenanza N° 7213/2018.-

  1. PROGRAMA A CLASIFICAR

Se ha previsto una reserva, a través de la Dirección General de Presupuesto, de tipo general, para atender a necesidades contingentes, que pudieran surgir durante la ejecución del ejercicio fiscal.-

 

Dr. Jorge Lisandro Aguiar

Presidente

Concejo Deliberante de la Ciudad de S.S. de Jujuy