BOLETÍN OFICIAL Nº 4 – 09/01/19
EXPTE. Nº 1050-331-18.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 21 SET. 2018.-
LA MINISTRA DE EDUCACION
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.– Otorgase en base l Informe, realizado por la Supervisora General de Nivel Primario, por primera vez al Colegio Privado “Los Olivos” la subvención solicitada, conforme al siguiente detalle:
TIPO DE CARGOS | CANTIDAD |
Director con grado Jornada Simple | 1 |
Maestro de Grado Jornada Simple | 6 |
Profesor de Educación Física Jornada Simple | 1 |
Maestro Especial de Lengua Extrajera Jornada Simple | 1 |
Maestras Especiales Jornada Simple | 2 |
Total | 11 |
La base de cálculo precedente está sujeta a la Supervisión pedagógica que debe realizarse antes del 30 de septiembre del corriente año.-
ARTICULO 2°.– Otorgase al Colegio Privado “Los Olivos” una subvención equivalente al 30% (treinta por ciento) de los sueldos, aportes y contribuciones de los cargos detallados en el artículo precedente, a partir del mes de marzo de 2018 y siempre que se mantenga el cumplimiento de la normativa vigente.-
ARTICULO 3°.- Dispónese que se suspenderá el beneficio de la subvención cuando la institución no rinda cuentas dentro de los siete (7) días hábiles siguientes a cada acreditación hasta tanto la institución regularice su situación ante la autoridad de aplicación.-
ARTICULO 4°.- Dejase establecido que el “Cambio de destino” de la ayuda económica otorgada por el Estado dará lugar a la caducidad de la incorporación a la enseñanza oficial, no pudiendo iniciar nuevo trámite por el término de dos (2) años.-
ARTÍCULO 5°.- Déjase establecido que los propietarios, representantes o apoderados legales de las Instituciones que soliciten la subvención son exclusivos responsables de sus empleados en forma solidaria e ilimitada.-
ARTÍCULO 6º.– Queda expresamente prohibida la cesión o transferencia por cualquier título de subvención otorgado por el Estado Provincial al Colegio Privado “Los Olivos”.-
ARTÍCULO 7º.- Notifíquese con copia certificada a la Institución.-
Isolda Calsina
Ministra de Educación