BOLETÍN OFICIAL Nº 2 ANEXO – 04/01/19

CONCEJO  DELIBERANTE

2018 Año del Centenario de la Reforma Universitaria

ORDENANZA  Nº 1303/ 2018.-

Ref.: Protección de la salud a través del Proyecto PROTEGER. Inic. por el Cjl. Carlos Néstor Caliva Expte Nº 8981/018.

VISTO

EL PROYECTO PROTEGER  que fuera implementado por el Ministerio de salud de la Nación; y

CONSIDERANDO

Que el mencionado PROYECTO tiene como objetivo los siguientes puntos: a) Mejorar las condiciones de los Centros Públicos de atención de la salud, con el propósito de brindar servicios de alta calidad en las enfermedades No Transmisibles, y b) proteger a los grupos de Población vulnerable de los factores de riesgos para las enfermedades Crónicas No transmisibles de mayor prevalencia;

Que, asimismo el mencionado Proyecto apoyara las acciones del estado para reorientar el modelo de atención en los centros de atención Primaria de la salud y la mejora de la atención en los Servicios de salud Pública que se encuentren relacionados con las enfermedades crónicas No Transmisibles; como así también estimulara la ejecución de políticas públicas dirigidas a promover estilos de vida saludables; mejorando los entornos urbanos, en especial aquellos que cuenten con mayor índice de vulnerabilidad social beneficiando a la franja poblacional de más bajos recursos por ser las que se encuentran más expuestas a los factores de riesgo de contraer enfermedades no transmisibles; entre las cuales podemos citar: el tabaquismo, enfermedades cardiovasculares, afecciones de las vías respiratorias, diabetes, entre otra;

Que constituye una atribución Municipal, conforme lo establece el art. 172 Inc. 7 de la carta Orgánica Municipal “Asegurar el control, como así también l promoción y protección de la salud de los habitantes, garantizando el goce de las mejores condiciones de prevención, asistencia, recuperación y rehabilitación de la salud física, mental y social en planes coordinados con los organismos provinciales y/o Nacionales competentes”;

Por todo ello:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE CIUDAD PERICO

ORDENA:

ARTICULO 1º DISPONER a través del Departamento Ejecutivo se lleven adelante políticas públicas de prevención, asistencia y tratamientos de enfermedades no transmisibles dentro del marco de SALUD PUBLICA implementado por el Ministerio de salud Pública de la Nación a través del PROYECTO PROTEGER, en virtud de las razones expresadas en los fundamentos de la presente ordenanza.

ARTICULO 2º El Departamento Ejecutivo deberá articular acciones con el area de atención primaria de la Salud (APS) del Hospital Dr. Arturo Zabala a los efectos de asegurar una adecuada cobertura de salud en el cumplimiento de los objetivos del proyecto proteger.

ARTICULO 3º Los gastos emergentes de la aplicación de la presente Ordenanza serán financiados con fondos provenientes del Estado Nacional.

ARTICULO 4º Remítase al Departamento Ejecutivo. Regístrese, comuníquese, publíquese. Cumplido. Archívese.-

 

SALA DE SESIONES, 24 DE MAYO DEL 2018

 

Carlos Néstor Caliva

Presidente

Concejo Deliberante Municipalidad de Perico