BOLETÍN OFICIAL Nº 2 ANEXO – 04/01/19

CONCEJO  DELIBERANTE

2018 Año del Centenario de la Reforma Universitaria

ORDENANZA Nº 1302/2018.-

Ref.: Programa Municipal de  Relevamiento de “Espacios Verdes y Calidad de Vida”.- Inic. por el Cjl. Edgardo de Jesús Sosa Expte Nº 9304/018.

VISTO:

La necesidad de avanzar con la puesta en valor de espacios verdes en uso de la población y otros no identificados, y por ende no disponibles, y

CONSIDERANDO:

Que, es evidente el deterioro de un porcentaje importante de áreas verdes de la comuna.

Que, existe interés de la Municipalidad de Ciudad de Perico por implementar un plan de recuperación de áreas verdes y espacios públicos, iniciativa que permitirá generar una mejor calidad de vida por medio del cuidado y protección del  ambiente, creando nuevos y mejores espacios de encuentro y al mismo tiempo un mayor compromiso de los habitantes con su barrio.

Que es necesario hacer partícipe a toda la comunidad en la mantención y cuidado de las áreas verdes y espacios públicos de la comuna.

Que, un elemento clave para el éxito de esta iniciativa es el fomento y mantención de las áreas verdes y especies vegetales existentes en los bienes nacionales de uso público.

Que, el objetivo es normar, regular el diseño, construcción y mantención de las Obras de Ornato y plantaciones a realizarse en la vía pública, en áreas verdes y en cesiones de loteos nuevos

Por todo ello:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE CIUDAD PERICO

ORDENA:

Artículo 1º.- IMPLEMÉNTASE el Programa Municipal de Relevamiento de “Espacios Verdes y Calidad de Vida”.-

Artículo 2º.- El Programa tiene por objetivos determinar la calidad de espacios verdes ubicados dentro del Ejido Urbano Municipal, sean públicos o privados, con o sin afectación al uso público, mantenerlo en estado óptimo; evitar usurpaciones, parquizar y mejorar los ya existentes; e incrementar las áreas verdes y el arbolado público de la ciudad.-

Artículo 3º.- CREASE un Registro de Espacios Verdes en el que se asentarán los espacios determinados en el Artículo 2º de la presente Ordenanza, realizándose para tal fin una base de datos que contemplará lo siguiente:

1)-Relevamiento catastral y dominal

2)-Recopilación de normativas vigentes

3)-Relevamiento de campo en cada jurisdicción territorial barrial, debiendo consignarse en una planilla:

  1. a) Ubicación
  2. b) Destino y Uso
  3. c) Tipo de vegetación y especies arbóreas, y estado de conservación de las mismas.
  4. d) Equipamiento e infraestructura presente (bancos, juegos infantiles, papeleros, carteles, obras de arte, fuentes) discriminadas por tipo, cantidad y estado de conservación.
  5. e) Cuando se trate de plazas y plazoletas, indicar si tienen padrinazgo

Artículo 4º.- CUMPLIMENTADO lo dispuesto en el Artículo 3º, la Secretaria de Obras  y Servicios Públicos, elaborará un Mapa Verde de la Ciudad, el que deberá ponerse a disposición de todas aquellas entidades y particulares que lo soliciten.-

Artículo 5º.-CRÉASE la Comisión Evaluadora de Espacios Verdes, a fin de cumplimentar lo dispuesto en el Artículo 3º de la presente Ordenanza, la que estará integrada por:

  • Un Representante de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos de la Municipalidad de Ciudad de Perico.
  • Todos los concejales de la Municipalidad de Perico que estén interesados en participar en dicha comisión.
  • Un Representante de una de las entidades ambientalistas con asiento en la ciudad de Perico.
  • Un Representante de la Dirección de Medio Ambiente del Municipio de Ciudad de Perico.-

Artículo 6º.- La labor a realizar por los integrantes de la Comisión Evaluadora de Espacios Verdes, será en forma Ad Honorem.-

Artículo 7º.- El Departamento Ejecutivo Municipal invitará a los Centros Vecinales interesados y Entidades Ambientalistas a participar en calidad de supervisores de los espacios verdes, con el objeto de observar el mantenimiento, la preservación y el destino del uso de los espacios verdes, como así también a colaborar en las campañas de Concientización que realice la Municipalidad sobre la importancia e incidencia de los espacios verdes, en la calidad de vida ciudadana.-

Artículo 8º.- Las Erogaciones que demanden la implementación de la presente, serán imputadas a la partida anual correspondiente.-

Artículo 9º.- Remítase al Departamento Ejecutivo a sus efectos. Dese copia al Centro Vecinal. Regístrese. Publíquese en el boletín oficial. Regístrese. Cumplido. Archívese.

 

SALA DE SESIONES, 30 DE OCTUBRE DEL 2018.

 

Carlos Néstor Caliva

Presidente

Concejo Deliberante Municipalidad de Perico