BOLETÍN OFICIAL Nº 142 – 19/12/18

RESOLUCION Nº 1224-ISPTyV/2018.-

EXPTE. Nº 624-503/18.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 12 DIC. 2018.-

VISTO:

Este Expediente caratulado:”DIRECCION GENERAL DE TRANSPORTE, PLANTA DE REVISION TECNICA VEHICULAR “RTV”. SOLICITA AUMENTO EN EL PRECIO DE LAS TARIFAS PARA LA REVISION TECNICA VEHICULAR”, y

CONSIDERANDO:

Que la Firma en cuestión plantea la necesidad de revisión de las tarifas oportunamente propuestas al momento de efectuar su cotización en la Licitación Publica N ° 001-DTJ/2005, en función de lo establecido en el Contrato celebrado entre las partes (Cláusula Trigésimo Segunda) y el Pliego General de Bases y Condiciones de Llamado a Licitación Pública (Capítulo i- Acápite 1.10.3), que claramente establecen que: “Con el propósito de salvaguardar la ecuación económico-financiera original, las partes tendrán derecho a solicitar la revisión de las tarifas, cuando se registren variaciones en los costos que la conforman, considerándose como tal toda variación, ya sea en más o menos, que supere el veinte por ciento (20 %) del valor original”.

Que según análisis técnico-económico efectuado por la Asesoría Técnica Contable de la Secretaría de Transporte (fs. 19/23), las variaciones acontecidas en los costos que componen la ecuación económico-financiera original del Contrato, desde la aplicación del último Cuadro Tarifario con vigencia desde el 01/10/2017, en la actualidad han superado el porcentual del 20 % fijado como piso en el Pliego, debido principalmente a las variaciones producidas en los siguientes rubro: Mano de Obra, Máquinas e Insumos, Obleas y Calibración de Equipos.

Que tomando como referencia la estructura de costos correspondientes a la Tarifa 7 — Ómnibus para Transporte de Pasajeros vigentes, según Resolución N° 035/2017 de la Secretaría de Transporte, y sobre la cual se aplicaron los porcentuales de distribución, la variación en el Costo Total es del 24,29 %.

Que, en opinión de Fiscalía de Estado, se encuentran cumplidos los requisitos legales y técnicos para otorgar el aumento tarifario de conformidad a la normativa aplicable, no existiendo óbice para dar curso favorable a lo solicitado por la Firma RTV Pioli S.R.L.

Por ello,

EL MINISTRO DE INFRAESTRUCTURA, SERVICIOS PÚBLICOS,

TIERRA Y VIVIENDA

 RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Aprobar, a partir del 01 de enero de 2019, en el ámbito de la Provincia de Jujuy, el nuevo Cuadro Tarifario válido para el Servicio de Revisión Técnica de vehículos radicados en la Provincia de Jujuy, actualmente Concesionado a la Firma “RTV Pioli S.R.L.”, y que como Anexo I forma parte integrante de la presente Resolución.‑

ARTÍCULO 2°.- Previo registro, por Jefatura de Despacho remítase copia a Tribunal de Cuentas. Dése a Boletín Oficial y a la Secretaría de Comunicación y Gobierno, Abierto para su difusión. Pase a Dirección General de Transporte para conocimiento y notificación a la Firma “RTV Pioli” S.R.L.-

 

ANEXO I

 

TARIFA PARA CADA CATEGORÍA DE SERVICIO, SEGÚN EL RÉGIMEN TARIFARIO ESTABLECIDO EN EL PLIEGO GRAL. DE BASES Y CONDICIONES DE LLAMADO A LICITACIÓN PÚBLICA. PRECIO FINAL DE COBRO AL USUARIO
Tarifa 3 (Remis, Taxis, Radio Taxis Provinciales) $ 1.070,00
Tarifa 4 (Camionetas hasta 1.500 Kg. de Capacidad de Carga) $ 2.000,00
Tarifa 5 (COMBIS para Transporte de Pasajeros) $ 2.175,00
Tarifa 6 (Minibus para Transporte de Pasajeros) $ 2.340,00
Tarifa 7 (ómnibus para Transporte de Pasajeros) $ 2.340,00
Tarifa 8 (Camiones hasta 3.000 Kg. de Capacidad de Carga) $ 2.500,00
Tarifa 9 (Camiones con Capacidad de Carga mayor de 3.000 Kg. — Sin Acoplado) $ 2.660,00
Tarifa 10 (Camiones con Remolque, Semi remolque y/o con Acoplado) $ 2.830,00

 

C.P.N. Jorge Raúl Rizzotti

Ministro de Infraestructura