BOLETÍN OFICIAL Nº 139 ANEXO – 12/12/18

2018 Año del Centenario de la Reforma Universitaria

CONCEJO DELIBERANTE

ORDENANZA Nº 1280/2018.-

Ref.: AUTORIZACION PARA LA ADQUISICION DE UN TANQUE ATMOSFERICO PARA TAREAS RELACIONADAS CON EL SANEAMIENTO  URBANO”.- Inic. Por el Cjal Edgardo de Jesús Sosa Expte Nº 9131/018.

VISTO:

La necesidad de contar con un tanque del tipo atmosférico para la evacuación de líquidos cloacales en viviendas sin redes de saneamiento  y con pozos absorbentes, y

CONSIDERANDO:

Que la cobertura de redes cloacales en Ciudad de Perico es del 67%, estimándose cerca 5770 viviendas con sistema de pozos en la ciudad.

Que, esa cantidad de viviendas no servidas con redes cloacales, un poco mas de 3000 viviendas se emplazan en la zona denominada, NUEVA CIUDAD, loteos generados desde el programa “Un lote para cada jujeño que lo necesite”, en su mayoría familias de bajos recursos que no disponen de recursos para hacer hasta dos evacuaciones anuales de sus pozos.

Que, estos últimos años las evacuaciones de pozos, como hoy, se realizan por cuenta del propio vecino afectado por napas altas que reducen las capacidades de funcionamiento de los pozos domiciliarios, la realizan contratando servicios a empresas que realizan tareas relacionadas con este tema, y en un número muy limitado, el Municipio, que no tienen responsabilidad en los temas relacionados con redes o sistemas cloacales, como también de redes de agua potable, que son responsabilidad de la empresa prestataria, hoy Agua Potable de Jujuy SE, recibió la colaboración de Municipios/Comisiones Municipales  cercanos como El Carmen y Puesto Viejo.

Que, si bien se planifica desde el Gobierno de la Provincia la construcción de una nueva planta de tratamientos de líquidos cloacales para Ciudad de Perico, que permita dar cobertura con redes de cloacas a todas las familias que carecen de este servicio  esencial, ese proyecto tendría algunas demoras en su concreción por lo que debemos avanzar en eficientizar la seguridad sanitaria de nuestra gente.

Que, la Organización Mundial de la Salud (OMS), dispuso hace mas de 20 años, como servicios básicos, el agua potable, los sistemas de saneamiento (cloacas) y el gas natural, y propone que cada funcionario del estado facilite el acceso a la gente, a esos servicios, denominados esenciales y fundamentales.

Que, el Ejecutivo Municipal está dispuesto a adquirir un tanque atmosférico, con sistema de tiro, para adaptar a  camión o tractor, equipos con el que el Municipio cuenta, y plantear de un inmediato  plan de limpieza y evacuación de líquidos de pozos absorbentes domiciliarios y contribuir a la sanidad urbana requerida por los vecinos.

Que se sugiere un tanque atmosférico para trabajar con todo tipo de efluentes orgánicos e industriales, de capacidad mínima de 6000 litros e ideal de 14.000 litros.

Por todo ello:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE PERICO

ORDENA

ARTÍCULO Nº 1: Autorizar al Departamento Ejecutivo a adquirir un TANQUE ADMOSFERICO con sistema de tiro adaptado para camión y tractor; previo a proceder a la adquisición o compra del rodado, deberá  dar cumplimiento con la Ley de Contabilidad del Reglamento de Contrataciones de Estado (Decreto Acuerdo Nº 878 HF16 de la Provincia de Jujuy y poner en conocimiento al Concejo Deliberante enviando la documentación respaldatoria. Se sugiere un tanque atmosférico para trabajar con todo tipo de efluentes Orgánicos e Industriales, de Capacidad Mínima de 6000 litros e ideal de 14.000 litros.

ARTÍCULO Nº 2: El tanque a adquirir deberá ser nuevo y  contar con todos los implementos necesarios para evacuaciones de pozo en vivienda, que permita bombeos de líquidos en forma rápida, eficiente y sanitariamente adecuados.

Y contar con los siguientes implementos:

-Bomba de alto vacio

-Tanque de aceite

-Trampa de agua

-Vacuómetro

-Válvula de seguridad

-Toma de fuerza del chasis tractor

-Llave de cierre rápido de succión

-La chapa del tanque debe ser de ¼” mínima de espesor, con soldaduras continuas tipo mag-mig o similar, deberá además contar con tres (3) rompeolas internos, una (1) boca paso hombre superior, pintura antioxidante.

ARTICULO Nº 3: Imputase a la partida de GASTOS GENERALES, Equipamiento , u a la partida que considere más adecuada el ejecutivo municipal.

ARTICULO Nº 4: Comuníquese al Departamento Ejecutivo para su cumplimiento. Comuníquese a los Interesados. Publíquese en el Boletín Oficial. Dése Amplia difusión. Cumplido. Archívese.-

SALA DE SESIONES, 02 DE AGOSTO DEL 2018

 

Carlos Néstor Caliva

Presidente