BOLETÍN OFICIAL Nº 134 ANEXO – 30/11/18

CONCEJO DELIBERANTE DE SAN SALVADOR DE JUJUY

EXPTE. Nº 833-X-2018 Adj. EXPTE.N° 16-10364/2018 c/Agdos.-

EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD

DE SAN SALVADOR DE JUJUY SANCIONA LA SIGUIENTE

ORDENANZA Nº 7275/2018.-

CUADRO TARIFARIO SISTEMA DE TRANSPORTE PÚBLICO DE COLECTIVO DE PASAJEROS DE LA CIUDAD DE SAN SALVADOR DE JUJUY

ARTÍCULO 1°: DE LA TARIFA GENERAL: Fíjese la TARIFA GENERAL del Sistema de Transporte Público Colectivo de Pasajeros de la Ciudad de San Salvador de Jujuy:

1.1.   Para las líneas que prestan dicho servicio en el ejido municipal de San Salvador de Jujuy en Pesos quince con doce centavos ($ 15,12), estableciendo:

  1. S. de Jujuy – Guerrero o viceversa: en Pesos Diecisiete con Treinta y Nueve Centavos ($ 17,39).
  2. b) S. de Jujuy – Termas de Reyes o viceversa: en Pesos Diecinueve con Sesenta y Cinco Centavos ($ 19,65).

1.2.  Para las líneas que prestan dicho servicio entre el territorio municipal de San Salvador de Jujuy y fuera de él o viceversa en base al ACUERDO DE COOPERACION EN MATERIA DE TRANSPORTE DE PASAJEROS suscripto entre la Provincia de Jujuy y la Municipalidad de San Salvador de Jujuy, la tarifa será de:

 

  1. San Pablo de Reyes: Pesos Diecisiete con Treinta y Nueve Centavos ($ 17,39).
  2. Yala: Pesos Diecinueve con Sesenta y Cinco ($ 19,65).
  3. Los Nogales: Pesos Veintiuno con Noventa y Dos Centavos ($ 21,92).
  4. Lozano: Pesos Veintiuno con Noventa y Dos Centavos ($ 21,92).
  5. León: Pesos Veinticuatro con Dieciocho Centavos ($ 24,18).

1.3.  La tarifa intermedia entre las distintas localidades del punto 1.2 será la Tarifa General   para el Ejido Municipal de San Salvador de Jujuy.-

ARTÍCULO 2°.-       DE LA TARIFA GENERAL: Fíjese la TARIFA GENERAL del Sistema de Transporte Público Colectivo de Pasajeros de la Ciudad de San Salvador de Jujuy a partir del 15 de Enero de 2019:

  • Para las líneas que prestan dicho Servicio en el Ejido Municipal de San Salvador de Jujuy en Pesos Dieciséis con Doce Centavos ($ 16,12), estableciendo:
  1. S. de Jujuy – Guerrero o viceversa: en Pesos Dieciocho con Cincuenta y Tres Centavos ($ 18,53).
  2. b) S. de Jujuy – Termas de Reyes o viceversa: en Pesos Veinte con Noventa y Cinco ($ 20,95).

1.2.  Para las Líneas que prestan dicho Servicio entre el Territorio Municipal de San Salvador de Jujuy y fuera de él o viceversa en base al ACUERDO DE COOPERACION EN MATERIA DE TRANSPORTE DE PASAJEROS suscripto entre la Provincia de Jujuy y la Municipalidad de San Salvador de Jujuy, la tarifa será de:

  1. San Pablo de Reyes: Pesos Dieciocho con Cincuenta y Tres Centavos ($ 18,53).
  2. Yala: Pesos Veinte con Noventa y Cinco Centavos ($ 20,95).
  3. Los Nogales: Pesos Veintitrés con Treinta y Seis Centavos ($ 23,36).
  4. Lozano: Pesos Veintitrés con Treinta y Seis centavos ($ 23,36).
  5. e) León: Pesos Veinticinco con Setenta y Ocho Centavos ($ 25,78).

1.2. La tarifa intermedia entre las distintas localidades del punto 1.2 será la Tarifa General para el Ejido Municipal de San Salvador de Jujuy.-

ARTÍCULO 3°.- DE LA TARIFA GENERAL: Fíjese la TARIFA GENERAL del Sistema  de Transporte Público Colectivo de Pasajeros de la Ciudad de San Salvador de Jujuy a partir del 15 de febrero de 2019:

  • Para las líneas que prestan dicho servicio en el ejido municipal de San Salvador de Jujuy en Pesos Diecisiete con Doce Centavos ($ 17,12), estableciendo:
  1. S. de Jujuy – Guerrero o viceversa: en Pesos Diecinueve con Sesenta y Nueve Centavos ($ 19,69).
  2. b) S. de Jujuy – Termas de Reyes o viceversa: en Pesos Veintidós con Veinticinco Centavos ($ 22,25).
    • Para las líneas que prestan dicho servicio entre el territorio municipal de San Salvador de Jujuy y fuera de él o viceversa en base al ACUERDO DE COOPERACION EN MATERIA DE TRANSPORTE DE PASAJEROS suscripto entre la Provincia de Jujuy y la Municipalidad de San Salvador de Jujuy, la tarifa será de:
  3. San Pablo de Reyes: Pesos Diecinueve con Sesenta y Nueve Centavos ($ 19,69).
  4. Yala: Pesos Veintidós con Veinticinco Centavos ($ 22,25).
  5. Los Nogales: Pesos Veinticuatro con Ochenta y Dos Centavos ($ 24,82).
  6. Lozano: Pesos Veinticuatro con Ochenta y Dos Centavos ($ 24,82).
  7. e) León: Pesos Veintisiete con Treinta y Nueve Centavos ($ 27,39).
    • La Tarifa intermedia entre las distintas localidades del punto 1.2 será la Tarifa General para el Ejido Municipal de San Salvador de Jujuy. –

ARTICULO 4°.-       DE LA COMPENSACIÓN DEL BOLETO ESTUDIANTIL GRATUITO Y UNIVERSAL (BEGU): Para el Sistema de Transporte Público Colectivo de Pasajeros la compensación por el Boleto Estudiantil Gratuito y Universal que abonará la Municipalidad de San Salvador de Jujuy a las Empresas de Trasporte será de Pesos Cinco con Veinticinco Centavos ($ 5,25) para los Abonos Secundario, Terciario y Universitario, y Pesos Dos con Veinticinco ($ 2,25) para los Primarios.-

ARTÍCULO 5°.-       Autorícese al Departamento Ejecutivo Municipal a otorgar, por Decreto Ad Referéndum  del  Concejo Deliberante, entre el 01 de Junio y el 31 de Julio de 2019   y   entre  el  01  de Octubre y el 30 de Noviembre de 2019, dos incrementos tarifarios de hasta el Diez por Ciento (10%) cada uno, respecto del Cuadro Tarifario establecido por el Artículo °  de la presente Ordenanza.-

ARTÍCULO 6°.-       Autorícese al Departamento Ejecutivo Municipal a suscribir   con entidades Provinciales  y   Nacionales  los  Convenios   que   resulten  necesarios para garantizar  la  Estructura Tarifaria establecida por la presente Ordenanza, en caso de reducción y/o modificación  de  los subsidios que recibe actualmente el Sistema de Transporte Público Colectivo  de Pasajeros de la Ciudad de San Salvador de Jujuy.

A idénticos fines, autorícese al Departamento Ejecutivo Municipal a otorgar por Decreto Ad-Referéndum del Concejo Deliberante, un Incremento Tarifario de hasta el Veinticinco por Ciento (25%) del Cuadro Tarifario establecido por el Artículo 5° de la presente Ordenanza.-

ARTÍCULO 7º.-       Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Cumplido, archívese. –

 

SALA DE SESIONES, Jueves 29 de Noviembre de 2018.-

 

Jorge Lisandro Aguiar

Presidente

Concejo Deliberante de la Ciudad de San Salvador de Jujuy