BOLETÍN OFICIAL Nº 132 ANEXO – 26/11/18

EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE PERICO

ORDENANZA N° 1268/018.-

Ref.: INSTALACION  DE LOS DENOMINADOS  BUZONES DE LA VIDA “.Inic. por el Cjl. Ing. Edgardo Sosa Expte Nº 9134/018.-

VISTO:

La necesidad de implementar Programas o Acciones urgentes desde el Estado para contrarrestar el aumento de  los indicadores de delincuencia urbana, venta de doga, y  adicciones crecientes a estas a las drogas,  el también preocupante aumento en el consumo de bebidas con alcohol, especialmente en el segmento de la población joven. Herramientas necesarias para el adecuado funcionamiento del Consejo Municipal de Seguridad, creado en el año 2012 mediante la Ordenanza N° 867/12, y

CONSIDERANDO:

Que, el Consejo Municipal de Seguridad se ha fortalecido en su funcionamiento en estos últimos años.

Que, a pesar de lo antes expresado, notamos que el esfuerzo de la fuerza Policial resulta insuficiente para bajar los indicadores de robos, detectar reductos de comercialización de drogas prohibidas, casos de trata de personas, siendo todos estos flagelos, en preocupante crecimiento, un fuerte  impactó en el ser humano, involucrado en estos temas, en la propia  sociedad, afectando el  presente y futuro de la Comunidad.-

Que, los indicadores de consumo de alcohol crecieron en los últimos tiempos, lo cual produjo gran preocupación en las autoridades municipales y hospitalarias.

Que, actualmente se construyen indicadores por consumo de drogas no permitidas, estimándose resultados de alta preocupación.

Que estos flagelos, con indicadores muy altos, obliga la puesta en marcha de acciones y programas que involucren la participación ciudadana y en especial de padres y madres comprometidos con su Ciudad, herramientas que son requeridas por el Consejo Municipal de seguridad que ya implemento el sistema de BUZONES DE VIDA con marcado éxito, buscando que esta norma fortalezca su implementación.

Que, una de las formas en que la sociedad puede colaborar con el estado es dando información precisa sobre cuestiones relacionadas a la ubicación de personas que hayan cometido delitos, o comercialicen drogas, formen parte de redes de tratas de personas, etc.

Que, la denuncia escrita y  colocada en las urnas emplazadas en lugares estratégicos  puede ser anónima.

Que, este modo de participación ciudadana, denominado “BUZONES DE LA VIDA” ya se implementa en muchos países del mundo, inclusive en la República Argentina y también en forma incipiente y a modo de experiencia piloto en nuestra ciudad desde el Consejo Municipal de Seguridad que será el responsable de la aplicación de esta normativa.

Por todo ello:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE PERICO

ORDENA

ARTICULO 1°.- Instálese en lugares estratégicos definidos por las autoridades Municipales y Policiales Urnas denominadas “BUZONES DE LA VIDA” donde los Ciudadanos voluntariamente podrán depositar información relacionada  con personas que hayan cometido delitos urbanos (robos, etc.), comercialicen drogas , integren redes de tratas de personas, etc., de tal forma que con la información suministrada, que podrá ser anónima, las autoridades competentes luego de verificar su calidad y veracidad, actúen con rapidez sobre los individuos o redes que actúan como viabilizadores de los flagelos, antes mencionados, y que hoy preocupan a la sociedad, y cuyos indicadores, en Ciudad de Perico, crecieron a niveles alarmantes y preocupantes.

ARTICULO 2º: Este programa se enmarca como una de las principales acciones que lleva adelante el Consejo Municipal de Seguridad, que será el responsable de la aplicación de esta norma.

ARTÍCULO 3º: COMUNÍQUESE al Departamento Ejecutivo para su cumplimiento. A las áreas que corresponda. Comuníquese a los Interesados. Publíquese en el Boletín Oficial. Dése Amplia difusión. Cumplido. Archívese

SALA DE SESIONES, 12 DE JULIO DE 2018.-

 

Carlos Néstor Caliva

Presidente