BOLETÍN OFICIAL Nº 131 – 25/11/09

GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE JUJUY

MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y PLANIFICACION

SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS PUBLICOS

Y OTRAS CONCESIONES (SUSEPU).-

RESOLUCION Nº 528 -SUSEPU.-

Cde. Expte. Nº 0630-0454/2009.-

SAN SALVADOR DE JUJUY,   16 NOV. 2009.

VISTO:

El expediente de referencia caratulado: E/ DOCUMENTACION DPTO. CALIDAD S/ IMPLEMENTACION ART. 22º CONTRATO DE CONCESION  CRITERIOS Y PROCEDIMIENTOS PARA DETERMINACION DEL COMPORTAMIENTO DE POBLACIONES DE MEDIDORES EN USO.”; y

CONSIDERANDO:

Que, el Contrato de Concesión en el Anexo II, Artículo 22 y el segundo párrafo del punto 9.2 de las Normas de la Calidad de Servicio Público y Sanciones del Contrato de Concesión de EJE S.A., establecen que se debe evaluar por muestreo la calidad de los medidores instalados en la red.

Que, la norma IRAM 2422 “Medidores eléctricos de Inducción, criterios y procedimiento para la determinación del comportamiento de poblaciones de medidores en uso”, se adecua a lo previsto por el punto 9.2 de las Normas de Calidad de Servicio Publico y Sanciones del Contrato de Concesión.

Que, el Departamento Calidad de Servicio elaboró la metodología para llevar a cabo el plan de muestreo previsto en el Contrato de Concesión, fundamentado en los lineamientos previstos por la norma IRAM 2422.

Que, a la fecha no existe un procedimiento determinado para el control de los medidores denominados estáticos (electrónicos), por lo que el control de los mismos se realizará según los lineamientos de la norma IRAM 2422, hasta tanto se dicte una norma específica.

Que, la Gerencia Técnica de Servicios Energéticos comparte la metodología propuesta por el Dpto. Calidad de Servicio, para llevar a cabo tal cometido.

Que, el Directorio de la Superintendencia de Servicios Públicos y otras Concesiones es competente para el dictado de la correspondiente Resolución.

Que, en virtud del Artículo 6º de la Ley Nº 4937 se procedió a publicar el PROYECTO DE RESOLUCI0ÓN sobre “IMPLEMENTACION ART. 22 CONTRATO DE CONCESION CRITERIOS Y PROCEDIMIENTOS PARA DETERMINACION DEL COMPORTAMIENTO DE POBLACIONES DE MEDIDORES EN USO”, conforme surge de la documentación obrante de folios 17 a 70 de autos.

Que, asimismo, se destaca que no se recibió opinión, comentario y /o sugerencia, ni de las Empresas Concesionarias, ni de ciudadano alguno.

Por todo ello, en ejercicio de las facultades que son propias,

EL DIRECTORIO DE LA SUSEPU.

RESUELVE:

ARTICULO 1º.- Aprobar el procedimiento para la determinación del comportamiento de poblaciones de medidores en uso para las distribuidoras EJE S.A. y EJSED S.A., que como único anexo forma parte integrante de esta resolución.-

ARTICULO 2º.- El procedimiento citado en el artículo precedente, también será de aplicación para los medidores estáticos, el mismo se adaptará a las necesidades de este tipo de medidores y a la cantidad que se encuentren instalados al momento de inicio del plan de muestreo. El presente artículo es de carácter transitorio hasta tanto se dicten normas para el muestreo de este tipo de medidores las que serán de aplicación inmediata.-

ARTICULO 3º.- El Departamento Calidad de Servicio será el encargado de fiscalizar la implementación y puesta en práctica del presente plan de muestreo por parte de las Distribuidoras, las que a su vez deberán llevar a cabo las acciones necesarias para la puesta en práctica y demás tareas relacionadas con el mismo.-

ARTICULO 4º.- Todos los movimientos efectuados por la Distribuidora y relacionados con el presente plan de muestreo, es decir retiro, control, etc., se deberá llevar a cabo indefectiblemente  con  la  presencia  de  personal  de  SUSEPU, para  lo  cual  la  Empresa deberá tomar las prevenciones del caso para el traslado y movilización del personal designado, y disponer los recursos necesarios para el buen desarrollo y ejecución del plan de muestreo de medidores, según lo previsto por el Anexo I de la presente resolución.-

ARTICULO 5º.- Publicar en el Boletín Oficial. Notificar a EJE S.A. y EJSED S.A. Remitir copia al Ministerio de Infraestructura y Planificación. Dar a conocimiento de las Gerencias del Usuario, de Servicios Energéticos y del Dpto. Legal. Cumplido archívese.-

 

Ing. Hector Rodríguez Francile

Presidente Su. Se. Pu.-

25 NOV. LIQ. Nº 85179 $ 20,50.-