BOLETÍN OFICIAL Nº 118 – 21/10/09

GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE JUJUY

MINISTERIO DE PRODUCCION

RESOLUCION  N° 33  -SDPeIR.-

EXPTE. N° 665-472/08.-                                                          

SAN SALVADOR DE JUJUY, 25 SET. 2009

VISTO:

El presente Expediente mediante el cual la Empresa Estancia Pampa Blanca S.A., solicita acogerse a los beneficios de la Ley de Promoción Industrial N° 4392/88 y su Decreto Reglamentario N° 11298-E-89, y

CONSIDERANDO:

Que, la Secretaría de Desarrollo Productivo, mediante Resolución Nº 242-SDP- de fecha 26 de noviembre de 2007, dispuso la viabilidad de Consulta Previa efectuada por la Empresa Estancia Pampa Blanca S.A.,  para la Instalación de Un Establecimiento Industrial en la Localidad de Pampa Blanca, Departamento El Carmen, destinado a la Molienda de Trigo;

Que, por el Artículo 2º del citado acto administrativo se otorgó a la Empresa un plazo de Ciento Ochenta (180) días contados a partir de la fecha de la citada Resolución para la presentación del Proyecto Definitivo;

Que, por el Artículo 3º se otorga provisoriamente a la Empresa Estancia Pampa Blanca S.A., por el término de Ciento Ochenta (180) días contados a partir de la fecha de aprobación de la Consulta Previa un Cien por Ciento   (100%) de las exenciones previstas en los Incisos b), c), d) y f) del Artículo 11º de la Ley Nº 4392/88. La exención del Inciso d) es en lo que respecta al Impuesto Inmobiliario sobre el Inmueble individualizado como Lote 4 – Manzana 89, Parcela 788, Padrón B-11151, Matrícula B-13473, Finca Pampa Blanca – Departamento de El Carmen;

Que, cumplido el plazo otorgado precedentemente, la Firma solicita la ampliación del plazo para la presentación del Proyecto Definitivo, a tales efectos, la Secretaría de Desarrollo PyME e Integración Regional  mediante Resolución Nº 28-SDPeIR- de fecha 15 de octubre de 2009, dispones otorgar la prorroga por un plazo de Noventa (90) Días corridos, para la presentación del Proyecto Definitivo, ello  en cumplimiento a lo dispuesto por el Artículo 22° del Decreto Reglamentario Nº 11298-E-89;

Que, la Empresa presenta la correspondiente documentación para la aprobación del Proyecto Definitivo para la Instalación de Un Molino Harinero;

Que, la Dirección General de Desarrollo Industrial y Comercial realiza la pertinente inspección, evaluación técnico-económica de lo que resulta que se encuentra ajustado a las disposiciones de la Ley Nº 4392/88 de Promoción Industrial y su Decreto Reglamentario Nº 11298-E-89, por considerarse que el Proyecto es consistente y auto sostenible;

Por ello y las atribuciones conferidas a la Autoridad de  Aplicación por la Ley  N° 4392/88 de Promoción Industrial y su Decreto Reglamentario Nº 11298-E-89;

EL SECRETARIO DE DESARROLLO PyME e INTEGRACIÓN REGIONAL

R E S U E L V E :

ARTICULO 1°.-  Téngase por Aprobado el Proyecto Definitivo presentado por la Empresa ESTANCIA PAMPA BLANCA S.A. para la Instalación de Un Establecimiento Industrial Molino destinado a la Molienda de Trigo y sus subproductos, Localidad de Pampa Blanca – Departamento de El Carmen, por las razones expresadas en el exordio.

ARTICULO 2°.- Procédase a realizar el correspondiente Contrato de Promoción Industrial a los fines de la correspondiente suscripción y posterior aprobación del Poder Ejecutivo de conformidad a las disposiciones del Artículo 29º de la Ley Nº 4392/88.

ARTICULO 3°.- Regístrese, por Dirección General de Coordinación, Administración y Despacho remítase copia a conocimiento del Tribunal de Cuentas. Por Dirección General de Desarrollo Industrial y Comercial notifíquese al interesado. Dése al Registro del Boletín Oficial y comuníquese a la Dirección Provincial de Rentas. Gírese al Ministerio de Producción a sus efectos.-

Gustavo Alberto Ortiz

Secretario de Desarrollo PyME

E Integración Regional

Ministerio de Producción

19/21 OCT. LIQ. Nº 88938 $ 20,50.-