BOLETÍN OFICIAL Nº 117 – 19/10/09

RESOLUCION Nº 32 – SDPeIR

EXPTE Nº 665-358/09.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 02 SEP. 2009.-

EL SECRETARIO DE DESARROLLO PYME E

INTEGRACION REGIONAL

DE LA PROVINCIA

RESUELVE

ARTICULO 1: Incorpórese en las disposiciones del Art. 3º de la Resolución Nº 28 SDP e IR- de fecha 18 de agosto de 2009- el otorgamiento provisorio a la empresa KORLAMP SRL, en un CIEN POR CIENTO (100%) de las excepciones previstas en el inciso  a) del artículo 11º de la Ley 4.392/88, por las razones expresadas en el exordio.

ARTICULO 2: El beneficio otorgado por el Art. 1º será por el término de 180 días contados a partir de la fecha de la presente Resolución.

ARTICULO 3: El vencimiento del plazo establecido en el Art. anterior, sin que se verifique la presentación del Proyecto Definitivo, autorizará a la Dirección General de Desarrollo Industrial y Comercial a dar por desistido el proyecto, debiendo la empresa efectivizar las obligaciones impositivas que eventualmente haya dejado de tributar como consecuencia de las extensiones transitorias acordadas.

 

Gustavo Alberto Ortiz

Secretario de Desarrollo PyME

E Integración Regional

Ministerio de Producción

19/21/23 OCT. LIQ. Nº 88938 $ 20,50.-