BOLETÍN OFICIAL Nº 110 – 30/09/09

GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE JUJUY

DIRECCION PROVINCIAL DE RENTAS

RESOLUCION GENERAL Nº  1226.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 29 SET. 2009.-   

VISTO:

Las Resoluciones Generales Nº 1.200, 1220 y modificatorias, y;

CONSIDERANDO:

Que, las Resoluciones antes mencionadas establecen  la fecha en la cual deben presentarse las solicitudes de exención y de renovación de exenciones ya declaradas, en materia de Impuesto Inmobiliario.

Que, debido a las medidas de fuerza dispuestas por la Dirección General de Inmuebles, los interesados en acceder a los beneficios de exención de pago del Impuesto Inmobiliario, no pudieron obtener la documentación necesaria para acceder a dichos beneficios.

Por ello:

LA DIRECTORA PROVINCIAL DE RENTAS

RESUELVE

ARTICULO 1º: Considerar en término la presentación de las solicitudes de exención de pago del Impuesto Inmobiliario, que se efectúen hasta el día 16 de Octubre de 2009 inclusive.-

ARTICULO 2º: Comuníquese al Ministerio de Hacienda, Secretaria de Ingresos Públicos y Tribunal de Cuentas. Publíquese en el Boletín Oficial por el término de Ley. Tomen razón Departamentos, Delegaciones, Divisiones, Secciones y Receptorias Fiscales. Cumplido, archívese.

 

30 SEPT. S/C.-