BOLETÍN OFICIAL Nº 99 – 04/09/09

GOBIERNO DE JUJUY

SECRETARIA DE GESTION AMBIENTAL

RESOLUCION Nº 31-2009  – SGA

EXPTE Nº 666-NN-200/2009

SAN SALVADOR DE JUJUY, 14 AGO. 2009.-            

VISTO:

El Expediente Nº 0666-NN-200/2009. SGA: los artículos 121, 122 Y 123 de la Ley Provincial Nº 5063 General de Medio Ambiente;

Que, en tal sentido, y debido al entorno paisajístico excepcional de la zona en cuestión, se ha considerado en forma especial el diseño de la obra proyectada al igual que la funcionalidad de la misma responda a lo requerido;

CONSIDERANDO:

Que, en virtud de los Términos de Referencia (TDR) del Proyecto PNUMA – PEA, se procede a la planificación de acciones en el Parque Provincial Potrero de Yala, tendiente a la habilitación de un centro de interpretación ambiental en el Parque Provincial Potrero de Yala;

Que, de acuerdo a la Memoria descriptiva del proyecto se pretende rescatar la construcción existente que posee la Provincia en Laguna Comedero y adecuarla, principalmente, para actividades educativas e información en general;

Que, a tales efectos, se ha procedido a formalizar las actuaciones administrativas que permitan realizar la convocatoria al concurso de precios para la Obra Centro de Interpretación ambiental, autorizada por Resolución N° 30-2009 /S.G.A  y según lo establecido por el Decreto Nº 5662/02;

Que, es criterio designar a los representantes de la Secretaria de Gestión Ambiental  y de la Dirección Provincial Políticas Ambientales y Recursos naturales  para integrar la Comisión de Adjudicación para la Construcción de la Obra de referencia que se trata;

Por ello;

EL SECRETARIO DE  GESTION AMBIENTAL

DE LA PROVINCIA DE JUJUY

RESUELVE:

ARTICULO 1°: CREASE, el Comité de Adjudicación para la Obra – Centro de Interpretación Parque Potrero de Yala- PEA.

ARTICULO 2º: Dicho Comité estará integrado por el Dr. Héctor Núñez, asesor legal de la secretaria de Gestión Ambiental, Lic. Mariela Acosta (Dirección Provincial de Políticas Ambientales y Recursos Naturales) y Lic. Jorge Fernando Arrueta (Secretaria de Gestión Ambiental).

ARTICULO 3º: Regístrese,  notifíquese a los involucrados y procédase  a agregar la presente Resolución al Expte. 666-200-2009 Cumplido. ARCHIVESE.-

 

Ing. Walter Diaz Benetti

Secretario de Gestión Ambiental