BOLETÍN OFICIAL Nº 97 – 31/08/09
SAN SALVADOR DE JUJUY, 01 ABR. 2009.-
VISTO
Las Resoluciones Nºs. 2566-G-05, 584-ARH-05, 496-E-08; 1468-E-08, 1050-E-08, 864-ARH-07 y 903-E-08; y
CONSIDERANDO:
Que con motivo de continuar con la planificación educativa tanto en la Nación como en la Jurisdicción para el período escolar 2009, es necesario dar continuidad a los proyectos de los Centros de Actividades Juveniles que fueron seleccionados según lo dispuesto por Resolución Nº 2566-G-05 y que se vienen desarrollando en cada Institución Educativa sede, como así también a los Coordinadores que tienen a cargo su ejecución.
Por ello, en uso de las facultades que le son propias;
LA MINISTRA DE EDUCACIÓN
RESUELVE:
ARTICULO 1°.- Dar continuidad a los Proyectos de los Centros de Actividades Juveniles (CAJ), en las Instituciones Educativas sede, como así también a los Coordinadores responsables de la ejecución de los mismos, desde el inicio del término lectivo de 2009 y hasta el inicio del término lectivo 2010…-
Lic. María Eugenia Bernal
Ministra de Educación