BOLETÍN OFICIAL Nº 111 – 03/10/18

RESOLUCION Nº 157-SOTyV/2018.-

EXPTE Nº 617-259/2018.-

SAN SALVADOR DE JUJUY,  26 SEP. 2018.-

VISTO:             

Las presentes actuaciones por las que se tramita la aprobación de las Bases y Condiciones y la autorización del  sorteo de lotes fiscales ubicados en el Barrio Raúl Alfonsín, Padrón E-426, Parcela 566, Departamento Ledesma, Provincia de Jujuy, y

CONSIDERANDO:

Que, en cumplimiento de las metas fijadas por el Gobierno de la Provincia de Jujuy, de dar soluciones habitacionales a las familias jujeñas, se procede a implementar el sorteo de lotes fiscales urbanos, en el marco de la Ley N° 3169/74;

Que, a fs. 2/3 obran las Bases y Condiciones para la participación del sorteo de lotes fiscales urbanos, a realizarse por parte de la Secretaria de Ordenamiento Territorial y Vivienda, donde además se establecen las condiciones de la pre-adjudicación del lote fiscal, los requisitos que el beneficiario deberá cumplir para la posterior adjudicación, como así también las formas y condiciones de pago del mismo;

Que, a fs.8 obra copia del Plano de Mensura de Fracción para Donación, que tramita por expediente administrativo N° 516-598/2018, del cual surge la ubicación  y medida del inmueble, quedando pendiente el fraccionamiento definitivo de los lotes fiscales urbanos a sortearse;

Que, a fs. 10 se incorpora el ante proyecto de plano de Mensura y Loteo realizado para el fraccionamiento del inmueble en cuestión en 250 lotes fiscales urbanos los cuales se habilitan para el presente sorteo;

Que, el inmueble le corresponde al Estado Provincial en razón de la Donación realizada por la empresa Ledesma SAAI mediante Acta Compromiso celebrada en fecha 22 de agosto de 2013 y a probada por Decreto N° 5633 VOT-2014 quedando pendiente el otorgamiento de los instrumentos notariales respectivos;

Que, provisoriamente los lotes fiscales van a ser identificados mediante números de lotes y manzanas, hasta tanto se realice la aprobación del Plano de Mensura y Loteo de donde surgirán los padrones individuales y definitivos de cada uno de ellos;

Que, asimismo se llevará a cabo, en forma posterior al sorteo antes mencionado, el sorteo de veinticinco (25) beneficiarios entre los inscriptos, a los fines de quedar como beneficiarios suplentes ante el supuesto de vacancia por renuncia o incumplimiento de las Bases y Condiciones de los beneficiarios titulares;

Que, a los fines de garantizar la transparencia en las adjudicaciones, el sorteo se realizará con intervención y fiscalización del Banco de Desarrollo Social, Económico y Financiero de la Provincia de Jujuy y con la asistencia de Escribanía de Gobierno;

Por ello,

EL SECRETARIO DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y VIVIENDA

RESUELVE:

ARTICULO 1º.- Aprobar, el sorteo de DOSCIENTOS CINCUENTA (250) lotes fiscales urbanos, todos ubicados en Barrio Raúl Alfonsín, Padrón E-426, Parcela 566, Departamento Ledesma, conforme los antecedentes dominiales adjuntos al presente. El sorteo se llevara a cabo en la sede del Banco de Desarrollo Social, Económico y Financiero de la Provincia el día cuatro (4) de octubre del corriente año y con la asistencia de Escribanía de Gobierno.-

ARTICULO 2º.- Aprobar, el sorteo de VEINTICINCO (25) beneficiarios entre los inscriptos, a los fines de quedar como BENEFICIARIOS SUPLENTES ante el supuesto de vacancia por renuncia o incumplimiento de las Bases y Condiciones de los beneficiarios titulares. El mencionado sorteo se realizara en forma posterior al sorteo referido en el Artículo 1°.-

ARTÍCULO 3°.- Aprobar el Reglamento de Bases y Condiciones para la participación del sorteo de lotes fiscales urbanos, todos ubicados en el Barrio Raúl Alfonsín, Padrón E-426, Parcela 566, Departamento Ledesma.

ARTICULO 4°.- Oportunamente, solicitar la intervención del Banco de Desarrollo Social, Económico y Financiero de la Provincia y Escribanía de Gobierno por los motivos expuestos en el exordio.-

ARTICULO 5°.- Regístrese, pase a Coordinación General de Despacho, a los fines de dar cumplimiento al Artículo 4° remitiendo copias certificadas de la presente a conocimiento del Banco de Desarrollo Social, Económico y Financiero de la Provincia y Escribanía de Gobierno. Pase al Boletín Oficial para su publicación en forma íntegra. Cumplido, vuelva a la Secretaria de Ordenamiento Territorial y Vivienda, a sus efectos.-

 

Arq. Moises Anibal Jorge

A/C Secretaría de Ordenamiento Terrirorial y Vivienda