BOLETÍN OFICIAL Nº 110 ANEXO – 01/10/18

CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE PERICO.-

ORDENANZA Nº 1257/018.-

Ref.: Obra de adoquinado de la playa de Estacionamiento de la Terminal de Ómnibus y cordón cuneta de Av. Malvinas Argentinas. Expte. Nº 9089/18 Inic. por Cjales. Carlos Caliva y Antonio Asmuzi.-

VISTO

La necesidad de efectuar trabajos y obras de urbanización secundarias prioritarias en la ciudad, en atención a requerimientos efectuados por vecinos de distintos barrios de esta ciudad;

CONSIDERANDO                          

Que, entre las mencionadas Obras corresponde mencionar las siguientes:

a) Obra de adoquinado de la Playa de Estacionamiento de la Terminal de Ómnibus.

b) Construcción de cordón cuneta sobre una de las márgenes de la avenida Malvinas Argentinas.

Que, conforme surge del Art. 53 Inc. 5 de la Carta Orgánica Municipal, es competencia del Concejo Deliberante en materia de Obras y Servicios Públicos, autorizar al Ejecutivo Municipal a planificar y ejecutar Obras de urbanización secundarias que no se encuentren comprendidas en la Planificación Urbana o Plan de Obras Públicas;

Que, con el adoquinado de la Playa de Estacionamiento de la Terminal de Ómnibus se estaría dando solución a un problema de vieja data, como lo es el anegamiento de una parte de la referida playa en las épocas estivales, lo cual como es ya sabido constituye un obstáculo para el estacionamiento vehicular en el sector;

Que, la Bloquera Municipal, como en otros momentos tendrá a su cargo la fabricación y provisión de adoquines  en las cantidades requeridas para la concreción de la obra en cuestión;

Que, de igual manera constituye una obra de sentida necesidad el cordón cuneta de la avenida Malvinas Argentinas en casi toda su extensión, obra estaque constituye un permanente reclamo por parte de los vecinos del sector, habida cuenta que debería haberse ejecutado al momento de la pavimentación de la citada avenida;

Por todo ello;

EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE CIUDAD PERICO

ORDENA:

ARTICULO 1º.- Autorizase al Departamento Ejecutivo a Planificar y ejecutar la Obra de Adoquinado de la Playa de Estacionamiento de la Terminal de Ómnibus y la Obra de cordón cuneta sobre una de las márgenes de la Avenida Malvinas Argentinas, en razón de los fundamentos esgrimidos en los Considerandos de la presente Ordenanza.

ARTICULO 2º.- Ambas obras serán financiadas con afectación de recursos propios, debiendo imputarse los gastos emergentes de la ejecución de la misma a las partidas Presupuestarias previstas para el financiamiento de Obras de infraestructuras Secundarias del presupuesto vigente.

ARTICULO 3º: El Departamento Ejecutivo deberá suscribir convenios con los propietarios frentistas de inmueble ubicados en margen derecha tomando como sentido de circulación de este a oeste sobre Avda. Malvinas para que la obra sea ejecutada vía mixta para que realicen el aporte del Cemento que considere necesario el Ejecutivo.

ARTÍCULO 4º.- Remítase al Departamento Ejecutivo a sus efectos, regístrese, comuníquese. Cumplido. Archívese.-

SALA DE SESIONES, 13 DE JUNIO DE 2.018

 

Carlos Néstor Caliva

Presidente