BOLETÍN OFICIAL Nº 108 – 26/09/18

RESOLUCION Nº 074-DPDS/2015.-

EXPTE. Nº 0256-PB-103-C/2014.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 29 MAY. 2014.-

VISTO:

Las actuaciones del Expte. Nº 256-PB-103-C/2014, iniciado por Caliari, Orlando. Caratulado: “PRESENTA PLAN DE CAMBIO DE USO DE SUELO EN LA FINCA DE SU PROPIEDAD DENOMINADA “CALIARI” UBICADA EN EL DISTRITO ACHERAL SOLA DPTO. SAN PEDRO”.-

La Ley Provincial Nº 5063 General de Medio Ambiente “y sus Decretos Reglamentarios, Ley Nacional Nº 26.331 P.M.P.A.B.N., decreto Nº 2187-PMA-08 P.O.T.A.A.B., Ley Prov. Nº 5676, Resolución Nº 1 y 81/2009-SGA.-

CONSIDERANDO

Que, con fecha 28 de Marzo de 2014, el Sr. Caliari Orlando, a través de su representante técnico Ing. Pablo Eliano, Presento ante la Dirección Provincial de Desarrollo Sustentable, ex Dirección Provincial de Políticas Ambientales y Recursos Naturales, el instrumento técnico que contiene la propuesta de un Plan Cambio de Uso de Suelo de la finca Caliari, ubicada en Distrito Acheral, Dpto. San Pedro, de la Provincia de Jujuy, que rola a fs. 14/185 de autos.-

Que por Resolución Nº 097/2014/-DPDS, se dispuso la inclusión del pedido del plan Cambio Uso del Suelo formulado por el Sr. Caliari Orlando, en el procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental previsto por los Decretos 5980/06 y 9067/07 reglamentarios de la Ley General de Medio Ambiente 5063, ordenándose asimismo las publicaciones de ley (art. 3º Dec. 9067).-

Que el responsable del proyecto a fs. 199/208 adjunto en autos las publicaciones de Ley en el Boletín Oficial de la Provincia (art. 3º Dec 9067) y las publicaciones en el diario, dando  de esta forma Cumplimiento a las disposiciones del Art. 14º de Resolución Nº 01/2013-SGA.

Que a fs. 172 de autos, Asesoría Legal de la Secretaria de Gestión Ambiental informa que se ha dado cumplimiento a los requerimientos legales y sugiere continuar con los trámites correspondientes.-

Que con fecha 16 de diciembre del 2014 se realizó inspección en la finca “Caliari” ubicado en el dpto. San Pedro en donde se observa irregularidades en el manejo de residuos ya que constataron residuos y bidones de agroquímicos vacíos tirados en el sector de cortinas. Se labra Acta de Inspección de Trabajos Forestales Nº 000457/2014.-

Que, con fecha 20 de Abril de 2015 rola solicitud de un plan de cuotas para el respectivo pago de la Tasa retributiva por Servicios Ambientes.

Que, a fs. 221/222 corre Informe Técnico Final expedido por el Área Jefatura de Bosques, en donde sugiere aprobar el presente Plan de Cambio de Uso de Suelo de 103 has. Localizadas en la categoría III del ordenamiento Territorial de Masas Boscosas (decreto Nº 2187-PMA-2008). Asimismo, establece una serie de pautas técnicas que el administrado deberá dar cumplimiento.

Que, el predio en cuestión cuenta con Plan de Ordenamiento Predial aprobado mediante Resolución Nº 074/2013- D.P.D.S.-

Que, atento a lo manifestado precedentemente se ha dado cumplimiento a las disposiciones legales de protección ambiental vigentes en el ámbito de la Provincia de Jujuy (Ley 26.331, Ley Provincial Nº 5063 y Decretos Reglamentarios Nº 5980/06, 9067/07 y Nº 2187/08, Resoluciones Nº 81-SGA-2009).-

Por todo ello,

EL DIRECTOR PROVINCIAL DE DESARROLLO SUSTENTABLE

RESUELVE:

ARTICULO Nº 1: OTORGAR FACTIBILIDAD AMBEINTAL al pedido de autorización realizado por el Sr. Caliari, Orlando, para ejecutar trabajos de Plan de Cambio de Uso del Suelo, Art. 18/22  Ley 26.331 y la Ley General de Medio Ambiente Nº 5063, de CIENTO TRES HECTAREAS (103HA.) en la finca denominada “CALIARI”, ubicada en el Dsto. ACHERAL  Dpto. San Pedro, individualizada como individualizada como Matricula D-16276, Circ. 4, Secc. 6, Parcela 530, Padrón D-12544, con un total aproximadamente 324 has.-

ARTICULO N º 2: La factibilidad ambiental del plan de cambio de uso del suelo tendrá una vigencia de cuatro (4) años contados a partir de su formal notificación, prorrogable por otro periodo igual a la solicitud de parte, sin perjuicio de la obligación del titular de presentar anualmente un informe de ejecución conforme a lo establecido en el Anexo VII de la Resolución Nº 81-SGA/2009. Dicha documentación reviste carácter de declaración jurada.-

ARTICULO N º 3: El rendimiento promedio por Hectárea estimado de productos forestales es de 77 me. de leña y 0.5 m3 de rollos y trocillos de duraznillo, Quebracho colorado, Quebracho blanco, Algarrobo y Guayacán.-

ARTICULO N º 4: EMPLAZAR al titular para que en un plazo de sesenta (60) días regularice la gestión de residuos, especialmente de los bidones de agroquímicos ya que por tratarse de residuos peligrosos están regidos por la Ley Nacional Nº 24051 y el decreto Provincial Reglamentario Nº 6002/2006.-

ARTICULO N º 5: El Sr. Caliari, Orlando, deberá abonar en concepto de tasa retributiva, según Artículo 7º de la Resolución 01/2013 SGA, el valor de 618 Lts. de nafta especial sin plomo en partes iguales en 30,60 y 90 días a partir de su formal notificación. Asimismo, deberá abonar el correspondiente pago al Derecho de inspección establecido por el DECRETO Nº 5144. El incumplimiento del presente Artículo dará de baja automáticamente la presente Resolución.

ARTICULO N º 6: La autoridad de aplicación podrá revocar el plan de cambio de uso de suelo aprobado, ante la omisión en la presentación de los informes de ejecución y/o incumplimientos de las obligaciones asumidas en dicho plan de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 22 de Resolución 81/2009 SGA.-

ARTICULO N º 7: La presente Resolución que contiene el “Dictamen de Factibilidad Ambiental” al P.C.U.S. agota la vía administrativa. La parte resolutiva de la misma deberá ser publicada en forma íntegra, a cargo del proponente, por una (1) vez en el Boletín Oficial de la Provincia (art. 28 Dec. 5980/06)-

ARTICULO N º 8: Concluido con los trabajos, el titular deberá presentar en esta Dirección el diseño Final del desmonte, en el que se deberán incluir las cortinas y áreas de reserva. Todo ello se acompañara con la información digital conforme las pautas establecidas en el anexo II de la Resolución Nº 81/2009 de la secretaria de Gestión Ambiental.

ARTICULO N º 9: Por Secretaria Regístrese, notifíquese de la presente al interesado; a Sección Guías, al Comité de Evaluación de Bosques, Asesoría Letrada y a <st1:PersonName ProductID=”pc