BOLETÍN OFICIAL Nº 79 – 17/07/09

GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE JUJUY

DIRECCION PROVINCIAL DE RENTAS

RESOLUCIÓN GENERAL Nº 1223/2009

San Salvador de Jujuy, 14 Jul.2009.-

VISTO:

La Resolución Ministerial Nº 584-H-2009, y;

CONSIDERANDO:

Que, mediante dicha norma se reedita el concurso denominado “RASPA Y GANA CON LA DPR”,

Que, el artículo 6º de la citada Resolución Ministerial faculta a la Dirección Provincial de Rentas a dictar las normas complementarias que resulten necesarias para efectivizar dichos actos,

Por ello:

LA DIRECTORA PROVINCIAL DE RENTAS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º: Establécese por medio de la presente las BASES Y CONDICIONES del CONCURSO “Raspá y Ganá con la DPR” Edición 2009.-

ARTÍCULO 2º: VIGENCIA: el presente Concurso, tendrá vigencia a partir del 01 de Julio de 2009 hasta el 31 de Diciembre de 2009 y se desarrollará en Casa Central y las Delegaciones del Interior de San Pedro, Libertador General San Martín, Perico, Monterrico, El Carmen, Palpalá, Tilcara, y Humahuaca La Quiaca, (en adelante las “Delegaciones habilitadas”).-

ARTÍCULO 3º: PARTICIPANTES: Sólo podrán participar personas físicas. No podrán participar empleados pertenecientes a la entidad Organizadora (DPR), ni sus parientes por consanguinidad o afinidad hasta el primer grado inclusive, ni tampoco los ex empleados que se hubieren desvinculado dentro de los 30 (treinta) días anteriores a la fecha de inicio de la vigencia del concurso, ni sus parientes, hasta el mismo grado. Al respecto el Organizador, podrá exigir la devolución o restitución del premio obtenido en caso de haber identificado el incumplimiento de la presente cláusula.-

ARTÍCULO 4º: CONDICIONES DE CANJE: Presentando 4 (cuatro) comprobantes fiscales válidos de los cuales 2 (dos) deben ser de tipo FACTURA, TICKET-FACTURA y/o RECIBO (B, C o M) y 2 (dos) tipo TICKET, que reúnan los requisitos especificados en el Artículo 5º de la presente, se canjeará un cupón raspadita. Cada cupón raspadita participa por premios instantáneos.

Los participantes deberán completar al dorso del cupón raspadita todos los datos allí indicados (Nombre y Apellido, Número de DNI, Domicilio, Localidad y Teléfono) y depositarlo -indefectiblemente al momento del canje- en la urna que se colocará a tal efecto en cada Delegación habilitada para la participación de sorteos mensuales y un sorteo final.

No existe limitación alguna respecto de la cantidad de cupones que los participantes podrán depositar.-

ARTÍCULO 5º: COMPROBANTES. REQUISITOS: Los comprobantes deben ser ORIGINALES (no fotocopias, duplicados ni triplicados), ser emitidos durante el año 2009, y corresponder al mes anterior y/o al mes en el cual se realiza el canje. En el caso del primer mes de canje a partir de la puesta en vigencia del concurso se aceptarán comprobantes emitidos durante los meses ya transcurridos del año 2009.

Previo al canje de la raspadita deberá verificarse que cumplan con los siguientes requisitos:

FACTURAS Y RECIBOS

  • Tipo B, C o M
  • Nombre o Razón Social.
  • Domicilio fiscal: corresponderán a operaciones realizadas dentro del territorio de la Provincia de Jujuy o en su defecto la valoración explícita de no tener domicilio manifiesto externo a la misma zona geográfica.
  • Fecha de la operación
  • N° de CUIT.
  • N° de Ingresos Brutos y/o Convenio Multilateral

En el caso de Facturas y Recibos tipo B:

– CAI (Código de Autorización de Impresión).

– La fecha de vencimiento del comprobante, no debe ser anterior a la fecha de emisión del comprobante.

En el caso de comprobantes emitidos por IMPRESORA FISCAL deberá verificarse el Logotipo Fiscal

TICKET / TICKET – FACTURA

 
  • Nombre o Razón Social.
  • Domicilio fiscal: corresponderán a operaciones realizadas dentro del territorio de la Provincia de Jujuy o en su defecto la valoración explícita de no tener domicilio manifiesto externo a la misma zona geográfica.
  • Fecha de la operación
  • N° de CUIT.
  • Logotipo Fiscal.-

ARTÍCULO 6º: EXCLUSIONES: No participan del concurso los siguientes comprobantes: Notas de crédito, Notas de débito, Remitos, Presupuestos, Facturas de servicios públicos y/o privados como EJESA, AGUA DE LOS ANDES, GASNOR, SERVICIO DE CABLE, TELEFONIA, etc.-

ARTÍCULO 7º: SORTEOS: Habrá dos tipos de sorteo:

MENSUALES: Los cupones raspadita depositados por cada mes participan de Sorteos Mensuales por 2 (dos) Computadoras, una para el participante cuyo cupón fue extraído y la otra para una entidad de bien público seleccionada por el ganador, pudiendo ser: Instituciones educativas de enseñanza oficial, Hospitales públicos, Centros de salud, como así también fundaciones, ONG y Asociaciones civiles sin fines de lucro que cuenten con personería jurídica.

Los cupones raspadita que hubieran resultado “ganadores” en un sorteo mensual, no podrán resultar beneficiados nuevamente en los siguientes sorteos mensuales, en tal caso se continuará extrayendo cupones hasta obtener un beneficiario distinto.

FINAL: Al finalizar la vigencia del concurso, con todos los cupones raspadita canjeados y depositados, se sorteará 1 (un) Automóvil (0Km).

Para los sorteos mensuales y el final se extraerán además 5 (cinco) cupones raspadita en calidad de suplentes, que serán ordenados según la secuencia de la extracción. Si por cualquier motivo quedara algún premio sin asignar, permanecerá en propiedad del Organizador quien resolverá, a su exclusivo criterio, sobre el destino y/o uso que le dará.-

ARTÍCULO 8º: PREMIOS:

– INSTANTÁNEOS: Existen 6215 cupones raspadita y cada uno de ellos contiene premios instantáneos. En su conjunto, tales premios están integrados por: 451 Mochilas, 246 Gorras, 2.129 Reglas, 1.855 Llaveros, 1.518 Bolígrafos, 5 Reproductores de MP3, 4 Reproductores de DVD y 7 Cámaras Digitales. Dichos premios podrán ser canjeados hasta el 31 de Diciembre de 2009 en las Delegaciones habilitadas a tales efectos.

– FINAL: Consistente en 1 (un) Automóvil (0Km) tipo Sedan 3 puertas.

Las imágenes utilizadas en las publicidades son solo a modo ilustrativo, pudiendo o no coincidir los modelos y/o marcas identificadas.

ARTÍCULO 9º: LUGAR Y FECHA DE LOS SORTEOS: Los sorteos mensuales y el sorteo anual se realizarán ante escribano público en Casa Central de la Dirección Provincial de Rentas sito en calle Lavalle 55 de la ciudad de San Salvador de Jujuy, Provincia de Jujuy; o en el lugar en dónde el Organizador considere conveniente, difundiendo en tal caso por los  medios de comunicación locales con la debida antelación cualquier modificación. Los Sorteos mensuales se realizarán el 5to. día hábil siguiente al mes de presentación.

La fecha y horario del Sorteo Final serán comunicados oportunamente por el Organizador.-

ARTÍCULO 10º: GANADORES: Las personas que resultaren acreedoras de alguno de los premios previstos en los Sorteos Mensuales y el Sorteo Final serán notificadas telefónicamente o por carta según los datos denunciados en el cupón, a fin de que se presenten en Casa Central de la Dirección Provincial de Rentas sita en calle Lavalle 55 de la ciudad de San Salvador de Jujuy – División Comunicación Institucional- de Lunes a Viernes en el horario de 7,30 a 12,30 horas, dentro de los diez (10) días hábiles de recibida tal comunicación para aceptar el premio. De no presentarse en dicho plazo, perderán todo derecho a la asignación de la PC y del Automóvil no existiendo la posibilidad de reclamo alguno, por ningún concepto, al Organizador.-

ARTÍCULO 11º: OBLIGACIONES DEL GANADOR: El participante que resultara ganador del automóvil 0Km se compromete a utilizar el mismo con la gráfica promocional durante 30 días corridos desde la fecha de entrega del mismo. Todos los gastos en los que incurran los ganadores para retirar su premio correrán por su exclusiva cuenta y cargo. Quedando a cargo del organizador todo impuesto que deba tributarse en relación a la transferencia de propiedad del premio; cualquier otro gasto que no se encuentre previsto expresamente en estas Bases estará a cargo exclusivo de los ganadores.-

ARTÍCULO 12º: LUGAR Y HORARIO DE CANJE: Los interesados en participar podrán obtener los cupones en Casa Central de la Dirección Provincial de Rentas sita en calle Lavalle 55 de la ciudad de San Salvador de Jujuy y en las Delegaciones habilitadas, los días miércoles de 8,00 a 12,30 horas, y de 8,00 a 12,00 horas en las Delegaciones habilitadas.

A tal efecto son DELEGACIONES HABILITADAS:

* Casa Central – San Salvador de Jujuy – Lavalle 55 – Tel. 0388 4221383 int. 28

* San Pedro – Alberdi y Sarmiento 1º Piso del Banco Macro – Tel. 03884-420227

* Libertador General San Martín – Independencia Nº 248 – Tel. 03886-421701

* Perico – San Martín 122  – Tel. 0388 4911416

* Monterrico – 23 de Agosto 512 – Tel. 0388 4947007

* El Carmen – Belgrano esq. General Paz – Centro Cívico – Tel. 0388 4934338

* Palpalá – Miraval Nº 21 – Tel. 0388 4277170

* Tilcara – Rivadavia 350 – Tel. 0388 4955729

* Humahuaca – Santa Fé S/Nº – Centro Cívico 1º Piso – Tel. 03887-421500

* La Quiaca – Avenida San Martin 243 – Centro – Tel 03885-422445.-

ARTÍCULO 13º: No otorgarán derecho a premios los cupones raspadita que presenten roturas, deterioros, raspaduras, perforaciones, o que estén borradas, parcial o totalmente ilegibles o presenten cualquier otra alteración o adulteración; como así también aquellas que presenten errores de imprenta, mecánicos o de otro tipo o cuyo formato, diseño o código no se encuentren entre los registrados. Todas las raspaditas respecto de las cuales se alegue su pérdida, robo o hurto o que hayan sido obtenidas ilegalmente serán nulas. En caso de defectos en las raspaditas que, a exclusivo juicio del Organizador, sean atribuibles a su proceso de fabricación o impresión, el derecho de su tenedor quedará limitado al canje de la raspadita defectuosa por una en buen estado. No se reconocerán como válidas las raspaditas reproducidas por fotocopiado ni ningún otro distinto de los originales.-

ARTÚCULO 14º: Los premios son intransferibles. En ningún caso se podrá exigir el canje total o parcial del premio por dinero u otros bienes. El Organizador no será responsable de las fallas o desperfectos de los bienes sorteados, solo extendiéndose la garantía del fabricante y/o vendedor en los casos que correspondan. Tampoco el organizador, será responsable por los daños y perjuicios que pudieran sufrir el ganador, o cualquier tercero, en sus personas o bienes, con motivo del uso del premio ganado. Cuando se trate de Premios Instantáneos como Reproductores de MP3, Reproductores de DVD, Cámaras Digital; o de alguno de los premios correspondiente a los sorteos mensuales (PC), y en el caso del premio correspondiente al Sorteo final, es decir el  Automóvil 0Km; y los mismos correspondan a participantes ganadores menores de 21 años, los mismos serán entregados al padre, tutor o encargado del menor, previa presentación de la documentación que lo acredite como tal.-

ARTÍCULO 15º: Los participantes de este Concurso autorizan al Organizador a difundir y/o publicar sus nombres y/o sus documentos y/o divulgar sus imágenes filmadas o fotografiadas en los medios y la forma que el Organizador considere conveniente, sin retribución alguna.-

ARTÍCULO 16º: La participación en el presente Concurso implica la aceptación de las Bases y Condiciones del mismo, como así también de las decisiones que adopte el Organizador conforme a derecho sobre cualquier cuestión no prevista en ellas. Las Bases podrán consultarse en las Delegaciones habilitadas y en el website de la Dirección Provincial de Rentas www.rentas.jujuy.gov.ar.-

ARTICULO 17º: Comuníquese y notifíquese a Secretaria de Ingresos Públicos. Ordenar a División Comunicación Institucional y Departamento Informático la exhibición de las presentes bases y condiciones en website de la Dirección Provincial de Rentas. Tome conocimiento Departamento Administrativo. Departamento Auditoría.-

 

C.P.N. Maria Teresa Agostini

Directora

17 JUL. S/C.-