BOLETÍN OFICIAL Nº 75 – 08/07/09

GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE JUJUY

DIRECCION PROVINCIAL DE RENTAS

RESOLUCION GENERAL Nº 1222.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 07 JUL. 2.009.-

VISTO y CONSIDERANDO:

Que, el país se encuentra atravesando una situación sanitaria grave, y que resulta necesario tomar las medidas que coadyuven a la conservación de la salud de los agentes que trabajan en la Dirección, los contribuyentes y la población en general.

Que, a tales fines, esta prevista para el día viernes 10 de Julio de 2009 la desinfección, limpieza y ventilación  integral del organismo.

Que, la Resolución General Nº 1.200/08 establece los plazos, formas y condiciones en que los Contribuyentes deben ingresar los Anticipos y/o Cuotas de los diferentes Impuestos Provinciales, por el ejercicio fiscal 2.009.-

Por ello:

LA DIRECTORA PROVINCIAL DE RENTAS

RESUELVE

ARTICULO 1º: Considerar en termino los vencimientos operados el día 10 de Julio de 2.009, de los diferentes Impuestos Provinciales que se abonen hasta el día 13 de Julio de 2.009.-

ARTICULO 2º: Comuníquese al Ministerio de Hacienda, Secretaria de Ingresos Públicos y Tribunal de Cuentas. Publíquese en el Boletín Oficial por el término de Ley. Tomen razón Departamentos, Delegaciones, Divisiones, Secciones y Receptorias Fiscales. Cumplido, archívese.

 

C.P.N. María Teresa Agostini

Directora

08 JUL. S/C.-