BOLETÍN OFICIAL Nº 93 – 22/08/16
EXPTE. N° 2100-99/2016.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, .-
VISTO:
La Ley N° 5885 de creación de la Oficina Anticorrupción, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 14° de la mencionada Ley, dispone que esta Oficina puede dictar su propio reglamento orgánico-funcional;
Que el a los efectos de una correcta implementación de la Oficina resulta necesario reglamentar y unificar criterios en el otorgamiento y acreditación de las licencias solicitadas;
Por ello, y en uso de sus facultades;
EL FISCAL ANTICORRUPCION Y EL FISCAL ADJUNTO
RESUELVE:
ARTICULO 1º.-Aprobar el Reglamento de Licencias para el Personal de la Oficina Anticorrupción, el que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución.-
ARTICULO 2°.-Disponer que el reglamento que se aprueba por el artículo anterior, comenzará a regir a partir del día 15 de julio de 2016.-
ARTICULO 3°.-Regístrese. Publíquese en Boletín Oficial, notifíquese. Cumplido, ARCHÍVESE.-
Dr. Joaquín Millón
Fiscal Anticorrupción