BOLETÍN OFICIAL Nº 54 – 15/05/09

GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE JUJUY.-

DIRECCION PROVINCIAL DE RENTAS

RESOLUCIÓN GENERAL Nº 1217/2009

San Salvador de Jujuy, 14 May. 2009.-

VISTO:

La Ley Nº 5610/08 y la Resolución General Nº 1097/2004 y;

CONSIDERANDO:

Que, la Resolución General Nº 1097/04 establece la suspensión transitoria o provisional por seis (06) periodos a contar a partir del 01 de enero del ejercicio fiscal 2004, de la obligación de los Ingenios Azucareros de actuar como Agentes de  Retención, que operen bajo la figura de Contrato de Maquila, de dicha Actividad desarrollada por los productores cañeros, ello, a fin de evitar la acumulación de saldos a favor en las retenciones del Impuesto sobre los Ingresos Brutos.

Que, el artículo1º de la Ley Nº 5610/2008 deroga los incs. 16 y 17 del Artículo 199º y el Artículo 199º bis del Código Fiscal Ley Nº 3202/75 y sus modificatorias, por lo que las exenciones normadas en las Leyes Nº 4748/93, 4751/94, 5234/00 y 5443/04 quedan sin efecto a partir del 01 de Enero de 2009.

Que, corresponde dejar sin efecto la Resolución General 1097/04 por cuanto no existen los fundamentos legales que le dieron origen.

Que, los Ingenios Azucareros que actúan como Agentes de Retención ante este tipo de operaciones, deberán regirse por las disposiciones de la Resolución General Nº 959/2001.-

Por ello:

LA DIRECTORA PROVINCIAL DE RENTAS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.-  DEJAR SIN EFECTO la Resolución General Nº 1097/2004, por los motivos expuestos en el exordio de la presente.

ARTÍCULO 2º.-  Comuníquese, a los Agentes de Retención, Percepción y a la Unión de Cañeros independientes de Jujuy.

ARTÍCULO 3º.- TOMEN RAZÓN, División Despacho, Departamentos, Divisiones, Secciones, Oficinas, Delegaciones y Receptorías Fiscales. Dése razón al registro del Boletín Oficial, Secretaría de Ingresos Públicos y Ministerio de Hacienda. Cumplido. Archívese.-

 

C.P.N. Maria Teresa Agostini

Directora

15 MAY. S/C.-