BOLETÍN OFICIAL Nº 60 – 28/05/08
EXPTE. Nº 1055-563-07.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 14 MAY. 2008.-
LA MINISTRA DE EDUCACION
RESUELVE:
ARTICULO 1º.- Disponer que a efectos de la clasificación por Junta de Clasificación se considere a los títulos de Profesor de Enseñanza Superior y Geólogo para:
Escuelas Técnicas – Ciclo Superior – Modalidad Minería
Docente: Geología General y Regional – Mineralogía – Petrografía – Topografía – Trabajos Prácticos de Mineralogía – Trabajos Prácticos de Petrografía – Trabajos Prácticos de Topografía – Trabajos Prácticos de Yacimientos Minerales – Yacimiento de Minerales.
Habilitante: Física Aplicada – Laboreo de Minas – Química Aplicada – Trabajo Práctico de Química Aplicada – Trabajo Práctico de Tratamiento de Minerales – Tratamiento de Minerales.
Escuelas de Nivel Medio – Polimodal – (todas las modalidades)
Habilitante: Física – Física y Química – Merceología – Química – Química Inorgánica – Química Orgánica – Taller de Física y Química Aplicada.-
Lic. MARIA EUGENIA BERNAL
Ministra de Educación