BOLETÍN OFICIAL Nº 69 – 20/06/08

Icon_PDF_6RESOLUCION N° 07/2008 -SMyRN.-

EXPTE Nº 666-NN-84/2008 .-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 05 JUN. 2008.-

VISTO:

Las disposiciones de la Ley Nº 5063 “General de Medio Ambiente”, en su Titulo Preliminar, Artículos 1° a 4°; y Artículos 12º, 17° y concordantes.-

CONSIDERANDO:

Que, la letra y el espíritu de la Ley Nº 5063 es el de garantizar el  derecho de todos los habitantes de la provincia a obtener de las autoridades administrativas una efectiva protección del ambiente, sea ésta preventiva o correctiva;

Que, resulta necesario establecer mecanismos institucionales que permitan la coordinación y compatibilización normativa y ejecutiva para atender a la prevención, conservación y preservación del medio ambiente en las distintas jurisdicciones municipales;

Que, el Estado provincial debe afianzar el marco del desarrollo sostenible fijando pautas interjurisdiccionales que atiendan a problemas comunes o interdependientes;

Que,  asimismo, se consideran principios rectores en una política ambiental provincial, a la cooperación técnica, la coordinación política y la prevención, los cuales se imponen como prioritarios en las acciones que puedan diseñarse e implementarse;

Que, a tal fin, la gestión ambiental municipal debe verse fortalecida a través, no sólo de la asistencia técnica, sino también a través de lineamientos precisos de política ambiental;

Que, en tal sentido, para ésta Secretaria reviste particular importancia la cuantificación de impactos ambientales y los receptores, y por ende la identificación de los actuales y potenciales generadores;

Que, siendo el Municipio el ámbito del desarrollo local, el mismo se ve condicionado sin un fortalecimiento institucional que pueda hacer frente a las demandas crecientes resultante de las diversas cuestiones ambientales;

Que, si bien la Secretaria de Medio Ambiente, dentro de sus facultades, ya viene asistiendo técnicamente a municipios, hace a una buena gestión, la necesidad de ordenar, coordinar, priorizar y planificar dichas actividades a través de un marco instrumental que permita el fortalecimiento institucional;

Que, en la búsqueda de soluciones a la problemática ambiental que se suscitan o puedan suscitarse en el interior de nuestra provincia, resulta propicio conformar ámbitos de discusión y elaboración de políticas ambientales consensuadas con representantes del Gobierno municipal correspondiente;

Por ello;

EL SECRETARIO DE  MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES

RESUELVE:

ARTICULO 1°: CREÁSE, el Programa de Asistencia Ambiental a Municipios (PAAM), a los fines de dar cobertura técnica y de capacitación a los Municipios y Comisiones Municipales de la Provincia de Jujuy.-

ARTICULO 2°: APRUÉBASE el esquema general de planificación, que como Anexo forma parte integrante de la presente, cuyos componentes podrán ser ampliados y/o adecuados por los responsables técnicos a cargo de la ejecución de los mismos y según las necesidades del lugar donde se ejecuten las acciones, previo informe al Secretario de Medio Ambiente o al Coordinador del Programa, en caso de ser designado.-

ARTICULO 3°: A los fines de la instrumentación del Programa de Asistencia Ambiental a Municipios (PAAM), podrá designarse un Coordinador General ad Honorem, quien será el encargado de armonizar las diversas actividades que surjan de la celebración de los convenios respectivos entre la Secretaria de Medio Ambiente y Recursos Naturales y los Municipios y Comisiones Municipales, constituyendo así el marco legal e institucional adecuado a los objetivos establecidos.

ARTICULO 4: REGISTRESE. Publíquese en el Boletín Oficial, remítanse copias de la presente al Ministerio de Producción y Medio Ambiente y a los Municipios y Comisiones Municipales. Cumplido. ARCHIVESE.-

ANEXO

COMPONENTE: TALLERES DE CAPACITACIÓN A TÉCNICOS Y FUNCIONARIOS.

MODULO CONTEXTO Y NORMATIVA:

A.1) Escenarios ambientales internacionales, nacionales, provinciales y municipales.

A.2) Informe Brudtland. Conferencia de Río 92.Agenda 21: Principio Precautorio (“el que contamina paga”). El Paradigma ambiental.

A.3) Categorías de protección. Patrimonio. Reserva. Paisaje.

A.4) El Art.41° de la Constitución Nacional. Leyes Generales (de presupuestos mínimos).

A.5) Ley General 5063. Decs. Reglamentarios.

A.6) Organismos provinciales. Marco institucional.

B) COMPONENTE: ESQUEMA BASICO DE CONTROL

MODULO TEORICO Y PLANIFICACION

B.1) Impacto ambiental. Contaminación. Noción. Clasificación.

B.2) Residuos peligrosos y patógenos.

B.3) Análisis de caso: incumplimiento normativo y clausura.

B.4) Registro y relevamiento industrial.

B.5) Auditoria y actas de infracción.

B.6) Clausura preventiva. Normativa.

C) COMPONENTE: LINEAMIENTOS GENERALES PARA TRATAMIENTO Y DISPOSICION FINAL DE R.S.U

MODULO NORMATIVA Y PLANIFICACION

C.1) Marco legal de la  Gestión Integral de Residuos Sólidos Urbanos.

C.2) Criterios Técnicos y Ambientales adecuados. Programas.

C.3) Consideración de las Tres ERRES (reciclado, reutilización y reducción).

C.4) Recolección diferenciada. Requerimientos y alternativas.

C.5) Campaña: Consumo responsable. Concientización. Participación.

C.3) Análisis de caso. Planificación y metas.

D) COMPONENTE: PLANIFICACIÓN Y GESTION DE RECURSOS NATURALES

MODULO CONCEPTUAL Y DISEÑO DE PROYECTOS

D.1) Recursos Renovables y No renovables. Uso sostenible.

D.2) Políticas Ambientales y de los Recursos Naturales. Escenarios.

D.3) Problemática de los recursos naturales. Conflicto de prioridades. Impacto ambiental.

D.4) Áreas protegidas (públicas y privadas). Formas de conservación. Planes de manejo. Normativa.

D.5) Flora y fauna. Status. Formas de conservación. Categorías. Acciones de educación ambiental.

D.6) Biodiversidad. Unidades ambientales. Los O.G.Ms.

 

Ing. WALTER DIAZ BENETTI

Secretario de Medio Ambiente y Recursos Naturales

Ministerio de Producción y Medio Ambiente- JUJUY.-