BOLETÍN OFICIAL Nº 79 – 16/07/08

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RESOLUCION N° 1693-E.-

EXPTE. N° 1055-687-07.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 30 JUN. 2008.-

LA MINISTRA DE EDUCACIÓN

RESUELVE:

ARTICULO N° 1.- Disponer que a los efectos de la clasificación de los Títulos:

– Abogado y Profesor de Enseñanza Superior (Capacitación Docente de la UNJu- Res. Nº 317-MECyT-03)

– Profesor Universitario de Ciencias Jurídicas (Abogado con formación Docente de la UCSa. Res. Nº 548-MCyE-95) se lo considere por Junta de Clasificación de Nivel Medio para:

Nivel Medio

Docente: Derecho Comercial- Derecho- Introducción al Derecho- Derecho Usual y Práctica Forense- Educación Cívica- Instrucción Cívica y Derecho Usual- Instrucción Cívica- Formación Cívica

Habilitante: Historia- Relaciones Humanas- Estudios Sociales y Económicos Argentinos- Estudios Sociales.-

Nivel Polimodal

Docente: Formación Ética y Ciudadana- Derecho (Modalidad Economía y Gestión de las Organizaciones)- Derecho Económico (Modalidad Economía y Gestión de las Organizaciones)- Marco Jurídico de los Procesos Productivos (Modalidad Producción de Bienes y Servicios)

Habilitante: Ciencias Políticas (Modalidad Humanidades y Ciencias Sociales)- Sociología (Modalidad Humanidades y Ciencias Sociales)- Taller de Investigación e Intervención Socio-Comunitaria (Modalidad Humanidades y Ciencias Sociales).-

 

Lic. MARIA EUGENIA BERNAL

Ministra de Educación