BOLETÍN OFICIAL Nº 79 – 16/07/08
RESOLUCION N° 1693-E.-
EXPTE. N° 1055-687-07.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 30 JUN. 2008.-
LA MINISTRA DE EDUCACIÓN
RESUELVE:
ARTICULO N° 1.- Disponer que a los efectos de la clasificación de los Títulos:
– Abogado y Profesor de Enseñanza Superior (Capacitación Docente de la UNJu- Res. Nº 317-MECyT-03)
– Profesor Universitario de Ciencias Jurídicas (Abogado con formación Docente de la UCSa. Res. Nº 548-MCyE-95) se lo considere por Junta de Clasificación de Nivel Medio para:
Nivel Medio
Docente: Derecho Comercial- Derecho- Introducción al Derecho- Derecho Usual y Práctica Forense- Educación Cívica- Instrucción Cívica y Derecho Usual- Instrucción Cívica- Formación Cívica
Habilitante: Historia- Relaciones Humanas- Estudios Sociales y Económicos Argentinos- Estudios Sociales.-
Nivel Polimodal
Docente: Formación Ética y Ciudadana- Derecho (Modalidad Economía y Gestión de las Organizaciones)- Derecho Económico (Modalidad Economía y Gestión de las Organizaciones)- Marco Jurídico de los Procesos Productivos (Modalidad Producción de Bienes y Servicios)
Habilitante: Ciencias Políticas (Modalidad Humanidades y Ciencias Sociales)- Sociología (Modalidad Humanidades y Ciencias Sociales)- Taller de Investigación e Intervención Socio-Comunitaria (Modalidad Humanidades y Ciencias Sociales).-
Lic. MARIA EUGENIA BERNAL
Ministra de Educación