BOLETÍN OFICIAL Nº 16 – 06/02/17
EXPTE. Nº 1055-432-07.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 31 AGO. 2009.-
LA MINISTRA DE EDUCACIÓN
RESULELVE:
ARTICULO 1°.- Incorporar a la enseñanza oficial al “Centro de Atención Especial al
Niño con Problema Motor”, perteneciente a la “Asociación para la Estimulación y Rehabilitación – AS.P.E.R.”, con domicilio en Avenida 25 de Mayo N° 464 del Barrio 14 de Noviembre de la ciudad de San Pedro de Jujuy.-
ARTICULO 2°.- Disponer que a través de las áreas competentes de este Ministerio se realice anualmente un estricto control de la institución educativa incorporada a la enseñanza oficial por el Articulo 1° del presente acto resolutivo, en los siguientes aspectos:
- Inspección técnica pedagógica por Supervisión de Educación Especial, debiendo cumplimentar la institución- educativa todas las observaciones que surjan en” los informes.
- Inspección técnica edilicia por el Área de Recursos Físicos, debiendo ajustarse la institución educativa a todas. las observaciones y requerimientos que se le formulen.
- Seguimiento y contralor institucional por el Área de Establecimientos Educativos de Gestión Privada, debiendo cumplimentar la institución educativa en tiempo y forma con la presentación de toda documentación o actualización que le sea requerida.
.ARTICULO 3°.- Queda expresamente prohibida la transmisión, cesión o transferencia por ‘cualquier titulo de la presente incorporación a terceros, la extensión de la misma a otros establecimientos de su propiedad, el cambio de nombre de la institución educativa como el cambio de domicilio sin previa autorización ministerial.-
ARTICULO 4°.- El incumplimiento de las disposiciones-de la presente resolución por parte del propietario o de la institución educativa, conllevará inmediatamente a la caducidad de la incorporación y reconocimiento de la enseñanza oficial.-
María Eugenia Bernal
Ministerio de Educación