BOLETÍN OFICIAL Nº 80 – 20/07/18

LEGISLATURA DE JUJUY

“2018-Año del Centenario de la Reforma Universitaria”

LA LEGISLATURA DE JUJUY SANCIONA CON FUERZA DE

LEY Nº 6079

ARTÍCULO 1.- Modifícase la Ley Nº 6053 –Ley Impositiva de Jujuy- Anexo III, Impuesto sobre los Ingresos Brutos, Artículo 2, Sección J Información y Comunicaciones, Nº 602 “Servicios de Televisión”, por la alícuota expresada en la siguiente tabla:

 

Sección Grupo Descripción Alícuota

General

Alícuota

Especial

Referencia
J Información y Comunicaciones
602 Servicios de Televisión 5%

 

ARTÍCULO 2.- Modifícase la Ley Nº 6053 –Ley Impositiva de Jujuy- Anexo V, Tasas Retributivas de Servicios, Artículo 12, Incisos 1.a; 1.f.5 e inciso 5.b, los que quedarán redactados de la siguiente manera:

  1. Sociedades por acciones:

a. Las solicitudes de conformidad administrativa para la constitución en función del capital social suscripto, el cero coma cinco por ciento (0,5%).

f.5. Aumentos de capital, incluso Artículo 188- Ley Nacional N° 19.550-, el cero coma cinco por ciento (0,5%).

  1. Certificaciones:

Certificación de Actas, Estatutos, Balances o cualquier otra documentación agregada a actuaciones de expedientes administrativos, por hoja, pesos tres ($3).

ARTÍCULO 3.- Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial.‑

 

SALA DE SESIONES, SAN SALVADOR DE JUJUY, 11 Julio de 2018.-

 

Dr. Nicolás Martín Snopek

Secretario Parlamentario

Legislatura de Jujuy

 

C.P.N. Carlos G. Haquim

Presidente

Legislatura de Jujuy

 

PODER EJECUTIVO DE LA PROVINCIA

EXPTE Nº 200-400/18.-

CORRESP. A LEY Nº 6079.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 20 JUL. 2018.-

Téngase por LEY DE LA PROVINCIA, cúmplase, comuníquese, publíquese íntegramente, dése al Registro y Boletín Oficial, tome razón Fiscalía de Estado, pase al Tribunal de Cuentas, Contaduría de la Provincia, Ministerio de Hacienda y Finanzas; Ministerio de Gobierno y Justicia; Ministerio de Desarrollo Económico y Producción; Ministerio de Infraestructura, Servicios Públicos, Tierra y Vivienda; Ministerio de Salud; Ministerio de Desarrollo Humano; Ministerio de Educación; Ministerio de Trabajo y Empleo; Ministerio de Cultura y Turismo; Ministerio de Ambiente; Ministerio de Seguridad; y Secretaría General de la Gobernación para su conocimiento. Oportunamente, ARCHÍVESE.‑

 

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES

GOBERNADOR