BOLETÍN OFICIAL Nº 79 – 18/07/18
EXPTE. N° 2100- 543-2018.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 13 DE JULIO DE 2018.-
VISTO:
La Ley N° 5885 de Creación de la Oficina Anticorrupción y el Decreto Reglamentario N° 444-G-16, y
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo con lo normado por la Ley N° 5885 y su Decreto Reglamentario N° 444-G-16 la Oficina Anticorrupción posee independencia funcional e institucional de todo Poder del Estado, otorgando al Fiscal entre sus potestades, la de disponer los horarios de atención al público y fijar las jornadas de labor;
Que, resulta apropiado establecer una reducción de horario en la jornada laboral durante las ferias establecidas por el Poder Judicial y Tribunal de Cuentas de la Provincia de Jujuy;
Que, en virtud de lo en la Resolución N° 55-OA-16 Reglamento de Licencias, resulta procedente establecer una reducción de la jornada laboral del personal dependiente de este Organismo;
Por ello, en uso de las facultades otorgadas por Ley N° 5885;
EL FISCAL ANTICORRUPCIÓN
RESUELVE:
ARTICULO 1°.- Disponer que entre el 16 de julio y el 27 del mismo mes, el horario de jornada laboral del personal de la Oficina Anticorrupción será de 8:00 a 14:00 horas.‑
ARTICULO 2°.- Regístrese. Publíquese íntegramente en Boletín Oficial. Cumplido ARCHIVESE.‑
Dr. Joaquín Millón Quintana
Fiscal Anticorrupción
Prov. Jujuy