BOLETÍN OFICIAL Nº 78 ANEXO – 16/07/18

MUNICIPALIDAD DE PERICO

CONCEJO DELIBERANTE

ORDENANZA N° 1237/018.-

REF.: Imposición del Nombre de “Intendente Municipal DRA. PATRICIA A. ARACH” al Nuevo Acceso de Ciudad Perico. Iniciado por los Concejales Walter Cardozo, Mireya Sosa mediante Expte Nº 8920/018 y adheridos concejales Yolanda Carattoni, Antonio Asmuzi, Edgardo Sosa y Carlos Caliva.

VISTO:

El Art. 54 Inc. 11 de la Carta Orgánica Municipal; La Ordenanza N° 1.142 / 2.016 Ref.: “Normas y Reglamento para la imposición de Nombres a los Barrios, calles, plazas, avenidas, complejos urbanísticos, espacios verdes, edificios públicos, puentes, túneles, plazoletas, peatonales, pasajes, monolitos y todo otro espacio público; y creación de registro de Centros Vecinales y otros”, y;
CONSIDERANDO:

Que, en las precitadas normativas legales disponen que sean atribuciones y deberes del Concejo Deliberante en materia de régimen, “proceder de acuerdo a las Leyes Nacionales y Provinciales en vigencia a la creación y emplazamiento de estatuas, edificios o cualquier otra clase de monumentos consagradas a la memoria de una persona o de un acontecimiento histórico……

Que, actualmente se encuentra en su etapa de ejecución final el Nuevo Acceso de Ciudad Perico siendo esta obra un sentido pedido por parte de la Ciudadanía Periqueña en su conjunto.

Que, la ejecución de la mencionada obra resulta de vital importancia para mitigar los serios inconvenientes que presenta el antiguo acceso alivianando de esta manera el entorpecimiento al tránsito que se produce sobre todo los días  de ferias en la Ciudad debido a la gran cantidad de vehículos de todo tipo que concurren al predio ferial de la ciudad motivados por el incipiente comercio que se desarrolla en la misma.

Que, siendo el Nombre de la persona que se propone “Intendente Municipal Dra. Patricia A. Arach”, una persona de larga trayectoria en el ámbito local tanto en el ejercicio de Cargos Públicos habiendo ejercido la más alta magistratura local, ha sido Intendente Municipal entre el periodo 1.995 – 1.999; Concejal Electa en el año 2.001 (no asumió); Directora de Inmuebles de la Provincia de Jujuy entre los años 2.002 – 2.005 y tres veces Diputada Provincial periodo 2.005- 2.009; 2.009- 2.013 y 2.013 hasta su fallecimiento acaecido el día 02 de Octubre del año 2.014.

Que, entre las obras destacadas durante su mandato como Intendente Comunal,  estableció en los predios linderos al Nuevo Acceso  Municipal el Parque el Retorno el Balneario Municipal donde actualmente esta la pileta de natación municipal, y logró el retorno o afincamiento definitivo de la actual Feria Mayorista, en materia, en Materia de obras publicas se destaco en gestiones y construcciones de viviendas como ser con el banco hipotecario, planes del IVUJ, etc.

Que, durante su mandato como Legisladora Provincial propicio la adhesión a la Ley Nacional N° 26.606 “sobre Cáncer de Mama” instituyéndose el mes de Octubre de cada año como mes provincial de concientización sobre Cáncer de Mama.

Que, Además, brindó siempre su colaboración desinteresada y entusiasta a cuantos se acercaron a ella mediante la “Fundación Carmo Lamas”, sabedores de que en su experiencia encontrarían una aliada fundamental.

Que, en virtud de lo antes expresado, y habiendo dado cumplimiento con lo establecido en la Ordenanza con respecto a la autorización de los familiares se debe proceder a sancionar el Instrumento Legal de Imposición del Nombre al Nuevo Acceso.

Por todo ello, y de acuerdo a las facultades establecidas por la Carta Orgánica Municipal y demás Legislación Vigente.

EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE PERICO

ORDENA

ARTÍCULO PRIMERO: IMPÓNGASE el Nombre de “INTENDENTE MUNICIPAL DRA. PATRICIA A.  ARACH”, al Nuevo Acceso de Ciudad Perico. Ubicado en el Sector otorgado por Ley Provincial N° 4.609/92, Tramo colindante con los predios del Aeropuerto Dr. Horacio Guzmán, de la Liga de Veteranos de futbol, del Cuerpo de  Caballería, del Centro de Residentes Bolivianos y predios Municipales del Sector denominado Parque “El Retorno”.

ARTÍCULO SEGUNDO: El Departamento Ejecutivo a través del Área que corresponda procederá  a instalar el cartel correspondiente en donde conste la leyenda con el Nombre impuesto en el Art. 1°.-

ARTÍCULO TERCERO: Los gastos que demanden la aplicación de la presente Ordenanza serán de los Recursos Ordinarios y/o Extraordinarios del Tesoro Municipal.-

ARTÍCULO CUARTO: COMUNIQUESE al Departamento Ejecutivo para tu toma de conocimiento y demás efectos. A los familiares del extinto. Publíquese En Boletín Oficial.  Dese difusión Regístrese. Cumplido. ARCHIVESE.

SALA DE SESIONES, 10 DE MAYO DE 2.018.-

 

Carlos Néstor Caliva

Presidente