BOLETÍN OFICIAL Nº 92 ANEXO – 20/08/08
EXP. Nº 0300-396-2007.
SAN SALVADOR DE JUJUY, 02 JUL. 2008.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.- Apruébense las reformas introducidas al Estatuto Social de la ASOCIACIÓN JUJEÑA DE MÉDICOS DE CABECERA, con asiento en esta Ciudad, cuyo texto ordenado que consta de Sesenta y Nueve (69) Artículos, corre agregado de Fs. 22 a 23 de autos.
WALTER B. BARRIONUEVO
GOBERNADOR