BOLETÍN OFICIAL Nº 96 – 29/08/08

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GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE JUJUY- MINISTERIO  DE INFRAESTRUCTURA Y PLANIFICACION- SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS PUBLICOS Y OTRAS CONCESIONES (SUSEPU).-

RESOLUCION Nº 368 -SUSEPU.-

Cde. Expte.  Nº 0630-0497/2008.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 25 AGO. 2008.-

Visto:

La Nota GC Nº 623 del 15 de Agosto de 2008 presentada por EJE S.A., y

CONSIDERANDO:

Que, por la nota mencionada en el visto, la Distribuidora presentó la Memoria de Cálculo de los parámetros que componen el Cuadro Tarifario que tendría vigencia durante el trimestre comprendido entre el 1° de Agosto y el 31 de Octubre de 2008, solicitando su aprobación.

Que, la Gerencia Técnica de Servicios Energéticos convalidó el informe elaborado por el Departamento Control de Tarifas, cuyos aspectos más relevantes se detallan en los párrafos siguientes.

Que, los precios estacionales aplicados son los que establece la Secretaria de Energía de la Nación por Resolución SE N° 655, publicada en el Boletín Oficial del 19 de Junio de 2007, que aprueba la Programación Estacional Definitiva correspondiente al período comprendido entre el 1° de Noviembre de 2006 y el 30 de Abril de 2007 y resuelve aplicar los precios estacionales aprobados por las Resoluciones SE N° 1434 y Nº 1676/2004.

Que, en relación a la previsión de la demanda, el Dpto. Control de Tarifas ha determinado la estructura de mercado óptima, que se utilizó en el cálculo del Cuadro Tarifario.

Que, a los fines del cálculo, se ha considerado el valor de 0,0054686 $/kWh para el Fondo Nacional de la Energía Eléctrica, reajustado por el Coeficiente de Actualización Trimestral (Ley Nacional Nº 25957), de acuerdo a lo que establece la Resolución SE Nº 1872/2005.

Que, el precio de la energía en el Sistema La Quiaca se calcula de acuerdo a lo que establece el inciso 2.2.8 del punto 2 Subanexo 2 del Contrato de Concesión y depende del precio del gasoil puesto en Palpalá, publicado por CAMMESA. En la presentación efectuada se utilizaron los precios de combustibles del archivo Reprogramación Trimestral Provisoria Agosto – Octubre/2008 resultando un $PGOa = 3.221,259 $/m3, quedando establecido un Peslq = 1.256,63 $/MWh.

Que, los Cargos Fijos del Transporte se han determinado considerando los valores que surgen de los Anexos I y V del  Acta Acuerdo de Renegociación Contractual suscripta por la UNIREN y TRANSENER, aprobadas por las Resoluciones ENRE N° 326/2008  Nº 328/2008 respectivamente, resultando un valor de $CFT =  $ 1.294.458.

Que, el Balance Ex-Post correspondiente al Trimestre Noviembre-Diciembre/2007– Enero/2008, se elaboró de acuerdo a lo establecido en el Contrato de Concesión, apartados 2.1 y 2.2.9., recalculándose los parámetros PP, Pep, Per y Pev, debiéndose incorporar al cálculo tarifario un valor de – $ 283.819.

Que, de acuerdo a lo que establece el Decreto Nº 1364-PI-2004, se incluye en el Cuadro Tarifario los valores correspondientes a los Cargos Variables para el cálculo de bonificaciones y cargos adicionales del Programa de Uso Racional de la Energía.

Que, por la Resolución SE Nº 1866/2005, reglamentada por la Resolución Nº 072–SUSEPU–2006, se incluyen en el Cuadro Tarifario los valores correspondientes a los Cargos Variables Transitorios para la conformación del FONINVEMEM (Fondo para Inversiones Necesarias que permitan Incrementar la Oferta de Energía Eléctrica en el Mercado Eléctrico Mayorista).

Por ello, en ejercicio de sus funciones;

EL DIRECTORIO DE LA SUSEPU

RESUELVE:

ARTICULO 1º.- Aprobar el Cuadro Tarifario de EJE S.A., que tendrá vigencia en el período comprendido entre 1º de Agosto y el 31 de Octubre de 2008, y que como Anexo I forma parte de la presente disposición.-

ARTÍCULO 2º- Publicar en Boletín Oficial. Comunicar del presente acto al Ministerio de Infraestructura y Planificación. Notificar a EJE S.A. Pasar a conocimiento de las Gerencias de Servicios Energéticos, del Usuario y al Departamento Legal. Cumplido archivar.-

ANEXO I

CUADRO TARIFARIO EJE S.A.

Vigencia: Desde el 1º de Agosto al 31 de Octubre de 2008.-

1                     TARIFA T1

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Pequeñas Demandas

Uso Residencial

 

Tarifa Social Unica

 

Cargo Fijo Residencial

Cargo Variable por consumo de energía primeros

135 kWh mes

Cargo Variable por consumo de energía

Excedentes a 135 kWh mes

 

Uso General

 

Cargo Fijo General

Cargo Variable por consumo de energía primeros

250 kWh mes

Cargo Variable por consumo de energía excedentes

a 250 kWh mes

 

Uso Alumbrado Público

 

Cargo Variable por consumo de Energía

 

Unidad

 

 

 

$/mes

 

$/mes

 

$/kWh

 

$/kWh

 

 

 

$/mes

 

$/kWh

 

$/kWh

 

 

 

$/kWh

Importe

 

 

 

7,34

 

6,36

 

0,1680

 

0,2038

 

 

 

14,77

 

0,2094

 

0,2274

 

 

 

0,2118

 

2                     TARIFA T2 MD

 

 

 

 

Medianas Demandas BT

Potencia máxima contratada = > 10 kW < 50 kW

Cargo Fijo

Cargo Potencia en horas de punta

Cargo Potencia Máxima Contratada

Cargo Variable por consumo de energía

 

Medianas Demandas BT Estacionales

Potencia máxima contratada = > 10 kW < 50 kW

Cargo Fijo

Cargo Variable por consumo de energía

Unidad

 

 

 

$/mes

$/kW

$/kW

$/kWh

 

 

$/mes

$/kW

Importe

 

 

 

33,33

4,47

20,17

0,1222

 

 

33,33

0,2460

3                     TARIFA T3

 

3.1

 

 

 

 

 

 

 

 

 

3.2

 

 

 

 

 

 

 

 

 

3.3

 

 

 

 

 

 

 

3.4

 

 

 

 

 

 

 

 

 

3.5

 

Grandes Demandas BT

Potencia máxima contratada = > 50 kW < 300 kW

 

Cargo Fijo

Cargo Potencia horas Punta contratada

Cargo Potencia Máxima contratada

Cargo Variable por consumo de energía en horas de punta

Cargo Variable por consumo de energía en horas de resto

Cargo Variable por consumo de energía en horas de valle

 

Grandes Demandas BT

Potencia máxima contratada = > 300 kW

 

Cargo Fijo

Cargo Potencia horas Punta contratada

Cargo Potencia Máxima contratada

Cargo Variable por consumo de energía en horas de punta

Cargo Variable por consumo de energía en horas de resto

Cargo Variable por consumo de energía en horas de valle

 

Grandes Demandas BT Estacionales

Potencia máxima contratada = > 50 kW < 300 kW

 

Cargo Fijo

Cargo Variable por consumo de energía en horas de punta

Cargo Variable por consumo de energía en horas de resto

Cargo Variable por consumo de energía en horas de valle

 

Grandes Demandas MT

Potencia máxima contratada => 50 kW < 300 kW

 

Cargo Fijo

Cargo Potencia horas Punta contratada

Cargo Potencia Máxima contratada

Cargo Variable por consumo de energía en horas de punta

Cargo Variable por consumo de energía en horas de resto

Cargo Variable por consumo de energía en horas de valle

 

Grandes Demandas MT

Potencia máxima contratada = > 300 kW

 

Cargo Fijo

Cargo Potencia horas Punta contratada

Cargo Potencia Máxima contratada

Cargo Variable por consumo de energía en horas de punta

Cargo Variable por consumo de energía en horas de resto

Cargo Variable por consumo de energía en horas de valle

Unidad

 

 

 

$/mes

$/kW

$/kW

$/kWh

$/kWh

$/kWh

 

 

 

 

$/mes

$/kW

$/kW

$/kWh

$/kWh

$/kWh

 

 

 

 

$/mes

$/kWh

$/kWh

$/kWh

 

 

 

 

$/mes

$/kW

$/kW

$/kWh

$/kWh

$/kWh

 

 

 

 

$/mes

$/kW

$/kW

$/kWh

$/kWh

$/kWh

Importe

 

 

 

66,09

5,45

19,47

0,1405

0,1188

0,1130

 

 

 

 

66,09

5,45

19,47

0,1405

0,1188

0,1130

 

 

 

 

66,09

0,2594

0,2396

0,2342

 

 

 

 

328,15

4,97

8,76

0,1300

0,1100

0,1046

 

 

 

 

328,15

4,97

8,76

0,1300

0,1100

0,1046

 

4                     TARIFA T4 PFTT

 

 

 

Medianas Demandas BT PFTT

Potencia máxima contratada = > 30 kW < 50 Kw

 

Cargo Fijo

Cargo Potencia en horas de punta

Cargo Potencia Máxima Contratada

Cargo Variable por consumo de energía

 

Unidad

 

 

 

$/mes

$/kW

$/kW

$/kW

 

Importe

 

 

 

33,33

2,87

20,17

0,0485

 

5                     TARIFA T5 PFTT

 

 

5.1

 

 

 

 

 

 

 

 

 

5.2

 

 

 

 

 

 

 

 

 

5.3

 

 

 

 

 

 

 

 

 

5.4

 

 

 

 

Grandes Demandas BT PFTT

Potencia máxima contratada = > 50 kW < 300 kW

 

Cargo Fijo

Cargo Potencia horas Punta contratada

Cargo Potencia Máxima Contratada

Cargo Variable por transporte de energía en horas de punta

Cargo Variable por transporte de energía en horas de resto

Cargo Variable por transporte de energía en horas de valle

 

Grandes Demandas BT PFTT

Potencia máxima contratada = > 300 kW

 

Cargo Fijo

Cargo Potencia horas Punta contratada

Cargo Potencia Máxima Contratada

Cargo Variable por energía transportada en horas de punta

Cargo Variable por energía transportada en horas de resto

Cargo Variable por energía transportada en horas de valle

 

Grandes Demandas MT PFTT

Potencia máxima contratada = > 50 kW < 300 kW

 

Cargo Fijo

Cargo Potencia horas Punta contratada

Cargo Potencia Máxima Contratada

Cargo Variable por energía transportada en horas de punta

Cargo Variable por energía transportada en horas de resto

Cargo Variable por energía transportada en horas de valle

 

Grandes Demandas MT PFTT

Potencia máxima contratada = > 300 kW

 

Cargo Fijo

Cargo Potencia horas Punta contratada

Cargo Potencia Máxima Contratada

Cargo Variable por energía transportada en horas de punta

Cargo Variable por energía transportada en horas de resto

Cargo Variable por energía transportada en horas de valle

Unidad

 

 

 

$/mes

$/kW

$/kW

$/kWh

$/kWh

$/kWh

 

 

 

 

$/mes

$/kW

$/kW

$/kWh

$/kWh

$/kWh

 

 

 

 

$/mes

$/kW

$/kW

$/kWh

$/kWh

$/kWh

 

 

 

 

$/mes

$/kW

$/kW

$/kWh

$/kWh

$/kWh

Importe

 

 

 

66,09

2,87

19,47

0,0562

0,0463

0,0470

 

 

 

 

66,09

2,87

19,47

0,0562

0,0463

0,0470

 

 

 

 

328,15

3,02

8,76

0,0455

0,0371

0,0383

 

 

 

 

328,15

3,02

8,76

0,0455

0,0371

0,0383

 

6                     Cargos FONINVEMEM

 

 

 

 

T1 Generales

T1 Alumbrado Público

T2 Medianas Demandas

T3 Grandes Demandas en BT

T3 Grandes Demandas en MT

T4 Medianas Demandas Estacionales

T4 Grandes Demandas Estacionales

Unidad

 

$/kWh

$/kWh

$/kWh

$/kWh

$/kWh

$/kWh

$/kWh

Importe

 

0,0033

0,0033

0,0033

0,0033

0,0031

0,0033

0,0033

7                     Cargos por Derechos de Conexión

 

 

7.1

 

 

 

 

 

 

 

7.2

 

 

Conexiones Comunes

 

1- Aéreas Monofásicas Tarifa Social

2- Aéreas Monofásicas

3- Aéreas Trifásicas

4- Subterráneas Monofásicas

5- Subterráneas Trifásicas

 

Conexiones Especiales

 

1- Aéreas Monofásicas

2- Aéreas Trifásicas

3- Subterráneas Monofásicas

4- Subterráneas Trifásicas

 

Unidad

 

 

$

$

$

$

$

 

 

 

$

$

$

$

Importe

 

 

67,22

80,67

152,72

249,25

383,24

 

 

 

211,80

373,21

681,48

704,55

8                     Cargos por Suspensión y Rehabilitación de Servicio

 

   

 

T1- Servicio Monofásico Tarifa Social

T1- Servicio Monofásico

T1- Servicio Trifásico

T2-T3-T4-T5

Unidad

 

$

$

$

$

 

Importe

 

9,08

15,92

47,75

95,50

9 Programa de Utilización Racional de la Energía Eléctrica

Decreto Acuerdo Nº 1364 P.I. (11-06-2004)

 

Cargos para el cálculo de bonificaciones                                    Unidad               Importe

Y cargos adicionales

 

Bonificaciones

T1R  Consumos históricos                                                       $/kWh                   0,0454

T1G  Consumos históricos > 300 kWh mes                            $/kWh                   0,0112

 

Cargos Adicionales

T1R  Consumos históricos > 300 kWh mes                             $/kWh                   0,0454

T1G  Consumos históricos > 300 kWh mes                            $/kWh                   0,0112

Tasa Fiscalización y Control: 1,5% de los Valores Básicos Facturados.

 

Ing. Hector Rodriguez Francile

Presidente

29 AGO. LIQ. Nº 74236 $ 38,50.-