BOLETÍN OFICIAL Nº 69 ANEXO – 22/06/18

CONCEJO DE DELIBERANTE

MUNICIPALIDAD DE EL CARMEN.-

CIUDAD DE EL CARMEN, 07 JUN. 2018.- 

VISTO:

Las necesidades de poder contar con la cantidad necesaria de personal con experiencia a fin de llevar a cabo las tareas de la Guardia Urbana; y

CONSIDERANDO:

Que, es necesario ampliar los objetos establecidos en el Art. 7 de la Ordenanza Nº 706/CD/17, en sus distintos incisos, a fin de cubrir todas las erogaciones que surgen de la aplicación del programa de seguridad local;

Que el artículo 116 de la Ley Nº 4.466, en su inciso b), establece que este cuerpo deliberativo debe autorizar los gastos no indicados en el presupuesto;

Por Todo Ello:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE EL CARMEN SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Nº 730/CD/2018.

ARTÍCULO 1º: Agregase al Artículo 7 de la Ordenanza Nº 706/CD/2017, el siguiente inciso:

e) El pago de servicios prestados por Monotributistas dentro del Área de la Guardia Urbana.

ARTICULO 2º: Previa toma de razón, pase al Departamento Ejecutivo para conocimiento y efectos. Regístrese. Publíquese. Cumplido. Archívese.-

 

Prof. Félix Rodolfo Ovejero

Presidente