BOLETÍN OFICIAL Nº 105 ANEXO – 19/09/08

Icon_PDF_6DECRETO Nº 1394-G.-

EXP. Nº 650-683/07.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 14 JUL. 2008.-

VISTO Y CONSIDERANDO: El pedido efectuado por las Dras. María Isabel Hernández Llosas, Mariel Alejandra López y el Dr. Juan Bautista León, investigadores del CONICET, quienes solicitan autorización para realizar trabajos de investigación arqueológica en el departamento de Humahuaca en el área limitada por: A) Orientación Norte – Sur: Cóndor Pintoscayoc.- Corral Blanco. 1) W 65º36´54”, S 22º38´42”; 2) W 65º 24 21”, S 22º 43´12”, 3) W 65º36´53”, S 22º55´54” Y 4) W 65º28´50”, S 22º 58´09”; B) Orientación Noreste-Sudoeste: Quebrada de Chaupi Rodeo. 1) W 65º19´48”, S 22º 42´30”; 2) W 65º17´23”, S 22º 43´12”, 3) W 65º22´10”, S 22º 58´48” y 4) W 65º10´15”, S 23º01´36”; C) Orientación Este – Oeste: Calete – Zenta. 1) W 65º 06´39”, S 23º02´21”; 2) W 65º00´36”, S 23º09´27”, 3) W 65º23´06”, S 23º12´18” y 4) W 65º23´00”, S 23º17´05”;

Que dichas tareas se encuentran comprendidas en el marco del Proyecto denominado: “Frontera Ambiental Paisajes Culturales y Construcción de Identidades a través del tiempo Investigación de Tres Sistemas de Quebradas en el tramo Norte de Humahuaca y su Vinculación con las Yungas”, cuya duración es de tres (3) años, y tiene por objetivo desarrollar una investigación interdisciplinaria para caracterización de los procesos históricos acaecidos en dicha zona y su interacción con las regiones adyacentes” y las actividades arqueológicas programadas descriptas a Fs. 54 de autos;

Los términos y alcances del Decreto – Ley Nº 3866/82, como asimismo la intervención de competencia de la Fiscalía de Estado;

Que conforme explicita Secretaria de Turismo y Cultura en intervención de Fs.55/55 vta., existe opinión favorable del Departamento de Investigaciones Arqueológicas;

Que, atento la naturaleza de la cuestión, debe preverse que el material arqueológico hallado deberá ser entregado limpio, siglado y en condiciones óptimas de conservación al Departamento de Investigaciones Arqueológicas dependiente de la Secretaria de Turismo y Cultura de la Provincia;

Que, en tal contexto, es criterio acceder a lo solicitado;

Por ello;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1º.- Autorízase a las Dras. MARÍA ISABEL HERNÁNDEZ LLOSAS, DNI Nº 11.723.151, MARIEL ALEJANDRA LÓPEZ, DNI Nº 17.362.548 y el Dr. JUAN BAUTISTA LEÓN, DNI Nº 20.612.273, investigadores del CONICET, para realizar investigaciones arqueológicos en el Departamento de Humahuaca en el área limitada por las coordinadas siguientes: A) Orientación Norte – Sur: Cóndor Pintoscayoc.- Corral Blanco. 1) W 65º36´54, S 22º38´42”; 2) W 65º24´21”, S 22º43´12”, 3) W 65º36´53”, S 22º55´54” Y 4) W 65º28´50”, S 22º58´09”; B) Orientación Noreste Sudoeste: Quebrada de Chaupi Rodeo. 1) W 65º19´48”, S 22º42´30”; 2) W 65º17´23”, S 22º43´12”, 3) W 65º22´10”, S 22º58´48” y 4) W 65º10´15”, S 23º01´36”; C) Orientación Este – Oeste: Calete – Zenta. 1) W 65º06´39”, S 23º02´21”; 2) W 65º00´36”, S 23º09´27”, 3) W 65º23´06”, S 23º12´18” y 4) W 65º23´00”, S 23º17´05”; a tenor de los argumentos vertidos en el exordio, y por el término de tres (3) años contados a partir de la fecha del presente Decreto.

ARTICULO 2º.- El Departamento de Investigaciones Arqueológicas dependiente de la Secretaria de Turismo y Cultura, tendrá a su cargo el seguimiento de las tares desarrolladas, el control del plazo acordado, como así la registración y custodia de los restos arqueológicos e históricos hallados, conforme las previsiones del Decreto – Ley Nº 3866/82.

ARTICULO 3º.- Regístrese, tome razón Fiscalía de Estado, comuníquese, publíquese íntegramente en el Boletín Oficial y pase a la Secretaria de Cultura a sus demás efectos de competencia.-

 

Dr. WALTER B. BARRIONUEVO

GOBERNADOR